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Proyecto de Acuerdo 301 de 2005 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/09/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/09/2005
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO N

PROYECTO DE ACUERDO No. 301 DE 2005

"POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE EL TEMA DE CIVISMO Y URBANIDAD A PARTIR DEL NIVEL PREESCOLAR Y HASTA COMPLETAR LA EDUCACION MEDIA, EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS DE BOGOTA D.C. "

I. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En primera medida, es necesario entender por educación, la crianza, enseñanza y doctrina que se da a los niños y a los jóvenes; enfocada a la formación, enseñanza, cortesía y urbanidad.

Como sinónimo de educación se encuentran la enseñanza, instrucción, formación y cultura.

En Colombia, los jóvenes estudiantes deben estar altamente preparados para ser los futuros profesionales, padres, hijos, compañeros e interactuar en los distintos roles que conlleva vivir en esta sociedad.

A través de esta iniciativa se puede promover el estudio del tema de Civismo y Urbanidad, en las Instituciones Educativas de Bogotá, desde el nivel preescolar hasta la educación media.

La Asociación Internacional para la Evaluación de la Educación (IEA), es una entidad multilateral que realiza desde los años sesenta, mediciones internacionales en las distintas áreas de la educación, con el fin de efectuar análisis comparados a los sistemas de educación; en nuestro país, el Ministerio de Educación y el ICFES apoyaron la participación del país en el Area de Educación Cívica, con miras a perfeccionar la formación del ciudadano en la democracia.

En el año 1999, cerca de 90.000 estudiantes de grado octavo, representaron 28 países, siendo interrogados sobre conocimientos y actitudes en educación cívica (democracia, ciudadanía, valores políticos y temas afines); de la misma manera se realizó con los profesores. Los resultados fueron sorprendentes y ambivalentes, toda vez que nuestro país ocupó el último lugar, después de Chile, entre los 28 países participantes.

Es claro que existe la preocupación y la necesidad, no solo del Distrito Capital sino de todo el país, de que los estudiantes se preparen en éstos temas; lo anterior se deriva de la participación en el concurso de cívica y democracia y los deficientes resultados que obtuvieron los estudiantes que representaron a este país, en el evento organizado por la Asociación Internacional para la Evaluación de la Educación, desde el año 1995 hasta el año 2000.

Esto demuestra que en Colombia existe un bajo rendimiento en conocimiento de la educación cívica y urbanidad, como consecuencia del bajo interés de las instituciones Educativas en todos sus niveles, y en la ausencia de la implementación de un programa que eduque al estudiante en estos temas.

Esta H. Corporación, a través de un acuerdo, tiene la potestad para promover el tema de civismo y urbanidad a partir del nivel preescolar y hasta completar la educación media en las Instituciones Educativas Oficiales de Bogotá D.C., que conduzca a la recuperación de valores y principios que se han perdido, y al enriquecimiento de conocimientos y actitudes hacia una nueva democracia, formando integralmente al estudiante, en cívica, urbanidad.

El bajo nivel de competencias cognoscitivas sobre el civismo y urbanidad, obedece a factores de distinto orden: uno de carácter general que se encuentra estadísticamente probado, y que consiste en la baja expectativa de continuar estudios por parte de la mayoría de los estudiantes, hecho que a su vez puede estar relacionado con la baja tasa de escolaridad del país y con sus caídas en épocas de recesión y, a los bajos niveles de educación de los padres, igualmente relacionado con una menor proporción de inversión en educación o con una distribución inequitativa de la misma; el otro de carácter específico, apunta a una baja valoración del conocimiento de las ciencias sociales y de su función en la formación democrática por parte de los maestros, de la sociedad colombiana en general y el desinterés de las instituciones educativas, agravada por la ausencia de estándares generales para una enseñanza integrada de las ciencias sociales, área en la cual no se han expedido aún lineamientos curriculares, pese a que se les encuentra en los ejes transversales de Educación en Valores y de Formación para la Democracia.

En la práctica de la formación conceptual no bastan los simulacros de gobierno o de democracia, si éstas no se integran con unas competencias cognoscitivas en ciencias sociales, democracia, estado, nación, constitución, derechos y libertades, y por ende corren el riesgo de quedarse en declaraciones de intenciones.

La ausencia de temas en civismo y urbanidad, se ve reflejado en los estudiantes al mostrar predisposiciones personales negativas a la participación en actividades políticas democráticas, a la movilización pacífica por causas de justicia social, a la equidad de género, o la defensa de los derechos humanos.

A continuación se relaciona selectivamente en una tabla, cuales fueron los puntajes obtenidos por algunos de los países que participaron en el concurso sobre el tema de cívica y democracia; del que se observa de manera clara que Colombia ocupó el último lugar con 86 puntos.

Fuente: Ministerio de Educación.

Informe presentado al Servicio Nacional de Pruebas - Subdirección de Aseguramiento de la Calidad del ICFES y al Ministerio de Educación con un análisis de los resultados de la Encuesta Internacional sobre Educación Cívica.

Bogotá, marzo 14 de 2001.

En el diario El Tiempo del pasado 25 de marzo de 2004, se titulo un reportaje: "De la urbanidad de Carreño a las competencias ciudadanas". Jaime Saldarriaga - Programa de Educación y Formación Ciudadana-. Que "hay crisis de valores", que "los valores se acabaron" , "que hay que rescatarlos". Estas y otras voces son comunes en conversaciones cotidianas, lo cual demuestra la preocupación que existe en el país por la convivencia y por no saber que hacer para lograrla¿ Pero ¿que va de la urbanidad de Carreño a las competencias ciudadanas?.

Las competencias van mas allá de cumplir con obligaciones y reglas cívicas, recogen otras concepciones y contenidos sobre lo que es la ciudadanía.

El Ciudadano y la ciudadanía propuestos, bajo el espíritu de la Constitución de 1991, obrarían con base en el respeto a la dignidad humana, en el reconocimiento de los otros ¿mujeres y hombres- como personas, como sujetos de derechos y de deberes con aquellos¿ se propone que todas las instituciones educativas centren su formación en buscar que los niños, las niñas y los jóvenes, y toda la comunidad educativa, comprendan, valoren y se ejerciten en la participación, en la toma democrática de decisiones que beneficien a todos en su humanidad¿

Para lograrlo, otras opciones y prácticas pedagógicas tendrán que acompañar estos aprendizajes. Ya no es posible trasmitir principios sin mas, y mucho menos si para la formación ciudadana se usan estrategias pedagógicas unilaterales, autoritarias, de repetición y sin acción comunicativa¿

Esto es lo más importante para el proyecto "Educación, compromiso de todos", pues no es posible hablar de un ejercicio pleno de ciudadanía si no se incluye una nueva oferta pedagógica.".

II. MARCO CONCEPTUAL. -CIVISMO Y URBANIDAD-.

El concepto de urbanidad, se vincula estrechamente con el de civilidad y ambos proceden de un origen semántico común.

La urbanidad se centra en las relaciones interpersonales y la civilidad en los comportamientos relacionados con la vida pública.

La urbanidad se entiende, como un conjunto de conocimientos que se refieren al estudio de la creación, desarrollo, reforma, y progreso de los pablados, en orden a las necesidades materiales de la vida humana.

A su vez son sinónimos de urbanidad; la buena educación, cortesía, finura, elegancia, tacto, modales y maneras.

La educación cívica debe incorporarse al estudio de las ciencias sociales ya que se encuentra íntimamente relacionado.

A su vez, por civismo se debe entender el interés por la patria, y por los acontecimientos institucionales del país; como sinónimos de civismo encontramos la cortesía, la educación y la ciudadanía,

Entre otros, los resultados al implementar este tema en el currículo de las instituciones educativas oficiales del Distrito Capital son; hechos decisivos de la democracia; comprensión de las leyes; aplicación de derechos humanos, civiles, políticos y sociales; sentido de pertenencia por nuestro país, participación activa en la democracia del país, respeto, decoro, dignidad entre todos los integrantes de una comunidad; aplicación de valores y principios; comportamiento ejemplar en cualquier rol que desempeñé el estudiante en la sociedad.

Como resultados del estudio de la I.E.A.; se confirmó que las Instituciones Educativas juegan un papel importante en la preparación de nuestros jóvenes en los procesos cívicos y democráticos.

Estas Instituciones pueden contribuir altamente en convertir a sus jóvenes estudiantes en los ciudadanos comprometidos del mañana que necesita el país y el distrito capital.

Es evidente que se hace necesario fortalecer este tema en las instituciones educativas públicas del Distrito Capital.

II. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

  1. Constitución Política:
  2. Artículo 67: "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social¿ e igualmente que¿ El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica¿"

  3. Ley 115 de 1994:

Artículo 1º: " Objeto de la Ley. La educación es un proceso de formación permanente, personal, cultural, y social que se fundamenta en una concepción integral de la persona humana, de su dignidad, de sus derechos y de sus deberes".

Artículo 5: "Fines de la Educación. De conformidad con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación se desarrollará atendiendo a los siguientes fines:

  1. El pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le ponen los derechos de los demás y el orden jurídico, dentro de un proceso de formación integral, física, psíquica, intelectual, moral, espiritual, social, afectiva, ética, cívica y demás valores humanos.
  2. La formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad., así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad.
  3. La formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
  4. La formación en el respeto a la autoridad legítima y a la ley, a la cultura nacional, a la historia colombiana y a los símbolos patrios.
  5. La adquisición y generación de los conocimientos científicos y técnicos más avanzados, humanísticos, históricos, sociales, geográficos, y estéticos, mediante la apropiación de hábitos intelectuales, adecuados para el desarrollo del saber.
  6. El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional, y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
  7. El acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y demás bienes y valores de la cultura, el fomento de la investigación y el estímulo a la creación artística en sus diferentes manifestaciones.
  8. La creación y el fomento de una conciencia de la soberanía nacional y para la práctica de la solidaridad y la integración con el mundo, en especial con Latinoamérica y el caribe.
  9. El desarrollo de la capacidad crítica, reflexiva y analítica que fortalezca el avance científico, y tecnológico nacional, orientado con prioridad al mejoramiento cultural, y de la calidad de la vida de la población, a la participación en la búsqueda de alternativas de solución a los problemas y al progreso social y económico del país.
  10. La adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de la vida, del uso racional de los recursos naturales, de la prevención de desastres, dentro de una cultura ecológica y del riesgo y de la defensa del patrimonio cultural de la nación.
  11. La formación de la práctica del trabajo, mediante los conocimientos técnicos y habilidades, así como en la valoración del mismo como fundamento del desarrollo individual y social.
  12. La formación para la promoción y preservación de la salud y la higiene, la prevención integral de problemas socialmente relevantes, la educación física, la recreación el deporte y la utilización del tiempo libre, y
  13. La promoción en la persona y en la sociedad de la capacidad para crear, investigar, adoptar la tecnología que se requiere en los procesos de desarrollo del país y le permita al educando ingresar al sector productivo. (Negrilla fuera de texto).
  14. Artículo 14:" Enseñanza Obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, básica y media, cumplir con:

  15. El estudio, la comprensión y la práctica de la Constitución y la instrucción cívica, de conformidad con el artículo 41 de la Constitución Política;
  16. El aprovechamiento del tiempo libre, el fomento de las diversas culturas, la práctica de la educación física, la recreación y el deporte formativo, para lo cual el Gobierno promoverá y estimulará su difusión y desarrollo;
  17. La enseñanza de la protección del ambiente, la ecología y la preservación de los recursos naturales, de conformidad con lo establecido en el artículo 67 de la Constitución Política.
  18. La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y, en general, la formación de los valores humanos, y
  19. La educación sexual, impartida en cada caso de acuerdo con la necesidad psíquica y afectiva de los educandos según su edad.
  20. PARÁGRAFO PRIMERO. El estudio de estos temas y la formación en tales valores, salvo los numerales a) y b), no exigen asignatura específica. Esta formación debe incorporarse al currículo y desarrollarse a través de todo el plan de estudios. (Negrilla y subrayado fuera de texto).

    PARÁGRAFO SEGUNDO. Los programas a que hace referencia el literal b) del presente artículo serán presentados por los establecimientos educativos estatales a las Secretarías de Educación del respectivo municipio o ante el organismo que haga sus veces, para su financiación con cargo a la participación en los ingresos corrientes de la Nación, destinados por la ley para tales áreas de inversión social".

    Artículo 21: " Objetivos específicos de la educación básica en el ciclo primaria. . Los cinco (5) primeros grados de la educación básica que constituyen el ciclo de primaria, tendrán como objetivos específicos los siguientes:

    k). El desarrollo de valores civiles, éticos y morales, de organización social y de convivencia humana". (Negrilla y subrayado fuera de texto).

    Artículo 23: " Areas obligatorias y fundamentales. Para el logro de los objetivos de la educación básica, se establecen áreas obligatorias y fundamentales del conocimiento y de la formación que necesariamente se tendrá que ofrecer de acuerdo con el currículo y el proyecto educativo institucional.

    Los grupos de áreas obligatorias y fundamentales que comprenderán un mínimo del 80% del plan de estudios, son los siguientes:

    1. Ciencias naturales y educación ambiental.
    2. Ciencias sociales, historia, geografía, constitución política y democracia.
    3. Educación artística.
    4. Educación ética y en valores humanos. ¿..

    El Artículo 33: "Objetivos Específicos de la Educación Media Técnica. Son objetivos específicos de la educación media técnica:

  21. La capacitación básica inicial para el trabajo;
  22. La preparación para vincularse al sector productivo y a las posibilidades de formación que éste ofrece, y
  23. La formación adecuada a los objetivos de educación media académica, que permita al educando el ingreso a la educación superior.

  1. Decreto 1421 de 1993. Régimen Especial para el Bogotá Distrito Capital.

Artículo 12. Numeral 1º. Establece como competencia del Concejo de Bogotá, "Dictar Normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los Servicios a cargo del Distrito".

H. Concejales, es posible implementar este tema, en el currículo de las Instituciones Educativas Públicas del Distrito Capital, y ver como en un futuro no muy lejano, los jóvenes estudiantes y nuestros hijos, cuenten con una educación más integral, enfocada hacia los buenos modales y la cortesía.

III- CONCEPTO POSITIVO DE LA ADMINISTRACION:

Esta iniciativa se presentó como "Por medio de la cual se incluye en el área de ética y valores humanos, a partir del nivel preescolar y hasta completar la educación media, la unidad académica de civismo y urbanidad", en las sesiones ordinarias pasadas.

La administración distrital a través de la entidad competente, Secretaria de Educación Distrital en oficio con radicado S-2005.084160 de septiembre 2 de 2005, manifestó:

"En respuesta a su solicitud de concepto del articulado del proyecto de la referencia, queremos manifestarle nuevamente nuestro acuerdo con el fomento de los valores, principios, actitudes y comportamientos cívicos y ciudadanos en los niños, niñas y jóvenes de los colegios de la ciudad, de forma que no solo se enriquezca su conocimiento si no que les permitan poner en práctica los mismos; sin embargo queremos reiterar:

¿ No es competencia de la Secretaria de Educación del Distrito, introducir áreas, asignaturas, unidades temáticas en el currículo y el plan de estudios en los colegios, ya que ello es competencia del Ministerio de Educación Nacional¿

¿Lo que si puede asumir la Secretaria de Educación del Distrito en el marco del Proyecto de Acuerdo, es promover el tema de Civismo y Urbanidad y producir materiales de diferente naturaleza, para ser usados pedagógicamente en las diferentes áreas, ligados a la "Cátedra Bogotá, al programa "Escuela Ciudad Escuela" y a la Cátedra de Derechos Humanos", que esta administración viene ya adelantando en las instituciones educativas, así mismo promover actividades escolares y de apoyo pedagógico, al interior de las instituciones educativas que incorporen el tema de urbanidad y el civismo.

Por último, en reunión sostenida con sus asesores, Sandra Mayorga y Leonardo Valencia, el día 1º de septiembre, se hicieron algunas sugerencias de modificación al articulado, que esperamos aporten al desarrollo de las discusiones".

Por las anteriores razones, y una vez concertado con el señor Secretario de Educación Distrital el articulado de este proyecto de acuerdo, y teniendo el concepto positivo, espero el apoyo de esta Corporación para que esta iniciativa se convierta en acuerdo.

No obstante, y teniendo en cuenta lo establecido por el Decreto 145 de 2004, el señor Secretario de Gobierno, Juan Manuel Ospina, a través de radicado del 5 de septiembre de 2005, manifestó:

"La Secretaria de Educación mediante oficio No. S-2005-084160 del 02 de septiembre, el cual se adjunta a la presente comunicación, considera conveniente otorgar la viabilidad al proyecto del asunto¿

En dicho oficio se hace referencia al trabajo conjunto con el equipo de asesores de la concejal autora Yamile Medina Medina. De dicho estudio se llegó a concertar unas modificaciones al articulado, las cuales están señaladas en la comunicación adjunta¿".

Como puede observarse, esta iniciativa dado que se presentó en el anterior periodo de sesiones ordinarias goza del concepto positivo de la administración, encontrándose concertado el texto definitivo del articulado.

Por último no sobra reiterar, que el objeto de este proyecto de acuerdo, no es otro que promover el tema de urbanidad y civismo en las Instituciones Educativas Públicas del Distrito Capital, desde el nivel preescolar hasta la educación media.

Atentamente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal

PROYECTO DE ACUERDO No. ______ DE 2005

"POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE EL TEMA DE CIVISMO Y URBANIDAD A PARTIR DEL NIVEL PREESCOLAR Y HASTA COMPLETAR LA EDUCACION MEDIA, EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS DE BOGOTA D.C. "

El Concejo de Bogotá D.C., en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto 1421 de 1.993 y Acuerdo 095 de 2003;

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO. Promuévase y difúndase el tema de Civismo y Urbanidad a partir del nivel preescolar y hasta completar la educación media en las Instituciones Educativas Públicas de Bogotá D.C.

ARTICULO SEGUNDO. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo primero del presente acuerdo, la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a través de la Secretaria de Educación Distrital, promoverá actividades escolares y difundirá publicaciones que desarrollen temas relacionados con Civismo y Urbanidad.

ARTICULO TERCERO. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE,

Dado en Bogotá D.C., el del mes de de 2005.

Bogotá D.C, 13 de septiembre de 2005.

C- 400-2005.

Doctor

PEDRO ALEJANDRO FRANCO GOMEZ

Secretario General

Concejo de Bogotá D. C.

Ciudad

REF: Radicación Proyecto de Acuerdo

Respetado Doctor:

De conformidad con las facultades otorgadas en el Reglamento Interno del Concejo, me permito presentar y radicar junto con la exposición de motivos y el articulado, el proyecto de acuerdo "POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE EL TEMA DE CIVISMO Y URBANIDAD A PARTIR DEL NIVEL PREESCOLAR Y HASTA COMPLETAR LA EDUCACION MEDIA, EN LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS DE BOGOTA D.C.", para su correspondiente trámite, estudio y aprobación.

Cordialmente,

YAMILE MEDINA MEDINA

Concejal de Bogotá D.C.