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Acuerdo 15 de 2005 Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. - Hospital Suba II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
14/09/2005
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/09/2005
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 0015 DE 2005

(Septiembre 14)

"Por el cual se modifica la estructura organica del Hospital de Suba II Nivel E.S.E. y se determinan las funciones de sus dependencias"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL HOSPITAL DE SUBA I NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO

en uso de sus facultades legales y, estatutarias establecidas en el artículo 12 numeral 17 del Acuerdo 17 del Concejo de Bogotá

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo 17/97 emanado del Concejo de Bogotá, por medio de la cual se transforman los establecimientos públicos Distritales prestadores de servicios de salud como empresas sociales del estado; estableció en su articulo 9º. La ESTRUCTURA BASICA de las Empresas Sociales del Estado, que incluye tres (3) áreas así: Una Dirección, Una de Atención al Usuario y Una de logística.

Que en su artículo 10º. ORGANOS DE DIRECCIÓN: Dijo que la Dirección de la Empresa Social del Estrado estará a cargo de una Junta Directivas y un Gerente, quien será su representante legal. Que en el PARRAFO siguiente, dijo que en todo caso la Empresa Social del Estado deberá contar con un cargo cuyas funciones sean las de asumir esencialmente el liderazgo de las actividades científicas y un cargo cuyas funciones sean las de asumir esencialmente el liderazgo de las actividades administrativas.

Que en virtud de lo anterior, la Junta Directiva, en ejercicio del artículo 12 numeral 17 del Acuerdo 17 de 1997, que lo faculta para modificar la estructura orgánica de la empresa social del estado Hospital de Suba II Nivel, E.S.E., procederá de conformidad y modificará la estructura existente para adecuarla a los lineamientos del Acuerdo 17/97, y poder ajustarla a los nuevos lineamientos de la Ley 909/2004 y su Decreto Reglamentario 785/2005.

Que mediante oficio número 3896 de fecha 12 de Septiembre de 2005 el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital expidió el concepto técnico favorable requerido para la modificación de la planta de empleos del Hospital.

Que en merito de lo anteriormente expuesto, la Junta Directiva del Hospital de Suba II Nivel, E.S.E.,

Ver el Acuerdo del Hospital de Suba 07 de 1997

A C U E R D A:

ARTICULO 1º: MODIFICAR la Estructura Orgánica establecida en el Acuerdo 007/98, emanado de la Junta Directiva del Hospital de Suba II Nivel E.S.E., para el cumplimiento de sus funciones, tendrá la siguiente estructura Orgánica:

1. Gerente

1.1. Oficina Asesora Jurídica

1.2. Oficina Asesora de Planeación, Mercadeo y Sistemas

2. Subgerencia de Servicios de Salud.

3. Subgerencia Administrativa y Financiera

ARTICULO 2º: GERENCIA.- Corresponde a la Gerencia cumplir las siguientes funciones:

    1. Dirigir la Empresa Social del Estado, manteniendo la unidad de procedimientos e intereses en torno a la misión y objetivos de la misma.

    2. Realizar la gestión necesaria para lograr el desarrollo de la Empresa Social del Estado, de acuerdo con los planes y programas establecidos, teniendo en cuenta los perfiles epidemiológicos del área de influencia, las características del entorno y las condiciones internas de la Empresa Social del estado.

    3. Articular el trabajo que realizan los diferentes niveles de la organización, dentro de una concepción participativa de la gestión.

    4. Ser nominador y ordenador del gasto, de acuerdo con las facultades concedidas por la Ley y los reglamentos.

    5. Representar a la Empresa Social del Estado, judicial y extrajudicialmente.

    6. Vigilar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen la Empresa Social del Estado.

    7. Rendir los informes que le sean solicitados por la Junta Directiva y demás autoridades competentes.

    8. Presentar los proyectos de Acuerdo a través de los cuales se decidan situaciones en la Empresa Social del Estado que deban ser adoptados o aprobados por la Junta.

    9. Celebrar o suscribir los contratos de la Empresa Social del estado.

    10. Adoptar la Planta de personal y sus modificaciones, así como los manuales de funciones, requisitos y competencias.

    11. Crear, fomentar estructurar, fusionar, modificar, adicionar y suprimir los Comités según las necesidades del servicio e imperativos de la Ley.

    12. Presentar para la aprobación de la Junta Directiva el plan trienal, los programas anuales de desarrollo de la entidad y el presupuesto respectivo, de acuerdo con la Ley Orgánica de Presupuesto y normas reglamentarias.

    13. Firmar las convenciones colectivas con los trabajadores oficiales de acuerdo con la disponibilidad presupuestal.

    14. Adaptar la entidad a las nuevas condiciones empresariales establecidas en el marco del Sistema General de Seguridad Social en Salud, garantizando tanto la eficiencia social como económica de la entidad, así como la competitividad de la institución.

    15. Organizar el sistema contable y de costos de los servicios y propender por la eficiente utilización del recurso financiero.

    16. Garantizar el establecimiento del sistema de acreditación hospitalaria, de auditoría en salud y control interno que propicien la garantía de la calidad en la prestación del servicio.

    17. Establecer el sistema de referencia y contrareferencia de pacientes y contribuir a la organización de la red de servicios en el nivel local.

    18. Diseñar y poner en marcha un sistema de información en salud, según las normas técnicas que expida el Ministerio de Salud y adoptar los procedimientos para la programación ejecución, evaluación, control y seguimiento físico y financiero de los programas.

    19. Fomentar el trabajo interdisciplinario y la coordinación intra e intersectorial.

    20. Definir políticas sobre el manejo integral del Talento Humano, recursos financieros y administrativos de acuerdo con la Ley y los estatutos, buscando asegurar el cumplimiento de la misión institucional.

    21. Identificar el diagnóstico de la situación de salud del área de influencia de la entidad, interpretar sus resultados y definir los planes, programas, proyectos y estrategias de atención.

    22. Desarrollar planes, programas y proyectos de salud conforme a la realidad socio -económica y cultural de la región , participar en el diseño, elaboración y ejecución del plan local de salud, de los proyectos especiales y de los programas de prevención de la enfermedad y promoción de la salud y adecuar el trabajo institucional a dichas orientaciones.

    23. Planear, organizar y evaluar las actividades de la entidad y velar por la aplicación de las normas y reglamentos que regulan el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

    24. Nombrar y remover los funcionarios bajo su dependencia de acuerdo con las normas de administración de personal que rigen para las diferentes categorías de empleos en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

    25. Diseñar modelos y metodología para estimular y garantizar la participación ciudadana y propender por la eficiencia de las actividades extramurales en las acciones tendientes a lograr metas de salud y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

    26. Diseñar mecanismos de fácil acceso a la comunidad, que permitan evaluar la satisfacción de los usuarios, atender las quejas y sugerencias y diseñar en consecuencia, políticas y correctivos orientados al mejoramiento continuo de los servicios.

    27. Contratar con las Entidades Promotoras de Salud públicas o privadas la realización de las actividades del Plan Obligatorio de Salud que esté en capacidad de ofrecer.

    28. Propiciar y desarrollar investigaciones científicas y tecnológicas con el fin de establecer las causas y soluciones a los problemas de salud en su área de influencia.

    29. Adelantar actividades de transferencia tecnológica y promover la realización de pasantías con el fin de ampliar los conocimientos científico tecnológicos de los funcionarios de la Empresa.

    30. Participar y contribuir al desarrollo del sistema de red de urgencias en el área de influencia.

    31. Ejercer las Funciones de Secretario Técnica de la Junta Directiva.

    32. Presentar a la Junta Directiva de la Empresa, el proyecto de Presupuesto del Hospital de Suba I Nivel Empresa Social del Estado para la siguiente vigencia fiscal, en el termino previsto de acuerdo con las normas fiscales.

    33. Conocer en segunda instancia los fallos proferidos que se produzcan con ocasión de un proceso disciplinario.

    34. Ejercer la función disciplinaria de acuerdo con las normas vigentes sobre la materia.

    35. Establecer los mecanismos que garanticen la oportuna atención de quejas y reclamos de los usuarios de los servicios que presta la entidad.

    36. Establecer el sistema de control interno de la entidad.

    37. Las demás que establezca y asigne la Ley, los Reglamentos y la Junta Directiva de la Empresa.

ARTICULO 3º: OFICINA ASESORA JURIDICA.- Le corresponde cumplir las siguientes funciones:

  1. Asesorar a la Gerencia y demás unidades orgánico funcionales en los asuntos legales y jurídicos relacionados con las funciones y actividades propias de la Empresa.

  2. Asesorar a la Gerencia y demás dependencias sobre los aspectos procesos relacionados con la contratación.

  3. Orientar las respuestas a las peticiones formuladas por los particulares o contratistas ante el Hospital.

  4. Actuar como apoderado judicial o extrajudicial de la Institución en los procesos en que este haga parte y obtener los medios probatorios necesarios para la defensa de los intereses de la entidad..

  5. Coordinar el trámite de los asuntos de carácter jurídico que soliciten las autoridades jurisdiccionales, policivas, del Ministerio Público de la Administración y en general de todos los entes de control.

  6. Prestar oportuna y eficazmente la asistencia jurídica, sobre los proyectos de Actos Administrativos, que requieran las diferentes dependencias del Hospital.

  7. Emitir conceptos y absolver consultas sobre las diversas situaciones Jurídicas, en términos de interpretación y aplicación de las normas relacionadas con los procesos y competencias del Hospital.

  8. Seleccionar y recopilar las disposiciones legales y reglamentarias relacionadas con el sector.

  9. Asumir la asesoría con relación a trámites especiales y gestiones específicas que surjan por disposición de la Ley o por encargo de la Gerencia.

  10. Apropiar la gestión relacionada con los derechos de petición, acciones de tutela y demás que lleguen a la entidad con ocasión del desarrollo del objeto social de la Institución.

  11. Asistir a los comités que por Ley le corresponda y los que la Gerencia le disponga.

  12. Y demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del cargo.

ARTICULO 4º: OFICINA ASESORA DE PLANEACION, MERCADEO Y SISTEMAS.- Le corresponde cumplir las siguientes funciones:

  1. Asesorar a la Gerencia y en general al Hospital en los procesos de Planeación, Desarrollo, Implementación, Información, automatización, análisis, ajustes, mercadeo y proyección de servicios de salud.

  2. Diseñar, implementar y controlar los flujos de información acordes con la estructura del Hospital.

  3. Asesorar y verificar el funcionamiento de los programas referentes a planeación, formulación, evaluación de proyectos, mercadeo y sistemas de información.

  4. Asesorar en la aplicación de las normas técnicas y los modelos de salud orientados a mejorar la calidad en la prestación de los servicios de salud.

  5. Asesorar y orientar la elaboración y actualización del manual de procesos y procedimientos de la Institución en concordancia con las directrices que se establezcan para tales fines.

  6. Orientar técnica y administrativamente la implementación de las normas y procedimientos de su área.

  7. Evaluar los proyectos de inversión teniendo en cuenta las políticas financieras de la entidad y proponer los ajustes a que hubiere lugar.

  8. Asesorar en la formulación de políticas financieras para la consecución de recursos adicionales.

  9. Coordinar y responder por la elaboración del Plan de Desarrollo de la Institución.

  10. Asumir la elaboración y presentación del Plan de Acción en concordancia con la Plataforma Estratégica de la Institución.

  11. Planear, dirigir, controlar y evaluar el diseño y desarrollo de planes y programas de sistemas informáticos, implantación y administración de los sistemas de información y procesamiento de datos, organización, mejoramiento de procesos y simplificación del trabajo, así como colaborar con todas las dependencias en estos aspectos.

  12. Automatizar procesos de información con tecnología actualizada que permita unidad, análisis y generación de indicadores.

  13. Formular, diseñar y evaluar proyectos de inversión, encaminados al desarrollo empresarial.

  14. Manejar estratégicamente la oferta de servicios real de la institución, actualizando el portafolio de servicios.

  15. Dirigir y coordinar el diseño y desarrollo de los planes corporativos e indicadores de gestión para el Hospital, orientados hacia el logro de su misión institucional.

  16. Diseñar mecanismos de coordinación y concertación intra y extrasectorial para el logro de los objetivos del Hospital.

  17. Prestar asistencia técnica sobre procesos de planeación en las diferentes dependencias del Hospital.

  18. Y demás funciones que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza del cargo.

(SIC) ARTICULO 7º: SUBGERENCIA DE SERVICIOS DE SALUD.- Le corresponde cumplir las siguientes funciones:

  1. Coordinar las políticas de salud formuladas por el ente Distrital y colaborar con las mediciones de impacto respectivas.

  2. Dirigir el desarrollo de las estrategias administrativas que garanticen la ejecución de los procesos de responsabilidad de la Subgerencia.

  3. Dirigir, planear, coordinar, evaluar y controlar la prestación de Servicios de Salud en las áreas de: promoción de la salud, prevención de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, y demás proyectos afines del área de influencia de la Empresa Social del Estado según el nivel de complejidad, que garanticen

    el cabal cumplimiento de sus responsabilidades legales y metas previamente establecidas en el Plan Operativo Anual, acordes con los Planes de Desarrollo Institucional y Distrital.

  4. Participar en los procesos de planeación local, como referente de salud.

  5. Coordinar la elaboración del diagnóstico de la situación de salud de la población de las localidades del área de influencia y definir las intervenciones prioritarias pertinentes evaluando sus resultados.

  6. Apoyar las estrategias de participación social a través del trabajo interdisciplinario y la coordinación intra e intersectorial a fin de mejorar las condiciones de salud y bienestar de la población usuaria.

  7. Asesorar a la Gerencia en la determinación e implementación de políticas, estrategias, planes y programas en materia de planificación, distribución y desarrollo de los servicios de salud.

  8. Coordinar la elaboración del Plan de Desarrollo Institucional y responder por la elaboración del Plan de Acción de la dependencia, evaluando los requerimientos de talento humano, equipos y tecnología necesarios para la adecuada prestación del servicio

  9. Asistir a la Gerencia en la coordinación de operaciones y relaciones con la Secretaría Distrital de Salud y las entidades de control.

  10. Proporcionar la información y demás procedimientos necesarios para la resolución de quejas y reclamos, derechos de petición, solicitud de información y acciones de cumplimiento que se formulen a la Empresa Social del Estado en relación con las actividades de la dependencia

  11. Coordinar y responder por la efectiva distribución de los servicios de salud teniendo en cuenta los diferentes puntos de atención y el plan operativo anual de la Empresa Social del Estado.

  12. Coordinar el funcionamiento del sistema de información de salud, garantizando la confiabilidad, oportunidad y veracidad de los datos suministrados.

  13. Mantener actualizado el diagnóstico de la oferta de servicios en lo relacionado a infraestructura física, tecnología y talento humano, teniendo en cuenta su pertinencia, suficiencia y calidad relacionadas con los servicios ofrecidos en el portafolio de la Institución.

  14. Coordinar la elaboración, implementación y actualización periódica de los protocolos de intervenciones en salud, según el perfil epidemiológico y la normatividad vigente, y evaluar su aplicación y cumplimiento.

  15. Coordinar, desarrollar y evaluar el sistema de referencia y contrarreferencia de la Institución garantizando la oportunidad en la integralidad de la prestación de los servicios de salud.

  16. Analizar y evaluar periódicamente los indicadores de gestión, de eficiencia

    técnica, de calidad y de productividad en cada uno de los servicios de salud contemplados en el portafolio de servicios de la Institución, además de, realizar las acciones y correctivos pertinentes.

  17. Participar en la elaboración y desarrollo del Plan de Capacitación de la Institución con el fin de ampliar los conocimientos científicos y tecnológicos de los funcionarios de la Empresa Social del Estado.

  18. Diseñar nuevas estrategias de intervención en salud hacia la comunidad.

  19. Dirigir y coordinar los convenios docente asistenciales con las instituciones formadoras de talento humano, para que el proceso educativo se enmarque dentro de las políticas y estrategias del sistema local de salud.

  20. Dirigir proyectos de investigación y acción participativa tendientes a detectar causas y formular soluciones a los problemas de salud de la comunidad.

  21. Y demás funciones que le sean asignados de acuerdo a la naturaleza del cargo.

ARTICULO 8º: SUBGERENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA.- Le corresponde cumplir las siguientes funciones:

  1. Dirigir, coordinar y controlar la gestión administrativa y financiera de la entidad y proporcionar la información requerida para la toma de decisiones.

  2. Contribuir con la Gerencia en la coordinación y distribución de los asuntos administrativos de las diferentes dependencias del hospital y en la determinación de políticas, objetivos y programas en materia de administración y finanzas.

  3. Coordinar, preparar y controlar en coordinación con las distintas dependencias del Hospital, el presupuesto de ingresos y gastos de cada vigencia y proponer los ajustes necesarios.

  4. Realizar estudios y análisis permanentes sobre necesidades de capacitación, adiestramiento y bienestar para adelantar y desarrollar los programas de capacitación, bienestar y seguridad social.

  5. Planear, dirigir y desarrollar en coordinación con las diferentes áreas políticas, planes y programas para la adquisición y suministro de bienes y prestación de servicios administrativos de acuerdo con los objetivos y necesidades del Hospital.

  6. Programar, coordinar y controlar las actividades y procesos de mantenimiento, aseo, vigilancia, transporte, administración de documentos e impresos.

  7. Implantar, desarrollar y coordinar planes de administración y control de inventarios de los elementos para la prestación de servicios, bienes muebles e inmuebles del Hospital, al igual que los mecanismos para su protección y

    seguros de los mismos, de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia.

  8. Coordinar y controlar la constitución de las pólizas de seguros de los recursos humanos y patrimoniales de la empresa y verificar el cumplimiento de las garantías por siniestros.

  9. Proponer las políticas para el desarrollo de los programas y proyectos de apoyo administrativo al plan institucional.

  10. Adoptar los mecanismos necesarios para la organización, actualización de las normas y procedimientos de las áreas administrativa y financiera de la empresa.

  11. Establecer los mecanismos requeridos para la elaboración, actualización y difusión del manual de funciones, correspondencia y demás de acuerdo con las normas vigentes y que sean de su competencia.

  12. Prever la consecución oportuna de los recursos necesarios y promover la utilización racional de los disponibles.

  13. Adoptar las políticas que garanticen la eficiencia de los procesos financieros de la Institución, así como la estructura de los planes presupuestales y contables necesarios para garantizar la disponibilidad de recursos de la Institución.

  14. Participar en actividades de coordinación y evaluación docente asistencial.

  15. Diseñar y evaluar el plan de mejoramiento continuo de los procesos y procedimientos inherentes a la dependencia a su cargo.

  16. Analizar y rendir los informes intra e inter institucionales que le sean solicitados.

  17. Responder por la atención de las quejas, y reclamos, derechos de petición y solicitudes de su competencia.

  18. Y demás funciones que le sean asignados de acuerdo a la naturaleza del cargo.

ARTICULO 9º: PLANTA SEMIGLOBAL. El Hospital de Suba II Nivel E.S.E., tendrá un esquema de planta semiglobal, cuyos cargos serán distribuidos mediante acto administrativo del nominador, de conformidad con la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes programas y proyectos que aquellas adelanten, al igual que la naturaleza de las funciones, niveles de responsabilidad y perfil de cargos.

ARTICULO 10º: GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. La Gerencia podrá conformar grupos internos de trabajo de acuerdo con la estructura organizacional, necesidades del servicio, planes, programas y proyectos del Departamento.

ARTICULO 11º: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y deja sin efecto jurídico alguno las normas que contraríen lo aquí establecido o le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.C. a los 14 días de septiembre de 2005

JUAN GUILLERMO VELEZ PALACIO

Presidente Junta Directiva

Hospital de Suba II Nivel E.S.E.