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Acuerdo 215 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/06/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3565 de junio 28 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 215 DE 2006

(Junio 13)

"por medio del cual se promueve la cultura ciudadana de la donación voluntaria, responsable, altruista y solidaria de sangre en el Distrito Capital".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales y en especial la conferida en el numeral 1º del Artículo 12 del Decreto-Ley 1421 de 1993

Ver Proyectos de Acuerdo 232, 293 de 2005 y 052 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C. Circular del Alcalde Mayor 01 de 2009, Resolución del Min. Protección 3355 de 2009

ACUERDA:

ARTICULO PRIMERO.- El presente Acuerdo tiene por objeto contribuir al fomento de la cultura ciudadana de donación voluntaria, responsable, altruista y solidaria de sangre.

PARÁGRAFO: La Secretaría de Salud de Bogotá implementará las acciones pertinentes para que las empresas públicas y privadas, como universidades, comunidades religiosas, centros comerciales, clubes deportivos y en general todas las comunidades organizadas, faciliten a la población la participación en las campañas y jornadas de donación voluntaria, responsable, altruista y solidaria de sangre.

Para tal efecto, las diferentes entidades del Distrito de acuerdo a su función misional y a su órbita de competencia legal, apoyarán a la Secretaría de Salud de Bogotá en su obligación de promover, divulgar y fomentar de manera permanente, los cambios culturales ciudadanos que impulsen a la donación voluntaria, responsable, altruista y solidaria de sangre, de acuerdo con la normatividad vigente.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Institucionalícese el día 1º de marzo como el día del reconocimiento al donante de sangre en el Distrito Capital.

ARTICULO TERCERO: El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los trece días del mes de Junio de 2006

ANTONIO GALAN SARMIENTO

Presidente

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Secretaria General

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.