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Acuerdo 221 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/06/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/06/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3565 de junio 28 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN No

ACUERDO 221 DE 2006

(Junio 28

"por medio del cual se crea e institucionaliza el Programa Distrital e Prevención de la Anorexia y la Bulimia"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C.

En uso de sus atribuciones legales y constitucionales, especialmente las que le confiere el Decreto-Ley 1421 de 1993.

Ver Proyecto de Acuerdo 157 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

Artículo 1. Créase el Programa Distrital de Prevención y Asistencia de la Bulimia y Anorexia, en Bogotá.

Artículo 2. El programa tiene como propósito contribuir a la prevención y al control de la anorexia y la bulimia, y dar prioridad a las acciones requeridas, a fin de contener el avance de las patologías y de los daños consecuentes.

Articulo 3. La Secretaria Distrital de Salud, será el organismo de aplicación y organismo rector encargado de planificar, ejecutar y fiscalizar las acciones del programa.

Articulo 4. El órgano de aplicación establecerá mecanismos apropiados para la prevención y asistencia de los factores causantes de la bulimia y anorexia, en el que deberá tener en cuenta:

a)Campañas de educación en colegios, universidades, talleres dirigidos a educadores, padres y alumnos.

b)Difusión en los medios de comunicación masivos de los riesgos de la bulimia y anorexia

c)Capacitación de agentes de salud comunitarios.

d)Orientación psicológica al paciente y su grupo familiar.

e)Impulsar y fortalecer el desarrollo de estudios e investigaciones en la temática.

f)Apoyar las acciones preventivas que desarrollan organizaciones no gubernamentales de la sociedad civil.

Articulo 5. La Personería de Bogotá como órgano de control y vigilancia realizará el seguimiento del Programa de Promoción y sensibilización de la Bulimia y la Anorexia, adelantado por la Secretaría de Salud del Distrito.

Articulo 6. En el marco del programa, se creará el día de prevención de bulimia y anorexia, el cual será el primer día del mes de abril, en coordinación con la Secretaría Distrital de Salud, la Secretaría de Educación y las Universidades, para el conocimiento y sensibilización de estas enfermedades, el cual se realizará en todos los planteles educativos de la Ciudad Capital.

Articulo 7. El presente acuerdo rige a partir de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

ANTONIO GALAN SARMIENTO

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretaria General

LUIS EDUARDO GARZON

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

Junio 28 de 2006