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Concepto 265 de 1998 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
05/10/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/10/1998
Medio de Publicación:
No se publicó
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ARCHIVO ADMINISTRATIVO DE LA CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DISTRITAL - CUSTODIA Y MANEJO

(CÓDIGO CJA02651998) CAJA DE PREVISIÓN SOCIAL DISTRITAL - ARCHIVO ADMINISTRATIVO.- El Director Jurídico de la Secretaría de Hacienda de la Alcaldía Mayor, mediante oficio No. SH-820-2561 del 5 de octubre de 1998, conceptuó:

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El Decreto 1205 de 1997, fue expedido por el Alcalde Mayor en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, entre ellas, la más claramente aplicada, el numeral 6º, artículo 38 del Decreto-Ley 1421 de 1993; es decir:

 

"Distribuir los negocios según la naturaleza, entre las secretarías, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas."

 

Dentro del ejercicio de la competencia anotada, el Alcalde Mayor, asignó a la Secretaría de Hacienda la función de, "depositario del archivo administrativo de la Caja de Previsión Social de Santa Fe de Bogotá D.C. en liquidación". Tal asignación, efectuada en el artículo 1º del Decreto 1205 de 1997, debe leerse y aplicarse a la luz del artículo 4º del mismo Decreto 1205, que dispone:

 

"Artículo cuarto. En desarrollo de tales asignaciones las dependencias señaladas expedirán las Certificaciones a que haya lugar y atenderán las demás gestiones relacionadas con el archivo que reciben para su custodia y manejo".

 

Como consecuencia de lo anterior, podemos afirmar que la Secretaría de Hacienda tiene amplias facultades respecto de esos documentos para su custodia y manejo; pero además, podrá realizar todas las gestiones de archivo adicionales a las de certificar.

 

Tal vez, lo que no puede hacer en razón a la calidad de depositaria que comporta su función, es disponer de esos documentos de manera definitiva.

 

Por lo anterior, creemos que es, mientras se halle vigente, una obligación de la Secretaría de Hacienda, recibir en los términos de los artículos 1º y 4º del Decreto 1205 de 1997, los archivos de la Caja de Previsión Social.

 

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Firma: MARTÍN ROBERTO MOSCOSO.