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Acuerdo 264 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/12/2006
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2006
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3677 de diciembre 27 de 2006
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 264 DE 2006

(Diciembre 27)

"POR EL CUAL SE CREA LA CREDENCIAL BOGOTÁ JOVEN EN EL DISTRITO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, las conferidas en los numerales 1 y 10 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

Ver el Acuerdo Distrital 159 de 2005 , Ver el Decreto Distrital 482 de 2006. Proyectos de Acuerdo 337 y 401 de 2006 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º. - Objeto. Créase la Credencial Bogotá Joven como un instrumento de promoción y gestión de la Política Pública de Juventud del Distrito en los términos de la ley.

ARTÍCULO 2º. - Beneficios de la Credencial Bogotá Joven. Para la implementación de la Credencial Bogotá Joven, se tendrá en cuenta la promoción y utilización de bienes, servicios y actividades de deporte, recreación, turismo y cultura, tanto del sector público como del privado.

PARÁGRAFO: Para el cumplimiento del presente Acuerdo la Administración Distrital podrá celebrar alianzas con el sector privado y el tercer sector.

ARTÍCULO 3º.- Reglamentación. La Administración Distrital reglamentará la implementación de la Credencial Bogotá Joven, en el marco de su competencia.

ARTÍCULO 4º. - De la vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ANTONIO GALAN SARMIENTO

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretaria General

LUIS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

Diciembre 27 de 2006