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Proyecto de Acuerdo 41 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

I

PROYECTO DE ACUERDO No. 41 DE 2007

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE TURISMO PARA BOGOTÁ, D.C., Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

I. OBJETIVOS DEL PROYECTO DE ACUERDO

El objeto del presente proyecto de acuerdo es establecer los lineamientos necesarios para que el Gobierno Distrital elabore la política pública de turismo para Bogotá D.C, estableciendo las directrices para la elaboración y construcción de la misma.

Las políticas publicas "son las acciones de gobierno, es el gobierno en acción, que busca cómo dar respuestas a las diversas demandas de la sociedad. Como señala Chandler y Plano, se pueden entender como uso estratégico de recursos para aliviar los problemas nacionales."1

En consecuencia, el fin último de este proyecto de acuerdo es que el gobierno distrital actúe frente al turismo de la capital, de forma tal que se fortalezca esta industria mediante la promoción, el fomento, la articulación interinstitucional y la valoración del patrimonio natural y cultural del Distrito.

II. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO DE ACUERDO

1. El turismo en el contexto internacional2

El turismo es una industria que a nivel internacional muestra grandes proyecciones, de las que Colombia, y en especial Bogotá, no deben quedarse por fuera. En las proyecciones y análisis de la OMT3 (Organización Mundial del Turismo) se muestra cómo durante 2005 en América del Sur, se registró un incremento del 13% en la actividad turística de llegadas internacionales, con los mayores crecimientos en Venezuela (+23%) y Colombia (+22%), mientras que Argentina, Brasil, Chile, Paraguay, Perú, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua alcanzaron tasas de entre el 10% y el 20%.

Aún así, esa organización advierte sobre tres grandes obstáculos para las proyecciones de la industria del turismo en el 2006: el primero, relacionada con la presencia del terrorismo (cuyos efectos, por la experiencia, son bastante limitados y de corta duración, pues los viajeros han asumido este riesgo), el segundo, asociado con el aumento de los precios de la energía, la inflación y tipos de interés con impacto en la economía y, por último, el avance de la gripe aviar que genera pánico y puede afectar los viajes.

2. Papel del turismo en el desarrollo urbano y regional4

El turismo de negocios es importante dentro del análisis del desarrollo de esta actividad, lo que lleva a considerar que las políticas del sector no pueden ser aisladas, sino que deben ligarse con la promoción de ciudad, para lo que resulta fundamental que las políticas urbanas (en especial para la preservación de recursos que constituyen atractivos para los visitantes, como el patrimonio cultural y natural, así como la movilidad y ordenamiento territorial), se mantengan y promulguen de forma complementaria.

En el caso de Bogotá, la ciudad ha venido adelantando esfuerzos para mejorar en el área de movilidad y espacio público, además de ser una de las capitales de América Latina que más invierte en cultura.

De otro lado, el turismo de una ciudad como Bogotá no puede ser ajeno al desarrollo regional. Aquí, el concepto de Ciudad - Región es fundamental, porque el turismo no es ajeno a la relación complementaria y subsidiaria que beneficia a la ciudad en unos casos y a su entorno en otros. Es así como la ciudad ofrece el lugar de llegada para los mercados, beneficiándose de este tráfico y generando servicios, mientras la región se comporta como receptora de los visitantes de la misma y genera una oferta complementaria a la de la ciudad, que ofrece fortalezas en servicios y oportunidades alrededor de las actividades culturales, de negocios y compras. Además, la región mantiene un agradable entorno natural, lo que ofrece un atractivo importante para los viajeros.

Sin embargo, es importante que la ciudad conciba una política de mercadeo global y promoción, con acompañamiento del sector privado, en las estrategias para aprovechar condiciones de logros significativos frente a una imagen internacional desconocida o negativa.

3. Competitividad Turística de Bogota5

Bogotá, por el buen clima de inversión y de negocios que tiene, se convierte en un destino muy importante para el turismo de negocios y para otras ofertas vinculadas a él como el turismo cultural, en el que la ciudad tiene grandes fortalezas.

Si se observa el escalafón de las mejores ciudades de Latinoamérica6 para hacer negocios en el 2005, encontramos que Bogotá, entre 40 ciudades, ocupa el puesto 13, mejorando el lugar ocupado en 2004 (puesto 14) y en 2003 (puesto 16); ciudades como Santiago, Ciudad de México y Buenos Aires se encuentran en puestos superiores, mientras que Río de Janeiro, Ciudad de Panamá, Lima y Quito están en posiciones inferiores. Es importante destacar que entre las capitales de la Comunidad Andina de Naciones, CAN, Bogotá ocupa el primer puesto.

Para la Capital es fundamental la modalidad turística de turismo de negocios. La ascendente calificación de la capital demuestra que es un nicho de mercado para conservar y fortalecer, sobre todo si lo comparamos con otras ciudades colombianas pues, entre las 40 posiciones analizadas, aparecen Medellín (puesto 35) y Cali (puesto 37).

Según el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a abril de 2005, la región Bogotá - Cundinamarca concentraba el porcentaje más alto del país en lo referente a prestadores de servicios turísticos inscritos en el Registro Nacional de Turismo (RNT), lo que incluye establecimientos de alojamiento, agencias de viajes y guías de turismo.

Según esos mismos datos, se evidencia que el motivo de viaje de los huéspedes, para el caso de Bogotá - Cundinamarca, es: 35,40% negocios, 35,22% ocio, recreación y vacaciones, 18,41% convenciones y 10,97% por otros motivos.

Un 82,16% de huéspedes son nacionales y 17,83% de extranjeros. En el grupo de extranjeros, Bogotá - Cundinamarca ocupa el cuarto lugar después de Amazonas, Norte de Santander y Bolívar, aunque no se debe perder de vista que los dos primeros seguramente tienen una alta proporción de mercados fronterizos.

Bogotá tiene una alta importancia como destino turístico, sobre todo teniendo en cuenta que las agencias de viajes en el año 2003 la registraron como el tercer destino con un 15,09%, después de Cartagena (23,28%) y San Andrés (20,78%). Una gran parte de las agencias operadoras de turismo extranjero se concentran en la región Bogotá - Cundinamarca, aunque a nivel nacional no sucede lo mismo, por lo que se podría suponer que la región se visita más espontáneamente que inducida por el esfuerzo de las agencias de viajes.

No se puede perder de vista que, el sector de hoteles y restaurantes representó el 2.16% del PIB nacional y el 4.02% dentro del total del PIB del sector servicios durante el tercer trimestre de 2005. Estas actividades representan para Bogotá el primer renglón en inversión extranjera directa (29%) y en generación de empleo (25%).

De todo lo anterior, se concluye que Bogotá es un destino muy importante para el turismo de negocios, el cual se debe explotar como parte fundamentar de la industria y la economía de la ciudad.

III. SUSTENTO JURÍDICO

1. Constitución Política de Colombia

Artículo 52: "El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano.

El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social.

Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre.

El Estado fomentará estas actividades e inspeccionará, vigilará y controlará las organizaciones deportivas y recreativas cuya estructura y propiedad deberán ser democráticas."

En este se reconoce el derecho de todas las personas al aprovechamiento del tiempo libre y establece la obligación del Estado de fomentar las actividades que lo permitan.

2. Política nacional

Ley 300 de 1996

Artículo 1: "Importancia de la industria turística. El turismo es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales, regiones, provincias y que cumple una función social.

 El Estado le dará especial protección en razón de su importancia para el desarrollo nacional."

Artículo. 2: "Principios generales de la industria turística. La industria turística se regirá con base en los siguientes principios generales:

1.Concertación. En virtud del cual las decisiones y actividades del sector se fundamentarán en acuerdos para asumir responsabilidades, esfuerzos y recursos entre los diferentes agentes comprometidos, tanto del sector estatal como del sector privado nacional e internacional para el logro de los objetivos comunes que beneficien el turismo.

2.Coordinación. En virtud del cual las entidades públicas que integran el sector turismo actuarán en forma coordinada en el ejercicio de sus funciones.

3.Descentralización. En virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia y se desarrolla por las empresas privadas y estatales, según sus respectivos ámbitos de acción.

4.Planeación. En virtud del cual las actividades turísticas serán desarrolladas de acuerdo con el plan sectorial de turismo, el cual formará parte del plan nacional de desarrollo.

5.Protección al ambiente. En virtud del cual el turismo se desarrollará en armonía con el desarrollo sustentable del medio ambiente.

6.Desarrollo social. En virtud del cual el turismo es una industria que permite la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre, actividades que constituyen un derecho social consagrado en el artículo 52 de la Constitución Política.

7.Libertad de empresa. En virtud del cual, y de conformidad con lo establecido en el artículo 333 de la Constitución Política, el turismo es una industria de servicios de libre iniciativa privada, libre acceso y libre competencia, sujeta a los requisitos establecidos en la ley y en sus normas reglamentarias. Las autoridades de turismo en los niveles nacional y territorial preservarán el mercado libre, la competencia abierta y leal, así como la libertad de empresa dentro de un marco normativo de idoneidad, responsabilidad y relación equilibrada con los usuarios.

8.Protección al consumidor. Con miras al cabal desarrollo del turismo, el consumidor será objeto de protección específica por parte de las entidades públicas y privadas.

9.Fomento. En virtud del cual el Estado protegerá y otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades turísticas, recreacionales y en general, todo lo relacionado con esta actividad en todo el territorio nacional."

Artículo. 17: "Planes sectoriales de desarrollo departamentales, distritales y municipales. Corresponde a los departamentos, a las regiones, al Distrito Capital de Santafé de Bogotá, a los distritos y municipios y a las comunidades indígenas, la elaboración de planes sectoriales de desarrollo turístico en su respectiva jurisdicción, con fundamento en esta ley."

Documento Conpes 3397 de 2005

En el gobierno nacional estableció la política sectorial de turismo, documento que es importante como referencia del tema en cuestión.

3.Política distrital

Acuerdo 119 de 2004. Plan de Desarrollo "Bogotá sin Indiferencia"

ARTÍCULO 14º. Programas del Eje Urbano Regional

(...)

3. Sostenibilidad urbano-rural

"Buscará consolidar el patrimonio natural y garantizar la calidad ambiental que permita alcanzar un mayor bienestar de las actuales y las futuras generaciones. Reconocerá la relevancia del ámbito rural y desarrollará su complementariedad con el urbano en términos de sostenibilidad ambiental y social, productividad, gobernabilidad e integración distrital y regional.

4. Región integrada para el desarrollo

"Se enfocará a desconcentrar el desarrollo a fin de asegurar la viabilidad futura de la ciudad y la región, avanzando en la articulación de redes de ciudades y municipios. El Distrito buscará construir una institucionalidad que permita articular y ejecutar iniciativas de impacto regional que sean referentes para el país. Con estos propósitos se promoverán instrumentos encaminados a la realización de convenios entre localidades, municipios y departamentos. En primer lugar, se fortalecerán y ampliarán las relaciones con Cundinamarca en temas como seguridad alimentaria, recursos hídricos, salud y educación, infraestructura y competitividad, para continuar el proceso adelantado por la Mesa de Planificación Regional. En segundo lugar, se propiciará una agenda común con los departamentos de la región central del país. En tercer lugar, se contribuirá con la construcción de nación desde los territorios mediante la red colombiana de ciudades. Finalmente, Bogotá participará en la Red Andina de Ciudades, en la Organización Mundial de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos y en otras entidades internacionales que trabajan por el desarrollo local y regional.

5. Bogotá productiva

"Para generar las competencias adecuadas que respondan a un mundo globalizado y propiciar un entorno productivo en condiciones de igualdad de oportunidades, se promoverán la formación del talento humano y la innovación. Se adelantarán acciones que generen valor agregado en todas las actividades a través de procesos asociativos y solidarios, especialmente con MiPyMes en cadenas y clusters, que atraigan inversión y turismo, y que amplíen la oferta de exportación. Se promoverán medidas para calificar la demanda local con énfasis en los derechos de los consumidores y las consumidoras. Se fortalecerán los escenarios de acción conjunta público-privada como el Consejo Regional de Competitividad y se crearán las Unidades Locales de Desarrollo Empresarial. Se reconocerá la productividad de la economía del cuidado, superando los estereotipos de género, étnicos y generacionales en el mundo productivo."

6. Competencia del Concejo de Bogotá

El Concejo de Bogotá, suprema autoridad del Distrito Capital, es competente, como lo señala expresamente el Decreto Ley 1421 de 1993 en su articulo 12 numeral 1º: "Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de servicios a cargo del Distrito".

IV. POR QUÉ UNOS LINEAMIENTOS PARA UNA POLÍTICA PÚBLICA DE TURISMO PARA BOGOTA

Como se presentó en el sustento jurídico, el Plan de Desarrollo concibió el turismo como una actividad productiva con efectos en el desarrollo regional. Así se evidencia en el proyecto prioritario Bogotá internacional, turística y atractiva para la inversión, ubicado dentro del programa Bogotá Productiva en el eje Urbano - regional. Así, el turismo le apunta a tres propósitos: mercadeo global, consolidación de la zona turística Bogotá-Región Central, y gestión de la oferta turística distrital.7

Con esos lineamientos, se definiría y concretaría una política pública que dé coherencia a la intervención de todos los actores en el tema del turismo, cuyas actividades se pueden desagregar en el tema Bogotá y Ciudad - Región, impulsando una industria que es vital para el desarrollo de la capital.

V. CONSIDERACIONES FINALES

La Ley 300 de 1996 determina que el "turismo es una industria esencial para el desarrollo del país y en especial de las diferentes entidades territoriales, regiones y provincias y que cumple una función social. El Estado le dará especial protección en razón de su importancia para el desarrollo nacional". Uno de los principios de la industria turística, consagrado en el artículo 2 de esta Ley, es el de descentralización, "en virtud del cual la actividad turística es responsabilidad de los diferentes niveles del Estado en sus áreas de competencia y se desarrolla por las empresas privadas y estatales, según sus respectivos ámbitos de acción".

Esta facultad es aún más clara en el artículo 17, al aclarar que "corresponde a los departamentos, a las regiones, al Distrito Capital de Santafé de Bogotá, a los distritos y municipios y a las comunidades indígenas, la elaboración de planes sectoriales de desarrollo turístico en su respectiva jurisdicción, con fundamento en esta ley".

En ese sentido, el Concejo de Bogotá como máxima autoridad del Distrito Capital, tiene la facultad de facilitar las condiciones jurídicas, políticas e institucionales para la implementación y puesta en marcha de la política de turismo en su jurisdicción, entendida en los términos mencionados al comienzo de este documento.

La importancia que tiene este sector para la ciudad, radica en que puede ser un mecanismo para la apropiación ciudadana de la historia y la cultura del Distrito, toda vez que, planificado, puede agregar valor a los elementos de la identidad de la Capital.

Además, el turismo es reconocido a nivel mundial como el primer sector económico generador de riqueza y como una herramienta para ayudar a erradicar la pobreza.

El tema del turismo lo han estudiado varias organizaciones internacionales, que han generado documentos muy útiles como de referencia y consulta para pensar en las políticas de turismo a nivel del Distrito Capital. Entre los más importantes están el Código Ético Mundial de la Organización Mundial del Turismo8 y la Agenda 21 del Turismo9, que deben servir como base para el desarrollo de esta actividad de manera sostenible.

Por lo anteriormente expuesto, ponemos en consideración de los Honorables Concejales el presente Proyecto de Acuerdo, esperando contar con su apoyo para que se convierta en Acuerdo de la ciudad.

Cordialmente,

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN

CONCEJAL

DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA

CONCEJAL

CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ

CONCEJAL

MARIA ANGÉLICA TOVAR R.

CONCEJAL

SUSANA GONZÁLES RONCANCIO

CONCEJAL

GUILLERMO CORTÉS CASTRO

CONCEJAL

CARLOS ORLANDO FERREIRA P.

CONCEJAL

ÁLVARO MEJIA BRAVO

CONCEJAL

ACUERDO NÚMERO DEL AÑO

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE TURISMO PARA BOGOTÁ, D.C., Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 artículos 6, 12, 13 y la Ley 375 de 1997.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1°. Objeto. El presente acuerdo tiene como objeto establecer las directrices para la elaboración y construcción de la política pública de turismo para Bogotá.

ARTÍCULO 2°. Fines de la política pública de turismo. La política pública de turismo tendrá como fin la promoción, el fomento, la articulación interinstitucional, la valoración del patrimonio natural y cultural del Distrito y el fortalecimiento empresarial de la industria turística.

ARTÍCULO 3°. Principios. La formulación de la política pública de turismo deberá orientarse por los siguientes principios básicos:

1. IGUALDAD. Todos los habitantes de la ciudad y turistas deben ser tratados en igualdad de condiciones, sin ningún tipo de discriminación.

2. LIBERTAD. Los habitantes del Distrito Capital deben ser libres al escoger los servicios para satisfacer sus necesidades, en procura de mejorar su calidad de vida.

3. ÉTICA. Debe lograr que los diferentes actores involucrados en la actividad ejerzan en concordancia con el Código Ético Mundial de la Organización Mundial del Turismo.

4. COORDINACIÓN. Los diferentes actores públicos y privados deben articular un trabajo mancomunado para el desarrollo del sector en beneficio de Bogotá, Integrando las propuestas del Plan de Competitividad de Bogotá, con visión al año 2015, y el Plan Estratégico de Promoción Internacional de Turismo.

5. PROYECCIÓN. Ser de carácter prospectivo y diseñada para un horizonte a largo plazo, dentro del que se vayan precisando, a medida que avanza su ejecución, planes, programas, proyectos y acciones específicas para períodos más cortos.

6. SOSTENIBILIDAD. Tomar en consideración las variables ambientales, socio-culturales y económicas de la ciudad, además de promover la sostenibilidad desde los principios de la Agenda 21 del Turismo.

7. COMPETITIVIDAD. Orientada hacia la competitividad turística del destino Bogotá, en el contexto Ciudad - Región.

8. RECONOCIMIENTO. El reconocimiento y valoración de los diferentes atractivos turísticos de la ciudad, de forma que se ofrezca un entorno con opciones y oportunidades variadas para el visitante y para quien lo atiende.

9. CONSERVACIÓN. La integración y preservación de los patrimonios cultural y natural, en su utilización como atractivos turísticos.

10. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO. La generación de indicadores y herramientas de seguimiento y evaluación, que sirvan de garantía de ajuste con base en la creación de un sistema de gestión para el turismo.

11. RACIONALIZACIÓN. Definición de criterios de asignación presupuestal, para la ejecución de las acciones que se desprendan de la misma.

12. INTEGRACIÓN SOCIAL. Atender las realidades sociológicas, económicas, culturales, políticas e institucionales del distrito, para que los servicios turísticos que se creen, complementen la solución a los problemas actuales y futuros de la comunidad.

13. CORRESPONSABILIDAD. El Distrito y las organizaciones privadas relacionadas con el turismo y la comunidad, deben buscar escenarios para garantizar el ejercicio de los derechos y obligaciones relacionados con la formulación y puesta en marcha de la política pública turística

14. PARTICIPACIÓN. A través de autogestión y cogestión de planes, programas y proyectos en los niveles informativos, consultivos y de toma de decisiones, la comunidad debe tomar parte en la creación y ejecución de los planes relacionados con este sector.

ARTICULO 4o. Ámbitos estratégicos de la política. Las acciones definidas por la política pública de turismo se encaminarán a precisar los campos de acción de los sectores público y privado, además del ámbito interinstitucional, como organizadores del Sistema de Gestión para el turismo del Distrito Capital.

Así mismo, buscarán la determinación de herramientas para la viabilidad de la ejecución de la política y el sistema con recursos propios.

ARTÍCULO 5°. Lineamientos de acción de la política pública de turismo. La política pública de turismo para Bogotá deberá formularse a partir de los siguientes lineamientos:

1. Ordenamiento territorial, para que las actividades turísticas se desarrollen de acuerdo con el Plan de Ordenamiento Territorial y el enfoque Bogotá-Región.

2. Sensibilización de la comunidad, para que se entiendan los beneficios del turismo y la importancia de brindar un buen trato al turista, con la debida información de la ciudad como destino turístico sostenible.

3. Capacitación y formación, para que los prestadores de servicios turísticos mejoren sus competencias laborales, con el objeto de brindar un buen servicio y constituir empresas sostenibles.

4. Valoración periódica de los atractivos turísticos de la ciudad, para que se elaboren productos turísticos competitivos.

5. Esquema promocional de la ciudad, que permita consolidar una imagen de marca y un posicionamiento a largo plazo, integrado a la marca nacional, pero con identidad particular.

6. Trabajo interinstitucional, para que las entidades cuyas funciones tengan relación con el desarrollo del turismo en la ciudad, coordinen sus acciones con la entidad encargada de la formulación y ejecución de la política de turismo.

7. Encadenamiento productivo, para que los empresarios turísticos entiendan la importancia de trabajar de manera coordinada, con el fin de lograr un sector competitivo.

8. Sostenibilidad, para que las acciones de promoción del turismo tengan en cuenta los valores socio-culturales, ambientales y económicos de la ciudad.

9. Cooperación internacional, para que se articulen programas de apoyo internacional al desarrollo del turismo.

10. Información turística, para que los sectores público y privado puedan tomar decisiones informadas.

11. Participación comunitaria, para que los diferentes actores sociales contribuyan en su formulación.

ARTICULO 6°. Plazos. El Alcalde Mayor contará con el término de un (1) año, a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, para el lanzamiento y adopción de la política pública de turismo para Bogotá, D.C.,

ARTICULO 7°. Sistema de gestión del turismo. La política deberá contemplar la creación del Sistema de Gestión del Turismo, con el fin de orientar a la Administración en la gestión de Bogotá como destino, y permitir la articulación de las diferentes entidades, instituciones y empresas que desarrollan actividades vinculadas con la industria turística.

ARTICULO 8°. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Bogotá D.C., Febrero de 2007

Doctora

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Secretaría General

Concejo de Bogotá D.C.

Ciudad

Ref.: Radicación Proyecto de Acuerdo.

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE TURISMO PARA BOGOTÁ, D.C., Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

Cordial saludo doctora Acosta:

Acorde con lo señalado en el numeral 9 del artículo 17 del Reglamento Interno del Concejo, y en consideración con el procedimiento establecido para el trámite de los Proyectos de Acuerdo en el Concejo de Bogotá, nos permitimos anexar el proyecto de Acuerdo de la Referencia.

Agradecemos a usted la atención prestada a la presente.

Cordialmente,

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN

CONCEJAL

DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA

CONCEJAL

CARLOS ALBERTO BAENA LÓPEZ

CONCEJAL

MARIA ANGÉLICA TOVAR R.

CONCEJAL

SUSANA GONZÁLES RONCANCIO

CONCEJAL

GUILLERMO CORTÉS CASTRO

CONCEJAL

CARLOS ORLANDO FERREIRA P.

CONCEJAL

ÁLVARO MEJIA BRAVO

CONCEJAL

Anexo: lo anunciado en catorce (14) folios

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1 Tomado de la pagina de Internet http://www.tuobra.unam.mx/publicadas/021104144006.html Las Políticas Públicas: Productos del Sistema Político

2 Documento presentado por Gustavo A Toro Velásquez, Director General Tourism Consulting en el que se solicita se impulse la creación de un Instituto de Turismo Independiente en el Distrito Capital.

3 Tomado del Boletín de la OMT enero 2006 http://www.world-tourism.org/espanol/index.htm

4 Documento presentado por Gustavo A Toro Velásquez, Director General Tourism Consulting en el que se solicita se impulse la creación de un Instituto de Turismo Independiente en el Distrito Capital.

5 Documento presentado por Gustavo A Toro Velásquez, Director General Tourism Consulting en el que se solicita se impulse la creación de un Instituto de Turismo Independiente en el Distrito Capital.

6 América Economía Inteligente 2005. Presentado por la Cámara de Comercio Situación Competitiva de Bogotá.

7 Documento presentado por Gustavo A Toro Velásquez, Director General Tourism Consulting en el que se solicita se impulse la creación de un Instituto de Turismo Independiente en el Distrito Capital.

8 Código Ético Mundial para el Turismo adoptado por resolucion A/RES/406(XIII) de la decimotercera Asamblea General de la OMT (Santiago de Chile, 27 de diciembre . 1 de octubre 1999)

9 "Agenda 21 para la industria de viajes y turismo: hacia un desarrollo sostenible ambientalmente", Río de Janeiro, 1992, World Summit on Sustainable Development (WSSD), Johannesburgo, 2002.