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Proyecto de Acuerdo 122 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PROYECTO DE ACUERDO No

PROYECTO DE ACUERDO No. 122 DE 2007

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR RURAL DEL DISTRITO CAPITAL"

EXPOSICION DE MOTIVOS

1. OBJETO DEL PROYECTO DE ACUERDO.

El objeto del presente proyecto de acuerdo recae sobre el fortalecimiento e impulso del sector rural distrital en los ámbitos de la educación, capacitación técnica, transferencia y apoyo tecnológico, infraestructura, salud, vivienda, servicios públicos, cadenas de productivas, comercialización, usos del suelo, expansión de la urbanización, seguridad alimentaría, ciencia y tecnología e investigación, conservación de recursos naturales y participación social. Así como, en la integración funcional del sector rural y urbano del distrito.

PROBLEMÁTICA QUE ATENDERA EL PROYECTO DE ACUERDO

A continuación se lista la problemática actual presente en la ciudad de Bogotá y su zona rural, que el presente proyecto de acuerdo contribuirá a resolver:

Seguridad del distrito: El fortalecimiento y desarrollo del área rural del distrito, permitirá generar dos principales beneficios en materia de seguridad para la ciudad y lo rural; el primero tiene que ver con el control los grupos por fuera de la ley que tienen presencia en el área rural y que muy posiblemente realizan sus acciones en la ciudad y el segundo, que al reducirse la tasa de emigración hacia la ciudad genera una población flotante menor con la consecuente reducción de todas las problemáticas sociales que esto conlleva incluyendo la seguridad de nuestros campesinos.

PIB: El fortalecimiento y desarrollo del área rural del distrito, incidirá directamente en el crecimiento del PIB de la ciudad.

Zona De Amortiguación: El desarrollo del área rural del distrito, contribuirá a preservar y conservar las áreas estratégicas naturales presentes en la región, las cuales sin duda alguna constituyen una zona de sumidero de gran cantidad de los contaminantes generados en la ciudad y transportados naturalmente ó no hacia el área rural.

Menores Costos De Alimentos. El desarrollo y organización del ámbito productivo del área rural del distrito, permitirá generar mediante sus enlaces de comercialización menores costos de los alimentos en los consumidores finales.

Seguridad Alimentaría. El fortalecimiento del ámbito productivo del área rural del distrito, permitirá garantizar a los habitantes de la ciudad el acceso a una variada dieta alimentaría.

Integración Regional. El fortalecimiento del área rural del distrito permitirá generar una articulación y armonización de lo urbano - rural en los aspectos económicos, social y ambiental, dando inicio a un proceso de integración regional en una posición de Distrito Capital y no de ciudad, ya que la oferta de servicios y productos, del Distrito Capital es mucho mayor.

Menores Tasas De Emigrantes. El apoyo al área rural del distrito, permitirá generar mayor oferta de empleo agropecuario y apropiación del territorio, con lo que la población rural presentará menores índices de desplazamiento hacia la ciudad.

Servicios Ambientales. El desarrollo del área rural del distrito, garantizará que la ciudad de Bogotá reduzca en alguna medida, las cargas contaminantes generadas, como es el caso de las emisiones atmosféricas, al constituirse lo rural en una zona de efecto sumidero.

Mejor Calidad de Vida Tanto en lo Rural como en lo Urbano, Morbilidad. El fortalecimiento del sistema productivo del área rural del distrito, permitirá restablecer las dietas alimenticias de muchos de los Bogotanos, al presentar los alimentos un menor costo, con lo cual se reducirán significativamente los cuadros de desnutrición presentes en la ciudad.

2. CONSIDERACIONES GENERALES.

MARCO REFERENCIAL DEL AREA RURAL DISTRITAL

El territorio rural del Distrito Capital es un espacio fundamental en la articulación de la región Bogotá - Cundinamarca en términos de prestación de servicios ambiéntales, gobernabilidad y seguridad alimentaría. En consecuencia, el ordenamiento de las infraestructuras, equipamientos y estructura de los centros poblados, así como el desarrollo productivo, consultará las ventajas competitivas y comparativas de las áreas rurales y los núcleos urbanos de la región para la optimización de la productividad rural y con el fin de elevar la competitividad del Distrito y la región en el marco de la equidad social y sostenibilidad ambiental.

En concordancia se buscara el fortalecimiento e integración de manera funcional, económica y social del territorio rural a la región Bogotá - Cundinamarca y al área urbana del Distrito Capital, preservando su riqueza natural y aprovechando sus oportunidades y potencialidades.

Para ello se plantean las siguientes estrategias:

1. Promover y potenciar la productividad de las áreas rurales, a través de la diversificación e integración económica con la ciudad región Bogotá - Cundinamarca, y fortalecer el sistema de asentamientos humanos rurales, de tal manera que presten una óptima función como centros de servicios sociales y de comercialización para sus habitantes.

2. Integral el territorio rural al sistema de Planeación del Distrito Capital y al sistema regional, mediante el fortalecimiento de la institucionalidad, el capital social y la programación y ejecución coordinada de la inversión para frenar las dinámicas de marginalidad y exclusión social de la población.

3. Mantener lo recursos y el potencial natural del territorio, considerando la estructura ecológica principal y regional como elemento ordenador.

4. Mejorar la conectividad del subsistema vial y de telecomunicaciones entre los pequeños centros poblados con Bogotá, como nodo principal de la red de ciudades.

5. Diseñar e implementar planes y programas de viviendas en las áreas rurales del Distrito Capital, que contribuyan a consolidar asentamientos rurales en condiciones de seguridad estructural y habitabilidad, así como asegurar la provisión de la infraestructura y los equipamientos necesarios a través de su inclusión en los planes maestros de equipamientos de la ciudad que garanticen el desarrollo productivo de las áreas rurales.1

EL AREA RURAL EN LA INTEGRACIÓN REGIONAL

La ciudad de Bogotá ha venido trabajando desde el año 2001 el tema de integración regional sobre la base de explorar nuevas alternativas de ordenamiento territorial y productividad que permitan desconcentrar el desarrollo y consolidar una red urbano-regional que garantice la inclusión y el mejoramiento de las condiciones de vida de toda la población.

La anterior dinámica se contextualiza en un redimensionamiento del rol de los territorios que conlleva a que los municipios y departamentos, en su nuevo rol, busquen y generen complementariedades más allá de los límites político - administrativos. La estrategia entonces, es la conformación y consolidación de alianzas estratégicas entre distintos actores bajo una visión conjunta de región y de desarrollo.

La Administración del alcalde Luis Eduardo Garzón, en el entendido de la importancia de consolidar y hacer realidad la apuesta regional plasmada en el POT de la ciudad y en su Plan de Desarrollo, cuenta con una política integral de regionalización que se desarrolla en distintos ámbitos territoriales: Bogotá - Cundinamarca, Región Central del país (Boyacá, Cundinamarca, Meta, Tolima, Tunja, Bogotá, Villavicencio e Ibagué) y las redes internacionales de ciudades y regiones. En estos diferentes ámbitos se propende por definir y materializar acciones conjuntas entre los actores involucrados que permitan alcanzar un desarrollo compartido, equitativo y sostenible.

GENERALIDADES DEL AREA RURAL

De acuerdo con la normatividad de la administración Distrital y de manera especial según lo establecido por el Acuerdo No. 6 de 1990 o Estatuto de Ordenamiento Físico del Distrito Capital, se tiene como áreas rurales, aquellas cuyo desarrollo debe definirse en usos agrícolas o en usos complementarios y compatibles con los agrícolas, con arreglo al plan de usos del suelo que se adopte para los diferentes sectores de las áreas rurales.

En este sentido, el área rural Distrital es aquella porción del territorio que se encuentra localizado por fuera del área actualmente construida, ya sea que disponga o no de productores agropecuarios, y el área agropecuaria corresponde a las tierras del exterior del perímetro urbano, con presencia actual de zonas de producción agrícola o pecuaria. Este criterio incorpora las áreas suburbanas con bajo nivel de servicios públicos, cuyo desarrollo aún no ha sido definido para usos urbanos y mantiene una ocupación parcial en cultivos y/o pastos.

De la aplicación de los anteriores criterios se establece las siguientes categorías a nivel de las localidades:

*Netamente rural: Localidad de Sumapaz

*En uso altamente compartido (agropecuario y urbano): Localidades de Usme y Ciudad Bolívar.

*En uso agropecuario restringido: Localidades de Santa Fe (Vereda El Verjón Alto) y Chapinero (Vereda El Verjón Bajo).

*En uso agropecuario con un alto proceso de expansión urbana: Localidades de Bosa y Suba.

*Con bajo uso agropecuario: Localidades de Engativá, Fontibón, Kennedy y Usaquén.

*Con área rural sin uso agropecuario: Localidad de San Cristóbal.2

De la anterior clasificación tenemos que existen ocho localidades, que representan el 82 % del total del territorio del Distrito Capital, con componente rural como son; Sumapaz, Usme, Santa Fe, Ciudad Bolívar, San Cristóbal, Chapinero, Bosa, Suba y Usaquén.3

De acuerdo a los registros consultados en donde se encontró que el mayor cúmulo de información de las áreas rurales pertenece a las localidades; Sumapaz, Usme, Ciudad Bolívar, Santa Fe y Chapinero, se tiene que como aspectos generales relacionados con: áreas territoriales, clases de suelos, producción agrícola, producción pecuaria, cobertura vegetal, usos del suelo, recursos hídricos, densidad poblacional, infraestructura vial, para las localidades de Sumapaz, Usme, Ciudad Bolívar, Santa Fe y Chapinero4, están los siguientes;

Vemos, como las cinco principales localidades con componente rural abarcan un área de 119.520 hectáreas (1.195,2 km2), en donde la localidad de Sumapaz representa el mayor porcentaje del área rural con un 68.9%, respecto del total de las localidades listadas.

El suelo que conforma el área rural presenta diferentes clases agrológicas, encontrando hasta seis clases II, III, IV, VI, VII y VIII, que de manera general, corresponden a tierras aptas y no para la agricultura y algunas utilizables para ganadería con precauciones para su conservación;

Las localidades de Ciudad Bolívar y Usme presentan mayor variedad en las clases agrológicas de suelo, siendo áreas que presentan un uso actual agrícola.

El recurso hídrico presente en el área rural es bastante representativo, siendo la zona que presenta el más importante soporte para la producción del vital recurso con que se abastece la ciudad, además de presentar un bajo grado de deterioro de su calidad y esta representado por el sistema Sumapaz, Tunjuelo y Chisaca, que aportan un importante volumen de agua, así:

La cobertura y usos del suelo presente en el área rural distrital, esta representada por 119.520 has, en las cuales se distribuye actividades de conservación y preservación, agricultura, ganadería y el uso urbano, como sigue:

Además, vemos como en su orden la localidad que presenta mayor área rural es Sumapaz, Usme, Ciudad Bolívar, Santa Fe y por ultimo Chapinero, tal como se muestra en la siguiente tabla:

Observando que la localidad de Sumapaz registra los mayores niveles de actividad ganadera, agrícola y de áreas de conservación, esto debido principalmente a su gran extensión.

Respecto a la densidad poblacional, observamos que la localidad que presenta un mayor número de habitantes es la de Usme, seguida de Ciudad Bolívar, Sumapaz y Santa Fe, siendo la de menor población la localidad de Chapinero. Igualmente reobserva que la localidad de mayor densidad poblacional es la de Sumapaz con 3.4 habitantes por kilómetro cuadrado, tal como sigue:

El acceso y salida de los sectores rurales del distrito, es limitado por el estado de la malla vial, dado que del total de vías y caminos presentes (554.5 Km) tan solo el 4.79% se encuentra en buen estado, lo que afecta, en algún grado, el transporte de los alimentos allí producidos que son conducidos hacia la ciudad:

EL sistema productivo agrícola del área rural del Distrito, esta representado por los cultivos de Papa, Arveja, Haba y otros en menor escala, como cebolla, quinua, cubios, entre otros;

Las localidades que presentan el mayor porcentaje de producción corresponden a Usme y Sumapaz, siendo el cultivo de papa el más representativo con un área 2.708 has cultivadas, seguido de la Arveja con 836 has.

Para la ganadería Usme y Sumapaz vuelven a ser las localidades más representativas en las especies explotadas, así:

Pese a la anterior información, y dado que actualmente no existe un documento que recoja un diagnostico unificado del área rural del Distrito Capital, es preciso detallar la información de manera independiente para las localidades mas representativas, así:

LOCALIDAD DE SUMAPAZ

La localidad de Sumapaz se encuentra ubicada en el extremo sur del Distrito Capital, cuenta con un área de 154.000 has., las cuales en su totalidad corresponden a área rural.

El páramo de Sumapaz, es una vertiente de aguas que da origen al sistema Meta Guaviare - Orinoco, por el oriente y al sistema río Sumapaz- Magdalena por el occidente. Por el norte drena hacia la cuenca del río Tunjuelo el cual es a la vez afluente del Bogotá y éste del Magdalena.

Es así como, este territorio se encuentra surcado por una importante red hídrica, conformada por los Ríos Blanco y Sumapaz, como cuencas principales y como subcuencas: Río Blanco, Río Tabaco, Río Gallo, Río Santa Rosa, Río Chochal, Río San Juan, Río Pilar y Río Sumapaz, su drenaje cubre un área de 75.413 ha, recorriendo una longitud de 1.317 kilómetros, además de existir múltiples quebradas.

La localidad cuenta con una población de 3.753 habitantes perteneciente al estrato 15, de los cuales 1.757 representan la fuerza de trabajo de la región. La característica eminentemente rural o de producción agropecuaria hace que esta localidad sea expulsara de población desplazada, dado los altos niveles de emigración hacia la ciudad que se presentan por diferentes aspectos; pobreza, necesidad de estudio, violencia y empleo.

Para el año 2004, sumapaz contaba con 30 establecimientos oficiales de educación, el nivel de preparación académica6 en la localidad se distribuye así:

Se observa que le mayor porcentaje de la población tan solo cuenta con

educación básica primaria (52.9%), y el 10.1% no posee preparación alguna.

El suelo que compone la localidad de Sumapaz, presenta un uso actual destinado a actividades de; agricultura, pecuarias, mineras, industrial, urbano y de preservación, con una distribución por área, así:

Es de anotar que,lalocalidadpresentaunaimportante área de cobertura vegetal, ya que existen 64.503 ha., que se encuentran en un alto grado de conservación, garantizando la protección del suelo, el agua y en general de los recursos naturales presentes en la región que contribuyen y soportan directamente la calidad ambiental de la ciudad.

En este sentido, la localidad de Sumapaz ha basado su economía en la actividad agrícola y pecuaria, principalmente, desarrollándose en menor escala actividades de explotación de recebo utilizado en el mantenimiento de las carreteras de la región.

Los principales cultivos agrícolas establecidos en la región del Sumapaz son: papa, arveja y el haba, cebolla, maíz y algunas frutas. La producción anual obtenida en su mayoría abastece a la ciudad de Bogotá, con 15.000 toneladas/año de papa. Sin embargo, de acuerdo a la Unidad Local de Asistencia Técnica Agropecuaria-Ulata en los últimos años la agricultura ha venido reduciendo su participación dentro del sector productivo mientras que la ganadería la ha aumentado; especialmente la ganadería de los páramos para carne y, en menor escala, la ganadería de finca. Por tanto, actualmente la explotación principal del suelo es la ganadería extensiva.

Respecto de los servicios de saneamiento ambiental presentes en la región se tiene que existen cuatro acueductos interveredales que no cuentan con sistemas de potabilización y, el manejo del agua servida se realiza principalmente a través de inodoros secos, pozos sépticos, letrinas y campo abierto, no existiendo sistemas de alcantarillados en ninguno de los corregimientos.

En materia de salud, se cuenta con un hospital ubicado en la vereda de Nazareth, se establece que el 17.6% de la población infantil presentan riesgo de desnutrición.

De lo anterior, se tiene que los aspectos que podrían representar una problemática general para la región, son:

1. Perdida del ciclo ecológico en la zona conformada por vegetación nativa, debido a las actividades agrícolas.

2 Perdida de áreas naturales y Perdida de áreas naturales y generación de zonasde amenazas debido a expansión de, y las actividades agrícolas y pecuarias.

3. Perdida de la cobertura vegetal debido a la Tala para leña para combustible.

4 .Existe un alto riesgo de contaminación hídrica, tanto superficial como subterráneo, por agroquímicos y aguas servidas.

5. Dado que no existe servicio de recolección de basuras, estas constituyen un alto riesgo en el deterioro y contaminación de la región

6. Existe perdida de la capacidad de soporte del suelo, en la medida que no existe una diversificación de los cultivos.

7. Incremento de la tasa de desempleo y desplazamiento.

8. Perdida de la capacidad de oferta alimentaría para la ciudad.

9 .Incremento del deterioro ambiental de la ciudad, debido a la perdida de área de amortiguación y efecto sumidero.

LOCALIDAD DE BOSA

La localidad de Bosa se ubica en el sur-occidente de Bogotá, su zona suburbana esta constituida fundamentalmente por la vereda San Bernardino, dado que en otros sectores de esta categoría viene desapareciendo la actividad agropecuaria, debido al proceso de urbanización, como son las veredas El Porvenir y El Corzo.

La extensión del área suburbana en producción agropecuaria es de 836 ha. Que representan el 36.7% del total del área de la localidad, que corresponde a 2.274 ha.7

El uso actual del suelo en producción agropecuaria, se encuentra distribuido en hortalizas (209 ha.), y el restante en pastos manejados. Estas áreas se encuentran circunscritas en la red hídrica conformada por el Río Bogotá, Río Tunjuelo y Tintal, los cuales presentan como característica principal ser verdaderas alcantarillas abiertas y de donde se extrae el agua para el riego de las diferentes actividades agropecuarias de esta zona.

Como área de importancia proteccionista presente en la zona suburbana de la localidad de Bosa se encuentra la franja paralela del Río Bogotá, ronda hidráulica, en la cual se desarrolla la actividad de ganadería extensiva presentando conflicto en una área de 53 has.

De acuerdo al DAPD la población proyectada para el año 2005, Bosa cuenta con 550.310 habitantes, sin embargo, no se establece con certeza el número de personas radicadas en el sector rural de esta localidad. El nivel educativo8 registrado en la localidad se presenta, en la siguiente grafica:

De igual manera, la documentación producida hasta la fecha no registra valores que discrimen la población rural.

El proceso de urbanización ha conllevado a una reducción en el área sembrada existiendo actualmente, con 250 ha., para cultivos de hortalizas, cebolla, repollo, zanahoria, rábanos, coliflor, acelga, apio, papa y maíz, con tamaños de 0.5 a 2 fanegadas, en promedio.

El proceso productivo se realiza bajo sistemas tecnológicos tradicionales comunes en zonas de minifundios, tractor para arado, arado de tracción animal, de acuerdo a la extensión y características del terreno.

La comunidad rural no cuenta con instrumentos que le permitan acceder fácilmente a un apoyo técnico, financiero y de mercadeo de sus productos.

Para la comunicación entre fincas y con las vías principales existen carreteables destapadas en regular a mal estado de mantenimiento, de acuerdo a las condiciones climatologicas.

Todo lo anterior, ha conllevado a generar aspectos que impactan negativamente el sector rural y su comunidad, entre los cuales se evidencian:

1. Reducción de los niveles de rendimiento del suelo.

2. Alteraciones importantes del medio.

3. Altos niveles de contaminación.

4. Mayor comercialización de productos contaminados.

5. Bajos niveles en la calidad de vida de la población.

6. Desincentivación de la actividad agropecuaria.

7. Altos costos de los productos agropecuarios para los Bogotanos.

8. Incremento en el desempleo.

9. Perdida del área rural Distrital.

10. Mayores niveles de migración hacia Bogotá.

LOCALIDAD DE USME

La localidad de Usme se ubica al sur - oriente de la ciudad, tiene una extensión total de 21.556,16 hectáreas (ha), de las cuales 2.063,84 se clasifican en suelo urbano, 1.185,65 corresponden a suelo de expansión, 18.306,52 se clasifican en suelo rural, que equivale al 85% del total de la superficie de la localidad.9

Fuente: Estudios INPRO Ltda. 2000.

Se estima que para el año 2002 Usme contaba con una población de 259.189 habitantes, clasificada en los estratos 1 y 2. La fuerza de trabajo de esta localidad está representada por 184.728 personas que corresponden al 71,3% de la población local, y el 42,8 % de la población residente de la localidad de Usme (107.584 habitantes) es potencialmente demandante de servicios educativos.

La localidad de Usme presenta una tasa de analfabetismo para personas de 15 años y más del 2,8%, siendo mayor a la tasa de Bogotá en su conjunto del 2,2%.10

11

Para el año 2001, esta localidad contaba con 63 instituciones oficiales y 83 no oficiales y un potencial de población en edad escolar de 73.046 niños y jóvenes de estrato 1 y 2 y de estos tan solo el 88.2% se encuentran matriculados.

La localidad de Usme cuenta con nueve (9) IPS públicas del primer nivel de atención, adscritas a la Secretaría de Salud: 4 Unidades Primarias de Atención en Salud (UPA), 2 UBA, 2 CAMI y un hospital de Primer Nivel de Atención. Además, tiene 26 instituciones prestadoras de servicios de salud privadas, que corresponden a una caja de compensación, 13 centros médicos de atención básica y 12 consultorios. En esta localidad no hay instituciones prestadoras de servicios de salud públicas o privadas de II o III nivel de complejidad.

Usme, es una de las localidades más afectadas por los fenómenos de desempleo, economía informal y desplazamiento forzoso.

Respecto a la prestación de servicios de saneamiento ambiental, algunas veredas cuentan con sistema de acueducto, El Destino, Olarte, La Requilina, El Uval, Los Soches, Agualinda Chiguaza, El Hato, Las Margaritas y Curubital, el resto de las veredas se abastecen de otras fuentes de agua, como; nacederos, quebradas, ríos, aljibes y agua lluvia. El 70% de las viviendas no poseen servicio de alcantarillado ni pozos sépticos y descargando sus aguas servidas en letrinas, campo abierto y vallados. Además, no se presta en la totalidad de la localidad el servicio de recolección de residuos domésticos, por lo que en algunas veredas su disposición es realizada a cielo abierto, drenajes y vías. Para la comunicación entre las fincas existen vías secundarias y caminos de herradura que presentan un estado de regular de conservación.

Esta localidad se encuentra surcada por la red hídrica conformada por los ríos Tunjuelo, Piedra Gorda, Curubital, Lechoso, el Mugroso y las Quebradas el Destino, Guanda, Leñonero, Santa Helena, Yomasa, Santa Librada, Chiguaza, Chuzcal, Hierbabuena y Trompeta. También son importantes los embalses de Chisacá y La Regadera.

Este sistema constituye uno de los más importantes para la ciudad en materia de recurso hídrico, dado la presencia de los embalses Chisacá (con un volumen de 6.747.000 m3), la Regadera (con un volumen de 4.086.000 m3), además de existir varias lagunas como; El Rincón, Bocagrande, Seca, La Garza y la Laguna de Chisacá. 12

El uso actual del suelo esta representado por actividades de tipo agropecuario, minero, industrial y urbano, el que en un alto porcentaje presenta características de tipo rural, así:

Se tiene que existe una dominancia de tierras con actitud o función ecológica o ambiental, representada por un 68.2% del marea rural de la localidad y, las tierras de aptitud agropecuaria ocupan una extensión de 6.223 ha., (31.8% del total rural).

En el sector rural la actividad económica principal es la producción agropecuaria y en forma secundaria la explotación de canteras. De las 21.432 hectáreas que conforman el área territorial rural de la localidad, 5.572 hectáreas (26%) están destinadas a la explotación ganadera, 1.286 hectáreas (6%) a la actividad agrícola, 3.215 hectáreas corresponden a bosques y las restantes 11.253 a páramo. Predominan los cultivos de papa con el 74,6% del área cultivada, seguido por arveja con 19,4% y haba 3,7%. Otros cultivos de menor importancia son cebolla, maíz, hortalizas, curuba, mora y otras frutas (Gráfico 5). La producción de estos cultivos se comercializa en la plaza de mercado local y en Corabastos.13

El volumen de producción agrícola de la región asciende a 13.387 toneladas, siendo la papa el reglon de mayor participación con 11.547 tn., seguido la arveja con 1.216 tn.

La problemática ambiental presente en la localidad se pude resumir así14:

1. Presencia de deslizamientos frecuentes causados por la actividad extractiva en canteras y procesos de deforestación.

2. Perdida del recurso hídrico debido a la contaminación por vertimientos domésticos, industriales y agroquímicos.

3. Conflicto de uso de suelo por actividades de urbanización, generando alto riesgo para la población

4. Disposición inadecuada de residuos sólidos en la estructura ecológica.

5. Invasión de las zonas de ronda de algunos cuerpos de agua.

6. Perdida de cobertura vegetal por la extracción de leña y cultivos.

3. CONSIDERACIONES JURIDICAS.

Que la administración distrital asume su formulación y la incorpora como política del Plan de Desarrollo 2004-2008 "Bogotá sin Indiferencia, un compromiso social contra la pobreza y la exclusión", de manera participativa y concertada con un horizonte de largo plazo.

CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1991

Promueve el incremento de la productividad en el marco del desarrollo sostenible.

El Estado debe promover, para los trabajadores agrarios, el acceso a los servicios de: "...comercialización de productos, asistencia técnica y empresarial, con el fin de mejorar el ingreso y calidad de vida de los campesinos".

ACUERDO 119 DE 2004

Plan de Desarrollo Distrital "Bogotá sin indiferencia". "Diseñar e implementar una política rural para el Distrito" [Artículo 15, Metas del Eje Urbano - Regional]

LEY 77 DE 1987

Distrito debe incluir en sus planes de desarrollo programas de desarrollo rural. Encarga al Distrito la prestación del servicio de Asistencia Técnica Agropecuaria

Lo posibilita para crear Unidades de Asistencia Técnica Agropecuaria o contratarlas.

DECRETO 1946 DE 1989

El servicio de Asistencia Técnica Agropecuaria es gratuito cuya prestación está a cargo del Distrito Capital.

Crea y organiza el SINTAP con el objetivo de favorecer al sector agropecuario (subsectores agrícola, pecuario, de zoocría, forestal y piscícola)

El Distrito forma parte del SINTAP.

ACUERDO 6 DE 1990,

Política de ordenamiento ambiental, para desarrollarse a través de las ULATA.

Áreas rurales son aquellas cuyo desarrollo debe definirse en usos agrícolas.

Necesidad de adoptar el plan de usos del suelo agrícola D.C.

Adoptar programas de desarrollo integrado de las áreas rurales

Fomentar la productividad de los terrenos y ordenar el mercadeo de los productos agrícolas.

DECRETO 2379 DE 1991,

Establece como principio de la Asistencia Técnica Agropecuaria el desarrollo sostenible.

Este servicio será prestado por el Distrito Capital de acuerdo con el programa agropecuario.

LEY 101 DE 1993

Es obligación del Distrito crear UMATA, con la función de prestar la Asistencia Técnica Agropecuaria.

Establece las condiciones para la atención integral al sector productivo agropecuario. Define las pautas para la asistencia técnica agropecuaria.

DECRETO 482 de 1996,

Crea y reglamenta el SISADI

DECRETO 619 DE 2000,

Diferencia el suelo rural en áreas para la preservación ambiental, la restauración ecológica y la producción sostenible.

Que el Plan de Ordenamiento Territorial, en su marco normativo, establece que el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente y el Departamento Administrativo de Planeación Distrital, en forma coordinada y desde el ámbito de sus competencias, deben formular esta Política Pública de Ruralidad.

DECRETO 190 DE 1993,

El Objetivo Rural del POT "busca fortalecer el territorio rural e integrarlo de manera funcional al Distrito Capital y a la región, promoviendo la construcción de un modelo territorial sostenible, que preserve su riqueza natural y aproveche sus oportunidades productivas".

LEY 99 DE 1993

Las UMATA, prestarán la Asistencia Técnica Agropecuaria y harán transferencia de tecnología en medio ambiente y protección de recursos naturales renovables".

Crea el sistema nacional ambiental y define las funciones de la institucionalidad y de la sociedad en el manejo y conservación de la oferta natural.

ANALISIS DEL IMPACTO FISCAL

Proyecto amerita la realización de un análisis de impacto fiscal como lo ordena el Art. 7 de la Ley 819.

COMPETENCIA DEL CONCEJO

En cuanto a la Competencia del Concejo para expedir ésta clase de normas, ésta se encuentra contemplada tanto en las normas constitucionales ya citadas, como en el Decreto Ley 1421 de 1993 Artículo 12 numerales 1 y 3.

Así las cosas, presento éste proyecto de Acuerdo a consideración del Cabildo Distrital con el convencimiento de que traerá beneficios al Distrito Capital.

Cordialmente,

ATI QUIGUA IZQUIERDO

Concejala Indígena de Bogotá

ALVARO ARGOTE MUÑOZ

ALEJANDRO MARTINEZ CABALLERO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

BRUNO DIAZ OBREGON

ORLANDO SANTIESTEBAN MILLAN

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

CARLOS ROMERO JIMENEZ

FERNANDO ROJAS RODRIGUEZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

CARLOS VICENTE DE ROUX

ANTONIO GALAN SARMIENTO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

ORLANDO PARADA DIAZ

ANGELA BENEDETTI VILLANEDA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

ISAAC MORENO DE CARO

CARLOS ORLANDO FERREIRA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

OMAR MEJIA BAEZ

JOSE ABEL VALOYES CHAVERRA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

HIPOLITO MORENO GUTIERREZ

ARMANDO GUTIERREZ GONZALEZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JORGE LOZADA VALDERRAMA

FERNANDO LOPEZ GUTIERREZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

MARIA CLARA RAMIREZ FERRO

SUSANA GONZALEZ RONCANCIO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

SOLEDAD TAMAYO TAMAYO

GUILLERMO VILLATE SUPELANO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

GERMAN GARCIA ZACIPA

HUGO PATIÑO VASQUEZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JORGE DURAN SILVA

CARLOS ALBERTO BAENA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

SEVERO CORREA VALENCIA

DARIO FERNANDO CEPEDA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

GUILLERMO CORTES CASTRO

LEO CESAR DIAGO CASASBUENAS

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

ELVAR EMEL ROJAS CASTILLO

GUSTAVO ALONSO PAEZ MERCHAN

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

GILMA JIMENEZ GOMEZ

LARIZA ROJAS PIZANO

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

YAMILE MEDINA MEDINA

JAIRO RODRIGUEZ VALDERRAMA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

LUIS FERNANDO OLIVARES

MARIA ANGELICA TOVAR

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JOSE JUAN RODRIGUEZ RICO

CRISTINA PLAZAS MICHELSEN

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

ALVARO MEJIA BRAVO

HERMAN REDONDO GOMEZ

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

JORGE ERNESTO SALAMANCA

EDGAR SANCHEZ OJEDA

Concejal de Bogotá

Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO No. _____ DE 2007

(Enero de 2007)

"POR EL CUAL SE ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS PARA LA INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR RURAL DEL DISTRITO CAPITAL"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en los numerales 7 y 9 del artículo 313 de la Constitución Política; y el numeral 7 del artículo 12 del Decreto - Ley 1421 de 1993 y demás normas concordantes.

ACUERDA

Artículo 1. Principios. Los principios que rigen el desarrollo y fortalecimiento del sector rural Distrital son:

Desarrollo. Toda acción conjunta de la administración Distrital y la sociedad debe garantizar y contribuir al fortalecimiento y promoción del desarrollo del área rural distrital, tendiendo al incremento y potencialización de los niveles de la producción, conformación de cadenas productivas, aseguramiento de cadenas de mercados, calidad de vida de la población, conservación de áreas naturales, adecuación de la infraestructura y la prestación de servicios ambiéntales, todo basado en las potencialidades socioculturales, naturales y económicas del área rural.

Sostenibilidad. Todo proceso productivo realizado en el área rural distrital debe generar y validar tecnologías limpias, que permitan incrementar la productividad, y a su vez garantizar la preservación, protección y conservación ambiental de los recursos naturales presentes, ya sean estos renovables o no renovables.

Participación. Toda la población rural tiene el derecho y el deber de participar organizadamente en la toma de las decisiones de lo público y así generar un proceso mas arraigado de apropiación territorial.

Integración territorial. El desarrollo de la infraestructura pública en el área rural, debe garantizar su integración armónica con la ciudad, permitiendo principalmente la conectividad de las potenciales del área rural, como zona de prestación de servicios ambientales y recreativos y de abastecimiento de alimentos.

Planificación. Toda acción programada para ser desarrollada en el área rural distrital, debe guardar concordancia con el contenido del Plan de Gestión Ambiental, Plan de Desarrollo Distrital y Local, el Plan de Ordenamiento Territorial, Plan de Zonal, Plan de Manejo Ambiental y el presente Acuerdo.

Coherencia Local. La administración Distrital garantizará que su presupuesto general contenga y sea compatible con las metas fijadas para el área rural y, que todos los proyectos y programas desarrollados por las instituciones de la administración incidan en algún grado sobre el área rural, reconociendo así su presencia e importancia estratégica para la ciudad.

Artículo 2. Objeto y campo de aplicación. El objeto del presente acuerdo es Desarrollar y Fortalecer Integralmente el Área Rural Distrital y sus áreas de conservación, mediante la implementación de estrategias productivas sostenibles y la consolidación de sus cadenas de producción y comercialización, adecuación e impulso de la infraestructura pública, capacitación, incremento del nivel de la calidad de vida de la población, que permitan potenciar los esquemas sociales, económicos y naturales del área rural.

El ámbito de aplicación del presente acuerdo corresponde al Sector Rural del Distrito Capital, definido por el Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

Artículo 3. Salud rural. La administración Distrital a través de la Secretaria de Salud y las Alcaldías Locales competentes, impulsarán una mejor calidad de vida de la población radicada en el área rural, involucrándola y fortaleciendo los programas de diagnostico, prevención, atención y capacitación en salud.

Así mismo, promoverá la construcción y adecuación de centros de salud y la gestión requerida para llegar a la cobertura universal de atención en salud del área rural.

Artículo 4. Demarcación y/o delimitación de tierras por clase de uso del suelo en lo rural. Con el propósito de detener la reducción del área rural en el Distrito Capital, la Administración Distrital, a través de las entidades competentes realizará el alinderamiento y amojonamiento definitivo de las áreas de conservación presentes en el área rural distrital.

La administración distrital interrumpirá la expansión urbana en las periferias o zonas en donde se vea afectado el territorio rural, garantizando así la estabilidad espacial y física de lo rural distrital y por ende la calidad y cantidad de servicios que ésta brinda a la ciudad.

Artículo 5. Educación rural. La Administración Distrital a través de la Secretaria de Educación, la Secretaria del Ambiente, las Unidades Locales de Asistencia Técnica Agropecuaria de las Alcaldías Locales con componente rural, ampliaran y adaptaran la oferta de formación para el trabajo agrícola y pecuario, de acuerdo a la vocación social y dinámica económica, permitiendo que en todos los niveles de la población rural se desarrollen programas educativos para el desarrollo y fortalecimiento de las capacidades de trabajo.

La Administración Distrital promoverá la construcción de espacios educativos oficiales de nivel básico y medio. Además de ofrecer a jóvenes y adultos mayores de 18 años la oportunidad de regularizar sus estudios de educación básica y convenir entre la secretaria de educación y las alcaldías locales con componente rural la apertura de plazas comunitarias para reducir el rezago educativo.

Artículo 6. Tecnología e investigación. La Administración Distrital a través de las entidades competentes, desarrollará y vinculará al área rural distrital un centro de investigación tecnológica productiva, con énfasis en cultivos orgánicos y producción limpia, en concertación con los sectores productivos y de la economía rural.

Artículo 7. Conservación de los recursos naturales; suelos, agua y cobertura vegetal. La Administración Distrital propondrá, promoverá y aplicará las acciones de control, en conjunto con la sociedad, instituciones educativas, empresas e instituciones localizadas en el área rural distrital, y los mecanismos para obtener un manejo sustentable de los recursos agua, aire, suelo y de la cobertura vegetal.

Siendo una prioridad la rehabilitación y recuperación de los recursos naturales que han sido altamente degradados, mediante la integración de proyectos con visión productiva y de sustentabilidad que mejoren las condiciones ambiéntales y de calidad de vida de los habitantes.

Parágrafo. Las acciones de control y los mecanismos definidos deben garantizar la disminución de los riesgos, ya sea por fenómenos pluviales ó de cualquier otra clase, y la sustitución de combustibles para uso doméstico.

Parágrafo. Se establecerán acciones de responsabilidad compartida entre los actores y la administración distrital, que permitan reducir el impacto al ambiente de los residuos sólidos domésticos, basado en la separación en la fuente y generación de subproductos para uso agrícola.

Artículo 8. Desarrollo agroecológico. La administración distrital promoverá el fortalecimiento de las vocaciones económicas del área rural, desarrollando a través de las entidades competentes las cadenas de producción, fundamentadas en criterios de producción orgánica, conservación ambiental y certificación ecológica.

Artículo 9. Productividad sostenible. La administración distrital fomentará el desarrollo de las micro y pequeñas empresas agrícolas de todos lo sectores del área rural, proporcionándoles soluciones integrales, adecuadas a sus necesidades, para incrementar su competitividad, y el desarrollo y fortalecimiento de cadenas de mercado hacia la ciudad de Bogotá D.C.

Artículo 10. Productividad estratégica. EL sistema productivo del área rural distrital, se basará en las necesidades y programas alimentarios y de nutrición desarrollados en Bogotá, de tal manera que se construya una alianza estratégica urbano - rural, en lo comercial.

Artículo 12. Integración regional. Se debe garantizar la consolidación de los sistemas de enlace sociocultural, económico y ambiental, del área rural con su contexto urbano y regional.

Artículo 13. Centro de agronegocios. La administración distrital promoverá la consolidación de un espacio en la ciudad, que permita el almacenamiento y distribución de la producción agropecuaria rural.

Artículo 14. Infraestructura rural social, armonizada con lo urbano. La administración distrital promoverá la integración de lo urbano - rural, mediante: 1. Crear nuevas áreas verdes y de recreación en el área rural fortaleciendo las existentes, que permitan la integración de las actividades económicas y habitacionales con el paisaje natural y la consoliden como atractivos naturales recreacionales para los habitantes de Bogotá. 2. Realizar los estudios, proyectos programas y obras complementarias que sustenten el plan de ordenamiento territorial a través de las acciones que garanticen un adecuado crecimiento del sistema vial del área rural conectada con lo urbano. 3. Fomentar que el área rural cuente con pavimentos que cumplan con su función hasta su vida útil mediante una administración adecuada de ellos. 4. Mejorar la prestación del servicio público de transporte urbano actual; propiciando además, un mejor uso de la red vial existente.

Artículo 15. Organización campesina - economía solidaria. La administración distrital a través de la entidades competentes promoverán la consolidación de organizaciones ciudadanas, asociaciones civiles y toda forma organizativa, que garantice su participación en la búsqueda de las alternativas de desarrollo social, económico y ambiental para el área rural.

Artículo 16. Seguridad Rural. Las entidades competentes de la administración aplicaran en forma conjunta con la sociedad rural, todos aquellos programas, proyectos, procesos y acciones tendientes a fomentar una cultura de la seguridad pública, seguridad vial, autoprotección, así como el cuidado del patrimonio, las personas y nuestro entorno.

Garantizando que el área rural cuente con la información, enlaces, capacidad de reacción, presencia, planeación y coordinación operativa eficiente, que permitan con estrategias claras, una efectiva presencia de los cuerpos de seguridad pública y una respuesta inmediata en casos de emergencia.

Artículo 17. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NOTAS DE PIE DE PAGINA

1 Decreto 190 de 2004. Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003. Plan de Ordenamiento Territorial -POT.

2 Diagnostico Agropecuario y Ambiental de la Localidad de Sumapaz. Bogota 2000.

3 Proyecto de Política Pública de Ruralidad. DAMA 2006.

4 Diagnostico agropecuario integrado de las localidades de Ciudad Bolívar, Chapinero, Santa Fe, Sumapaz y Usme en el Distrito Capital. Corpoica, 1998.

5 Ficha ambiental. UEL-DAMA. 2003.

6 Censo General 2005. DANE 2005.

7 Diagnostico agropecuario y ambiental de la localidad de Bosa. DAMA 2000.

8 Censo General 2005. DANE 2005.

9 Diagnostico Localidad 5 Usme. Secretaria de seguridad y convivencia. 2005.

10 Encuesta de Calidad de Vida 2003 para Bogotá y localidades urbanas realizada

11 Censo General 2005. DANE 2005.

12 Diagnostico agropecuario y ambiental de la localidad de Usme. DAMA 2000.

13 Diagnostico Localidad 5 Usme. Secretaria de seguridad y convivencia 2005.

14 Ficha ambiental Localidad de Usme. DAMA 2003.