RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acto Legislativo 3 de 2007 Congreso de la República de Colombia

Fecha de Expedición:
10/07/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/10/2007
Medio de Publicación:
Diario Oficial 46685 de julio 10 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACTO LEGISLATIVO 03 DE 2007

(Julio 10)

Por medio del cual se modifica el artículo 323 de la Constitución Política

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. El inciso 1° del artículo 323 de la Constitución Política quedará así:

Artículo 323. El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco (45) concejales.

Artículo 2°. Vigencia y derogatoria. Lo dispuesto en el presente Acto Legislativo, regirá a partir de las elecciones que se celebren en el año 2007, y deroga las normas que le sean contrarias.

La Presidenta del honorable Senado de la República,

Dilian Francisca Toro Torres.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Alfredo Ape Cuello Baute.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Angelino Lizcano Rivera.