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Acuerdo 289 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/08/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 289 DE 2007

(Agosto 17)

Por medio del cual se autoriza a Bogotá D.C.- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para ceder su participación accionaria en Canal Capital y se dictan otras disposiciones

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren los numerales 1, 8 y 9 del Artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,

CONSIDERANDO

Que por medio del Acuerdo Distrital 19 de 1995, se autorizó al Distrito Capital, al Instituto Distrital de Cultura y Turismo y a la Empresa de Telecomunicaciones para que, mínimo dos de ellos, participen en calidad de socios entre sí en la constitución de una sociedad entre entidades públicas, organizada como Empresa Industrial y Comercial del Estado, cuya razón social es CANAL CAPITAL, encargada de operar y prestar el servicio público de televisión regional, a través de un canal regional de televisión que propagará su señal de conformidad con lo establecido en la Ley 14 de 1991 y 182 de 1995.

Que el artículo 91 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, dispuso la transformación del Instituto Distrital de Cultura y Turismo, en la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que el Decreto 558 del 29 de diciembre de 2006 en su Artículo 28 autoriza a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para que asuma la participación accionaria que hasta la fecha ha venido ostentando el Instituto Distrital de Cultura y Turismo, en cualquier tipo de organizaciones y en general cualquier forma asociativa para adelantar los trámites legales y administrativos tendientes a ceder dicha participación en los organismos o instancias idóneos para el efecto.

Que en consecuencia, se hace necesario transferir a título gratuito la participación accionaria en cuotas sociales a cargo de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a otra entidad Distrital del sector descentralizado.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver Proyectos de Acuerdo 275 y 292 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.

A C U E R D A:

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para ceder totalmente a título gratuito la participación accionaria del Instituto Distrital de Cultura y Turismo, antes de su transformación, en la sociedad Canal Capital, al Instituto Distrital de Recreación y Deporte, entidad que pertenece al Sector de Cultura, Recreación y Deporte.

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Registro Distrital.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ORLANDO PARADA DÍAZ

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Presidente

Secretaria General

LUÍS EDUARDO GARZÓN

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.