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Resolución 129 de 2007 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Tunjuelito II Nivel Empresa Social del Estado ESE

Fecha de Expedición:
04/06/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
04/06/2007
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 129 DE 2007

(Junio 4)

"Por la cual se conforma el Subcomite del Programa de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC) del Hospital Tunjuelito II nivel E.S.E., y se adopta su reglamento"

EL GERENTE DEL HOSPITAL TUNJUELITO II NIVEL ESE

En ejercicio de sus facultades legales y estatutarias,

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario establecer en el Hospital Tunjuelito II Nivel E.S.E., de acuerdo a lo establecido en la normatividad vigente en la materia, la conformación del Subcomité de PAMEC, con el fin de lograr la implantación y el desarrollo del PROGRAMA DE AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD (PAMEC).

Que teniendo en cuenta que el PROGRAMA DE AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD (PAMEC), es una herramienta que ayuda a desarrollar el Sistema Único de Acreditación, conforme lo determina el Decreto 1011 de 2006 y la Resolución 1445 de 2006.

En mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTICULO PRIMERO.- OBJETO.- Es la de implantar el PROGRAMA DE AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD (PAMEC), con el fin de obtener estándares óptimos en la atención del servicio, que conduzcan a la acreditación del HOSPITAL TUNJUELITO II NIVEL E.S.E.

ARTICULO SEGUNDO.- INTEGRACION.- Conforman el Subcomité del PROGRAMA DE AUDITORIA PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD (PAMEC) del Hospital Tunjuelito II Nivel E.S.E, los siguientes:

*. Gerente o delegado

*. Subgerente de Servicios de Salud

*. Jefe de Planeación

*. Jefe de Gestión Pública y Autocontrol o su Delegado (Auditor Médico)

*. Coordinador de Calidad

*. Jefe de la Oficina de Atención Usuario

Los miembros del Subcomité elegirán para el funcionamiento del mismo un Presidente y un Secretario.

ARTÍCULO TERCERO.- FUNCIONES DEL PRESIDENTE.- Son funciones del presidente del subcomité las siguientes:

*. Asistir a todas las reuniones de carácter obligatorio, tanto ordinarias como extraordinarias.

*. Presentar pronunciamientos y conclusiones para la toma de decisiones respectivas.

*. Preparar y presentar al Subcomité, los documentos de trabajo que sirvan de soporte a las decisiones del mismo.

*. Planear las reuniones y actuaciones de los miembros del Subcomité

*. Realizar el seguimiento de los compromisos y planes de trabajo que sean de responsabilidad del Subcomité o de cada uno de los miembros.

ARTÍCULO CUARTO.- FUNCIONES DEL SECRETARIO: Son funciones del secretario técnico del subcomité los siguientes:

*. Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias.

*. Asistir a las reuniones del Subcomité.

*. Apoyar la planeación de las actuaciones de los Miembros del Subcomité.

*. Coordinar la realización de las actividades que se desprenden de las decisiones del Subcomité.

*. Elaborar las actas y llevar el archivo oficial correspondiente.

*. Enviar copia de las Actas al Gerente del Hospital Tunjuelito II Nivel

*. Las demás que le delegue el Subcomité, acorde a la naturaleza del cargo.

PARAGRAFO.- El Secretario Técnico del Subcomité del PAMEC del Hospital Tunjuelito II Nivel, estará a cargo del Coordinador (a) de Calidad, a través del cual se presentarán a consideración los informes, recomendaciones y asuntos que se requieran para la toma de decisiones al interior del Subcomité.

ARTÍCULO QUINTO.- FUNCIONES DEL SUBCOMITE.- Son funciones del Subcomité las siguientes:

*. Tomar decisiones preventivas y correctivas de acuerdo al informe de gestión presentado por los responsables

*. Suministrar los recursos requeridos para alcanzar los objetivos y metas establecidos.

*. Promover el seguimiento y control de los Subcomités que apoyen la gestión de calidad a los servicios prestados en el Hospital.

*. Respetar la peridiocidad de las evaluaciones sistemáticas y facilitar el desarrollo del programa.

ARTICULO SEXTO.- DEL CARÁCTER DE LAS REUNIONES: Las reuniones del subcomité del PAMEC serán de dos clases:

*. Ordinarias: El comité se reunirá ordinariamente en forma Bimestral (es decir, seis veces al año).

*. Extraordinarias: Cuando el Presidente del subcomité del PAMEC lo considere, cuando se traten de tomar decisiones oportunas y preventivas.

PARAGRAFO.- Las citaciones a las reuniones ordinarias al Subcomité, las hará el Secretario Técnico, de manera escrita, indicando la fecha, hora, lugar y la agenda a desarrollar, previa concertación con el Presidente del Subcomité. Para reuniones extraordinarias se seguirá el mismo procedimiento de citación, pero con una anticipación de tres (3) días hábiles.

ARTICULO SEPTIMO.- DE LA REALIZACIÓN DE LAS REUNIONES: Llegado el día de la reunión ordinaria o extraordinaria, el Secretario Técnico verificará la asistencia de todos los miembros del comité, hará lectura del orden del día y procederá a evacuar el contenido de la reunión con la dirección del presidente del subcomité.

ARTÍCULO OCTAVO.- DE LAS ACTAS DEL COMITÉ.- De cada reunión ordinaria o extraordinaria se levantara un acta, en la que se dejará constancia de los temas tratados, de las decisiones tomadas y los informes presentados. Las actas una vez aprobadas serán suscritas de una vez por el Presidente o el Secretario Técnico del subcomité y conformarán un archivo oficial bajo la custodia de su secretario.

ARTICULO NOVENO.- VIGENCIA.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C. a los cuatro (4) días del mes de Junio del año 2007

JOSE RAFAEL DOMINGUEZ AYALA

Gerente