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Decreto 413 de 1990 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/07/1990
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/07/1990
Medio de Publicación:
Registro Distrital 604 del 30 de octubre de 1990
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 413 DE 1990

(Julio 31)

Subrogado por el Decreto 673 de 1995

Por el cual se determina la estructura administrativa del Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente.

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA, DISTRITO ESPECIAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere el artículo 11 del Acuerdo no. 9 de 1990

CONSIDERANDO

Que por medio del Acuerdo No. 9 de 1990 se creó el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente como integrante de la Administración Central del Distrito Especial de Bogotá, se le asignaron las funciones generales y por el mismo Acuerdo le fueron conferidas al alcalde Mayor del Distrito Especial facultades extraordinarias y temporales para organizar jurídica, operativa y financieramente este Departamento;

Que en el Plan de Gestión Ambiental - primera y Segunda Etapas: Delineamientos Generales para la Gestión ambiental en el Distrito Especial, que es el antecedente conceptual y metodológico del Proyecto de Acuerdo No. 39 de 1989 y del correspondiente Acuerdo No. 9 de 1990, se recomendó la estructura administrativa para el nuevo organismo;

Que el mismo Acuerdo No. 9 de 1990 citado adoptó, en el artículo 6º. La estructura Administrativa básica del nuevo organismo;

Que en el Acuerdo No. 7 de 1977, especialmente en el capítulo II (arts. 14 y ss.), se establecieron las normas que rigen la organización y funcionamiento de los Departamentos Administrativos Distritales,

DECRETA:

ARTICULO 1. ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA.

El Departamento Técnico Administrativo del medio Ambiente tendrá la siguiente estructura administrativa

  1. Despacho de la Dirección

  2. Sub-Dirección Científico - Técnica

    1. División de Investigación y Desarrollo

      1. Sección de Modelación Estructural

      2. Sección de Tecnologías Apropiadas

    2. División de Evaluación

3. Sub-Dirección Operativa

    1. División de Fomento Operacional

    2. División de seguimiento

    3. División Administrativa

      1. Sección de Personal y Servicios Generales

ARTICULO 2. VIGENCIA

Este Decreto rige a partir de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.E. a los 31 de Julio de 1990.

JUAN MARTIN CAICEDO FERRER

MARCELA AIRO DE JARAMILLO

El Alcalde Mayor de Bogotá

Secretaría de Hacienda

CARLOS HERNANDO GARCIA

HILDA MARIA PARDO HACHE

Secretario General

Directora de Departamento Administrativo del Servicio Civil