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Acuerdo 7 de 1996 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/06/1996
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/06/1996
Medio de Publicación:
Registro Distrital 1187del 29 de mayo de 1996
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 7 DE 1996

ACUERDO 7 DE 1996

(junio 11)

por la cual se adiciona a la Planta de Personal Docente, Directivo Docente y Administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones.

El Concejo de Santa Fe de Bogotá, D.C., en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, y en desarrollo de lo dispuesto por la Ley 60 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1º.-Adicionar a la planta de personal de la Secretaría de Educación los Directivos Docentes, docentes nacionales y nacionalizados de conformidad a la siguiente discriminación que coincide con lo ordenado por las normas nacionales aplicables.

DENOMINACIÓN

No. DE CARGOS

1. Personal Docente

 

Docente Escuela Anexa

57

Docente Sector Urbano

12.605

Docente Sector Rural

1.221

   

2. Directivo Docente

 

Director Sector Rural

172

Directivo Sector Urbano

689

Coordinador

576

Rector

259

Supervisor

130

Vice - Rector

2

Jefes de Unidad Docente

12

Jefes de Departamento

22

Jefes de Bienestar

2

Consejeros

2

Artículo 2º.- Adicionar a la planta de personal Administrativo homologando los cargos de los establecimientos educativos nacionales y nacionalizados, Fondo Educativo Regional, Oficina Seccional de Escalafón y del Centro Experimental Piloto.

En las clasificaciones establecidas en la siguiente tabla que corresponden a la planta de personal de la Secretaría de Educación de Santa Fe de Bogotá, D.C.

CARGOS ACTUALES

COD.

GRA.

NOMENCLATURA DISTRITAL CARGO HOMOLOGADO

GRADO

CANTIDAD

SUB-DIRECTOR ADMISTRAT.

2145

4

PROFESIONAL

5

2

DIRECTOR AYUDAS EDUC.

2148

2

PROFESIONAL

1

2

COORDINADOR

5005

21

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

VIIA

1

JUEFE DE GRUPO

2085

5

PROFESIONAL

17

3 Y 1 a grado 13

PROFESIONAL ESPECIALIZ.

3010

8

PROFESIONAL

11

2 Y 1 a grado 1

PROFESIONAL ESPEC. M/T.

3010

9

PROFESIONAL M/T

13

2

PROFESIONAL ESPECIALIZ.

3010

9

PROFESIONAL

01

1

PROFESIONAL ESPEC. M/T

3010

10

PROFESIONAL M/T

14

2

PROFESIONAL UNIVERSIT.

3020

4

PROFESIONAL

8

19

PROFESIONAL UNIVERSIT.

3020

4

PROFESIONAL

1

9

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

4065

7

TÉCNICO

VA

9

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

4065

9

TÉCNICO

VIC

1

TÉCNICO ADMINISTRATIVO

4065

9

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

IVB

3

TÉCNICO EN EDUCACIÓN

4075

7

TÉCNICO

VA

1

TÉCNICO OPERATIVO

4080

7

TÉCNICO

VA

3

DIBUJABNTE

4095

8

TÉCNICO

VB

4

AUXILIAR DE TÉCNICO

4110

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVOS

IVA

3

AUXILIAR DE TÉCNICO

4110

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVOS

IIA

1

AUXILIAR DE TÉCNICO

4110

5

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IVB

8

AUXILIAR DE TÉCNICO

4110

6

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IVC

4

AUXILIAR DE TÉCNICO

4110

6

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IVB

3

INSTRUCTOR AUXILIAR

4130

4

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IIC

8

ASISTENTE ADMINISTRAT.

4140

12

PROFESIONAL

8

2

ASISTENTE ADMINISTRAT.

4140

15

PROFESIONAL

01

1

SECRETARIA EJECUTIVA

5040

11

SECRETARIA

IVA

3

SECRETARIA EJECUTIVA

5040

11

SECRETARIA

VIC

2

PAGADOR

5045

7,11,13

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

VIIA

88

PAGADOR

5045

7,11,13

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

VA

20

ALMACENISTA

5080

13

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

VIIA

2

ALMACENISTA

5080

9,11

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

VC

20

ALMACENISTA

5080

9,11

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

IVA

2

SUPERVISOR

5105

10

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

IVB

1

SUPERVISOR

5105

12

ASISTENTE ADMINISTRATIVO

VA

2

AUXILIAR ADMINISTRAT.

5120

5,7,9,11

AUXILIARES ADMINISTRATIVOS

IVC

97

AUXILAIR ADMINISTRAT.

5120

5,7,9,11

AUXILIARES ADMINISTRATIVOS

IIC

18

AUXILIAR ADMINISTRAT.

5120

5,7,9,11

AUXILIARES ADMINISTRSTIVOS

IC

28

SECRETARIA

5140

6

SECRETARIA

IVC

119

SECRETARIA

5140

8

SECRETARIA

VIA

105

SECRETARIA

5140

10

SECRETARIA

VIC

28

SECRETARIA

5140

6,8,10

SECRETARIA

IIIC

69

ECONOMO

5150

5

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IIIC

3

ECONOMO

5150

7

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IIIC

2

AYUDANTE DE OFICINA

5155

2,5,7

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IVA

72

AYUDANTE DE OFICINA

5155

2,5,7

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IC

17

MECANOGRAFO

5180

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IVA

5

OPERARIO CALIFICADO

6000

11

TÉCNICO

VA

1

CONDUCTOR MECANICO

6010

6,9

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IIIC

20

CONDUCTOR MECANICO

6010

6,9

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IC

2

CELADOR

6020

3,4,6,

AUXILIAR SERVICIOS GENERA.

IIIC

266

CELADOR

6020

3,4,6

AUXILIAR SERVICIOS GENER.

IC

39

AYUIDANTE

6025

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IIIC

3

OPERARIO

6030

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IC

2

OPERARIO

6030

3

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

IIIC

3

AUXILIAR SER. GENER.

6035

1,3,5

AUXILIARES SERV. GENERALES

IC

229

AUXILIAR SERV. GENER.

6035

1,3,5

AUXILIARES SERV. GENERALES

IIIC

1005

ENFERMERO AUXILIAR

6045

5,7

AUXILIAR TÉCNICO

IVA

12

ENFERMERO AUXILIAR

6045

5,7

AUXILIAR TÉCNICO

IC

6

TÉCNICO EN PRESUPUESTO

4035

13

PROFESIONAL

06

1

Artículo 3º.- El régimen de remuneración y las escalas salariales para los cargos docentes se regirán de acuerdo con los grados del escalafón establecidos en el Decreto Ley 2277 de 1979 y demás normas que lo modifiquen o adiciones. Los reajustes salariales serán definidos de conformidad con la Ley 4 de 1992.

Artículo 4º.- El régimen de remuneración y las escalas salariales para el personal administrativo serán los mismos que se apliquen para la Administración Central Distrital, conservando los derechos de carrera administrativa.

Artículo 5º.- Incorporar sin solución de continuidad y conservado los derechos adquiridos a la Planta de Personal de la Secretaría de Educación del Distrito Capital, los funcionarios que vienen desempeñando los cargos docentes, directivo docente y administrativo, nacionales y nacionalizados, de los establecimientos educativos, Fondo Educativo Regional, Oficina Seccional de Escalafón y Centro Experimental Piloto de Santa Fe de Bogotá.

Parágrafo 1º.- En ningún caso la incorporación de la que trata este artículo podrá implicar desmejoramiento en las condiciones laborales, salariales y prestaciones de los funcionarios.

Artículo 6º.- La Administración Distrital tomará las medidas, Administrativas y Presupuestales necesarias para el cumplimiento de este Acuerdo, de conformidad con los procedimientos establecidos en la Ley y en los acuerdos vigentes.

Artículo 7º.- La Administración Distrital en un término no mayor a 30 días calendario contratados a partir de la fecha de sanción del presente Acuerdo, expedirá los decretos de incorporación.

Artículo Transitorio.- Para efectos del presente Acuerdo, las vacantes del Personal Administrativo se incorporarán en el nivel inferior del cargo.

Artículo 8º.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Ver el Decreto Distrital 237 de 2001

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 29 de mayo de 1996.

El Alcalde Mayor, AURELIJUS RUTENIS ANTANAS MOCKUS SIVICKAS.

NOTA: El presente Acuerdo aparece publicado en el registro Distrital No. 1187.