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Circular Conjunta 2 de 2008 Departamento Administrativo de la Función Pública - Dafp

Fecha de Expedición:
03/10/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial 47131 de octubre 3 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 002 DE 2008

CIRCULAR 002 DE 2008

(octubre 3)

Para:

Ministros del Despacho, Directores de Departamento Administrativo y Superintendentes, Directores, Gerentes y Presidentes de Entidades Centralizadas y Descentralizadas de la Rama Ejecutiva del Nivel Nacional.

De:

Directores Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y Departamento Administrativo de la Función Pública.

Asunto:

Austeridad del Gasto Público.

En desarrollo de la política de reducción de los gastos de funcionamiento, el Gobierno Nacional ha venido insistiendo en que las entidades y organismos públicos adopten medidas para que su actividad se ajuste a criterios de eficiencia, economía y eficacia, sin embargo revisados los informes de austeridad en el gasto de que trata la Directiva Presidencial 10 de 2002 y la Circular 02 de 2004, se encuentra que los esfuerzos que se están haciendo en la aplicación de las medidas de austeridad señaladas en el Decreto 1737 de 1998, no son suficientes, por lo que se requiere de un mayor compromiso de su aplicación en especial en relación con las siguientes materias.

Las comisiones de estudio y de servicios al exterior, deben ser autorizadas sólo cuando respondan a necesidades estrictas del servicio, previamente valoradas por la Secretaría General de la Presidencia de la República.

La contratación de personal externo debe obedecer a la imposibilidad de desarrollar la actividad con personal de planta, debidamente motivada.

Las medidas que se adopten para la racionalización de los servicios públicos, impresos y publicaciones, horas extras, llamadas de larga distancia, celulares y papelería, deben arrojar resultados de impacto en el ahorro de los recursos, el cual debe ser fácilmente detectable en los informes que se presentan.

Ampliar las medidas de control para que el vehículo oficial únicamente se utilice para cumplir actividades propias del servicio.

Por lo anterior, los representantes legales deben fijar metas de reducción de costos de funcionamiento con el fin de alcanzar la optimización del recurso humano y obtener eficiencia en el gasto público, las cuales deben verse reflejadas en los informes que se presentan mensualmente al Director del Departamento Administrativo de la Función Pública.

En cumplimiento a lo señalado en el Decreto 1737 de 1998, los Jefes de Control Interno deberán hacer estricto seguimiento a las medidas de austeridad.

Bernardo Moreno Villegas

Fernando Grillo Rubiano.

NOTA: Publicada en el Diario Oficial 47131 de octubre 3 de 2008.