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Acuerdo 340 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
22/12/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4122 de diciembre 22 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 340 DE 2008

(Diciembre 19)

Liquidado por el Decreto Distrital 466 de 2008

"por el cual se expide el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el capítulo IV del Decreto 714 de 1996.

Ver Proyecto de Acuerdo 645 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

ACUERDA:

ARTÍCULO 1. Expedir el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, por la suma de CATORCE BILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($14.755.831.938.000), conforme al siguiente detalle:

PRESUPUESTO ANUAL DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

DISTRIBUCIÓN DE RENTAS E INGRESOS

PRESUPUESTO ANUAL - CONSOLIDADO

Recursos Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

5,440,029,933,000

0

5,440,029,933,000

2-2

Transferencias

254,062,352,000

5,346,164,238,000

5,600,226,590,000

2-4

Recursos de Capital

3,715,575,415,000

0

3,715,575,415,000

Total Rentas e Ingresos

9,409,667,700,000

5,346,164,238,000

14,755,831,938,000

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

2-1

Ingresos Corrientes

4,308,676,703,000

0

4,308,676,703,000

2-2

Transferencias

16,387,611,000

2,056,217,840,000

2,072,605,451,000

2-4

Recursos de Capital

2,774,542,105,000

0

2,774,542,105,000

Total Rentas e Ingresos

7,099,606,419,000

2,056,217,840,000

9,155,824,259,000

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS - CONSOLIDADO

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

1,054,495,789,000

0

1,054,495,789,000

2-2

Transferencias

226,784,680,000

3,088,677,804,000

3,315,462,484,000

2-4

Recursos de Capital

935,265,098,000

0

935,265,098,000

Total Rentas e Ingresos

2,216,545,567,000

3,088,677,804,000

5,305,223,371,000

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS - DESAGREGADO POR ENTIDADES

FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL - FONDATT LIQUIDACIÓN

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

0

0

0

2-2

Transferencias

0

8,187,211,000

8,187,211,000

2-4

Recursos de Capital

0

0

0

Total Rentas e Ingresos

0

8,187,211,000

8,187,211,000

INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL - IPES

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

6,313,958,000

0

6,313,958,000

2-2

Transferencias

0

59,118,603,000

59,118,603,000

2-4

Recursos de Capital

6,618,407,000

0

6,618,407,000

Total Rentas e Ingresos

12,932,365,000

59,118,603,000

72,050,968,000

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

213,919,683,000

0

213,919,683,000

2-2

Transferencias

221,684,680,000

1,008,161,682,000

1,229,846,362,000

2-4

Recursos de Capital

184,320,097,000

0

184,320,097,000

Total Rentas e Ingresos

619,924,460,000

1,008,161,682,000

1,628,086,142,000

FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN EMERGENCIAS - FOPAE

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

0

0

0

2-2

Transferencias

0

44,180,571,000

44,180,571,000

2-4

Recursos de Capital

368,104,000

0

368,104,000

Total Rentas e Ingresos

368,104,000

44,180,571,000

44,548,675,000

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

562,615,727,000

0

562,615,727,000

2-2

Transferencias

0

669,233,094,000

669,233,094,000

2-4

Recursos de Capital

665,859,231,000

0

665,859,231,000

Total Rentas e Ingresos

1,228,474,958,000

669,233,094,000

1,897,708,052,000

FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES –FONCEP

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

15,709,559,000

0

15,709,559,000

2-2

Transferencias

0

396,562,558,000

396,562,558,000

2-4

Recursos de Capital

9,159,510,000

0

9,159,510,000

Total Rentas e Ingresos

24,869,069,000

396,562,558,000

421,431,627,000

CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

2,204,390,000

0

2,204,390,000

2-2

Transferencias

0

50,143,570,000

50,143,570,000

2-4

Recursos de Capital

4,789,243,000

0

4,789,243,000

Total Rentas e Ingresos

6,993,633,000

50,143,570,000

57,137,203,000

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

36,958,591,000

0

36,958,591,000

2-2

Transferencias

5,100,000,000

145,604,796,000

150,704,796,000

2-4

Recursos de Capital

19,075,523,000

0

19,075,523,000

Total Rentas e Ingresos

61,134,114,000

145,604,796,000

206,738,910,000

INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

600,000,000

0

600,000,000

2-2

Transferencias

0

20,276,250,000

20,276,250,000

2-4

Recursos de Capital

10,000,000

0

10,000,000

Total Rentas e Ingresos

610,000,000

20,276,250,000

20,886,250,000

INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN DE LA NIÑEZ Y LA JUVENTUD - IDIPRON

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

52,242,000,000

0

52,242,000,000

2-2

Transferencias

0

86,318,089,000

86,318,089,000

2-4

Recursos de Capital

7,462,000,000

0

7,462,000,000

Total Rentas e Ingresos

59,704,000,000

86,318,089,000

146,022,089,000

FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

170,030,000

0

170,030,000

2-2

Transferencias

0

10,167,339,000

10,167,339,000

2-4

Recursos de Capital

0

0

0

Total Rentas e Ingresos

170,030,000

10,167,339,000

10,337,369,000

ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

279,700,000

0

279,700,000

2-2

Transferencias

0

37,353,364,000

37,353,364,000

2-4

Recursos de Capital

0

0

0

Total Rentas e Ingresos

279,700,000

37,353,364,000

37,633,064,000

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

61,431,210,000

0

61,431,210,000

2-2

Transferencias

0

124,799,266,000

124,799,266,000

2-4

Recursos de Capital

17,119,794,000

0

17,119,794,000

Total Rentas e Ingresos

78,551,004,000

124,799,266,000

203,350,270,000

JARDÍN BOTÁNICO "JOSÉ CELESTINO MUTIS"

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

2,152,060,000

0

2,152,060,000

2-2

Transferencias

0

20,734,952,000

20,734,952,000

2-4

Recursos de Capital

1,386,107,000

0

1,386,107,000

Total Rentas e Ingresos

3,538,167,000

20,734,952,000

24,273,119,000

INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO – IDEP

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

2,398,981,000

0

2,398,981,000

2-2

Transferencias

0

6,404,224,000

6,404,224,000

2-4

Recursos de Capital

462,341,000

0

462,341,000

Total Rentas e Ingresos

2,861,322,000

6,404,224,000

9,265,546,000

INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

0

0

0

2-2

Transferencias

0

36,926,673,000

36,926,673,000

2-4

Recursos de Capital

0

0

0

Total Rentas e Ingresos

0

36,926,673,000

36,926,673,000

INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

0

0

0

2-2

Transferencias

0

23,820,941,000

23,820,941,000

2-4

Recursos de Capital

0

0

0

Total Rentas e Ingresos

0

23,820,941,000

23,820,941,000

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

648,900,000

0

648,900,000

2-2

Transferencias

0

46,535,323,000

46,535,323,000

2-4

Recursos de Capital

0

0

0

Total Rentas e Ingresos

648,900,000

46,535,323,000

47,184,223,000

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

96,225,000,000

0

96,225,000,000

2-2

Transferencias

0

88,613,333,000

88,613,333,000

2-4

Recursos de Capital

18,419,550,000

0

18,419,550,000

Total Rentas e Ingresos

114,644,550,000

88,613,333,000

203,257,883,000

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

626,000,000

0

626,000,000

2-2

Transferencias

0

205,535,965,000

205,535,965,000

2-4

Recursos de Capital

215,191,000

0

215,191,000

Total Rentas e Ingresos

841,191,000

205,535,965,000

206,377,156,000

ENTE AUTÓNOMO UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD DISTRITAL "FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS"

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

76,857,441,000

0

76,857,441,000

2-2

Transferencias

10,890,061,000

123,905,162,000

134,795,223,000

2-4

Recursos de Capital

5,768,212,000

0

5,768,212,000

Total Rentas e Ingresos

93,515,714,000

123,905,162,000

217,420,876,000

ORGANÍSMO DE CONTROL

CONTRALORIA DE BOGOTÁ D.C.

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

2-1

Ingresos Corrientes

0

0

0

2-2

Transferencias

0

77,363,432,000

77,363,432,000

2-4

Recursos de Capital

0

0

0

Total Rentas e Ingresos

0

77,363,432,000

77,363,432,000

ARTÍCULO 2. Expedir el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2009, por la suma de CATORCE BILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($14.755.831.938.000), conforme al siguiente detalle:

PRESUPUESTO ANUAL - CONSOLIDADO

Recursos Administrados y Recursos Distrito

Transferencias Nación y Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

1,476,129,678,000

780,974,040,000

2,257,103,718,000

3-2

Servicio de la Deuda

752,187,520,000

142,198,493,000

894,386,013,000

3-3

Inversión

7,181,350,502,000

4,422,991,705,000

11,604,342,207,000

Total Gastos e Inversiones

9,409,667,700,000

5,346,164,238,000

14,755,831,938,000

SECTOR GESTIÓN PÚBLICA - DESAGREGADO POR ENTIDADES

104

SECRETARÍA GENERAL

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

53,400,491,000

0

53,400,491,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

59,869,955,000

0

59,869,955,000

Total Gastos e Inversiones

113,270,446,000

0

113,270,446,000

125

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL – DASCD

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

4,196,423,000

0

4,196,423,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

2,581,600,000

0

2,581,600,000

Total Gastos e Inversiones

6,778,023,000

0

6,778,023,000

SECTOR GOBIERNO, SEGURIDAD Y CONVIVENCIA - DESAGREGADO POR ENTIDADES

110

SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

76,245,391,000

0

76,245,391,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

70,693,000,000

0

70,693,000,000

Total Gastos e Inversiones

146,938,391,000

0

146,938,391,000

127

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

6,657,074,000

0

6,657,074,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

10,842,096,000

0

10,842,096,000

Total Gastos e Inversiones

17,499,170,000

0

17,499,170,000

131

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

29,856,240,000

0

29,856,240,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

33,103,239,000

0

33,103,239,000

Total Gastos e Inversiones

62,959,479,000

0

62,959,479,000

220

INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

8,562,823,000

8,562,823,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

28,363,850,000

28,363,850,000

Total Gastos e Inversiones

0

36,926,673,000

36,926,673,000

203

FONDO DE PREVENCIÓN Y ATENCIÓN EMERGENCIAS - FOPAE

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

3,760,075,000

3,760,075,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

368,104,000

40,420,496,000

40,788,600,000

Total Gastos e Inversiones

368,104,000

44,180,571,000

44,548,675,000

217

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

5,701,626,000

5,701,626,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

78,551,004,000

119,097,640,000

197,648,644,000

Total Gastos e Inversiones

78,551,004,000

124,799,266,000

203,350,270,000

SECTOR HACIENDA - DESAGREGADO POR ENTIDADES

111

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

933,715,077,000

0

933,715,077,000

3-2

Servicio de la Deuda

746,874,653,000

0

746,874,653,000

3-3

Inversión

3,117,685,574,000

550,182,990,000

3,667,868,564,000

Total Gastos e Inversiones

4,798,275,304,000

550,182,990,000

5,348,458,294,000

226

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO DISTRITAL

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

31,280,797,000

31,280,797,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

648,900,000

15,254,526,000

15,903,426,000

Total Gastos e Inversiones

648,900,000

46,535,323,000

47,184,223,000

206

FONDO DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, CESANTIAS Y PENSIONES – FONCEP

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

22,427,627,000

255,195,434,000

277,623,061,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

137,207,225,000

137,207,225,000

3-3

Inversión

2,441,442,000

4,159,899,000

6,601,341,000

Total Gastos e Inversiones

24,869,069,000

396,562,558,000

421,431,627,000

SECTOR PLANEACIÓN

120

SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

30,688,098,000

0

30,688,098,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

48,351,336,000

0

48,351,336,000

Total Gastos e Inversiones

79,039,434,000

0

79,039,434,000

SECTOR DESARROLLO ECONÓMICO, INDUSTRIA Y TURISMO - DESAGREGADO POR ENTIDADES

117

SECRETARÍA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

6,929,905,000

0

6,929,905,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

97,812,572,000

0

97,812,572,000

Total Gastos e Inversiones

104,742,477,000

0

104,742,477,000

200

INSTITUTO PARA LA ECONOMIA SOCIAL - IPES

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

2,341,606,000

2,341,606,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

12,932,365,000

56,776,997,000

69,709,362,000

Total Gastos e Inversiones

12,932,365,000

59,118,603,000

72,050,968,000

221

INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

Recursos

Administrados

Aportes

Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

2,576,459,000

2,576,459,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

21,244,482,000

21,244,482,000

Total Gastos e Inversiones

0

23,820,941,000

23,820,941,000

SECTOR EDUCACIÓN - DESAGREGADO POR ENTIDADES

112

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

61,678,033,000

0

61,678,033,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

684,462,979,000

1,352,963,840,000

2,037,426,819,000

Total Gastos e Inversiones

746,141,012,000

1,352,963,840,000

2,099,104,852,000

219

INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO – IDEP

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

3,375,224,000

3,375,224,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

2,861,322,000

3,029,000,000

5,890,322,000

Total Gastos e Inversiones

2,861,322,000

6,404,224,000

9,265,546,000

230

UNIVERSIDAD DISTRITAL "FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS"

 

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

36,446,829,000

123,905,162,000

160,351,991,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

57,068,885,000

0

57,068,885,000

Total Gastos e Inversiones

93,515,714,000

123,905,162,000

217,420,876,000

SECTOR SALUD - DESAGREGADO POR ENTIDADES

114

SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD

Recursos Distrito

Transferencias ación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

25,616,416,000

0

25,616,416,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

0

0

Total Gastos e Inversiones

25,616,416,000

0

25,616,416,000

201

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD - FFDS

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

9,558,120,000

0

9,558,120,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

610,366,340,000

1,008,161,682,000

1,618,528,022,000

Total Gastos e Inversiones

619,924,460,000

1,008,161,682,000

1,628,086,142,000

SECTOR INTEGRACIÓN SOCIAL - DESAGREGADO POR ENTIDADES

122

SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

6,026,508,000

0

6,026,508,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

351,647,331,000

149,504,790,000

501,152,121,000

Total Gastos e Inversiones

357,673,839,000

149,504,790,000

507,178,629,000

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

8,034,472,000

8,034,472,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

59,704,000,000

78,283,617,000

137,987,617,000

Total Gastos e Inversiones

59,704,000,000

86,318,089,000

146,022,089,000

SECTOR CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE - DESAGREGADO POR ENTIDADES

119

SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

9,753,421,000

0

9,753,421,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

28,192,827,000

3,566,220,000

31,759,047,000

Total Gastos e Inversiones

37,946,248,000

3,566,220,000

41,512,468,000

211

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE - IDRD

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

6,143,535,000

14,418,373,000

20,561,908,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

54,990,579,000

131,186,423,000

186,177,002,000

Total Gastos e Inversiones

61,134,114,000

145,604,796,000

206,738,910,000

213

INSTITUTO DISTRITAL DEL PATRIMONIO CULTURAL - IDPC

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

3,867,968,000

3,867,968,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

610,000,000

16,408,282,000

17,018,282,000

Total Gastos e Inversiones

610,000,000

20,276,250,000

20,886,250,000

216

ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

15,356,295,000

15,356,295,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

279,700,000

21,997,069,000

22,276,769,000

Total Gastos e Inversiones

279,700,000

37,353,364,000

37,633,064,000

215

FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

2,585,339,000

2,585,339,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

170,030,000

7,582,000,000

7,752,030,000

Total Gastos e Inversiones

170,030,000

10,167,339,000

10,337,369,000

SECTOR AMBIENTE - DESAGREGADO POR ENTIDADES

126

SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

12,993,289,000

0

12,993,289,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

73,357,936,000

0

73,357,936,000

Total Gastos e Inversiones

86,351,225,000

0

86,351,225,000

218

JARDÍN BOTÁNICO "JOSÉ CELESTINO MUTIS"

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

4,462,997,000

4,462,997,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

3,538,167,000

16,271,955,000

19,810,122,000

Total Gastos e Inversiones

3,538,167,000

20,734,952,000

24,273,119,000

SECTOR MOVILIDAD - DESAGREGADO POR ENTIDADES

113

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

26,227,430,000

0

26,227,430,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

235,216,940,000

0

235,216,940,000

Total Gastos e Inversiones

261,444,370,000

0

261,444,370,000

204

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

827,271,000

40,743,291,000

41,570,562,000

3-2

Servicio de la Deuda

5,312,867,000

4,991,268,000

10,304,135,000

3-3

Inversión

1,222,334,820,000

623,498,535,000

1,845,833,355,000

Total Gastos e Inversiones

1,228,474,958,000

669,233,094,000

1,897,708,052,000

227

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

13,178,023,000

13,178,023,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

114,644,550,000

75,435,310,000

190,079,860,000

Total Gastos e Inversiones

114,644,550,000

88,613,333,000

203,257,883,000

135

FONDO DE EDUCACIÓN Y SEGURIDAD VIAL - FONDATT LIQUIDACIÓN

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

5,787,211,000

5,787,211,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

2,400,000,000

2,400,000,000

Total Gastos e Inversiones

0

8,187,211,000

8,187,211,000

SECTOR HÁBITAT - DESAGREGADO POR ENTIDADES

118

SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

7,646,692,000

0

7,646,692,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

129,533,345,000

0

129,533,345,000

Total Gastos e Inversiones

137,180,037,000

0

137,180,037,000

208

CAJA DE LA VIVIENDA POPULAR

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

7,345,534,000

7,345,534,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

6,993,633,000

42,798,036,000

49,791,669,000

Total Gastos e Inversiones

6,993,633,000

50,143,570,000

57,137,203,000

228

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

157,789,046,000

157,789,046,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

841,191,000

47,746,919,000

48,588,110,000

Total Gastos e Inversiones

841,191,000

205,535,965,000

206,377,156,000

OTRAS ENTIDADES DISTRITALES

235

CONTRALORIA DE BOGOTÁ D.C.

Recursos Administrados

Aportes Distrito

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

0

70,706,285,000

70,706,285,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

6,657,147,000

6,657,147,000

Total Gastos e Inversiones

0

77,363,432,000

77,363,432,000

100

CONCEJO DE BOGOTÁ D. C.

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

38,013,526,000

0

38,013,526,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

0

0

0

Total Gastos e Inversiones

38,013,526,000

0

38,013,526,000

102

PERSONERÍA DE BOGOTÁ D.C.

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

63,341,809,000

0

63,341,809,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

7,154,740,000

0

7,154,740,000

Total Gastos e Inversiones

70,496,549,000

0

70,496,549,000

105

VEEDURÍA DISTRITAL DE BOGOTÁ D.C.

Recursos Distrito

Transferencias Nación

Total

3-1

Gastos de Funcionamiento

7,740,473,000

0

7,740,473,000

3-2

Servicio de la Deuda

0

0

0

3-3

Inversión

1,500,000,000

0

1,500,000,000

Total Gastos e Inversiones

9,240,473,000

0

9,240,473,000

ARTÍCULO 3. Autorizar a las siguientes entidades para asumir compromisos con cargo a las vigencias futuras 2010 – 2012, hasta por la suma de UN BILLÓN SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS CONSTANTES DE 2009 (1,785,763,983,000), según el siguiente detalle:

VIGENCIAS FUTURAS DE FUNCIONAMIENTO

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA GENERAL

5,296,285,000

5,695,889,000

10,992,174,000

3

GASTOS

5,296,285,000

5,695,889,000

10,992,174,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5,296,285,000

5,695,889,000

10,992,174,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

5,296,285,000

5,695,889,000

10,992,174,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

5,296,285,000

5,695,889,000

10,992,174,000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

1,856,435,000

1,910,505,000

3,766,940,000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

1,856,435,000

1,910,505,000

3,766,940,000

3-1-2-02-06

Seguros

442,348,000

458,357,000

900,705,000

3-1-2-02-06-01

Seguros entidad

442,348,000

458,357,000

900,705,000

3-1-2-02-13

Programas y Convenios Institucionales

2,997,502,000

3,327,027,000

6,324,529,000

3-1-2-02-13-02

C.A.D.E

2,997,502,000

3,327,027,000

6,324,529,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA - DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA

7,299,121,000

7,879,734,000

15,178,855,000

3

GASTOS

7,299,121,000

7,879,734,000

15,178,855,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

7,299,121,000

7,879,734,000

15,178,855,000

3-1-1

SERVICIOS PERSONALES

826,087,000

865,813,000

1,691,900,000

3-1-1-02

SERVICIOS PERSONALES INDIRECTOS

826,087,000

865,813,000

1,691,900,000

3-1-1-02-04

Remuneración servicios técnicos

826,087,000

865,813,000

1,691,900,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

6,473,034,000

7,013,921,000

13,486,955,000

3-1-2-01

Adquisición de Bienes

2,554,590,000

2,514,657,000

5,069,247,000

3-1-2-01-02

Gastos de computador

2,554,590,000

2,514,657,000

5,069,247,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

3,918,444,000

4,499,264,000

8,417,708,000

3-1-2-02-03

Gastos de transporte y comunicación

1,321,333,000

1,598,215,000

2,919,548,000

3-1-2-02-06

Seguros

2,593,778,000

2,897,327,000

5,491,105,000

3-1-2-02-06-01

Seguros entidad

2,593,778,000

2,897,327,000

5,491,105,000

3-1-2-02-15

Gastos administrativos E.D.T.U.

3,333,000

3,722,000

7,055,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – FONDO CUENTA CONCEJO DE BOGOTÁ

507,225,000

583,688,000

1,090,913,000

3

GASTOS

507,225,000

583,688,000

1,090,913,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

507,225,000

583,688,000

1,090,913,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

507,225,000

583,688,000

1,090,913,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

186,667,000

225,782,000

412,449,000

3-1-2-02-03

Gastos de transporte y comunicación

186,667,000

225,782,000

412,449,000

3-1-2-02-06

Seguros

320,558,000

357,906,000

678,464,000

3-1-2-02-06-01

Seguros entidad

186,391,000

208,107,000

394,498,000

3-1-2-02-06-02

Seguros de vida concejales

134,167,000

149,799,000

283,966,000

Código

Concepto

2010

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE EDUCACIÓN

5,175,386,000

5,175,386,000

3

GASTOS

5,175,386,000

5,175,386,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5,175,386,000

5,175,386,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

5,175,386,000

5,175,386,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

5,175,386,000

5,175,386,000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

2,626,037,000

2,626,037,000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

2,626,037,000

2,626,037,000

3-1-2-02-06

Seguros

2,549,349,000

2,549,349,000

3-1-2-02-06-01

Seguros Entidad

2,549,349,000

2,549,349,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE HÁBITAT

1,377,681,000

1,404,432,000

2,782,113,000

3

GASTOS

1,377,681,000

1,404,432,000

2,782,113,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1,377,681,000

1,404,432,000

2,782,113,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

1,377,681,000

1,404,432,000

2,782,113,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

1,377,681,000

1,404,432,000

2,782,113,000

3-1-2-02-01

Arrendamientos

1,138,261,000

1,160,363,000

2,298,624,000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

188,696,000

192,360,000

381,056,000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

188,696,000

192,360,000

381,056,000

3-1-2-02-06

Seguros

50,724,000

51,709,000

102,433,000

3-1-2-02-06-01

Seguros Entidad

50,724,000

51,709,000

102,433,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

901,446,000

962,709,000

1,864,155,000

3

GASTOS

901,446,000

962,709,000

1,864,155,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

901,446,000

962,709,000

1,864,155,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

901,446,000

962,709,000

1,864,155,000

3-1-2-01

Adquisición de Bienes

70,740,000

75,548,000

146,288,000

3-1-2-01-03

Combustibles, lubricantes y llantas

70,740,000

75,548,000

146,288,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

830,706,000

887,161,000

1,717,867,000

3-1-2-02-03

Gastos de transporte y comunicación

66,319,000

70,826,000

137,145,000

3-1-2-02-04

Impresos y Publicaciones

22,018,000

23,514,000

45,532,000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

742,369,000

792,821,000

1,535,190,000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

742,369,000

792,821,000

1,535,190,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE

649,481,000

668,398,000

1,317,879,000

3

GASTOS

649,481,000

668,398,000

1,317,879,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

649,481,000

668,398,000

1,317,879,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

649,481,000

668,398,000

1,317,879,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

649,481,000

668,398,000

1,317,879,000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

603,423,000

620,999,000

1,224,422,000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento Entidad

603,423,000

620,999,000

1,224,422,000

3-1-2-02-06

Seguros

46,058,000

47,399,000

93,457,000

3-1-2-02-06-01

Seguros Entidad

46,058,000

47,399,000

93,457,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO - IDU

3,319,807,000

3,443,553,000

6,763,360,000

3

GASTOS

3,319,807,000

3,443,553,000

6,763,360,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

3,319,807,000

3,443,553,000

6,763,360,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

3,319,807,000

3,443,553,000

6,763,360,000

3-1-2-01

Adquisición de Bienes

366,184,000

374,279,000

740,463,000

3-1-2-01-02

Gastos de computador

167,150,000

170,724,000

337,874,000

3-1-2-01-04

Materiales y suministros

199,034,000

203,555,000

402,589,000

3-1-2-02

Adquisición de Servicios

2,953,623,000

3,069,274,000

6,022,897,000

3-1-2-02-01

Arrendamientos

391,304,000

403,358,000

794,662,000

3-1-2-02-03

Gastos de transporte y comunicación

254,106,000

260,776,000

514,882,000

3-1-2-02-04

Impresos y publicaciones

717,875,000

738,239,000

1,456,114,000

3-1-2-02-05

Mantenimiento y Reparaciones

1,590,338,000

1,666,901,000

3,257,239,000

3-1-2-02-05-01

Mantenimiento entidad

1,590,338,000

1,666,901,000

3,257,239,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE CATASTRO

776,329,000

844,238,000

1,620,567,000

3

GASTOS

776,329,000

844,238,000

1,620,567,000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

776,329,000

844,238,000

1,620,567,000

3-1-2

GASTOS GENERALES

776,329,000

844,238,000

1,620,567,000

3-1-2-02

Adquisición de servicios

776,329,000

844,238,000

1,620,567,000

3-1-2-02-06

Seguros

776,329,000

844,238,000

1,620,567,000

3-1-2-02-06-01

Seguros entidad

776,329,000

844,238,000

1,620,567,000

TOTAL VIGENCIAS FUTURAS DE FUNCIONAMIENTO

25,302,761,000

21,482,641,000

46,785,402,000

VIGENCIAS FUTURAS SERVICIO DE LA DEUDA

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA – DIRECCIÓN DISTRITAL DE CRÉDITO PÚBLICO

555,302,000

588,198,000

1,143,500,000

3

GASTOS

555,302,000

588,198,000

1,143,500,000

3-2

SERVICIO DE LA DEUDA

555,302,000

588,198,000

1,143,500,000

3-2-1

INTERNA

546,399,000

578,228,000

1,124,627,000

3-2-1-03

Comisiones y otros

546,399,000

578,228,000

1,124,627,000

3-2-2

EXTERNA

8,903,000

9,970,000

18,873,000

3-2-2-03

Comisiones y otros

8,903,000

9,970,000

18,873,000

TOTAL VIGENCIAS FUTURAS SERVICIO DE LA DEUDA

555,302,000

588,198,000

1,143,500,000

VIGENCIAS FUTURAS DE INVERSIÓN

Código

Concepto

2010

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE EDUCACIÓN

410,507,433,000

410,507,433,000

3

GASTOS

410,507,433,000

410,507,433,000

3-3

INVERSION

410,507,433,000

410,507,433,000

3-3-1

DIRECTA

410,507,433,000

410,507,433,000

3-3-1-13

Bogotá Positiva: para vivir mejor

410,507,433,000

410,507,433,000

3-3-1-13-01

Ciudad de derechos

410,507,433,000

410,507,433,000

3-3-1-13-01-04

Bogotá bien alimentada

167,520,827,000

167,520,827,000

3-3-1-13-01-04-7361

Alimentación escolar en los colegios oficiales del Distrito Capital

167,520,827,000

167,520,827,000

3-3-1-13-01-06

Educación de calidad y pertinencia para vivir mejor

15,620,867,000

15,620,867,000

3-3-1-13-01-06-7369

Fortalecimiento de la Red Distrital de Bibliotecas de Bogotá – Bibliored

15,620,867,000

15,620,867,000

3-3-1-13-01-07

Acceso y permanencia a la educación para todas y todos

171,284,076,000

171,284,076,000

3-3-1-13-01-07-7195

Operación de Colegios Oficiales del Distrito Capital

127,017,288,000

127,017,288,000

3-3-1-13-01-07-0557

Apoyo a estudiantes de los colegios oficiales de Bogotá

44,266,788,000

44,266,788,000

3-3-1-13-01-08

Mejoramiento de la infraestructura y dotación de colegios

56,081,663,000

56,081,663,000

3-3-1-13-01-08-0563

Construcción y conservación de la infraestructura del sector educativo oficial

56,081,663,000

56,081,663,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA GENERAL

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

3

GASTOS

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

3-3

INVERSION

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

3-3-1

DIRECTA

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

3-3-1-13-06

Gestión pública efectiva y transparente

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

3-3-1-13-06-49

Desarrollo institucional integral

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

3-3-1-13-06-49-0272

Construcción, reforzamiento, restauración y dotación de la sede de la Alcaldía Mayor

24,977,483,000

3,963,475,000

28,940,958,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DE HACIENDA - DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA

7,885,024,000

6,697,622,000

14,582,646,000

3

GASTOS

7,885,024,000

6,697,622,000

14,582,646,000

3-3

INVERSION

7,885,024,000

6,697,622,000

14,582,646,000

3-3-1

DIRECTA

7,885,024,000

6,697,622,000

14,582,646,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

7,885,024,000

6,697,622,000

14,582,646,000

3-3-1-13-06

Gestión pública efectiva y transparente

1,986,473,000

3,616,153,000

5,602,626,000

3-3-1-13-06-49

Desarrollo institucional integral

1,986,473,000

3,616,153,000

5,602,626,000

3-3-1-13-06-49-0350

Implementación de un modelo de desarrollo organizacional en la SHD y el CAD.

1,986,473,000

3,616,153,000

5,602,626,000

3-3-1-13-07

Finanzas sostenibles

5,898,551,000

3,081,469,000

8,980,020,000

3-3-1-13-07-52

Gestión fiscal responsable e innovadora

5,898,551,000

3,081,469,000

8,980,020,000

3-3-1-13-07-52-0580

Tecnologías de información y comunicación (TIC) para las finanzas distritales

5,898,551,000

3,081,469,000

8,980,020,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE

4,720,556,000

5,126,788,000

9,847,344,000

3

GASTOS

4,720,556,000

5,126,788,000

9,847,344,000

3-3

INVERSION

4,720,556,000

5,126,788,000

9,847,344,000

3-3-1

DIRECTA

4,720,556,000

5,126,788,000

9,847,344,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

4,720,556,000

5,126,788,000

9,847,344,000

3-3-1-13-01

Ciudad de derechos

1,649,542,000

1,751,243,000

3,400,785,000

3-3-1-13-01-10

En Bogotá se vive un mejor ambiente

1,649,542,000

1,751,243,000

3,400,785,000

3-3-1-13-01-10-0574

Control de deterioro ambiental en los componentes aire y paisaje

1,649,542,000

1,751,243,000

3,400,785,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

2,153,140,000

2,437,503,000

4,590,643,000

3-3-1-13-02-20

Ambiente vital

2,153,140,000

2,437,503,000

4,590,643,000

3-3-1-13-02-20-0296

Manejo de ecosistemas y áreas protegidas del Distrito Capital

1,186,956,000

1,218,048,000

2,405,004,000

3-3-1-13-02-20-0572

Control a los factores que impactan la calidad del ambiente urbano

966,184,000

1,219,455,000

2,185,639,000

3-3-1-13-06

Gestión pública efectiva y transparente

917,874,000

938,042,000

1,855,916,000

3-3-1-13-06-49

Desarrollo institucional integral

917,874,000

938,042,000

1,855,916,000

3-3-1-13-06-49-0321

Planeación y fortalecimiento de la gestión institucional

917,874,000

938,042,000

1,855,916,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO

59,533,242,000

65,859,754,000

125,392,996,000

3

GASTOS

59,533,242,000

65,859,754,000

125,392,996,000

3-3

INVERSION

59,533,242,000

65,859,754,000

125,392,996,000

3-3-1

DIRECTA

59,533,242,000

65,859,754,000

125,392,996,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

59,533,242,000

65,859,754,000

125,392,996,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

58,321,242,000

64,591,754,000

122,912,996,000

3-3-1-13-02-23

Vías para la movilidad

22,470,633,000

27,987,447,000

50,458,080,000

3-3-1-13-02-23-0520

Infraestructura para la Movilidad

22,470,633,000

27,987,447,000

50,458,080,000

3-3-1-13-02-25

Espacio público para la inclusión

7,914,153,000

8,673,753,000

16,587,906,000

3-3-1-13-02-25-0541

Infraestructura para el Espacio Público

7,914,153,000

8,673,753,000

16,587,906,000

3-3-1-13-02-22

Sistema Integrado de Transporte Público

27,936,456,000

27,930,554,000

55,867,010,000

3-3-1-13-02-22-0543

Infraestructura para el Sistema Integrado de Transporte Público

27,936,456,000

27,930,554,000

55,867,010,000

3-3-1-13-06

Gestión pública efectiva y transparente

1,212,000,000

1,268,000,000

2,480,000,000

3-3-1-13-06-49

Desarrollo institucional integral

1,212,000,000

1,268,000,000

2,480,000,000

3-3-1-13-06-49-0232

Fortalecimiento institucional para el mejoramiento de la gestión del IDU

1,212,000,000

1,268,000,000

2,480,000,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE

15,363,285,000

4,749,308,000

20,112,593,000

3

GASTOS

15,363,285,000

4,749,308,000

20,112,593,000

3-3

INVERSION

15,363,285,000

4,749,308,000

20,112,593,000

3-3-1

DIRECTA

15,363,285,000

4,749,308,000

20,112,593,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

15,363,285,000

4,749,308,000

20,112,593,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

8,986,473,000

4,749,308,000

13,735,781,000

3-3-1-13-02-27

Bogotá espacio de vida

8,986,473,000

4,749,308,000

13,735,781,000

3-3-1-13-02-27-0472

Construcción de escenarios y territorios culturales adecuados y próximos para la diversidad y la convivencia

8,986,473,000

4,749,308,000

13,735,781,000

3-3-1-13-03

Ciudad Global

6,376,812,000

0

6,376,812,000

3-3-1-13-03-34

Bogotá sociedad del conocimiento

6,376,812,000

0

6,376,812,000

3-3-1-13-03-34-0486

Apropiación de la cultura científica para todos y todas

6,376,812,000

0

6,376,812,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

3

GASTOS

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

3-3

INVERSION

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

3-3-1

DIRECTA

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

3-3-1-13-02-27

Bogotá espacio de vida

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

3-3-1-13-02-27-0554

Construcción, adecuación y mejoramiento de parques y escenarios

40,044,522,000

5,666,485,000

45,711,007,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE INTEGRACIÓN SOCIAL

196,843,167,000

197,315,299,000

394,158,466,000

3

GASTOS

196,843,167,000

197,315,299,000

394,158,466,000

3-3

INVERSION

196,843,167,000

197,315,299,000

394,158,466,000

3-3-1

DIRECTA

196,843,167,000

197,315,299,000

394,158,466,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

196,843,167,000

197,315,299,000

394,158,466,000

3-3-1-13-01

Ciudad de derechos

164,725,193,000

164,261,850,000

328,987,043,000

3-3-1-13-01-04

Bogotá bien alimentada

100,221,141,000

99,253,537,000

199,474,678,000

3-3-1-13-01-04-0515

Institucionalización de la política pública de seguridad alimentaria y nutricional

100,221,141,000

99,253,537,000

199,474,678,000

3-3-1-13-01-14

Toda la vida integralmente protegidos

64,504,052,000

65,008,313,000

129,512,365,000

3-3-1-13-01-14-0497

Infancia y adolescencia feliz y protegida integralmente

43,324,598,000

44,445,736,000

87,770,334,000

3-3-1-13-01-14-0501

Adultez con oportunidades

21,179,454,000

20,562,577,000

41,742,031,000

3-3-1-13-06

Gestión pública efectiva y transparente

32,117,974,000

33,053,449,000

65,171,423,000

3-3-1-13-06-49

Desarrollo institucional integral

32,117,974,000

33,053,449,000

65,171,423,000

3-3-1-13-06-49-0514

Fortalecimiento de la gestión institucional

32,117,974,000

33,053,449,000

65,171,423,000

Código

Concepto

2010

Total

INSTITUTO DISTRITAL DE PATRIMONIO CULTURAL

2,900,483,000

2,900,483,000

3

GASTOS

2,900,483,000

2,900,483,000

3-3

INVERSION

2,900,483,000

2,900,483,000

3-3-1

DIRECTA

2,900,483,000

2,900,483,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

2,900,483,000

2,900,483,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

2,900,483,000

2,900,483,000

3-3-1-13-02-27

Bogotá espacio de vida

2,900,483,000

2,900,483,000

3-3-1-13-02-27-0499

Conservación del patrimonio y paisajes culturales

2,494,686,000

2,494,686,000

3-3-1-13-02-27-0519

Fortalecimiento de la infraestructura física de los escenarios culturales

405,797,000

405,797,000

Código

Concepto

2010

2011

Total

ORQUESTA FILARMÓNICA DE BOGOTÁ

810,514,000

810,514,000

1,621,028,000

3

GASTOS

810,514,000

810,514,000

1,621,028,000

3-3

INVERSION

810,514,000

810,514,000

1,621,028,000

3-3-1

DIRECTA

810,514,000

810,514,000

1,621,028,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

810,514,000

810,514,000

1,621,028,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

614,056,000

614,055,000

1,228,111,000

3-3-1-13-02-27

Bogotá espacio de vida

614,056,000

614,055,000

1,228,111,000

3-3-1-13-02-27-0450

Mantenimiento y sostenimiento de la infraestructura cultural pública

614,056,000

614,055,000

1,228,111,000

3-3-1-13-06

Gestión pública efectiva y transparente

196,458,000

196,459,000

392,917,000

3-3-1-13-06-49

Desarrollo institucional integral

196,458,000

196,459,000

392,917,000

3-3-1-13-06-49-0518

Fortalecimiento institucional

196,458,000

196,459,000

392,917,000

Código

Concepto

2010

2011

2012

Total

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

3

GASTOS

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

3-3

INVERSION

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

3-3-1

DIRECTA

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

3-3-1-13-02-31

Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

3-3-1-13-02-31-0412

Modernización Cuerpo Oficial de Bomberos

16,811,594,000

9,286,619,000

5,373,252,000

31,471,465,000

Código

Concepto

2010

2011

2012

Total

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

375,280,143,000

52,046,049,000

17,672,873,000

444,999,065,000

3

GASTOS

375,280,143,000

52,046,049,000

17,672,873,000

444,999,065,000

3-3

INVERSION

375,280,143,000

52,046,049,000

17,672,873,000

444,999,065,000

3-3-1

DIRECTA

375,280,143,000

52,046,049,000

17,672,873,000

444,999,065,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

375,280,143,000

52,046,049,000

17,672,873,000

444,999,065,000

3-3-1-13-01

Ciudad de derechos

375,280,143,000

52,046,049,000

17,672,873,000

444,999,065,000

3-3-1-13-01-02

Garantía del aseguramiento y atención en salud

258,228,306,000

0

0

258,228,306,000

3-3-1-13-01-02-0618

Promoción y afiliación al régimen subsidiado y contributivo

156,779,031,000

0

0

156,779,031,000

3-3-1-13-01-02-0620

Atención a la población vinculada

101,449,275,000

0

0

101,449,275,000

3-3-1-13-01-03

Fortalecimiento y provisión de los servicios de salud

117,051,837,000

52,046,049,000

17,672,873,000

186,770,759,000

3-3-1-13-01-03-0633

Desarrollo de la infraestructura hospitalaria

98,302,686,000

33,842,990,000

0

132,145,676,000

3-3-1-13-01-03-0634

Ampliación y mejoramiento de la atención prehospitalaria

18,749,151,000

18,203,059,000

17,672,873,000

54,625,083,000

Código

Concepto

2010

2011

2012

Total

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS

1,290,821,000

2,409,042,000

2,414,318,000

6,114,181,000

3

GASTOS

1,290,821,000

2,409,042,000

2,414,318,000

6,114,181,000

3-3

INVERSION

1,290,821,000

2,409,042,000

2,414,318,000

6,114,181,000

3-3-1

DIRECTA

1,290,821,000

2,409,042,000

2,414,318,000

6,114,181,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

1,290,821,000

2,409,042,000

2,414,318,000

6,114,181,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

1,290,821,000

2,409,042,000

2,414,318,000

6,114,181,000

3-3-1-13-02-17

Mejoremos el barrio

1,037,681,000

1,936,381,000

1,941,657,000

4,915,719,000

3-3-1-13-02-17-0582

Gestión para el servicio de alumbrado público en Bogotá, D.C.

1,037,681,000

1,936,381,000

1,941,657,000

4,915,719,000

3-3-1-13-02-18

Transformación urbana positiva

253,140,000

472,661,000

472,661,000

1,198,462,000

3-3-1-13-02-18-0583

Gestión para los servicios funerarios distritales

253,140,000

472,661,000

472,661,000

1,198,462,000

Código

Concepto

2010

2011

2012

Total

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD

76,625,292,000

32,903,699,000

32,963,508,000

142,492,499,000

3

GASTOS

76,625,292,000

32,903,699,000

32,963,508,000

142,492,499,000

3-3

INVERSION

76,625,292,000

32,903,699,000

32,963,508,000

142,492,499,000

3-3-1

DIRECTA

76,625,292,000

32,903,699,000

32,963,508,000

142,492,499,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

76,625,292,000

32,903,699,000

32,963,508,000

142,492,499,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

74,629,952,000

30,850,242,000

30,850,242,000

136,330,436,000

3-3-1-13-02-22

Sistema Integrado de Transporte Público

43,779,710,000

0

0

43,779,710,000

3-3-1-13-02-22-0339

Implementación del plan maestro de movilidad para Bogotá

43,779,710,000

0

0

43,779,710,000

3-3-1-13-02-24

Tráfico eficiente

30,850,242,000

30,850,242,000

30,850,242,000

92,550,726,000

3-3-1-13-02-24-7254

Modernización, expansión y mantenimiento del sistema integral de control de transito

30,850,242,000

30,850,242,000

30,850,242,000

92,550,726,000

3-3-1-13-06

Gestión pública efectiva y transparente

1,995,340,000

2,053,457,000

2,113,266,000

6,162,063,000

3-3-1-13-06-43

Servicios más cerca del ciudadano

1,995,340,000

2,053,457,000

2,113,266,000

6,162,063,000

3-3-1-13-06-43-0348

Fortalecimiento a los servicios concesionados

1,995,340,000

2,053,457,000

2,113,266,000

6,162,063,000

Código

Concepto

2010

2011

2012

Total

FONDO DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD

24,933,751,000

24,207,525,000

9,841,641,000

58,982,917,000

3

GASTOS

24,933,751,000

24,207,525,000

9,841,641,000

58,982,917,000

3-3

INVERSION

24,933,751,000

24,207,525,000

9,841,641,000

58,982,917,000

3-3-1

DIRECTA

24,933,751,000

24,207,525,000

9,841,641,000

58,982,917,000

3-3-1-13

Bogotá positiva: para vivir mejor

24,933,751,000

24,207,525,000

9,841,641,000

58,982,917,000

3-3-1-13-02

Derecho a la ciudad

24,933,751,000

24,207,525,000

9,841,641,000

58,982,917,000

3-3-1-13-02-29

Bogotá segura y humana

24,933,751,000

24,207,525,000

9,841,641,000

58,982,917,000

3-3-1-13-02-29-6049

Fortalecimiento de medios de transporte destinados a la prevención y la seguridad

10,440,997,000

10,136,890,000

9,841,641,000

30,419,528,000

3-3-1-13-02-29-0264

Fortalecimiento integral de la infraestructura física para la Policía Metropolitana

14,492,754,000

14,070,635,000

0

28,563,389,000

Concepto

2010

2011

2012

Total

TOTAL VIGENCIAS FUTURAS DE INVERSIÓN

1,258,527,310,000

411,042,179,000

68,265,592,000

1,737,835,081,000

GRAN TOTAL

1,284,385,373,000

433,113,018,000

68,265,592,000

1,785,763,983,000

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO I

ALCANCE Y CAMPO DE APLICACIÓN

ARTÍCULO 4. CAMPO DE APLICACIÓN. Las disposiciones generales contenidas en el presente Acuerdo rigen para los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital y se harán extensivas al Ente Autónomo Universitario, a los Fondos de Desarrollo Local, a las Empresas Industriales y Comerciales y a las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital, cuando expresamente así se establezca.

ARTÍCULO 5. MARCO JURÍDICO. La ejecución presupuestal del Presupuesto Anual del Distrito Capital de la vigencia 2009, deberá estar acorde con lo dispuesto en los artículos 352 y 353 de la Constitución Política de Colombia, con los Acuerdos 24 de 1995 y 20 de 1996 compilados en el Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, Ley 617 de 2000, Ley 819 de 2003 y demás normas que reglamenten la liquidación y ejecución presupuestal de los órganos y entidades para quienes rige el presente Acuerdo.

CAPÍTULO II

DE LAS RENTAS Y RECURSOS

ARTÍCULO 6. RECURSOS DE TERCEROS. Los recaudos que efectúen los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual, y/o los recursos que éstos administren en nombre de otras entidades públicas o de terceros, no se incorporarán a sus presupuestos. Dichos recursos deberán presupuestarse en la entidad que sea titular de los derechos correspondientes. La entidad administradora o recaudadora deberá mantener dichos recursos separados de los propios y contabilizarlos en la forma que establezca la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Contabilidad.

ARTÍCULO 7. CRÉDITOS ADICIONALES. La viabilidad presupuestal de la Administración Central para abrir los créditos adicionales al Presupuesto, será certificada por el Director Distrital de Presupuesto.

En los Establecimientos Públicos y en el Ente Autónomo Universitario dicha certificación será expedida por el jefe de presupuesto o quien haga sus veces.

PARÁGRAFO. Los créditos adicionales deberán cumplir con lo establecido en el artículo 59 del Acuerdo 24 de 1995.

ARTÍCULO 8. RENTAS ESPECÍFICAS. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual y General que tengan financiadas sus apropiaciones con fuentes de destinación específica, en especial con las del Sistema General de Participaciones, el Fondo Nacional de Regalías, explotación de canteras, donaciones y créditos de la Banca Multilateral, Bilateral o de Fomento deben efectuar un control presupuestal, contable y de tesorería diferente a las demás fuentes de financiación que respaldan el presupuesto.

De igual manera, dicho control se efectuará sobre los recursos destinados al pago de obligaciones pensionales.

ARTÍCULO 9. APORTES DE CAPITAL DEL DISTRITO. Las transferencias de recursos que efectúe la Administración Central a favor de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital o a Sociedades de Economía Mixta y Sociedades por Acciones asimiladas a las anteriores, se constituirán en Aportes patrimoniales de Bogotá D.C. Las apropiaciones del Presupuesto Anual del Distrito proyectadas para efectuar Aportes patrimoniales a las mencionadas entidades, que no hayan sido legalizados a 31 de diciembre de 2009, podrán ser liberadas por el Distrito.

Las capitalizaciones en especie que realice el Distrito Capital en sus entidades, que no impliquen erogaciones en dinero no requerirán operación presupuestal alguna, sin perjuicio de los registros contables correspondientes.

PARÁGRAFO. No se constituirán como Aportes patrimoniales los recursos transferidos por la Administración Central para ser otorgados como subsidios, ni las transferencias de recursos del Distrito Capital para la cofinanciación de las obras del Sistema Integrado de Transporte Masivo, en desarrollo del convenio Nación – Distrito - TransMilenio.

ARTÍCULO 10. INEMBARGABILIDAD DE RECURSOS PÚBLICOS. Los recursos públicos son inembargables. Por lo tanto, el servidor público que reciba una orden de embargo de los recursos del Distrito Capital, está obligado a solicitar la constancia sobre la naturaleza y origen de dichos recursos a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al recibo de la respectiva orden, para efectos de que la Oficina Jurídica del organismo o entidad tramite ante la autoridad competente el respectivo desembargo.

ARTÍCULO 11. RENDIMIENTOS. Los rendimientos financieros originados con recursos del Distrito por parte de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, a través de cualquier modalidad de contratación, son del Distrito y deben ser consignados en la Dirección Distrital de Tesorería dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de su liquidación, por lo tanto, dichos rendimientos financieros no se podrán pactar para adquirir compromisos diferentes.

PARAGRAFO. Los rendimientos financieros ordinarios, que no tengan destinación específica por Ley generados por los patrimonios de pensiones, cesantías, el Fondo Cuenta Río Bogotá y el Fondo de Solidaridad y Redistribución de Ingresos, acrecentarán los recursos de los mismos para atender su objeto y no deberán ser consignados en la Dirección Distrital de Tesorería. Dichos recursos sólo se registrarán en la contabilidad financiera del Distrito Capital. Para todos los efectos, con corte a 31 de diciembre de 2009, deberán ser reportados a la Dirección Distrital de Tesorería para su registro, sin situación de fondos.

ARTÍCULO 12. DISPOSICIÓN DE BIENES EN EJECUCIÓN ACTIVA DEL PRESUPUESTO. Se autoriza en la vigencia fiscal 2009, a la Secretaría Distrital de Hacienda, para que en nombre del Distrito Capital enajene los bienes muebles que reciba como dación en Pago por concepto de cualquier clase de obligaciones.

Así mismo, se autoriza para enajenar durante la misma vigencia las acciones de sociedades comerciales a nombre de Bogotá Distrito Capital con sujeción a las disposiciones legales aplicables a la materia, que se encuentren bajo la administración de esta Secretaría, siempre y cuando hayan sido o sean originadas en procesos de liquidación de empresas o entidades públicas, juicios de sucesión, daciones en pago y aquellas recibidas por disposiciones legales, siempre y cuando las condiciones del mercado así lo ameriten, salvo la propiedad accionaría del Distrito Capital en sus entidades descentralizadas.

CAPÍTULO III

LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO

ARTÍCULO 13. LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO. El Gobierno Distrital deberá expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto mediante el cual se detallen y clasifiquen los ingresos y los gastos, así como la definición de éstos últimos, y adoptará las medidas necesarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo.

La Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital del Presupuesto - de oficio o a petición del jefe del órgano o entidad respectiva, efectuará mediante resolución, las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de trascripción, aritméticos, numéricos, de clasificación y de ubicación que figuren en el Decreto de Liquidación y sus modificatorios para la vigencia 2009.

ARTÍCULO 14. PLAN DE CUENTAS. El Plan de Cuentas presupuestal elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda

- Dirección Distrital de Presupuesto -, se entenderá incorporado en el Presupuesto de los órganos o entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital.

Los Planes de Cuentas Presupuestales de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, del Ente Autónomo Universitario, de las Empresas Sociales del Estado y de los Fondos de Desarrollo Local, antes de ser modificados, requerirán concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto -.

ARTÍCULO 15. AJUSTE PRESUPUESTAL. Cuando se expidan actos administrativos mediante los cuales se efectúen distribuciones y/o traslados de apropiaciones, incluido el Decreto de Liquidación del Presupuesto, que afecten el Presupuesto de una entidad que haga parte del Presupuesto Anual o General del Distrito, estos actos servirán de base para realizar los ajustes correspondientes, a través de acto administrativo del Gerente o Director de la entidad receptora.

CAPÍTULO IV

VIABILIDAD PRESUPUESTAL

ARTÍCULO 16. MODIFICACIÓN PLANTAS DE PERSONAL. Las modificaciones a las plantas de personal de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito, incluido el Ente Autónomo Universitario, requerirán certificación de viabilidad presupuestal expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto- y del concepto previo de viabilidad técnica del Departamento Administrativo del Servicio Civil o quien haga sus veces, con observancia de lo establecido en el artículo 75 de la Ley 617 de 2000 y previo el cumplimiento de los procedimientos y requisitos que establezca la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

PARÁGRAFO 1. Las juntas, consejos directivos y consejos superiores de los Establecimientos Públicos del orden Distrital y del Ente Autónomo Universitario, no podrán autorizar modificaciones a las plantas de personal ni incrementar asignaciones salariales y prestacionales, sin el certificado de viabilidad presupuestal expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - y la aprobación previa del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital o quien haga sus veces. Se exceptúa de los anteriores requisitos, el incremento salarial que determine el Gobierno Distrital para la vigencia fiscal 2009.

PARÁGRAFO 2. Las modificaciones de plantas de personal que impliquen aumento en los gastos de funcionamiento de las Empresas Sociales del Estado, Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, deberán contar con concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - y para el caso de las Empresas Sociales del Estado se requerirá además concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Salud, antes de su aprobación por parte de las Juntas Directivas. Para esta solicitud se deberán anexar los documentos que establezcan la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto-, así como la certificación que respalde los mayores ingresos y/o traslados presupuestales al interior de sus gastos con los cuales la entidad atenderá dichas modificaciones de planta de personal.

ARTÍCULO 17. ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS Y MAQUINARIA. Cuando las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito, los Fondos de Desarrollo Local y el Ente Autónomo Universitario, necesiten adquirir maquinaria, vehículos u otros medios de transporte, deberán obtener concepto de viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, previo el envío y cumplimiento de los requisitos que para el efecto se establezcan.

PARÁGRAFO 1. Para el nivel directivo, se expedirá viabilidad presupuestal, solamente para efectos de la reposición de los vehículos y no se autorizará el incremento del parque automotor en este nivel.

PARÁGRAFO 2. Cuando se adquiera maquinaria, previo al concepto de viabilidad presupuestal expedido por la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto-, se requerirá el concepto técnico de la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial.

ARTÍCULO 18. VINCULACIÓN DE PERSONAL Y RECONOCIMIENTO DE PRIMA TÉCNICA. Para el nombramiento de personal en cargos vacantes y el reconocimiento de la prima técnica, el responsable de presupuesto expedirá previamente una certificación en la que conste que existe saldo de apropiación suficiente para respaldar las obligaciones por concepto de servicios personales y Aportes patronales durante la vigencia fiscal en curso.

CAPÍTULO V

DE LA EJECUCIÓN DE GASTOS

ARTÍCULO 19. PROGRAMACIÓN DE PAGOS. El Programa Anual Mensualizado de Caja (PAC) debe estar en concordancia con los ingresos disponibles para poder efectuar los pagos de la Administración Distrital. En consecuencia, los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital y Fondos de Desarrollo Local, sólo podrán efectuar pagos hasta el monto autorizado en el respectivo PAC.

El PAC será exigible respecto a los gastos incorporados en el Presupuesto Anual del Distrito Capital de la vigencia 2009, como también a las cuentas por pagar.

ARTÍCULO 20. PAGOS PRIORITARIOS. El representante legal y el ordenador del gasto de los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito Capital, deberán cumplir prioritariamente con la atención de los sueldos de personal, prestaciones sociales, servicios públicos domiciliarios, seguros, dotaciones de ley, sentencias, laudos, pensiones, cesantías, transferencias asociadas a la nómina, vigencias futuras utilizadas y servicio de la deuda.

ARTÍCULO 21. IMPUTACIÓN Y PAGO DE OBLIGACIONES PERIÓDICAS. Las obligaciones por concepto de servicios médicos-asistenciales, así como las obligaciones pensiónales, servicios públicos domiciliarios, telefonía móvil, transporte de mensajería, gastos notariales, obligaciones de previsión social y las contribuciones inherentes a la nómina causadas en el último trimestre de 2008, se podrán imputar y pagar con cargo a las apropiaciones de la vigencia fiscal del 2009.

La prima de vacaciones y cesantías, para los funcionarios de las entidades que conforman el Presupuesto Anual incluido el Ente Autónomo Universitario, así como los impuestos, intereses y/o sanciones a cargo de las mismas entidades, podrán ser cancelados con cargo al presupuesto vigente cualquiera que sea el año de causación.

ARTÍCULO 22. BIENESTAR Y CAPACITACIÓN. Los recursos destinados a programas de capacitación y bienestar social no pueden tener por objeto crear o incrementar salarios, bonificaciones, sobresueldos, primas, prestaciones sociales, remuneraciones extralegales o estímulos pecuniarios ocasionales que la ley no haya establecido para los servidores públicos, ni servir para otorgar beneficios particulares y directos, en dinero o en especie.

ARTÍCULO 23. IMPUTACIÓN DE DECISIONES JUDICIALES. El pago de providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbítrales y tutelas, se atenderá con los recursos presupuestales de cada entidad y del Ente Autónomo Universitario. Para tal efecto, se podrán hacer los traslados presupuestales requeridos de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

Así mismo, se podrán pagar los gastos accesorios o administrativos que se generen como consecuencia del fallo de las providencias judiciales, sentencias, conciliaciones, transacciones, indemnizaciones, laudos arbítrales y tutelas. Los gastos que se originen dentro de los procesos correspondientes serán atendidos con cargo a los rubros definidos en el Plan de Cuentas.

Cuando las decisiones anteriormente señaladas se originen como consecuencia de la ejecución de proyectos de inversión u obligaciones pensiónales, la disponibilidad presupuestal se expedirá por el mismo rubro o proyecto que originó la obligación principal. Las demás decisiones judiciales se atenderán por el rubro Sentencias Judiciales de Gastos de Funcionamiento.

ARTÍCULO 24. RECURSOS DE COOPERACIÓN Y/O DONACIONES. Las adiciones presupuestales originadas por recursos de cooperación y/o donaciones deberán incorporarse al presupuesto como Donaciones de Capital por decreto del Alcalde Mayor o Alcalde Local según corresponda, previa certificación de su recaudo expedida por el Responsable de Presupuesto o quien haga sus veces, salvo que los reglamentos internos de los donatarios exijan requisitos diferentes.

ARTÍCULO 25. PLAN DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES. Las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, de acuerdo con su autonomía presupuestal, cumplen con la partida presupuestal del Plan de Gestión Ambiental al realizar las acciones ambientales de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 del Acuerdo Distrital 9 de 1990, en coordinación con las políticas establecidas por la autoridad ambiental del Distrito.

ARTÍCULO 26. DESTINACIÓN DE SOBRETASA A LA GASOLINA EN LOS FONDOS DE DESARROLLO LOCAL. Los ingresos que corresponden a los Fondos de Desarrollo Local, obtenidos por el recaudo de la Sobretasa a la Gasolina de conformidad con la participación a que se refiere el artículo 89 del Decreto Ley 1421 de 1993, deberán ser invertidos por éstos en los programas de accesos a barrios y/o pavimentos locales, en cumplimiento del Acuerdo Distrital 23 de 1997 modificado por el Acuerdo Distrital 42 de 1999.

ARTÍCULO 27. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS DE LAS LOCALIDADES. Cuando se trate de adición de recursos provenientes de convenios interadministrativos, diferentes a los de cooperación internacional y los recursos no se encuentren en caja, dicho Convenio servirá de base para efectuar la correspondiente adición, previo cumplimiento de las autorizaciones y requisitos presupuestales correspondientes.

ARTÍCULO 28. CRUCE DE CUENTAS. Con el fin de promover el saneamiento económico, financiero y contable de todo orden, se autoriza a las entidades del Sector Central y Descentralizado, para efectuar cruce de cuentas sobre las deudas que recíprocamente tengan. Para tal efecto, la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto- podrá descontar la suma correspondiente a dichas obligaciones de las transferencias que se giren por cualquier concepto a las respectivas entidades. Igualmente, podrá realizarse cruce de cuentas con la Nación, sus entidades descentralizadas, otras entidades territoriales y entidades privadas que cumplan funciones públicas, sobre las obligaciones que recíprocamente tengan. En ambos casos, debe existir acuerdo previo escrito acerca de las condiciones y términos del cruce de cuentas. Estas operaciones deberán reflejarse en el Presupuesto conservando únicamente la destinación para la cual fueron programadas las apropiaciones respectivas y contablemente se regirán por lo señalado en el Manual Contable.

PARÁGRAFO. Para las obligaciones de origen legal que tengan el Distrito y sus entidades descentralizadas con otros órganos públicos, deben tenerse en cuenta las transferencias, salvo las de destinación específica y Aportes que a cualquier título, las primeras hayan efectuado a las últimas en cualquier vigencia fiscal.

Cuando se reúnan las calidades de acreedor y deudor en una misma entidad, como consecuencia de un proceso de liquidación de entidades del orden Distrital, se compensarán las cuentas automáticamente sin operación presupuestal alguna, sin perjuicio de los registros contables correspondientes.

ARTÍCULO 29. VINCULACIÓN A ORGANISMOS. Ningún órgano o entidad que haga parte del Presupuesto Anual podrá contraer compromisos a nombre de Bogotá D.C., que impliquen el pago de cuotas o emolumentos a organismos nacionales e internacionales con cargo al Presupuesto Anual del Distrito, sin contar con la aprobación del Concejo de Bogotá mediante Acuerdo Distrital, autorización que involucra la facultad del gobierno distrital para desvincularse cuando así se considere necesario, previa evaluación de la permanencia en dicho organismo.

ARTÍCULO 30. EJECUCIÓN PRESUPUESTAL DE LOS PATRIMONIOS AUTÓNOMOS. Con la transferencia de dineros a los Patrimonios Autónomos constituidos mediante Fiducia por el Distrito Capital, responsables del manejo de los recursos públicos, se entenderá ejecutada la apropiación presupuestal, manteniendo el control y vigilancia de la ejecución de estos recursos.

ARTÍCULO 31. PAGO DE PENSIONES CONVENCIONALES. Con los recursos del Fondo de Pensiones Públicas de Bogotá D.C., se sustituirá el pago de pensiones convencionales y/o pensión sanción de las entidades del nivel central, los establecimientos públicos y de las entidades nominadoras que hayan sido liquidadas. Lo anterior, sin perjuicio del reconocimiento de las pensiones convencionales que seguirá a cargo del respectivo organismo o entidad empleadora.

ARTÍCULO 32. TRÁMITES DE OPERACIONES PRESUPUESTALES. La Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - podrá abstenerse de adelantar los trámites de cualquier operación presupuestal de las entidades de que trata el artículo 4° del presente Acuerdo que incumplan los objetivos y metas trazados en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, en el Plan Financiero y en el Programa Anual de Caja.

ARTÍCULO 33. AJUSTES PRESUPUESTALES POR CONVENIOS ENTRE ENTIDADES. Cuando las entidades de la Administración Central, los Establecimientos Públicos y Unidades Administrativas Especiales, el Concejo, la Veeduría, la Personería, la Contraloría, el Ente Autónomo Universitario, los Fondos de Desarrollo Local, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y las Empresas Sociales del Estado del orden distrital celebren convenios entre sí que afecten sus presupuestos, se efectuarán los ajustes mediante resoluciones del Jefe del órgano respectivo o por Acuerdo o Resolución de sus Juntas o Consejos Directivos en los casos a que a ello hubiere lugar, previos los conceptos requeridos.

Los actos administrativos a que se refiere el inciso anterior deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, acompañados del respectivo certificado de disponibilidad presupuestal y su justificación económica, para la aprobación de las operaciones presupuestales en ellos contenidas, requisito sin el cual no podrán ser incorporados en el Presupuesto. En el caso de gastos de inversión, se requerirá concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación, salvo las Empresas Sociales del Estado que en su lugar requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Salud antes de la aprobación por parte de la Junta Directiva.

Los Jefes de los Órganos responderán por la legalidad de los actos en mención.

ARTÍCULO 34. DISTRIBUCIONES AL INTERIOR DEL PLAN DE CUENTAS. Las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, podrán realizar distribuciones al interior del mismo rubro del Plan de Cuentas del presupuesto de ingresos y gastos, sin cambiar su destinación y cuantía, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano para las entidades de la Administración Central, y en el caso de los Establecimientos Públicos estas distribuciones se harán por acuerdo de las juntas o de los consejos directivos.

Las distribuciones al interior de estas subcuentas que no varíen el monto total del rubro, no requerirán de concepto de viabilidad presupuestal de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto-, ni de la Secretaría Distrital de Planeación.

PARÁGRAFO 1. Copia del acto administrativo expedido por la entidad que haga las distribuciones, deberá enviarse a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto- y a la Secretaría Distrital de Planeación dentro de los tres (3) días siguientes a la expedición del mismo.

PARÁGRAFO 2. Con base en las reservas presupuestales de los rubros de funcionamiento e inversión que se constituyan a 31 de diciembre de 2008, las entidades que integran el Presupuesto Anual del Distrito Capital distribuirán el Rubro Reservas Presupuestales. Dicha distribución no requiere previo concepto de la Secretaría Distrital de Hacienda y de la Secretaría Distrital de Planeación, ni aprobación por parte de las juntas o de los consejos directivos para el caso de los Establecimientos Públicos.

ARTÍCULO 35. APLICACIÓN TRANSITORIA DE RECURSOS. En virtud del principio de Unidad de Caja, salvo las excepciones de ley, los Establecimientos Públicos podrán pagar con sus ingresos propios obligaciones financiadas con recursos del Distrito o la Nación, mientras se reciban las respectivas transferencias, siempre y cuando no sacrifiquen o posterguen el cumplimiento de los compromisos laborales contraídos, los proyectos en ejecución, ni el pago del servicio de la deuda programada.

CAPÍTULO VI

DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR

ARTÍCULO 36. DE LAS RESERVAS PRESUPUESTALES. Las reservas presupuestales que al cierre de la vigencia fiscal 2008 hayan constituido las entidades que conforman el Presupuesto Anual y el Ente Autónomo Universitario que no hubieran sido ejecutadas a 31 de diciembre del 2009, fenecerán sin excepción.

En consecuencia, los funcionarios responsables de los respectivos órganos o entidades, reintegrarán los dineros transferidos por la Administración Central, a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Tesorería -, antes del último día hábil del mes de febrero del año 2010, incluido el servicio de la deuda. Así mismo, se deberán reintegrar a la Dirección Distrital de Tesorería los recursos transferidos por la Administración Central que al cierre de la vigencia 2009 no estén respaldando ningún compromiso.

ARTÍCULO 37. REPORTE DE RESERVAS PRESUPUESTALES Y CUENTAS POR PAGAR. Los órganos y entidades que conforman el Presupuesto Anual y General del Distrito y el Ente Autónomo Universitario, deberán reportar a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - Dirección Distrital de Tesorería -, en la fecha, formatos y medios que para el efecto se determinen, las reservas presupuestales y las cuentas por pagar constituidas a 31 de diciembre de 2008 originadas en obligaciones legalmente adquiridas. Las primeras, serán constituidas por el ordenador del gasto y el jefe de presupuesto o quien haga sus veces, y las segundas por el ordenador del gasto, el contador y el tesorero de cada órgano.

En casos excepcionales, se podrán efectuar las correcciones sobre la constitución de reservas presupuestales y/o cuentas por pagar, mediante acta debidamente certificada por la respectiva entidad, a más tardar el 13 de febrero de 2009 únicamente respecto de la información suministrada a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto-.

Los referidos casos excepcionales serán calificados por el representante legal del órgano o entidad según el caso y deben contar con el visto bueno de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - Dirección Distrital de Tesorería -, según corresponda.

CAPÍTULO VII

OPERACIONES DE CRÉDITO PÚBLICO

ARTÍCULO 38. CUPO DE ENDEUDAMIENTO. Todas las operaciones de crédito público que realicen las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital y el Ente Autónomo Universitario, deberán respetar el cupo de endeudamiento autorizado por el Concejo Distrital y la normatividad distrital y nacional sobre la materia; contar con el concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Crédito Público - y con la autorización del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS. Para la ejecución de lo dispuesto, el Distrito Capital podrá otorgar las garantías y contragarantías a que hubiese lugar y efectuar las modificaciones presupuestales correspondientes, de conformidad con lo dispuesto por las normas vigentes.

ARTICULO 39. GESTIÓN DE LOS RECURSOS DEL CREDITO. Los recursos del crédito que se requieran para financiar a las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, las operaciones de crédito público y asimiladas a las mismas; las operaciones de manejo de la deuda y las conexas a las anteriores, así como las gestiones tendientes a la definición, estructuración, negociación y celebración de dichas operaciones, serán tramitadas exclusivamente por la Dirección Distrital de Crédito Público de la Secretaría Distrital de Hacienda.

Las operaciones citadas anteriormente deberán estar incluidas en el plan de endeudamiento de la Administración Distrital.

ARTÍCULO 40. SERVICIO DE LA DEUDA. Los gastos que sean necesarios para la administración, consecución y servicio de las operaciones de crédito público, las asimiladas a ellas, las propias del manejo de la deuda, las operaciones conexas y las demás relacionadas con las operaciones de crédito, se pagarán con cargo a las apropiaciones del servicio de la deuda.

ARTÍCULO 41. DISPONIBILIDAD DE RECURSOS DEL SERVICIO DE LA DEUDA. Cuando la apropiación presupuestal para el servicio de la deuda pública cuente con disponibilidad de recursos suficientes, podrán realizarse otras operaciones de manejo de la deuda pública que contribuyan a mejorar el perfil del endeudamiento de Bogotá D.C.

ARTÍCULO 42. TRANSFERENCIAS PARA EL PAGO DE LA DEUDA. Las transferencias para el pago de la deuda pública serán ordenadas por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Crédito Público -, de conformidad con la solicitud de giro de transferencia realizada por las entidades beneficiarias.

CAPÍTULO VIII

DISPOSICIONES VARIAS

ARTÍCULO 43. DEVOLUCIONES Y/O COMPENSACIONES. Cuando se generen pagos de mayores valores por cualquier concepto y una vez surtido el respectivo proceso para su devolución, las devoluciones y/o compensaciones de los saldos a favor que se reconozcan por pagos en exceso o de lo no debido, se registrarán como un menor valor del recaudo en el período en que se pague o abone en cuenta.

ARTÍCULO 44. INFORME DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL. La Administración Central, los Establecimientos Públicos, el Ente Autónomo Universitario, las Empresas Sociales del Estado, las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito y los Fondos de Desarrollo Local, enviarán a la Comisión Tercera Permanente de Presupuesto del Concejo de Bogotá y al Sistema Distrital de Información, la ejecución presupuestal dentro de los quince (15) primeros días de cada mes.

ARTICULO 45. INFORME DE PRESUPUESTO ORIENTADO A RESULTADOS - POR. La Secretaría Distrital de Hacienda enviará semestralmente al Concejo Distrital, un informe escrito del Presupuesto Orientado a Resultados con los correspondientes indicadores sobre el avance en el cumplimiento de las metas y resultados de las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito, en relación con los recursos asignados para funcionamiento e inversión de la vigencia.

La Secretaría Distrital de Planeación enviará semestralmente al Concejo un informe sobre el cumplimiento de los planes de acción.

ARTÍCULO 46. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Las apropiaciones financiadas con rentas provenientes de convenios interadministrativos, solo podrán comprometerse cuando los respectivos convenios se hayan perfeccionado.

ARTICULO 47. POBLACIÓN DESPLAZADA. Las entidades en el Distrito Capital, responsables de la atención integral de la población desplazada por la violencia, darán prioridad en la ejecución de sus respectivos presupuestos a la atención de esta población, de acuerdo con el plan diseñado por el Gobierno Nacional en desarrollo de la Sentencia T-025 de 2004, proferida por la Honorable Corte Constitucional. Así mismo, en cumplimiento de la Directiva 013 de 2008 expedida por el Alcalde Mayor y por las demás normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan, las entidades deberán reportar de manera bimestral a la Secretaría Distrital de Gobierno, quien tiene la competencia en la coordinación para cumplir el fallo y las normas aplicables, la identificación de los recursos asignados y ejecutados en sus presupuestos destinados para este fin, así como las acciones y estrategias desarrolladas para la atención de la población desplazada. De dicho informe las Entidades enviarán copia al Concejo de Bogotá.

Para establecer las políticas públicas respecto de la población desplazada objeto de los programas y proyectos establecidos por el Gobierno Distrital, la Secretaría de Gobierno deberá registrar los beneficiarios de gastos de inversión de la respectiva vigencia, caracterizados por etnia, grupo de edad, género y estatus de cabeza de familia, de manera que permita conocer los recursos invertidos que se dirigen a solucionar o minimizar las condiciones diagnosticadas.

ARTÍCULO  48. FOMENTO DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍA Y LA INNOVACIÓN. La apropiación programada para el fomento de la ciencia, la tecnología y la innovación de la Unidad Ejecutora 02 – Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto -, será ejecutada por las entidades que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital. El Gobierno Distrital autorizará los respectivos traslados presupuestales y la Secretaría Distrital de Hacienda los efectuará con cargo a esta cuenta, según el procedimiento que se defina para tal efecto y de conformidad con lo aprobado por las Secretarías Distritales de Planeación, de Hacienda y de Desarrollo Económico. Ver el Decreto Distrital 247 de 2009

ARTÍCULO 49. AUTORIZACIÓN Y RECONOCIMIENTO EN DINERO DE DÍAS COMPENSATORIOS. Las entidades del Presupuesto General del Distrito podrán pagar en dinero, a los funcionarios que por norma tienen derecho a ello, los días compensatorios que se hubieren causado hasta el 31 de diciembre de 2008, siempre que exista disponibilidad presupuestal y cuando por necesidades del servicio éstos no se pudieran conceder.

ARTÍCULO 50. CUIDADO Y PRESERVACIÓN AMBIENTAL. Siendo de utilidad pública e interés social el manejo de los recursos naturales renovables, la Secretaría Distrital de Ambiente y la Secretaría Distrital de Hábitat en asocio con la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá E.S.P., propenderán por el cuidado y preservación de las áreas de rondas, la protección de ríos y quebradas, humedales, fuentes hídricas de la ciudad, corredores ecológicos, cerros orientales y de los páramos de Sumapaz, Chingaza I y II, en cumplimiento de los Tratados Internacionales, específicamente de la Convención de Ramsar. Para este propósito podrán incluir en sus planes estratégicos y de acción, instrumentos tales como la adquisición de predios de impacto ambiental, zonas de abastecimiento y de fragilidad ambiental, programas de cuidadores y familias guardabosques.

ARTÍCULO 51. CREDITOS DE PRESUPUESTO. En el marco del Plan de Desarrollo 2008 - 2012 "Bogotá Positiva: Para Vivir Mejor" y con el fin de garantizar las inversiones que demanda la Fase III de la troncal de Transmilenio, el Gobierno Distrital podrá otorgar créditos de Presupuesto a la Empresa de Transporte del Tercer Milenio –TRANSMILENIO S.A. durante la vigencia fiscal 2009, siempre y cuando estas operaciones le representen al Distrito ventajas económicas y financieras de acuerdo con las condiciones del mercado. Estos créditos no afectan el cupo de endeudamiento.

ARTÍCULO 52. ATENCIÓN INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Las entidades responsables de la atención de la infancia y la adolescencia en el Distrito Capital, darán estricto cumplimiento a la ejecución de las acciones que en los proyectos de inversión de sus respectivos presupuestos, están encaminadas a garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes, conforme a lo establecido en el artículo 34 del Acuerdo 308 de 2008, por el cual se adoptó el Plan de Desarrollo "Bogotá Positiva: para vivir mejor" y en concordancia con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1098 de 2006, "Código de la Infancia y la Adolescencia". Así mismo, dichas entidades deberán reportar de manera trimestral a la Secretaría Distrital de Planeación y al Concejo de Bogotá, la identificación de los recursos asignados y ejecutados en sus presupuestos, así como las acciones y estrategias desarrolladas para la atención de la infancia y adolescencia.

ARTÍCULO 53. AJUSTES PRESUPUESTALES ATENCIÓN INFANCIA Y ADOLESCENCIA. En el Decreto de Liquidación del Presupuesto Anual de Bogotá Distrito Capital para la vigencia 2009 y durante la misma vigencia, el Gobierno Distrital efectuará los ajustes presupuestales necesarios y pertinentes para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 1098 de 2006 y las circulares y directivas emitidas por la Procuraduría General de la Nación, con el fin de garantizar y restablecer los derechos de los niños, niñas y adolescentes en el Distrito Capital.

ARTÍCULO 54. CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS IDIPRON. De conformidad con el artículo 95 de la Ley 489 de 1998 y en cumplimiento de lo establecido en la ley 1150 de 2007, las entidades de que trata el artículo 4° del presente Acuerdo podrán celebrar convenios interadministrativos con el Instituto Distrital para la Protección de la Niñez y la Juventud –IDIPRON-, para el desarrollo de proyectos vocacionales y productivos, en aras de afianzar la integración social, laboral y familiar y el ejercicio pleno de los derechos de niños, niñas y adolescentes beneficiarios de los servicios que presta dicho Instituto.

ARTÍCULO 55. COMUNICACIÓN Y DIVULGACIÓN. Para la comunicación y divulgación de programas y acciones de la Administración, se tendrán en cuenta los medios de alta circulación, así como los medios alternativos con criterio pluralista.

ARTÍCULO 56. ANEXOS. El presente Acuerdo se acompaña con unos anexos informativos que contienen el detalle de ingresos y gastos para el año fiscal 2009.

ARTÍCULO 57. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1 de enero de 2009.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

MARTHA LUCÍA CIPAGAUTA CORREA

Presidente

Secretaría General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

19 de diciembre de 2008