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Acuerdo 342 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/12/2008
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2008
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4125 de diciembre 26 de 2008
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 342 DE 2008

(Diciembre 23)

"Por el cual se establece apoyo a las unidades productivas conformadas por personas en condiciones de discapacidad y/o sus familias"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.

Ver Proyectos de Acuerdo 240 y 329 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C. Ver Directiva de la Alcaldesa Mayor (D) 019 de 2011

ACUERDA:

ARTÍCULO 1º. La Secretaría Distrital de Desarrollo Económico incluirá y priorizará a las unidades productivas conformadas por la población en condición de discapacidad y/o sus familias, cuando las circunstancias así lo impongan, en los diferentes componentes de la estrategia formación y desarrollo empresarial, y en la estrategia de bancarización y acceso al crédito prevista en la banca capital, en el marco de su competencia.

Ver los Acuerdos Distritales 137 de 2004 y 245 de 2006; Ver el art. 12, Decreto Distrital 470 de 2007, Ver la Ley 1306 de 2009

ARTÍCULO 2º. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

HIPÓLITO MORENO GUTIÉRREZ

MARTHA LUCÍA CIPAGAUTA CORREA

Presidente

Secretaría General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

23 de diciembre de 2008