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RESOLUCIÓN 384 DE 2008 (Diciembre 30) Derogada por el artículo 5, Resolución Sec. General 464 de 2009 "Por la cual se establecen las tarifas para la publicación de los actos administrativos a costa de particulares, extractos de los contratos, suscripción y venta del Registro Distrital, para la vigencia comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2009" EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL en ejercicio de sus facultades legales, en especial la conferida por el literal j) del artículo 8° del Decreto Distrital 267 de 2007, el artículo 5° de la Resolución 376 de 2007, y, CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley 242 de 1995, establece que el Gobierno Nacional así como las Administraciones Departamentales, Distritales y Municipales, al expedir normas que dispongan la actualización de valores sujetos a su determinación por disposición legal, tendrán en cuenta la meta de inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores.Que el artículo 5° de la Resolución 376 de 2007 expedida por el Secretario General dispuso que las tarifas para publicación de actos administrativos a costa de particulares, extractos de contratos, suscripción y venta del Registro Distrital, se incrementarán automáticamente mediante resolución con efectividad a partir del primero de enero de cada año correspondiente, de acuerdo a la meta de inflación esperada, establecida por la Junta Directiva del Banco de la República. Que en consecuencia, se hace necesario establecer las tarifas para la publicación de los actos administrativos a costa de particulares, extractos de los contratos, suscripción y venta del Registro Distrital, para la vigencia comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2009. Que se tendrá en cuenta para el incremento respectivo, lo establecido por la Junta Directiva del Banco de la República, en sesión del 21 de noviembre de 2008, señalando que la meta de inflación para el año 2009, estará entre el 4.5% y 5.5%, fijando el 5% como meta puntual para efectos legales. Que en virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Establecer las siguientes tarifas para la publicación de los contratos en el Registro Distrital, así:
PARÁGRAFO 1° . El costo de la publicación de adiciones al valor de los contratos, se determinará conforme a la cuantía de dicha ampliación contractual. Cuando se efectúen modificaciones, prórrogas y aclaraciones se aplicará la tarifa para cuantía indeterminada.PARÁGRAFO 2°. Cuando según la ley, se requieran publicar actos administrativos a costa de los particulares, se aplicará la tarifa para cuantía indeterminada. PARÁGRAFO 3°. Cuando se trate de contratos de comodato, se aplicará la tarifa para cuantía indeterminada. ARTÍCULO SEGUNDO: Exceptúanse del sistema de tarifación anterior, los siguientes contratos, para los cuales el valor de la publicación se determinará así:
ARTÍCULO TERCERO : Fijar las siguientes tarifas para las suscripciones y venta de ejemplares correspondientes al Registro Distrital:
ARTÍCULO CUARTO: Los valores correspondientes a las tarifas señaladas en los artículos anteriores, serán cancelados en los sitios de pago dispuestos por la Tesorería Distrital, de conformidad con las normas vigentes.ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir del 1º de enero del año 2009, hasta el 31 de diciembre de 2009, y deroga la Resolución 383 de 2007. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D. C., a los treinta días del mes de diciembre del año 2008 YURI CHILLÁN REYES Secretario General |