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Acuerdo 44 de 1968 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--//1968
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 44 DE 1968

ACUERDO 44 DE 1968

(septiembre 5)

por el cual se estimula una obra cultural

El Consejo del Distrito Especial de Bogotá,

ACUERDA:

Artículo 1º.- Destinase la partida de trescientos mil pesos moneda corriente ($300.000.oo) para la Fundación Casa de la Cultura, con destino a la compra de una sede y su recondicionamiento para representaciones teatrales, conferencias, exposiciones y otras actividades del mismo género. El inmueble estará ubicado en el sector de la Candelaria de esta ciudad y compra deberá ser previamente aprobada por el Departamento Administrativo de Planificación.

Artículo 2º.- La Fundación Casa de la Cultura quedará obligada a hacer en su sede, anualmente, en forma gratuita y a la orden del señor Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá, 12 representantes teatrales. El gobierno distrital adoptará las medidas necesarias para que estas tengan carácter popular y produzcan una saludable difusión del buen teatro. Esta obligación se extenderá hasta el 31 de diciembre de 1977.

Artículo 3º.- Autorízase al señor Alcalde Mayor para ordenar, dentro de la presente vigencia fiscal, los traslados presupuestales que sean necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones de este Acuerdo.

Artículo 4º.- La inversión de este aporte estará vigilada por la Contraloría del Distrito Especial de Bogotá..

Artículo 5º.- El presente Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Publíquese y cúmplase.

Dado en el Distrito Especial de Bogotá, D.E., a 5 de septiembre de 1968.

El Alcalde Mayor, VIRGILIO BARCO. El Secretario de Hacienda, JULIO CÉSAR SÁNCHEZ.