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Circular 44 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/10/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 044 DE 2009

(Octubre 05)

Sin efectos por el art. 16, Resolución 233 de 2018, Secretaría General.

Para:

SECRETARIOS Y SECRETARIAS DE DESPACHO, DIRECTORES Y DIRECTORAS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES Y GERENTAS DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES Y GERENTAS, PRESIDENTES Y PRESIDENTAS Y DIRECTORES Y DIRECTORAS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO CAPITAL, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL ORDEN DISTRITAL, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, ALCALDES Y ALCALDESAS LOCALES, RECTOR (A) DE LA UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS.

De:

SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

Asunto:

ESTRATEGIA DE APOYO PARA EL BUEN FUNCIONAMIENTO DE LA COORDINACIÓN SECTORIAL E INTERSECTORIAL DE LAS ENTIDADES DISTRITALES.

Ver los arts. 37 y 38 del Acuerdo Distrital 257 de 2006,  Ver el art. 6, Decreto Distrital 505 de 2007,  Ver los Decretos Distritales 546 de 2007, 291 de 2008 y 029 de 2009

Como es de su conocimiento, el Plan de Desarrollo Bogotá Positiva 2008-2012 señaló que con el fin de ejecutar de manera integral, armónica y articulada los objetivos trazados por la Administración distrital, se haría uso de los Comités Sectoriales y de las Comisiones Intersectoriales.

Que los Comités Sectoriales son escenarios privilegiados de la articulación necesaria para la formulación de las políticas y las estrategias de los distintos sectores, y para la realización del seguimiento a la ejecución de las mismas.

Igualmente, las Comisiones Intersectoriales son instancias de coordinación de la gestión distrital y de orientación para la adecuada ejecución de las funciones y la prestación de los servicios que comprometan a entidades que pertenezcan a distintos sectores administrativos.

En el marco del Acuerdo 257 de 2006, "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones", las entidades distritales adquirieron dos roles fundamentales: Miembros de Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo y Miembros de Comisiones Intersectoriales.

En tal sentido, como miembros de los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo, las Secretarías cabeza de sector deben asumir el liderazgo de la formulación y seguimiento de la política sectorial, y las entidades adscritas y vinculadas, por su parte, su posición de copartícipes en la formulación y seguimiento de las mismas.

Como miembros de las Comisiones lntersectoriales, cada entidad tiene a su cargo coadyuvar en la orientación de la ejecución de funciones y la prestación de servicios que comprometen a organismos y entidades que pertenecen a diferentes sectores administrativos de coordinación.

El Decreto 546 de 2007 reglamentó esta instancia de coordinación creando 14 Comisiones Intersectoriales estableciendo, su objeto, funciones y composición; los Decretos 291 de 2008 y 029 de 2009 crearon dos comisiones más de manera posterior. En este contexto, cada entidad debe tener claridad sobre las Comisiones Intersectoriales de las cuales forma parte para asumir su rol en tal escenario.

Por lo anterior, se considera pertinente que las entidades distritales diseñen y ejecuten una propuesta estratégica para garantizar su efectiva participación en los Comités Sectoriales de Desarrollo Administrativo respectivos y en las Comisiones Intersectoriales que integra, a la mayor brevedad posible.

La estrategia podrá consistir en institucionalizar en cada entidad un equipo de Apoyo Técnico a la Coordinación Sectorial e Intersectorial que facilite la adecuada participación de esa entidad en ambas instancias de coordinación, con el fin de garantizar su consolidación como miembro de las mismas. El equipo deberá estar integrado por servidores/as de la respectiva entidad e involucrar personal de sus áreas misionales. El equipo tendría como objetivos específicos:

a). En cuanto al Comité Sectorial:

* La construcción de la agenda técnica que el Secretario cabeza de sector, director o gerente de entidad, debe proponer para cada una de las sesiones del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo respectivo.

* La consolidación de la información y documentación técnica de las propuestas que se van a presentar para análisis y discusión en la respectiva sesión.

* La proposición de mecanismos para el seguimiento y evaluación de la ejecución de las políticas formuladas al interior del Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo.

b). En cuanto a las Comisiones Intersectoriales:

* La construcción de la matriz de funciones específicas de las Comisiones lntersectoriales que integra, para dimensionar la tarea de articulación y coordinación a cumplir en cada una de ellas.

* La socialización de la tarea de articulación y coordinación a desarrollar por parte de cada entidad, con el directivo designado como miembro de cada una de las Comisiones Intersectoriales.

* El seguimiento del cumplimiento de los compromisos de cada entidad resultantes de las reuniones.

La composición y las funciones del equipo de Apoyo Técnico a la Coordinación Sectorial e Intersectorial en cada entidad, serán definidas en el contexto antes descrito.

La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., como líder y coordinadora de la implementación del Sistema de Coordinación Distrital, estará atenta a impartir las orientaciones que se requieran a través de la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional.

Cordialmente,

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General