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ACUERDO 408 DE 2009 (Noviembre 26) "Por medio del cual se ordena realizar programas de atención y asesoría psicosocial, profiláctica, nutricional, médica y jurídica a las menores de edad en estado de embarazo" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C. En uso de las atribuciones que le confiere la Constitución Política y en especial lo establecido en el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 A C U E R D A: ARTÍCULO PRIMERO .- La Administración Distrital realizará programas de amplia cobertura, que tengan por objeto la atención y asesoría psicosocial, profiláctica, nutricional, médica y jurídica, a las menores de edad en estado de embarazo y al padre del bebé, compañero o acompañante de la futura madre, desde el primer trimestre de gestación, hasta el primer año después del parto.PARÁGRAFO: Recibirán la atención y asesoría, las menores de edad de los niveles 0, 1 y 2 del SISBEN. ARTÍCULO SEGUNDO.- La ejecución del presente Acuerdo será coordinada por la Secretaría Distrital de Salud y en ella participarán la Secretaría Distrital de Integración Social, la Secretaría Distrital de Educación y las Empresas Sociales del Estado del orden Distrital. ARTÍCULO TERCERO.- En el marco del aseguramiento en salud, las entidades públicas Distritales involucradas según sus competencias, ejercerán vigilancia sobre las acciones de promoción de la salud sexual y reproductiva, la calidad de vida y la prevención de riesgos de las menores de edad en estado de embarazo. ARTÍCULO CUARTO.- La Secretaría Distrital de Salud, presentará un informe al Concejo Distrital en el mes de febrero de cada año, sobre la aplicación del presente Acuerdo y la efectividad de los programas de que trata. ARTÍCULO QUINTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
SAMUEL MORENO ROJAS Alcalde Mayor de Bogotá, D. C. Noviembre 26 de 2009 |