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2214200 Bogotá D.C., Concepto 051 de 2009 Marzo 17 de 2009 Doctor GUILLERMO ESCOBAR CASTRO Director Dirección de Prevención y Atención de Emergencias - DPAE Ciudad Radicación 2-2009-10646 Asunto: Solicitud de ajuste al área 6 función 6.3 del Plan de Emergencias de Bogotá. Rad. 1-2009-15234 Ver el Decreto Distrital 423 de 2006 , Ver la Resolución de la Sec. de Gobierno -DPAE- 04 de 2009 Respetado doctor Escobar: Atendiendo a la sugerencia realizada el día 13 de marzo de 2009 en la reunión programada en la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias, referente a la elaboración de los Planes Institucionales de Emergencias, me permito hacer la siguiente observación frente al Plan de Emergencias de Bogotá: ÁREA 6 GOBERNABILIDAD ASUNTOS JURÍDICOS Y JUDICIALES EN UNA EMERGENCIA ENTIDADES DEL SDPAE
El literal b) del artículo 52 del Acuerdo 257 de 2006 señala que la Secretaría Distrital de Gobierno tendrá la función básica de liderar, orientar y coordinar la formulación de políticas, planes y programas de prevención y atención de emergencias, lo cual se reitera en el literal b) del artículo 2° del Decreto Distrital 539 de 2006, que estableció las funciones de la Secretaría Distrital de Gobierno. Para evitar la duplicidad de funciones entre la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría General en los asuntos jurídicos y judiciales, se presenta el siguiente protocolo: FUNCIÓN 6.3
En consecuencia, en caso de emergencia el procedimiento sería el siguiente:
Cordialmente,
C. Información: Doctora Clara Eugenia López Obregón. Secretaría Distrital de Gobierno Proyectó: Elvira Liliana Hernández Libreros Revisó: Amparo del Pilar León Salcedo Aprobó: Martha Yaneth Veleño Quintero |