RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Concepto 43 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/07/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

MEMORANDO

Código Dependencia

2214200

Para

Dr. OMAR APONTE ARÉVALO

Asesor de Comunicaciones

De

DIRECTORA JURÍDICA DISTRITAL

SUBDIRECTOR DE CONCEPTOS (E)

Asunto

Propuesta presentada por la sociedad Bigfoot "Marcas en Acción" para realizar el Proyecto Urban Race.

No. de radicación

3-2009-7987

3-2009-23416 (23/07/09)

Trámite

Remisión concepto jurídico

Actividad

Revisión de legalidad

Esta Dirección recibió el documento del asunto, respecto del cual solicita emitir un concepto acerca de la viabilidad de la propuesta presentada por la Sociedad "Bigfoot" y la forma en que podría participar en la misma el Distrito Capital.

Una vez revisadas la propuesta y la normatividad relacionada con el tema de interés se encuentra lo siguiente:

1. El objeto del proyecto es la realización de una carrera de eliminación progresiva donde participarán diferentes colegios de la Capital, y de esta forma generar en los estudiantes una cultura de pertenencia a la ciudad, el reconocimiento de algunos lugares de interés y la toma de conciencia sobre la importancia del seguimiento de las señales y normas cívicas.

2. Los compromisos que se espera adquiera la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de sus entidades, corresponden a actividades que apoyen el desarrollo de la carrera de eliminación, tales como: utilización de espacios públicos; negociación con los museos y Transmilenio; apoyo de la Policía y de la Secretaría de Movilidad y la generación de confianza con las directivas de los colegios.

3. Acorde con lo dispuesto por la Ley 489 de 1998 y el Decreto 777 de 1992, para el desarrollo de este tipo de proyectos, la Administración cuenta con instrumentos tales como la suscripción de Convenios Interadministrativos o de Asociación.

4. En el caso de los Convenios Interadministrativos, las partes que intervienen son entidades públicas, que se unen con el fin de cooperar en el cumplimiento de funciones administrativas o de prestar conjuntamente los servicios que se hallen a su cargo. En los Convenios de Asociación, concurren una entidad estatal y una entidad privada, sin ánimo de lucro y reconocida idoneidad, que aúnan esfuerzos para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones asignadas a la entidad pública.

5. De acuerdo con la documentación allegada con la propuesta, "Bigfoot" es una sociedad comercial, de responsabilidad limitada, que supone la existencia de ánimo de lucro.

De acuerdo con lo expuesto, si bien la propuesta presentada por la empresa "Bigfoot Marcas en Acción" resulta muy interesante, dado el aporte que significaría en el desarrollo de actividades relacionadas con las funciones del Distrito Capital, se considera que la misma no es viable, toda vez que los instrumentos legales con los que cuenta la Administración Distrital para el desarrollo de este tipo de proyectos, se encuentran plenamente delimitados por la ley, específicamente las condiciones de las partes que intervienen en los mismos.

Así las cosas, considerando que para la suscripción de Convenios Interadministrativos o de Asociación se requiere que las partes que intervengan sean públicas, en el primer caso, o particulares sin ánimo de lucro en asociación con aquellas, en el segundo caso, resulta claro que "Bigfoot" no reúne tales condiciones y por tanto no podrán suscribirse convenios para desarrollar la propuesta presentada.

No obstante lo anterior, se sugiere evaluar la causal de contratación directa contemplada en el literal g), numeral 4, del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, que permite la contratación mediante esa modalidad de selección "cuando no exista pluralidad de oferentes en el mercado". Para el efecto, copia de este memorando será remitido a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para que en su calidad de cabeza del sector y de acuerdo con sus funciones misionales, evalúe la posibilidad anterior.

Asimismo, se sugiere que la empresa "Bigfoot", se dirija directamente a cada una de las entidades relacionadas con las actividades en las que se espera la colaboración del Distrito Capital, y solicite los permisos o actividades que estime necesarios para el desarrollo de la carrera de eliminación.

En estos términos dejamos expuestas las consideraciones relacionadas con el tema consultado.

Cordialmente,

MARTHA YANETH VELEÑO QUINTERO

CAMILO JOSÉ ORREGO MORALES

Directora Jurídica Distrital

Subdirector de Conceptos (E)

c.c.

Doctora Catalina Ramírez Vallejo- Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte – Carrera 8 Nº 9-83.

Proyectó: Rosmira Gómez

Revisó: Camilo José Orrego Morales

Aprobó: Martha Yaneth Veleño Quintero