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Resolución 464 de 2009 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/12/2009
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4341 de diciembre 17 de 2009
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 464 DE 2009

(Diciembre 16)

Derogada por la Resolución de la Sec. General 450 de 2010

"Por la cual se establecen las tarifas para la publicación de los actos administrativos a costa de particulares y extractos de los contratos, así como de la suscripción y venta del Registro Distrital, para la vigencia comprendida entre e11° de enero y el 31 de diciembre de 2010"

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el literal j.) del artículo 8° del Decreto 267 de 2007 y el artículo 5° de la Resolución 376 de 2007, y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° de la Ley 242 de 1995, establece que "El Gobierno Nacional, así como las Administraciones Departamentales, Distritales y Municipales, al expedir normas que dispongan la actualización de valores sujetos a su determinación por disposición legal, tendrán en cuenta la meta de inflación como estimativo del comportamiento de los precios del año en que se aplican dichos valores".

Que el artículo 5° de la Resolución 376 de 2007 expedida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital, determinó "que las tarifas para publicación de actos administrativos a costa de particulares, extractos de contratos, suscripción y venta del Registro Distrital, se incrementarán automáticamente mediante resolución con efectividad a partir del primero de enero de cada año correspondiente, de acuerdo a la meta de inflación esperada, establecida por la Junta Directiva del Banco de la República".

Que en consecuencia, se hace necesario establecer las tarifas para la publicación de los actos administrativos a costa de particulares y extractos de los contratos, así como de la suscripción y venta del Registro Distrital, para la vigencia comprendida entre el 10 de enero y el 31 de diciembre de 2010.

Que para el incremento respectivo se tiene en cuenta lo establecido por la Junta Directiva del Banco de la República, en sesión del 23 de octubre de 2009, en la cual se señaló que la meta de inflación para el año 2010 estará entre el 2.0% y 4.0%, fijando el 3% como meta puntual para los efectos legales.

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1°. Establecer las siguientes tarifas para la publicación de los contratos en el Registro Distrital, así:

DESDE

HASTA

COSTO PUBLICACIÓN

Cuantía indeterminada

 

$ 27.700

1

1.000.000

30.100

1.000.001

1.400.000

51.000

1.400.001

1.800.000

72.300

1.800.001

2.200.000

102.500

2.200.001

2.600.000

135.100

2.600.001

3.000.000

163.500

3.000.001

4.000.000

172.100

4.000.001

5.000.000

191.300

5.000.001

7.000.000

208.000

7.000.001

9.000.000

238.700

9.000.001

11.000.000

255.000

11.000.001

14.000.000

278.500

14.000.001

17.000.000

300.000

17.000.001

20.000.000

330.700

20.000.001

25.000.000

358.600

25.000.001

30.000.000

406.600

30.000.001

35.000.000

443.300

35.000.001

40.000.000

471.900

40.000.001

50.000.000

535.800

50.000.001

60.000.000

565.200

60.000.001

70.000.000

659.700

70.000.001

90.000.000

727.000

90.000.001

110.000.000

791.700

110.000.001

140.000.000

909.100

140.000.001

170.000.000

1.009.600

170.000.001

220.000.000

1.278.200

220.000.001

300.000.000

1.550.400

300.000.001

500.000.000

1.855.300

500.000.001

1.000.000.000

2.602.800

1.000.000.001

En adelante

3.495.000

Parágrafo 1°. El costo de la publicación de adiciones al valor de los contratos, se determinará conforme a la cuantía de dicha ampliación contractual. Cuando se efectúen modificaciones, prórrogas y aclaraciones se aplicará la tarifa para cuantía indeterminada.

Parágrafo 2°. Cuando según la ley, se requiera publicar actos administrativos a costa de los particulares, se aplicará la tarifa para cuantía indeterminada.

Parágrafo 3°. Cuando se trate de contratos de comodato, se aplicará la tarifa para cuantía indeterminada.

Artículo 2°. Exceptúense del sistema de tarifación anterior, los siguientes contratos, para los cuales el valor de la publicación se determinará así:

CLASE DE CONTRATO

COSTO PUBLICACIÓN

Fiducia

$ 265.200

Adicional de Fiducia 

73.300

Concesión 

3.507.500

Adicional de Concesión 

353.600

Empréstito o Asimilados 

285.800

Adicional de Empréstito 

33.900

Contratos y Convenios Interadministrativos

72.300

Adicional Interadministrativos

72.300

Artículo 3°. Para las suscripciones y venta de ejemplares correspondientes al Registro Distrital, se fijan las siguientes tarifas:

SUSCRIPCIÓN POR UN AÑO

COSTO SUSCRIPCIÓN

Retirándolo de la Imprenta Distrital

$ 635.500

Enviado por correo o medio disponible de la entidad

701.100

Precio de un ejemplar

5.600

Artículo 4°. Los valores correspondientes a las tarifas señaladas en los artículos anteriores, serán cancelados en los sitios de pago dispuestos por la Tesorería Distrital, de conformidad con las normas vigentes.

Artículo  5°. La presente Resolución rige a partir del 1° de enero y hasta el 31 de diciembre de 2010, y deroga la Resolución Número 384 de 2008.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 16 días de diciembre de 2009

YURI CHILLÁN REYES

Secretario General