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Decreto 1111 de 2000 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/12/2000
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/12/2000
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2299 del 26 de diciembre de 2000
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM11112000

DECRETO 1111 DE 2000

(28 de diciembre)

"Por el cual se establece una excepción al horario de funcionamiento de

establecimientos comerciales y/o abierto al público donde se expendan o

consuman bebidas alcohólicas."

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

En uso de sus atribuciones legales, y en particular las que le confiere el articulo 35

del Decreto 1421 de 1993 y el artículo 111 del Código Nacional de Policía,

DECRETA:

Artículo 1o.- El horario de funcionamiento de establecimientos comerciales o abiertos al público donde se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas el día 31 de diciembre de 2000 será desde las seis de la mañana (06:00 a.m.) y hasta las tres de la mañana (03-.00 a.m.) del 10 de enero de 2001.

Artículo 2o.- El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición y solo en la fecha señalada en el artículo anterior.Ver Decreto Distrital No. 929 de 2000

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Bogotá, D.C. a los 28 días de diciembre de 2000.

El Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO y el Secretario de Gobierno JAIME BUENAHORA FEBRES CORDERO.

Nota: Este Decreto se publicó en el Registro Distrital No. 2299 de fecha 28 de diciembre de dos mil (2000).