Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 439 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/06/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/06/2010
Medio de Publicación:
Registro Distrital 4451 de junio 25 de 2010
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 439 DE 2010

(Junio 24)

Por medio del cual se crea la estrategia conoce la naturaleza, cuida tu ambiente y se establece un etiquetado educativo para la identificación de los árboles de los parques de escala metropolitana del Distrito Capital

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numerales 1°. y 7°.

Ver Proyectos de Acuerdo 027 y 080 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C. Ver el Decreto Distrital 531 de 2010Ver Resolución 6971 de 2011. Secretaría Distrital de Ambiente.

ACUERDA:

Artículo 1. Créese la estrategia Conoce la Naturaleza, Cuida tu Ambiente, con el propósito de estimular en los habitantes del Distrito Capital el amor por la naturaleza, el conocimiento de la botánica y el cuidado del ambiente.

Parágrafo. La Secretaría Distrital de Ambiente promoverá actividades y campañas pedagógicas de divulgación y fomento que desarrollen el propósito del presente artículo.

Artículo 2. En el marco de la estrategia de que trata el presente Acuerdo, la Secretaria Distrital de Ambiente diseñará y adelantará un etiquetado educativo para la identificación del arbolado ubicado en parques distritales de escala metropolitana de Bogotá, mediante placas colocadas en postes livianos de baja altura junto a cada espécimen, uno por cada especie en los parques seleccionados, que contengan como mínimo, la siguiente información: Nombre común, nombre científico, familia, origen, usos y años de siembra.

Parágrafo. El etiquetado se ejecutará de manera progresiva, de conformidad con las condiciones fácticas, jurídicas y financieras con que cuente la Secretaría Distrital de Ambiente, en los parques que dentro de un esquema de intervención defina cada año esta Secretaría.

Artículo 3. La ejecución de lo establecido en el presente Acuerdo, se adelantará con los recursos legalmente disponibles para tal efecto en cada vigencia.

Artículo 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

CELIO NIEVES HERRERA

GLADYS GARCÍA HURTADO

Presidente

Secretaría General

SAMUEL MORENO ROJAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D. C.

Junio 24 de 2010