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Concepto 130011 de 2010 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
22/09/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

322-

S-2010-130011

Bogotá D. C, septiembre 22 de 2010

Doctor

PABLO ANDRÉS CONVERS HILARIÓN

Investigador PAIIS

Universidad de los Andes

Facultad de derecho

Consultorio Jurídico

Calle 19 Nº 1 - 46

Ciudad

Asunto: Derecho de Petición

Referencia: E – 2010 - 175985

Cordial saludo,

La Secretaria de educación Distrital - SED adelanta un programa de inclusión escolar de niños, niñas y jóvenes con discapacidad y talentos excepcionales; programa que ha logrado incorporar en los colegios, como parte integrante del sistema educativo, a más de 7.000 niños niñas y jóvenes en condición de discapacidad y talentos excepcionales.

Con relación a cada una de sus preguntas me permito informarle:

1. En este orden de ideas, dentro de esta consulta se les solicita que por favor me mencionen las acciones concretas que se han realizado para implementar la Política Pública Distrital de Discapacidad contemplada en el Decreto 470 de 2007 de la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL y como dicha política debe modificarse para tener en cuenta las obligaciones adquiridas por el Estado colombiano al suscribir la Convención de las naciones Unidad de los derechos de las personas con discapacidad.

En desarrollo de lo dispuesto en el articulo 24 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, en los artículos 46,47 y 49 de la Ley 115 de 1994, en el Decreto 2082 de 1996 y en la Política Pública de Discapacidad - Decreto 470 de 2007; la SED brinda atención a escolares con discapacidad y talentos excepcionales como parte integrante del servicio público educativo, mediante el fomento de programas y experiencias orientadas a la inclusión académica y social de estos. Así mismo la SED fundamentada en el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia consagra a la educación como uno de los derechos fundamentales de los niños y las niñas; de igual manera el articulo 67 ibídem, establece que la educación es un derecho de la persona y un servicio publico que cumple una función social y establece que el estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, obligatoria entre los cinco (5) y quince (15) años de edad y gratuita en las Instituciones del Estado.

En este marco la Secretaria de Educación Distrital - SED mediante una serie de estrategias de INCLUSION ESCOLAR busca acercar a la educación formal a un alto número de niños, niñas y jóvenes con discapacidad o excepcionalidad.

Todos los niños, niñas y jóvenes con discapacidad o excepcionalidad, de acuerdo a su condición y apoyos pueden acceder, permanecer y promocionarse en el sistema educativo con garantías de equidad, respeto a su individualidad y ritmo de aprendizaje; deben ser integrados al sistema educativo formal.

La SED cuenta con colegios con prácticas inclusivas para niños, niñas y jóvenes con:

  • · Retardo mental leve, síndrome de Down y autismo.

  • · Ceguera y baja visión diagnosticada.

  • · Sordera e Hipoacusia diagnosticada.

  • · Lesión neuromuscular.

  • · Multidéficit

  • · Talentos y excepcionales.

A. Para escolares con retardo mental leve, síndrome de Down y autismo contamos con dos modalidades:

ATENCION EDUCATIVA EN EL AULA REGULAR: Es una modalidad de integración al aula regular de escolares que por su situación pueden estar integrados con escolares regulares. Allí se realizan Proyectos Educativos Personalizados (PEP) y adaptaciones curriculares que permiten su evaluación y promoción y en el último ciclo se propone la diversificación curricular en talleres para la promoción en educación formal.

EL PROGRAMA DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR es una estrategia pedagógica nueva en el contexto de las necesidades educativas especiales para estudiantes con discapacidad cognitiva leve, busca mejorar los niveles de aprendizaje de esta población y asegurar su permanencia en la escuela regular evitando la alta deserción escolar y la mortalidad académica.

ATENCION EDUCATIVA EN CONTEXTOS EXCLUSIVOS: Es una modalidad dentro del colegio en la que existen aulas de atención exclusiva para escolares con Discapacidad Cognitiva; que por el tipo de habilidades y destrezas que poseen requieren apoyos especializados y equipos pedagógicos interdisciplinarios.

B. Para escolares Ciegos y de baja visión (diagnosticada)

ATENCION EDUCATIVA EN EL AULA REGULAR: Es una modalidad de integración al aula regular de escolares que por su situación pueden estar integrados con escolares regulares. Cuentan con el apoyo tiflológico necesario para ser integrados.

C. Para escolares Sordos e Hipoacusia (diagnosticada)

INTEGRACIÓN EDUCATIVA bajo tres modalidades determinadas por sus características lingüísticas y culturales:

AULA PARA SORDOS: permite el acceso a los escolares sordos a la educación en los niveles de preescolar y básica primaria. Los escolares asisten a un espacio exclusivo dentro del colegio al que se denomina "Aula para Sordos". Donde se encuentra una maestra de primaria y un sordo adulto que se desempeña como modelo lingüístico.

INTEGRACIÓN CON INTÉRPRETE: para los estudiantes sordos usuarios de Lengua de Señas Colombiana les permite continuar el curso de la educación formal luego de haber culminado el ciclo de básica primaría. En esta propuesta los estudiantes comparten el aula con escolares oyentes, excepto el área de castellano como segunda lengua. Para ello cuentan con las maestras y maestros de área y de manera permanente un intérprete.

ATENCION EDUCATIVA EN EL AULA REGULAR: Es una modalidad de integración al aula regular de escolares con Hipoacusia que pueden estar integrados con escolares regulares. Para el proceso de integración el colegio cuenta con el apoyo de una Maestra de apoyo especializado.

D. Escolares con lesión neuromuscular

ATENCION EDUCATIVA EN EL AULA REGULAR: Es una modalidad de integración al aula regular de escolares que por su situación pueden estar integrados con escolares regulares. Para el proceso de integración el colegio cuenta con el apoyo de una Maestra de apoyo especializado.

E. Talentos y excepcionales

ATENCION EDUCATIVA EN EL AULA REGULAR: Es una modalidad de integración al aula regular de escolares, donde se han dispuesto apoyos para la identificación y promoción de los talentos, la implementación de proyectos individuales de profundización y acciones extracurriculares.

DISCAPACIDAD / NEE

MODALIDAD PEDAGOGICA

Discapacidad cognitiva leve,

Síndrome de Down y autismo

1. Integración al aula regular

2. Atención en aula exclusiva

3. Diversificación curricular

Auditiva

1. Aulas para sordos (B primaria)

2. Integración con Interprete ( B secundaria y media)

Visual

1. Integración a aula regular

Lesión neuromuscular y otros

1. Integración a aula regular

Multideficit – Sordo ceguera

1. Inclusión Alternativa

Talentos y excepecionales

1. Integración al aula regular / Centros lúdicos y PACE

Desde este marco y como parte del Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en Condiciones de Discapacidad en el Distrito Capital, la SED concentra sus acciones especialmente al logro del propósito de la dimensión de la Política Pública de Discapacidad: Desarrollo de capacidades y oportunidades definida en el articulo 11 del Decreto 470. Sobre el derecho a la educación.

Dimensión cuyo propósito es la Equiparación de oportunidades para la inclusión, acceso y bienestar integral de todos y todas las personas con discapacidad durante toda la vida en condiciones de dignidad.

La formulación de la Política Pública de Discapacidad toma como parte integrante y complementaria la formulación de la dimensión Capacidades / Habilidades, por ser una política enmarcada desde el enfoque de derechos humanos, esta dimensión se expresa en aquellos derechos que garantizan el desarrollo humano y la dignidad.

Tiene que ver ejes estratégicos como:

  • Calidad de Vida con tres dimensiones: física, social y emocional.

  • Educación para toda la vida: formal y no formal,

  • Salud

De esta manera y teniendo en cuenta los principios de las escuelas inclusivas la SED sustenta su proceso de integración bajos los objetivos de calidad planteados en plan sectorial especialmente en el de "Contribuir al desarrollo de una educación de calidad en la cual niños, niñas y jóvenes aprendan más y mejor, mediante la transformación pedagógica de la escuela y la renovación de los planes de estudio, las prácticas, los métodos de enseñanza, y el uso adecuado del espacio y el tiempo escolar" ; así mismo el de "Construir relaciones equitativas de género, étnicas e intergeneracionales que disminuyan todas las formas de discriminación contra las personas con necesidades educativas especiales".

2. También se busca establecer en que medida el decreto 366 de 2009 ha modificado la política educativa del Distrito con respecto a la oferta de una educación inclusiva con los ajustes razonables que ella con lleva.

La política de inclusión educativa para personas con discapacidad no sólo está consagrada en el reciente Decreto 366 de 2009, esta en la Ley 115 de 1994, y expresamente contemplada en la Ley 361 de 1997 "Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones", en los artículos 10, 11, 12 y 13, se consagra la garantía del acceso a la educación (art. 10), la prohibición a ser discriminado por razones de la limitación (art. 11).

En concordancia con el Decreto 366 del 9 de febrero de 2009 del Ministerio de Educación Nacional - MEN - "Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación inclusiva"; se constituye en una herramienta mas para avanzar en una política educativa inclusiva. De esta manera según su Art. 9; la SED ha venido organizando su oferta y cuanta con los equipos de apoyo contemplados en dicho decreto.

ARTÍCULO 9o. ORGANIZACIÓN DE LA OFERTA. La entidad territorial certificada organizará la oferta de acuerdo con la condición de discapacidad o de capacidad o talento excepcional que requiera servicio educativo y asignará el personal de apoyo pedagógico a los establecimientos educativos de acuerdo a la condición que presenten los estudiantes matriculados. Para ello, la entidad territorial certificada definirá el perfil requerido y el número de personas teniendo en cuenta los siguientes parámetros:

1. Por lo menos una (1) persona de apoyo pedagógico por establecimiento educativo que reporte matrícula de mínimo diez (10) y hasta cincuenta (50) estudiantes con discapacidad cognitiva (Síndrome Down u otras condiciones que generen discapacidad intelectual) con Síndrome de Asperger, autismo, discapacidad motora o con capacidades o con talentos excepcionales.

2. Un (1) modelo lingüístico y cultural por establecimiento educativo que reporte matrícula de mínimo diez (10) y hasta veinticinco (25) estudiantes sordos usuarios de la lengua de señas colombiana, en preescolar, básica y media.

3. Un (1) intérprete de lengua de señas colombiana en cada grado que reporte matrícula de mínimo diez (10) estudiantes sordos usuarios de la lengua de señas en los niveles de básica secundaria y media.

4. Cuando la matrícula de estudiantes con discapacidad o con capacidades o con talentos excepcionales por institución sea menor de diez (10), la entidad territorial certificada asignará por lo menos una (1) persona de apoyo pedagógico itinerante para aquellos establecimientos educativos ubicados en zonas urbanas y rurales de dicho municipio. En este caso, la secretaría de educación de la entidad territorial certificada podrá además de flexibilizar el parámetro de acuerdo con las condiciones de cada contexto, desarrollar programas en convenio intermunicipal, ofrecer formación sobre educación inclusiva a los docentes de grado y de área y vincular a las instituciones de educación superior y a las familias, entre otros.

5. Una (1) persona de apoyo pedagógico por cada estudiante con sordoceguera.

PARÁGRAFO 1o. Exclusivamente en el caso de población con discapacidad cognitiva (Síndrome Down y otras condiciones que generen discapacidad intelectual, Síndrome de Asperger y autismo), el porcentaje máximo de estudiantes incluidos en los grupos no deberá ser superior al diez por ciento (10%) del total de estudiantes de cada grupo.

PARÁGRAFO 2o. Para el caso de los estudiantes con discapacidad sensorial o con discapacidad motora, el porcentaje de estudiantes incluidos en los grupos no deberá ser superior al 20% del total de matriculados en cada grupo.

Situación que adicionalmente se ve reflejada en la inversión dispuesta para atender la población con discapacidad en el sistema educativo, la cual se calcula teniendo en cuenta los proyectos de inversión que tiene la SED y el costo promedio de referencia estimado por niño, niña o joven atendido, que para la vigencia 2008 es de $$1.528.964, para la vigencia 2009 es de $1.574.740 y para la vigencia 2010 es de $1.637.735. Estos costos de referencia surgen de la proyección de un estudio de Canasta Educativa para el Distrito que se realizó en el año 2004, actualmente la SED está adelantando nuevamente este estudio, incorporando nuevas variables.

Este costo o canasta básica consta de los siguientes componentes:

· Componente 1. Recurso humano: En el recurso humano se considera el personal básico que requiere una institución para ofrecer el servicio educativo con calidad. Docentes, Directivos Docentes, docentes de apoyo y personal administrativo.

· Componente 2. Planta y recursos físicos (plantel): Se refiere a los terrenos y construcciones disponibles para la prestación del servicio educativo en términos de áreas, dotación básica de las plantas (mobiliario) y los servicios públicos y mantenimiento de la planta física.

· Componente 3. Alumno: Comprende material didáctico, textos escolares, proyectos pedagógicos especiales, seguros de accidentes, costos complementarios.

· Componente 4. Administración y gestión del servicio (nivel central): Son todos los gastos de funcionamiento y operación en que incurre la Secretaría de Educación para garantizar el funcionamiento eficiente del servicio educativo.

En el caso de población con discapacidad se le debe adicionar la inversión directa de los proyectos 260. Inclusión y 4232.Talento humano

Adicionalmente la SED esta evaluando la posibilidad de realizar un decreto reglamentario que respalde su política educativa al respecto apoyándose no solo en el del decreto 366 si no en el Decreto 2082 de 1996, la resolución 2665 de 2003 y otras disposiciones.

3. Sin embargo, no son claros los alcances de dicho decreto en varios aspectos que a continuación se exponen en preguntas concretas, así como tampoco se encuentra explicita la respuesta de ustedes como Secretaria de Educación Distrital frente a las obligaciones que establece dicho Decreto, entendido esto como el grado en que el distrito las esta cumpliendo y que acciones especificas que se estén llevando a cabo para lograr este cometido.

Con relación a esta pregunta me permito informarle que la SED es en Colombia una de las entidades pioneras en este aspecto; desde la implementación del plan gradual contemplado en el Decreto 2082/96 hasta hoy, y que no solo cumple con sus obligaciones si no que invierte recursos adicionales para hacer de la política de inclusión educativa un derecho. En este marco de Inclusión la Secretaria de Educación Distrital fortalece su política con estrategias que hacen de la escuela un lugar para todos y todas tales como: Gratuidad, alimentación, subsidios de transporte, subsidios de permanencia escolar, mejores colegios, equipos de apoyos, modelos pedagógicos y morrales de sueños; que propician que el derecho a la educación sea real.

Me permito reiterarle que la Secretaría de Educación Distrital – SED brinda atención a escolares con discapacidad y talentos excepcionales como parte integrante del servicio público educativo; apoya la construcción, implementación y acompañamiento en el desarrollo de Modelos de atención ajustados y pertinentes a las Necesidades Educativas Especiales de escolares con discapacidad y talentos excepcionales en colegios distritales con una política institucional donde aporta: formación a docentes, investigación, innovación pedagógica, asignación de recurso humano especializado, acceso a la información, tecnología y dotaciones especializadas.

Como parte integrante de la atención educativa, ofrece a más de 7.000 niños niñas y jóvenes en condición de discapacidad y talentos excepcionales educación formal de calidad y pertinente que se constata en los planes de mejoramiento institucional que anualmente todos los colegios oficiales adelantan; planes de mejoramiento que incluyen para todos sus estudiantes herramientas para la vida, ajustes en sus currículos y proyectos institucionales que se requieran para garantizar el acceso y permanencia en el sistema educativo, así como la pertinencia, calidad, eficiencia y equidad de la educación en sus diferentes formas, niveles y modalidades.

4. ¿En que consisten las aulas de apoyo especializadas y las unidades de apoyo integral?

En concordancia al Decreto 2082/96 me permito informarle

ART. 14.--Las aulas de apoyo especializadas se conciben como un conjunto de servicios, estrategias y recursos que ofrecen las instituciones educativas para brindar los soportes indicados en el inciso 3º del artículo 2º de este decreto que permitan la atención integral de los educandos con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.

Para integrar el componente humano de dichas aulas, las instituciones educativas podrán conformar equipos colaborativos o semejantes, integrados por docentes, padres de familia y otros miembros de la comunidad educativa que contarán con la asesoría de organismos y profesionales competentes para atender las discapacidades o las excepcionalidades.

El Gobierno Nacional apoyará financieramente a las entidades territoriales para el establecimiento de las aulas de apoyo especializadas definidas en el plan gradual regulado en los artículos 12 y 13 de este decreto, directamente o a través del sistema de cofinanciación, de acuerdo con los procedimientos, mecanismos y condiciones definidos por la junta directiva del Fondo de Inversión Social, FIS.

ART. 15.--Las unidades de atención integral se conciben como un conjunto de programas y de servicios profesionales que de manera interdisciplinaria, ofrecen las entidades territoriales, para brindar a los establecimientos de educación formal y no formal, estatales y privados, apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos complementarios.

Estas unidades dispensarán primordial atención a las actividades de investigación, asesoría, fomento y divulgación, relativas a la prestación del servicio educativo, para la población con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.

Las secretarías de educación departamentales, distritales y municipales, organizarán el funcionamiento de estas unidades, atendiendo los criterios técnicos y de recursos humanos que para el efecto otorgue el Ministerio de Educación Nacional y lo dispuesto en el presente decreto.

En este sentido las aulas de apoyo son los colegios y en cuanto a las unidades de atención integral la SED desde el nivel central ha asumido las funciones de estas, sin embargo el MEN en sus siguientes disposiciones no las reglamenta.

La SED busca que la inclusión social y académica de niños, niñas y jóvenes con discapacidad y talentos excepciónales sea a nivel Distrital una política prioritaria, por tanto en todas las localidades existen colegios que integran niños, niñas y jóvenes con discapacidad y talentos excepcionales. Los modelos de atención pedagógica para escolares con discapacidad y talentos excepcionales son dados para todo el distrito, sin embargo 91 colegios cuentan con una propuesta más consolidada.

Localidad

Colegio

Inclusion – NEE

1

Usaquen

COLEGIO (IED) AGUSTIN FERNANDEZ

DISCAPACIDAD COGNITIVA

2

Usaquen

COLEGIO (IED) AQUILEO PARRA

CIEGOS Y BAJA VISION

3

Usaquen

COLEGIO (IED) NUEVO HORIZONTE

DISCAPACIDAD COGNITIVA

4

Usaquen

COLEGIO (IED) INSTITUTO TORCA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

5

Chapinero

COLEGIO (IED) SAN MARTIN DE PORRES

DISCAPACIDAD COGNITIVA

6

Chapinero

COLEGIO (IED) CAMPESTRE MONTE VERDE

DISCAPACIDAD COGNITIVA

7

Santa fe

COLEGIO (IED) JORGE SOTO DEL CORRAL

DISCAPACIDAD COGNITIVA

8

San Cristóbal

COLEGIO (IED) LOS ALPES

Lesión Neuromuscular, DISCAPACIDAD Cognitiva (R.M.)

9

San Cristóbal

COLEGIO (IED) LA VICTORIA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

10

San Cristóbal

COLEGIO (IED) FLORENTINO GONZALEZ

TALENTOS

11

San Cristóbal

COLEGIO (IED) ALEMANIA UNIFICADA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

12

San Cristóbal

COLEGIO (IED) MANUELITA SAENZ

DISCAPACIDAD Cognitiva

13

San Cristóbal

COLEGIO (IED) JOSE FELIX RESTREPO

CIEGOS Y BAJA VISION

14

San Cristóbal

COLEGIO (IED) RAFAEL NUÑEZ

DISCAPACIDAD COGNITIVA

15

Usme

COLEGIO (IED) VALLE DE CAFAM

DISCAPACIDAD COGNITIVA

16

Usme

COLEGIO (IED) LOS TEJARES

DISCAPACIDAD COGNITIVA

17

Usme

COLEGIO (IED) FEDERICO GARCIA LORCA

SORDOS E HIPOACUSICOS

18

Usme

COLEGIO (IED) GRAN YOMASA

CIEGOS Y BAJA VISION

19

Tunjuelito

COLEGIO (IED) CENTRO INTEGRAL JOSE MARIA CORDOBA

CIEGOS Y BAJA VISION

20

Tunjuelito

COLEGIO (IED) MARCO FIDEL SUAREZ

TALENTOS

21

Tunjuelito

COLEGIO (IED) CIUDAD DE BOGOTA

LESION NEUROMUSCULAR

22

Tunjuelito

COLEGIO (IED) RUFINO JOSE CUERVO

CIEGOS Y BAJA VISION

23

Tunjuelito

COLEGIO (IED) INEM SANTIAGO PEREZ

DISCAPACIDAD COGNITIVA

24

Tunjuelito

IED JOSE ANTONIO RICAURTE – SAN CARLOS

SORDOS E HIPOACUSICOS

25

Bosa

COLEGIO (IED) CARLOS ALBAN HOLGUIN

CIEGOS Y BAJA VISION

26

Bosa

COLEGIO (IED) PABLO DE TARSO

SORDOS E HIPOACUSICOS

27

Bosa

COLEGIO (IED) FERNANDO MAZUERA VILLEGAS

DISCAPACIDAD COGNITIVA

28

Bosa

COLEGIO (CED) JUAN MAXIMILIANO AMBROSIO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

29

Kennedy

COLEGIO (IED) CARLOS ARTURO TORRES

DISCAPACIDAD COGNITIVA

30

Kennedy

COLEGIO (IED) SAN JOSE

DISCAPACIDAD COGNITIVA

31

Kennedy

COLEGIO (IED) SAN RAFAEL

DISCAPACIDAD COGNITIVA

32

Kennedy

COLEGIO (IED) LAS AMERICAS

DISCAPACIDAD COGNITIVA

33

Kennedy

COLEGIO (IED) O.E.A

CIEGOS Y BAJA VISION

34

Kennedy

COLEGIO (IED) ISABEL II

SORDOS E HIPOACUSICOS

35

Kennedy

COLEGIO (IED) INEM FRANCISCO DE PAULA SANTANDER

TALENTOS

36

Kennedy

COLEGIO (CED) PATIO BONITO I

DISCAPACIDAD COGNITIVA

37

Kennedy

COLEGIO (CED) JACKELINE

DISCAPACIDAD COGNITIVA

38

Kennedy

COLEGIO (IED) SAN JOSE DE CASTILLA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

39

Fontibon

COLEGIO (IED) VILLEMAR EL CARMEN

DISCAPACIDAD COGNITIVA

40

Fontibon

COLEGIO (IED) INSTITUTO TECNICO INTERNACIONAL

DISCAPACIDAD COGNITIVA

41

Fontibon

COLEGIO (IED) LUIS ANGEL ARANGO

CIEGOS Y BAJA VISION

42

Engativa

COLEGIO (IED) ANTONIO NARIÑO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

43

Engativa

COLEGIO (IED) INSTITUTO TECNICO INDUSTRIAL FRANCISCO JOSE DE CALDAS

DISCAPACIDAD COGNITIVA

44

Engativa

COLEGIO (IED) SAN JOSE NORTE

DISCAPACIDAD COGNITIVA

45

Engativa

COLEGIO (IED) REPUBLICA DE CHINA

CIEGOS Y BAJA VISION

46

Engativa

COLEGIO (IED) VILLA AMALIA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

47

Engativa

COLEGIO (IED) GARCES NAVAS

DISCAPACIDAD COGNITIVA

48

Engativa

COLEGIO (IED) REPUBLICA DE BOLIVIA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

49

Suba

COL VENTIUN ANGELES (INST EDUC DIST)

DISCAPACIDAD COGNITIVA

50

Suba

COLEGIO (IED) TIBABUYES

DISCAPACIDAD COGNITIVA

51

Suba

COLEGIO (IED) GUSTAVO MORALES

DISCAPACIDAD COGNITIVA

52

Suba

COLEGIO (IED) RAMON DE ZUBIRIA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

53

Suba

COLEGIO (IED) EL SALITRE - SUBA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

54

Suba

COLEGIO (IED) VISTA BELLA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

55

Suba

IED REPUBLICA DOMINICANA

SORDOS E HIPOACUSICOS

56

Suba

COLEGIO (IED) GERARDO PAREDES

CIEGOS Y BAJA VISION

57

Suba

COLEGIO (IED) HUNZA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

58

Barrios Unidos

COLEGIO (IED) TECNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

59

Barrios Unidos

COLEGIO (IED) JORGE ELIECER GAITAN

SORDOS E HIPOACUSICOS

60

Barrios Unidos

COLEGIO (IED) REPUBLICA DE PANAMA

SORDOS E HIPOACUSICOS

61

Barrios Unidos

COLEGIO (IED) ALEMANIA SOLIDARIA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

62

Barrios Unidos

COLEGIO (IED) JUAN FRANCISCO BERBEO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

63

Teusaquillo

COLEGIO (IED) MANUELA BELTRAN

SORDOS E HIPOACUSICOS

64

Los Martires

COLEGIO (IED) REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Autismo

65

Antonio Nariño

COLEGIO (IED) CEDIT JAIME PARDO LEAL

DISCAPACIDAD Cognitiva

66

Puente Aranda

COLEGIO (IED) SILVERIA ESPINOSA DE RENDON

DISCAPACIDAD COGNITIVA

67

Puente Aranda

COLEGIO (IED) BENJAMIN HERRERA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

68

Puente Aranda

COLEGIO (IED) MARCO ANTONIO CARREÑO SILVA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

69

Puente Aranda

COLEGIO (IED) SORRENTO

TALENTOS

70

Puente Aranda

COLEGIO (IED) JULIO GARAVITO ARMERO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

71

Rafael Uribe

COLEGIO (IED) SAN AGUSTIN

DISCAPACIDAD COGNITIVA

72

Rafael Uribe

COLEGIO (IED) ALEXANDER FLEMING

DISCAPACIDAD COGNITIVA

73

Rafael Uribe

COLEGIO (IED) JOSE MARTI

DISCAPACIDAD COGNITIVA

74

Rafael Uribe

COLEGIO (IED) GUSTAVO RESTREPO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

75

Rafael Uribe

COLEGIO (IED) MARRUECOS Y MOLINOS

DISCAPACIDAD COGNITIVA

76

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) ACACIA II

DISCAPACIDAD COGNITIVA

77

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) CIUDAD BOLIVAR - ARGENTINA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

78

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) CEDID CIUDAD BOLIVAR

DISCAPACIDAD COGNITIVA

79

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) REPUBLICA DE MEXICO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

80

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) ISMAEL PERDOMO

DISCAPACIDAD COGNITIVA

81

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) SAN FRANCISCO I – LA CASONA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

82

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) SIERRA MORENA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

83

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) RODRIGO LARA BONILLA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

84

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) LA ARABIA

DISCAPACIDAD COGNITIVA

85

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) PLAN CANTERAS

TALENTOS

86

Ciudad Bolívar

COLEGIO (IED) SAN FRANCISCO

SORDOS E HIPOACUSICOS

87

Ciudad Bolívar

COLEGIO ARGENTINA LA NUEVA

TALENTOS

88

Ciudad Bolívar

COLEGIO DON BOSCO I

TALENTOS

89

Ciudad Bolívar

COLEGIO BUENOS AIRES

TALENTOS

90

Ciudad Bolívar

COLEIGIO MANUELA BELTRAN EL PARAISO

TALENTOS

91

Ciudad Bolívar

COLEGIO RAFAEL URIBE URIBE

TALENTOS

5. El Decreto 470 de 2007 establece en su articulo 11, literal e), como prácticas pedagógicas que deberán ser pertinentes a las necesidades educativas Especiales – NEE, respetando todas las formas de no discriminación como géneros, etnia, y la religión – credo. "Garantizar atención integral a las personas que por la severidad de su discapacidad, no pueden acceder a la educación regular, mediante estrategias graduales que contengan: programas especiales domiciliarios, montaje de centros especializados de atención a esta población en lo ínter local o local, según sea el caso, en coordinación con los sectores de Salud, integración social, instituciones competentes del orden nacional que presten en el distrito y la comunidad"...

a. ¿En qué consisten cada uno de los programas mencionados?

Me permito informarle que la Política Pública Distrital de Discapacidad contempla la elaboración de un plan de acción a fin de avanzar en los acuerdos necesarios para implementarla. Con relación a su pregunta la SED en coordinación con la Secretaria de Integración Social SISD adelanta un acuerdo de atención integral, donde los niños y niñas en estas condiciones acceden a educación formal con el acompañamiento de programas y apoyos especiales. Todo ello con lo dispuesto en el articulo 24 de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, literales: c) Se hagan ajustes razonables en función de las necesidades individuales; d) Se preste el apoyo necesario a las personas con discapacidad, en el marco del sistema general de educación, para facilitar su formación efectiva; e) Se faciliten medidas de apoyo personalizadas y efectivas en entornos que fomenten al máximo el desarrollo académico y social, de conformidad con el objetivo de la plena inclusión.

b. ¿Quién determina el grado o la severidad de la discapacidad de la persona?

El Acuerdo 137 de 2004 establece un Sistema Distrital de Discapacidad en el Distrito Capital; donde se encuentra la Secretaria Distrital de Salud y es este sector el responsable de los diagnósticos y reportes de las condiciones de salud de la población.

c. ¿Cuál es la razón o el argumento que se encuentra en el documento técnico que respalda el Decreto para determinar que en los casos de la discapacidad severa es necesaria la oferta de una educación segregada?

De manera atenta quisiera solicitarme me remita el documento técnico al cual hace referencia. Sin embargo me permito aclararle que el Decreto 470 de 2007 en ningún artículo ni disposición contempla lo que usted denomina educación segregada.

d. ¿El impedir el acceso a la educación regular no constituye una vulneración al derecho de las personas con discapacidad a recibir una educación sin discriminación y en igualdad de oportunidades?

Le reitero que la SED contempla en su política educativa la inclusión social y académica de niños, niñas y jóvenes con discapacidad y talentos excepcionales.

Todos los niños, niñas y jóvenes con discapacidad o excepcionalidad, pueden acceder, permanecer y promocionarse en el sistema educativo con garantías de equidad y respeto a su individualidad y ritmo de aprendizaje, y deben ser integrados al sistema educativo formal. La Secretaria de Educación cuenta con una oferta de más de 91 colegios oficiales a nivel distrital que atienden la población con necesidades educativas especiales, y suscribe anualmente un convenio marco para la prestación del servicio educativo con instituciones educativas privadas, que atienden también esta población.

e. A partir de la ratificación de la convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad, ¿dicha estipulación seguirá vigente?

Le reitero que la SED contempla en su política educativa la inclusión social y académica de niños, niñas y jóvenes con discapacidad y talentos excepcionales.

6. El Decreto 470 de 2007 establece en su artículo 11, literal i), como prácticas pedagógicas que deberán ser pertinentes a las necesidades educativas Especiales – NEE, "Promover campañas de sensibilización en la comunidad educativa para: transformar los imaginarios existentes y lograr la igualdad material y la no discriminación en los procesos de integración educativa de la población con discapacidad."

a. ¿Cuáles fueron los tipos de discapacidades de las personas a con NEE a quienes se les garantizo el acceso al sistema educativo?

De manera atenta le anexo la siguiente información de matricula oficial.

DISCAPACIDAD

MATRICULA 2008

MATRICULA 2009

MATRICULA 2010

Autismo

330

312

274

Baja visión

1,183

893

661

Ceguera

246

226

209

DISCAPACIDAD cognitiva

4,059

3,756

3,759

Hipoacusia

611

567

464

Lesión neurom.

445

395

354

Múltiple

148

179

171

Parálisis cerebral

132

138

131

Síndrome de Down

277

280

256

Sordera Profunda

945

925

911

Total

8,376

7,671

7,190

b. ¿A las personas con NEE se les garantizo el acceso a la educación formal regular, o en su defecto a una oferta de educación segregada?

Como parte integrante de la atención educativa, la SED ofrece a más de 7.000 niños niñas y jóvenes en condición de discapacidad y talentos excepcionales educación formal.

Cordialmente,

JUDITH URREGO LASSO

Directora de Inclusión e Integración de Poblaciones

NOTA: Remitido por la Secretaría de Educación del Distrito a la Secretaría General, radicado 1-2010-42853.

Preparo: Adriana González