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PROYECTO
DE ACUERDO 061 DE 2011 Por
medio del cual se garantiza el acceso a la educación primaria, secundaria,
media y superior a las personas internas de la cárcel distrital a través de
medios virtuales y se dictan otras disposiciones 1. OBJETIVO DEL PROYECTO La presenta
iniciativa tiene como objetivo primordial que las personas internas de la
cárcel distrital logren acceder a la educación a través de medios virtudes que
podrán operar dentro de las instalaciones de la cárcel, esto reconociendo que
la educación es un derecho a la que toda persona debe acceder sin importar su
condición. De la misma manera es importante mencionar que la mayoría de esta
población aun no ha terminado sus estudios caracterizándose por un nivel académico
bajo. 2. EXPOSICION
DE MOTIVOS "La
educación virtual es una oportunidad de aprendizaje que se acomoda al tiempo y
necesidad del estudiante. La educación virtual facilita el manejo de la
información y de los contenidos del tema que se quiere tratar y está mediada
por las tecnologías de la información y la comunicación -las TIC- que
proporcionan herramientas de aprendizaje más estimulantes y motivadoras que las
tradicionales. Este tipo de
educación ha sido muy utilizada por estudiantes y profesores, además su
importancia está incrementando más, puesto que esta educación es una
herramienta para incorporarnos al mundo tecnológico que será lo que muy
próximamente predominará en muchos centros educativos. La educación
virtual está más vigente que nunca, porque permite ser accesada desde cualquier
lugar y a cualquier hora, es de bajo costo y posibilita su uso frecuente. Estas
características de accesibilidad, economía y frecuencia, le dan eficacia y
eficiencia al aprendizaje virtual. Sin duda la
educación virtual es posible gracias a la tecnología y en especial a Internet,
porque con ello se rompieron las barreras y limitaciones físicas para darle
paso a las aulas virtuales, en donde fácilmente se pueden integrar personas de
todo el mundo, desde el sur hasta el norte, desde el oriente hasta e occidente.
Esta integración faculta y promueve la interactividad entre las personas, las
discusiones y la profundización del conocimiento.1 La población
detenida se caracteriza por ser en su mayoría jóvenes y adultos jóvenes (un 85%
se encuentra entre los 18 y los 35 años), poseer un bajo nivel académico (un
7.8% es analfabeta - el 18% tiene primaria incompleta - un 18% primaria
completa y el 41.8% secundaria incompleta), es una población hiperactiva,
caracterizada por su fortaleza, irreverencia y rebeldía ante lo estatuido, por
último, El 80% pertenece a estratos socioeconómicos bajos. Aproximadamente
el 70% de la población interna, son consumidores habituales u ocasionales de
sustancias psicoactivas además han sido formados en
hogares y entornos disfuncionales. Un 85% de los
delitos por los cuales ingresan los sindicados por hurto calificado y el 15%
restante corresponde a lesiones personales,
inasistencia alimentaría, estafa y daño en bien ajeno en menor cuantía así como
violencia intrafamiliar, entre otros. Modelo
Pedagógico. Índice Este modelo busca
unificar todas las actividades de atención e intervención que se dirijan a los
internos bajo una mismo marco filosófico, bajo unos mismos principios teóricos
y prácticos, con el objeto de evitar que se desarrollen las actividades
formativas, educativas, laborales, recreativas, lúdicas o de cualquier otro
tipo sin atender los objetivos que defina el modelo, como propios a La construcción
de un marco pedagógico que oriente, de sentido y articule cada una de las
actividades de la cárcel, ha permitido definir una atención e intervención
basadas en pensar coherente, actuar consecuente y lograr una dinámica
consistente en el tiempo. El enfoque del marco pedagógico se refleja en los
siguientes criterios: La función social
fundamental de El énfasis de la
atención e intervención integral que se realiza sobre los internos estará
puesto en la promoción de una cultura de respeto a las normas, de manera que el
paso de los sindicados por la institución se manifieste en un avance en la
comprensión de la racionalidad del orden regulativo, y en el desarrollo de unas
disposiciones favorables a un comportamiento social respetuoso de los derechos
de todas las personas. Se trata de un
proceso educativo, limitado en el tiempo, centrado en propiciar una serie de
interacciones en las cuales sea posible la reflexión sobre las normas y la
participación en la construcción de una convivencia razonada. A través de un
proceso de reflexión-acción sobre la regulación de la convivencia, en un marco
de ampliación de la acción comunicativa, En el plan de
desarrollo de la actual administración "Bogotá Positiva: para vivir Mejor
en la estrategia derecho a la ciudad en el proyecto sistema Distrital de
justicia se tiene como meta "Establecer un programa para brindar
condiciones dignas de reclusión, redención de pena y reinserción a la sociedad,
a las personas privadas de la libertad en 3. MARCO
JURIDICO 1.
Constitución Política Artículo 67º. La educación es
un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social;
con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a
los demás bienes y valores de la cultura. La educación
formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la
democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento
cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. 4. LEYES ARTÍCULO 10.
El Estado Colombiano en sus instituciones de Educación Pública garantizará el
acceso a la educación y la capacitación en los niveles primario, secundario,
profesional y técnico para las personas con limitación, quienes para ello
dispondrán de una formación integral dentro del ambiente más apropiado a sus
necesidades especiales. 7. COMPETENCIA
DEL CONCEJO DE BOGOTA Decreto Ley
1421 De 1993. De conformidad
con lo establecido en el numeral 1º del articulo 12, corresponde al Concejo de
Bogotá, "dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado
cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a
cargo del Distrito". 4. IMPACTO
FISCAL De conformidad
con el artículo 7 de Cordialmente,
PROYECTO
DE ACUERDO 061 DE 2011 Por
medio del cual se garantiza el acceso a la educación primaria, secundaria,
media y superior a las personas internas de la cárcel distrital a través de medios
virtuales y se dictan otras disposiciones EL
CONCEJO DE BOGOTA, en
uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas
por el numeral 1º del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 ACUERDA Articulo 1º. Con el fin de brindar condiciones dignas de
reclusión, redención de pena y reinserción a la sociedad, Articulo 2º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su
publicación. NOTAS DE PIE DE PÁGINA http://es.wikipedia.org/wiki/Educaci%C3%B3n_virtual Educación Virtual. 2
http://www.segobdis.gov.co/carceldistrital.htm |