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Directiva 9 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/06/2010
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DIRECTIVA 9 DE 2011

(Junio 21)

Para:

VEEDORA DISTRITAL, SECRETARIOS/AS DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES/AS PRESIDENTES/AS Y DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, OFICIALES Y MIXTAS, ALCALDES/AS LOCALES, RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

De:

ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. DESIGNADA

Asunto:

Lineamientos para una correcta gestión pública distrital.

Ver Directiva Distrital 013 de 2011

En atención a lo dispuesto por los artículos 35, 38 - numeral 3- y 39, les solicito atender de una manera muy especial los principios que orientan la gestión pública, los cuales están consagrados, especialmente, en la Constitución Política (Artículo 209), en el Decreto 1 de 1984, el Decreto Ley 1421 de 1993, la Ley 489 de 1998, y en el Acuerdo Distrital 257 de 2006, y demás normas legales y reglamentarias.

En síntesis, estos postulados nos recuerdan la necesidad de ser absolutamente respetuosos de la legalidad en todas y cada una de nuestras actuaciones. La orientación hacia el interés general de todos nuestros actos y decisiones.

Una Administración cuya gestión pública sea eficiente y honesta debe tener la capacidad de explicar a las ciudadanas y a los ciudadanos y a los órganos de control sus decisiones. En tal sentido, sólo cuando estas decisiones tengan un sólido respaldo legal podremos sustentarlas y defenderlas, y las mismas, por ende, garantizarán los fines generales para las que fueron expedidas en pro del bienestar general.

Nuestras decisiones, por tanto, deberán ser, además de legales, respetuosas de los principios constitucionales y legales, bajo la óptica de una férrea ética pública de servicio.

Adicionalmente, es menester que protejamos con vehemencia el patrimonio público, ello demandará de todos nosotros trabajar con énfasis en esquemas preventivos de su menoscabo, pero también a mitigar los efectos dañosos, cuando el mismo se está viendo afectado.

Una Administración Distrital comprometida con salvaguardar y proteger cada peso, cada ingreso, cada haber, cada bien y cada recursos (Sic) público, es una Administración comprometida con las ciudadanas y los ciudadanos, pero también con lo que implica ser servidor (a) público (a) en el contexto del Estado Social y Democrático de Derecho.

Bajo tales premisas, les solicito que su gestión contractual sea cuidadosa y rigurosamente adelantada en esta época pre electoral. Que no se dilapiden recursos, ni se incurra en excesos de contratación de personal. Solo debe contratarse aquello que estricta e indispensablemente se requiera para el desarrollo de la función pública distrital.

A través de esta Directiva, le he solicitado a la Veeduría Distrital que elabore y entregue a este Despacho un informe relacionado con los planes contractuales, aprobados a comienzos del año, cómo se desarrolló y cómo se cierra la contratación directa (en lo relacionado a convenios interadministrativos que tengan ejecución de recursos y la satisfacción de necesidades de personal) previo al debate electoral.

Por último, sea esta la oportunidad para enviar un mensaje para todas las servidoras y los servidores públicos distritales: Solo nuestro trabajo, limpio y honesto, es capaz de transformar la realidad. Solo con amor y respeto por lo público, es que lograremos consolidar las metas del Plan de Desarrollo y asegurar el goce efectivo de los derechos de las personas, ofreciendo bienes y servicios de calidad, en un ambiente de liderazgo público y una prístina ética pública.

Cordialmente,

CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN

Alcaldesa Mayor Designada

Proyectó:

Diana Marcela Medina Díaz

Revisó:

Duvan Sandoval Rodríguez

Aprobó:

Camilo José Orrego Morales