PROYECTO
DE ACUERDO 231 DE 2011
"Por
el cual se promueve la implementación de sistemas de seguridad en procesos
industriales que disminuyan la exposición a dioxinas por la no eliminación de
residuos peligrosos en el D. C. y se dictan otras disposiciones"
INTRODUCCIÓN
Las dioxinas son combinados químicos que se
constituyen en contaminantes ambientales cuya fuente mayor de contaminación es
por estar presentes en el tejido adiposo de los animales de consumo humano y
son de alta peligrosidad, por un lado pues causan daños a corto y largo plazo
en la salud y de otro lado por ser más o menos perennes.
Tal perennidad tiene su explicación en que estas
combinaciones químicas son de gran estabilidad química y que se fijan al tejido
graso, donde se almacenan y donde se cree que puede mantenerse hasta por 11
años. Se dice también de las dioxinas que tienen elevada toxicidad y pueden
provocar problemas de reproducción y desarrollo, afectar el sistema
inmunitario, interferir con hormonas y, de ese modo, causar incluso cáncer1.
Por el alto potencial de toxicidad de las dioxinas,
es importante realizar varias tareas institucionales que irían desde la concientización
hasta la represión todo con el fin de reducir los
actuales niveles de exposición.
El aceite vegetal cuando es sometido a temperaturas
altas pierde sus propiedades naturales y tiende a degradarse, por tal motivo
estos aceites llegan a un punto de su vida que se convierten en residuos
líquidos, los cuales por la falta de una legislación ambiental que regule la
disposición de estos aceites, son vertidos a las fuentes de agua o
comercializado con terceros, que de una manera irresponsable son nuevamente
filtrados para el consumo humano o para la producción de concentrados y
alimentos para animales.
La inadecuada gestión de los aceites usados de cocina
trae consecuencias perjudiciales en la salud humana y daños al medio ambiente2.
OBJETIVO
Generar
una cultura industrial en la ciudad de Bogotá que disminuya la exposición a
dioxinas de los bogotanos.
1.
DESCRIPCION DEL PROBLEMA
Las dioxinas son originadas principalmente
en:
* Subproductos de procesos industriales
* Subproductos de procesos de fabricación
industrial
* Depósitos de aceites industriales de
desecho
* Incineración descontrolada de desechos
* Escasamente en algunos procesos naturales
Como se viene de
explicar las dioxinas especialmente se originan en los procesos industriales
por ello es importante la instauración de controles de tales procesos
industriales.
Dentro de muchos
procesos industriales se producen grandes depósitos de aceites industriales de
desecho, el almacenamiento prolongado y la eliminación inadecuada de este
material puede liberar dioxinas hacia el medio ambiente y contaminar los
alimentos humanos y animales. Esos materiales tienen que ser tratados como
residuos peligrosos, y lo mejor es destruirlos mediante incineración a altas
temperaturas3.
"En
muchos países se analiza el contenido de dioxinas en los alimentos. Esto ha
permitido una detección rápida de la contaminación y a menudo ha reducido su
impacto. (…) A fines de 2008 Irlanda retiró del mercado muchas toneladas de
carne de cerdo y productos porcinos, porque se detectó que las muestras
analizadas contenían hasta 200 veces más dioxinas que el límite de inocuidad
prescrito. (…)En 1999 se detectaron altas concentraciones de dioxinas en aves
de corral y huevos procedentes de Bélgica. Posteriormente se detectaron en
otros países alimentos de origen animal (aves de corral, huevos, cerdo)
contaminados con dioxinas, cuyo origen se encontraba en piensos contaminados
por aceite industrial de desecho con PCB que había sido eliminado de forma
ilegal. En marzo de 1998 se detectaron altas concentraciones de dioxinas en
leche vendida en Alemania, cuyo origen se encontraba en la pulpa de cítricos
importada del Brasil y utilizada como pienso. A raíz de esta investigación se
prohibió toda importación de pulpa de cítricos del Brasil a la Unión Europea. (…)
En un grave accidente registrado en 1976 en una fábrica de productos químicos
en Seveso (Italia) se liberaron grandes cantidades de
dioxinas. La nube de productos tóxicos, entre los que se encontraba la TCDD, acabó contaminando una
zona de 15 km2 con 37000 habitantes. Se siguen realizando amplios
estudios de la población afectada para determinar los efectos a largo plazo de
este incidente en la salud humana. Sin embargo, dichas investigaciones se ven
dificultadas por la inexistencia de evaluaciones adecuadas de la exposición. Se
ha detectado un ligero incremento de determinados cánceres y efectos en la
reproducción, y se siguen investigando estos efectos. Asimismo, se están
estudiando los posibles efectos en los hijos de las personas expuestas. (…) En
otras zonas del mundo se han notificado incidentes más antiguos de
contaminación alimentaria. Aunque puede verse afectado cualquier país, la
mayoría de los casos se han notificado en países industrializados que disponen
de medios adecuados de vigilancia de la contaminación alimentaria, donde hay
más conciencia del peligro y en los que hay mejores mecanismos de control para
detectar problemas relacionados con las dioxinas"4.
Efectos de las
dioxinas en la salud humana:
1. La exposición
breve del ser humano a altas concentraciones de dioxinas puede causar lesiones
cutáneas.
2. La exposición
prolongada se ha relacionado con alteraciones inmunitarias, del sistema
nervioso en desarrollo, del sistema endocrino y de la función reproductora.
3. La exposición
prolongada también se ha relacionado con varios tipos de cáncer.
4. Se dice que en
especial el recién nacido es extremadamente sensible a la exposición a las
dioxinas.
2. JUSTIFICACION.
´´Potencial
contaminante del RAUC (Residuos de aceites usados de cocina)
Los aceites
usados de cocina cuando no se gestiona de la manera adecuada traen varias
consecuencias en:
1. Salud
humana
Hay varias
formas en que el RAUC incide negativamente en la salud humana. Los principales
son: por ingesta directa de dioxinas, o por ingesta indirecta de dioxinas a
través de la carne de animales que fueron alimentados con concentrados o
purinas que contenían RAUC y por contaminación del aire con dioxinas, por la
quema de RAUC.
Hay personas
que sin escrúpulos recogen el aceite usado de cocina, y lo limpian, mezclan un
poco, y lo vuelven a vender para consumo humano. Esto es un riesgo enorme para
la salud, en primer lugar porque que estas operaciones ilegales se realizan
generalmente en lugares insalubres.
Además, una
vez que el aceite vegetal ha sido sometido a temperaturas elevadas, genera
dioxinas, un agente cancerígeno muy agresivo, y uno de los químicos que tienen
la dudosa fama de pertenecer a la "docena sucia" de contaminantes
orgánicos. Finalmente, los componentes benéficos del aceite vegetal de cocina
conocidos como CIS, por efecto de exposiciones repetidas al calor, cambian a
los TRANS, que son difíciles de digerir y eliminar, y que tienen efectos
tremendos sobre la salud humana al reducir el colesterol bueno y aumentar el
malo.
2. Salud
animal
Afecta
principalmente por la transferencia de dioxinas y trans del RAUC a los animales
y de allí, al ser humano a través de la carne animal.
El aceite
usado de cocina se usa en concentrados y purinas de animales, lo cual está ya
prohibido en muchos países desarrollados del mundo, dado que esta práctica está
considerada como una de las probables causas de la Encefalopatía Bovina
Espongiforme en la Unión
Europea (La enfermedad de las vacas locas). Algunos criaderos
de cerdos, pollos y vacunos principalmente, dan aceite vegetal usado de cocina
directamente como alimento a los animales, para incrementar la grasa y peso
corporal en los mismos.
Por tanto,
existe transferencia de dioxinas y trans al ser humano a través de la carne
animal. Hay casos tan recientes como a finales del 2008, en Irlanda donde se
contaminó carne de cerdo con dioxinas por piensos hechos, entre otros
productos, con aceite usado de cocina, o en Chile, donde Corea y Japón
detectaron altos niveles de dioxinas en la carne de cerdo que exportaban
criaderos de ese país también, probablemente, por el mismo motivo.
3.
Contaminación en el agua
Un litro de
RAUC puede contaminar hasta 1,000 litros de agua, o lo que es Zalo mismo,
la cantidad de agua que toma una persona promedio durante 1.15 años – según
Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) de la Argentina, aunque otras
estimaciones indican que el potencial es de 1 a 10,000 litros, es
decir, un litro de aceite podría contaminar 10,000 litros de
agua, la ingesta de una persona promedio por 11.5 años (no hay que confundir
con el potencial contaminante de 1 litro de aceite usado de coche, que sí puede
contaminar un millón de litros de agua).
También
aumenta los costos de las plantas de tratamiento de agua y tapa los drenajes.
Si el aceite
usado de cocina se tira directamente al drenaje, lo tapa y es alimento para
roedores y cucarachas. La combinación del aceite usado de cocina y detergentes
es muy problemática.
El RAUC
también incrementa en un 30% los costos anuales de operación y mantenimiento de
las plantas depuradoras de agua. Si finalmente llega a los ríos y lagos, forma
una película que afecta a su capacidad de intercambio de oxígeno y altera el
ecosistema.4. Contaminación en el suelo
Si se dispone
del aceite usado de cocina directamente en tiraderos de basura, contribuye a la
generación y permeabilidad de los lixiviados. La materia orgánica presente en
los residuos sólidos urbanos (RSU) se degrada formando un líquido contaminante,
de color negro y de olor muy penetrante, denominado lixiviado. Este líquido
arrastra todo tipo de sustancias nocivas (hasta 200 compuestos diferentes),
algunos de ellos tóxicos y hasta cancerígenos. La humedad de los residuos y la
lluvia son los dos factores principales que aceleran la generación de
lixiviados.
Si no se
controlan adecuadamente, los lixiviados pueden contaminar los suelos y las
aguas superficiales y subterráneas (acuíferos). Como se trata de un proceso
contaminante que se produce de manera lenta, sus efectos no suelen percibirse
hasta varios años después.
5.
Contaminación en el aire
El aceite
usado de cocina se usa como combustible directo en hornos y calderas. La
combustión del RAUC a baja temperatura así como en procesos de incineración
incompletos, genera dioxinas que van directamente a la atmósfera.
Entre los
posibles efectos de las dioxinas en el aire se incluyen toxicidad dérmica,
inmunotoxicidad, efectos reproductivos negativos y teratogenicidad, así como
perturbadores del sistema endocrino y hay que recordar que son carcinógenas. A
la fecha, el único efecto persistente asociado con la exposición a dioxinas en
el aire en los seres humanos es el cloracné. Los grupos más sensibles a estas
sustancias químicas son los fetos y los neonatos´´5
Pretendemos
entonces, forjar legislación que discipline la eliminación de los aceites de
cocina usados para evitar y prevenir tales daños dentro del distrito capital.
3. MARCO CONCEPTUAL
ACEITE USADO:
Todo aceite lubricante, de motor, de transmisión o hidráulico con base mineral
o sintética de desecho que por efectos de su utilización, se haya vuelto
inadecuado para el uso asignado inicialmente. Estos aceites son clasificados
como residuo peligroso por el anexo I, numerales 8 y 9 del Convenio de Basilea,
el cual fue ratificado por Colombia mediante la Ley 253 de enero 9 de 1996.
RESIDUO: Se
entiende por residuo cualquier objeto, sustancia o elemento en forma sólida,
semisólida, líquida o gaseosa, que no tiene valor de uso directo y que es
descartado por quien lo genera. Siendo un desecho cualquier residuo que tiene
un valor por su uso potencial de reuso y basura aquel
que no lo tiene.
RESIDUO ACEITOSO:
Cualquier residuo sólido, semisólido o líquido contaminado con aceite que por
sus características físicas y/o químicas es inapropiado para su uso posterior.
RESIDUO O DESECHO
PELIGROSO: Es aquel que por sus características infecciosas, tóxicas,
explosivas, corrosivas, inflamables, volátiles, combustibles, radioactivas o
reactivas puede deteriorar la calidad ambiental hasta niveles que causen riesgo
a la salud humana. También son residuos peligrosos aquellos que sin serlo en su
forma original se transforman por procesos naturales en residuos peligrosos.
Así mismo, se consideran residuos peligrosos, los envases, empaques y embalajes
que hayan estado en contacto con ellos6.
4. MARCO
JURÍDICO
NORMAS
CONSTITUCIONALES
Artículo 1º.-
Colombia es un
Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria,
descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el
trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia
del interés general.
Artículo 2º.-
Son fines
esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y
garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución;
facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la
vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la
independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la
convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades
de la República
están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en
su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para
asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
Artículo 8º.-
Es obligación del
Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación.
Artículo 79º.-
Todas las
personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la
participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo.
Es deber del
Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de
especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos
fines.
Artículo 80.-
El Estado
planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para
garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o
sustitución.
Además, deberá
prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones
legales y exigir la reparación de los daños causados.
Así mismo,
cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en
las zonas fronterizas.
BASES LEGALES
Acuerdo 308 de
2008 Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá
"Artículo
1. Objetivo general del plan
El plan de
desarrollo "Bogotá positiva: para vivir mejor" busca afianzar una
ciudad en la que todas y todos vivamos mejor. En la que se mejore la calidad de
vida de la población y se reconozcan, garanticen y restablezcan los derechos
humanos y ambientales con criterios de universalidad e integralidad,
convirtiéndose en un territorio de oportunidades que contribuya al desarrollo
de la familia, en especial de los niños y niñas en su primera infancia (…).
Artículo 2.
Principios de política pública y de acción
(…) 5.
Perspectiva de derechos. La
acción pública se orientará a la promoción, reconocimiento, garantía y
restitución de los derechos fundamentales, civiles y políticos, económicos,
sociales y culturales, y colectivos, de todas y todos los habitantes de la
ciudad, sin distinción de etnia, culto o creencia, género o condición
socioeconómica, con especial atención hacia los niños, niñas, adolescentes,
jóvenes, personas mayores y por condición especial de discapacidad.
5. COMPETENCIA
DEL CONCEJO
De conformidad
con lo establecido en los numerales 1º y 7º del Artículo 12 del Decreto Ley
1421 de 1993 corresponde al Concejo de Bogotá dictar las normas necesarias para
garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación
de los servicios a cargo del Distrito y para garantizar la preservación y
defensa del patrimonio ecológico, los recursos naturales y el medio ambiente.
6. IMPACTO
FISCAL
El presente
Proyecto de Acuerdo no implica impacto fiscal, comoquiera que de acuerdo con la Ley 819 de 2003, no se
compromete al Distrito en asignar apropiaciones presupuestales sino que obedece
al ejercicio propio de las funciones de las entidades comprometidas.
Cordialmente,
CLARA
LUCIA SANDOVAL M.
Concejal
de Bogotá
|
ORLANDO
CASTAÑEDA SERRANO
Concejal
de Bogotá
|
MARIA
ANGELICA TOVAR R
Concejal
de Bogotá
|
NELLY
PATRICIA MOSQUERA M
Concejal
de Bogotá
|
JAVIER
PALACIO MEJIA
Concejal
de Bogotá
|
EDGAR
ALFONSO TORRADO
Concejal
de Bogotá
|
HIPÓLITO
MORENO
Concejal
de Bogotá
|
MARTHA
ORDÓÑEZ
Concejal
de Bogotá
|
ORLANDO
PARADA DÍAZ
Concejal
de Bogotá
|
ANDRÉS
CAMACHO CASADO
Concejal
de Bogotá
|
SEVERO
ANTONIO CORREA
Concejal
de Bogotá
|
LILIANA
DE DIAGO
Concejal
de Bogotá
|
ISAAC
MORENO DE CARO
Vocero
Bancada del partido de la U
|
PROYECTO
DE ACUERDO 231 DE 2011
"Por
el cual se promueve la implementación de sistemas de seguridad en procesos
industriales que disminuyan la exposición a dioxinas por la no eliminación de
residuos peligrosos en el D. C. y se dictan otras disposiciones"
El
Concejo de Bogotá, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en
especial las conferidas por los numerales 1º y 7 del artículo 12 de Decreto Ley
1421 de 1993
ACUERDA
ARTÍCULO 1. La Administración Distrital implementará la práctica de sistemas de seguridad en
procesos industriales que disminuyan la exposición a dioxinas por la no
eliminación de residuos peligrosos.
ARTÍCULO 3. La
Secretaria Distrital
de Ambiente y la Secretaria
de Salud prestarán la asesoría y el soporte técnico, adecuado para difundir la
práctica e implementación de sistemas de seguridad en procesos industriales que
disminuyan la exposición a dioxinas por la no eliminación de residuos
peligrosos.
ARTÍCULO 4.-El presente acuerdo rige a partir de su publicación.
COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE
Dado
en Bogotá D.C., a los días del mes de de 2011.
NOTAS DE PIE DE PÁGINA
1
http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs225/es/index.html
2 Legislación Gestión Integral De Los
Aceites Usados De Cocina, David Londoño Gallego, Tecnólogo Agroambiental y
auditor interno en sistemas de gestión integral.
3
http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs225/es/index.html
4
http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs225/es/index.html
5 Potencial contaminante de los
residuos de aceite usados de cocina. Julio 27 de 2010,
http://www.bi2green.com/797/mas-informacion-sobre-el-rauc-residuos-de-aceite-usado-en-cocinas/
6 RESOLUCIÓN 1188 DE 2003 "Por
la cual se adopta el manual de normas y procedimientos para la gestión de
aceites usados en el Distrito Capital" LA DIRECTORA DEL
DEPARTAMENTO TECNICO ADMINISTRATIVO DEL MEDIO AMBIENTE - DAMA