ROYECTO
DE ACUERDO 043 DE 2012
"Por
medio del cual de crea la estrategia de desarrollo socioeconómico: "Bogota
productiva las 24 horas" y se dictan lineamientos para la generación de
nuevos empleos en el Distrito Capital.
EXPOSICIÓN DE
MOTIVOS
I. OBJETO DEL
PROYECTO
Con la presente
iniciativa se pretende crear e implementar una estrategia de productividad de
la ciudad con el objeto de hacer de Bogotá una metrópoli más productiva,
competitiva y de mayor oferta laboral que permita ofrecer mayores oportunidades
laborales a miles de personas que reclaman ser ocupadas en distintos frentes de
trabajo y así reducir los índices de desempleo que registra nuestra capital.
En tal sentido el
presente Proyecto de Acuerdo propone instituir unas directrices claras para
definir una política pública social para garantizar el derecho al trabajo en
condiciones dignas mediante la generación de una jornada nocturna para alcanzar
la productividad en la ciudad durante las 24 horas.
II.
CONSIDERACIONES GENERALES
Teniendo en
cuenta las cifras concernientes al desempleo en el país y especialmente en
Bogotá, es claro que se debe dar prioridad a este problema por parte del
gobierno al igual que los gremios productivos, económicos e industriales, por
medio de estrategias que apoyen y respalden iniciativas de generación de empleo
amparado por políticas que incentiven a las empresas que lo fomenten asi como
se ha expresado varias veces.
Este propósito
podría cristalizarse con el compromiso del sector empresarial y productivo,
mediante un convenio de responsabilidad social, siempre que exista voluntad
política y los gremios de comerciantes entiendan que este proyecto puede
funcionar ofreciendo oportunidades laborales a los habitantes de la ciudad y
ellos mismos obtener ventajas comparativas.
Se deben dar
prioridad a los proyectos que sean de carácter social, que generen empleos
directos y estén dirigidos a ampliar la productividad en la ciudad, creando de
esta manera otras opciones de empleos directos e indirectos que se desarrolle
en el proyecto.
El crecimiento de
la ciudad y la falta de oportunidades, a parte de las carencias en necesidades
básicas como el acceso al trabajo que es un elemento trascendental para
garantizar el bienestar para afrontar los diferentes desafíos que se presentan
en una ciudad tan compleja como Bogotá, las opciones de trabajo se deben
orientar por parte de una ciudad competitiva en diferentes horarios y campos de
acción articulándose con otras ciudades para proporcionar un desarrollo local,
regional y nacional.
Una ciudad
ocupada no da campo a la delincuencia brindando mayor seguridad a los
habitantes y desplazando las violencias callejeras que se escudan en la
oscuridad y en la clandestinidad.
24 Horas,
equidad. Al momento de brindar la posibilidad de acceder a un empleo o servicio
en un horario alterno o diferente se generaría un equilibrio entre las
actividades diurnas y nocturnas dando la posibilidad de bajar el ritmo y compensarlo
en otro horario, lo importante es proveer de los servicios públicos esenciales
para garantizar la operatividad de la ciudad y así brindar una gran variedad de
servicios.
Cuando los
ciudadanos no cuentan con los ingresos necesarios por no contar con un trabajo
digno y productivo, lo que incurre en una disminución de la demanda de bienes y
servicios, luego incide negativamente en la utilización de la capacidad con que
cuentan las empresas y en el incremento del subempleo y la economía informal lo
cual es una problemática relacionada con la calidad de vida.
Las dificultades
que afectan a las personas por conseguir empleo, no permite superar los estados
de miseria y pobreza en que se encuentran, por lo que es necesario estudiar y
aprovechar las alternativas que permitan brindarle oportunidades a esa amplia
población desempleada.
En las ciudades
más importantes del país según boletín de prensa del 8 de Noviembre de 2011 del
trimestre Julio-Septiembre de 2011el empleo informal en Bogotá corresponde al
45,1%, y de este
porcentaje según el Boletín de prensa de Enero de 2012 de Septiembre –
Noviembre de 2011 lo que respecta a las cifras del nivel educativo de las
personas que ejercen un comercio informal son: 51.1% el 52.8% tiene un nivel
educativo secundaria, el 29% Primaria, el 15.5% Superior y el 2.7% ninguno lo
cual evidencia correspondiente a las trece áreas metropolitanas.
Estas cifran nos
muestran que es necesario dar oportunidades tanto de empleo como de educación
en diferentes horarios (como lo hace el SENA en horario nocturno de 10:00pm a
6:00am) para que las personas puedan tener un nivel educativo más alto, crecer
intelectualmente y así tener más oportunidades de encontrar empleos más
calificados, lo que representaría mayor remuneración y en general una sociedad
con mejor nivel de vida.
Para la
consecución de empleo productivo y sostenible se necesita de un fortalecimiento
de las empresas urbanas y rurales, igualmente comprometiendo la productividad y
competitividad de las mismas, para hacerle frente a la globalización de la
economía, reactivando la demanda de bienes y servicios mejorando los ingresos
de los ciudadanos.
Se deben crear
nuevas unidades productivas sostenibles, para satisfacerlas necesidades del
mercado nacional e internacional y evitar que los acuerdos del TLC y el ALCA
terminen por debilitar o acabar las pequeñas y medianas empresas regionales y
nacionales.
Una de las
alternativas que tenga impacto inmediato y de corto plazo es la creación de
nuevos puestos de trabajo e ingresos dignos es la propuesta presentada con la
participación de todas las instituciones distritales ofreciéndole a la empresa
privada y distrital las garantías económicas y fiscales para la apertura de una
jornada de 24 horas contribuyendo a la creación de más fuentes de empleo así
como lo demuestra cifras dadas por FENALCO BOGOTA el cual "solicitó en
el foro a los representantes de la Vicepresidencia de La República y del
Ministerio de Protección Social, incentivar a los empresarios que extiendan sus
horarios y generen empleo en horario extendido, pues según cálculos de FENALCO
Bogotá, se generarían aproximadamente 12.000 empleos adicionales, de los cuales
9.000 es decir 75% provienen del sector de comercio, hoteles y restaurantes y
los 3.000 restantes, es decir el 25%, de la industria. Esto demuestra la
importancia de que Bogotá sea 24 horas para que sea más dinámica y productiva".
Según boletín de
prensa de 28 de Diciembre de 2011 del Departamento Administrativo Nacional de
Estadísticas, DANE, en Noviembre de 2011 la tasa de desempleo en Colombia se
ubicó en 9.2%, así que cerca de 2.144.000 de personas se encontraban sin
trabajo a la fecha, en Bogotá la cifra corresponde al 7.9% equivalente a cerca
de 343.346 personas.
Se debe generar
la prestación de servicios fundamentales todo el tiempo (las 24 horas) como lo
son la seguridad pública, la asistencia médica, el transporte y las empresas de
servicios públicos entre otros, abarcando y creando más empleos en diferentes
campos.
Las industrias
podrán implementar procesos de producción más amplios e invertir en maquinaria
moderna la cual se necesitara operar permanentemente para poder ser rentables y
así crear un mercado con más proyección para competir en el mercado local y
mundial. http://www.fenalcobogota.com.co Comunicado de FENALCO BOGOTA, 2011
Los beneficios
para las empresas tanto públicas como privadas que extiendan los horarios de
producción desarrollando actividades encaminadas a generar mayor empleo y un
mayor progreso a la economía de la capital, podrían tener un beneficio
tributario según acuerdos con la administración acorde a la cantidad de puestos
creados ya sean estos directos o indirectos.
Infraestructura:
La gran ventaja del proyecto hace referencia a la infraestructura existente, ya
que estas se utilizarían por parte de las empresas en un gran porcentaje, al
igual cuentan con ventajas respecto a los insumos internos ya que podrían tener
mayores descuentos en los mismos al momento de adquirir una mayor cantidad de
estos.
Turismo: La
posibilidad de ofrecer servicios públicos, culturales y de entretenimiento
entre otros, incentiva la diversidad de los mismos haciendo que el turismo
tenga la opción de crecer y así generar un aumento de ingresos representativos
al igual que mejorar la imagen de la ciudad dándole un estatus de ciudad
cosmopolita a nivel internacional, como lo puede ser Tokio, Londres, Ciudad de
México o Paris las cuales cuentan con horarios laborales y de entretenimientos
las 24 Horas.
Las ciudades que
se encuentran a la vanguardia en el mundo a nivel de producción, prestación de
servicios, cultura y calidad de vida, ofrecen de una u otra manera una gran
variedad de servicios las 24 horas manteniendo la operatividad de la ciudad y
una alta competitividad. Como por ejemplo Tokio, Paris o Londres.
III. MARCO
CONSTITUCIONAL Y LEGAL
ASPECTOS
CONTITUCIONALES
Constitución
Política
ARTICULO 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado
en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades
territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto
de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la
integran y en la prevalecía del interés general.
ARTICULO 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la
prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y
deberes consagrados en la
Constitución; facilitar la participación de todos en las
decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y
cultural de la Nación;
defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y
asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.
Las autoridades
de la República
están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en
su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para
asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los
particulares.
ARTICULO 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la
ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los
mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por
razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión
política o filosófica.
El Estado
promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara
medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
El Estado
protegerá especialmente a aquellas personas que por su condición económica,
física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y
sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan.
ARTICULO 25. El trabajo es un derecho y una obligación social y
goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda
persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas.
ARTICULO 54. Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer
formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El
Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar
y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus
condiciones de salud.
ARTICULO 57. La ley podrá establecer los estímulos y los medios
para que los trabajadores participen en la gestión de las empresas.
Decretos
Distritales.
DECRETO 345
DE 2002, "Por el cual se
establece el horario de funcionamiento de establecimientos para el expendio y
consumo de bebidas alcohólicas en el Distrito Capital y se dictan otras
disposiciones"
ARTÍCULO
PRIMERO.
A partir del 6 de
agosto de 2002 el horario de funcionamiento de establecimientos comerciales o
abiertos al público donde se expendan y/o consuman bebidas alcohólicas, será
desde las diez de la mañana (10:00 a.m.) hasta las tres de la mañana (3:00
a.m.) del día siguiente.
Prohíbase la
venta y/o consumo de bebidas alcohólicas en todo tipo de establecimientos entre
las tres (3:00 a.m.) y las diez de la mañana (10:00 a.m.).
IV. IMPACTO
FISCAL
De conformidad
con lo establecido en el artículo 7 de la ley 819 de 2003. El plan Operativo
Anual de Inversiones 2012, dentro del objetivo estructurante 3-3-1-13-03 Ciudad
Global en su programa 3-3-1-13-03-33 Fomento para el desarrollo económico
dispone de $28.849.444.000.
Con lo cual se
considera viable que se disponga parte de este presupuesto para cubrir los
gastos correspondientes.
En lo que
respecta al incentivo tributario para las empresas que generen nuevas plazas de
trabajo en horarios nocturnos hacia la consecución del objeto del presente
acuerdo, se aclara que esta norma no establece dicho incentivo, sino que deja a
discreción de la administración distrital su creación dependiendo de la
disponibilidad presupuestal en cada vigencia fiscal, por lo que consideramos
que en este aspecto el acuerdo no genera impacto fiscal.
Por lo
anteriormente expuesto, someto a consideración del Honorable Concejo D.C. esta
iniciativa para AVANZAR EN LO SOCIAL.
Cordialmente,
CELIO
NIEVES HERRERA
|
ALVARO
ARGOTE MUÑOZ
|
Concejal
de Bogotá
|
Concejal
de Bogotá
|
ORLANDO
SANTIESTEBAN MILLAN
|
VENUS
ALBEIRO SILVA
|
Concejal
de Bogotá
|
Concejal
de Bogotá
|
PROYECTO
DE ACUERDO 043 DE 2012
"Por
medio del cual de crea la estrategia de desarrollo socioeconómico: "Bogota
productiva las 24 horas" y se dictan lineamientos para la generación de
nuevos empleos en el Distrito Capital.
EL
CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de las atribuciones que le confieren la Constitución Política
y el numeral 1, artículo 12., del Decreto Ley 1421 de 1993
ACUERDA
ARTÍCULO 1º. Objeto.
Crear una estrategia para fomentar
en las empresas privadas y establecimientos públicos, la generación de una
jornada nocturna laboral en la oferta de bienes y servicios con el fin de
contribuir en el desarrollo socioeconómico de la ciudad por una Bogotá más
competitiva y productiva las 24 horas.
ARTÍCULO 2º. La Administración Distrital podrá crear un incentivo tributario a las empresas
que generen nuevas plazas de trabajo en horarios nocturnos hacia la consecución
del objeto del presente acuerdo.
ARTÍCULO 3º. El distrito garantizara la prestación de
servicios públicos fundamentales para el desarrollo normal de las actividades
laborales durante las 24 horas.
ARTÍCULO 4º. La
Secretaria de
Desarrollo Económico Distrital, dentro de los seis (6) meses siguientes a la
entrada en vigencia del presente Acuerdo reglamentara y adelantara campañas
publicitarias y de socialización de este acuerdo.
Parágrafo
primero. Se exceptúan del beneficio
de este acuerdo los establecimientos regidos por el acuerdo 345 de 2002. (Hora
Optimista)
Parágrafo
segundo. La administración Distrital
definirá las zonas de aplicación de esta norma.
ARTÍCULO 5º. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de su
publicación.
PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE