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Acuerdo 45 de 1999 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/12/1999
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/12/1999
Medio de Publicación:
Registro Distrital 45 del 29 de Diciembre de 1999
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00451999

ACUERDO 45 DE 1999

(Diciembre 10)

«POR MEDIO DEL CUAL SE CREA LA ORDEN CIVIL AL MÉRITO COMUNITARIO GERMÁN ARCINIEGAS»

EL CONCEJO DE SANTA FE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Ley 1421 de julio 21 de 1993,

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Créase la Orden Civil al Mérito Comunitario GERMÁN ARCINIEGAS.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La Orden se otorgará todos los años en ceremonia especial que se realizará el 6 de Agosto, fecha en que se celebra el cumpleaños de la ciudad, a las comunidades organizadas que se destaquen por haber ejecutado un proyecto o experiencia que haya sido aplicada a una solución de un problema de interés y beneficio colectivo en la ciudad de Santa Fe de Bogotá. Los trabajos deben presentarse antes del 31 de mayo del mismo año ante la Secretaría General del Concejo de Santa Fe de Bogotá D.C, y serán escogidos por el jurado calificador.

PARÁGRAFO: Se entiende por comunidades organizadas a los grupos de personas que operan de manera asociativa o solidaria en beneficio del interés colectivo, legalmente constituidos bajo alguna figura jurídica (asociaciones de barrio, asociaciones comunales, consejos comunales, asociaciones de vecinos, alianza de usuarios, corporaciones mixtas y cooperativas), sin ánimo de lucro y dentro del marco de la ley.

ARTÍCULO TERCERO.- La Orden Civil al Mérito Comunitario GERMÁN ARCINIEGAS constará de:

1. Una placa (50 centímetros de alto por 50 centímetros de ancho), la cual será instalada en un lugar visible del barrio y contendrá la siguiente leyenda: «Orden Civil al Mérito Comunitario, GERMÁN ARCINIEGAS Concejo de Santa Fe de Bogotá D.C.».

2. Estuche y carpeta que contendrá en nota de estilo copia de la Resolución por medio de la cual se concede la Orden.

ARTÍCULO CUARTO.- El jurado que concederá la Orden Civil al Mérito Comunitario GERMÁN ARCINIEGAS estará integrado por el Presidente de la Cámara de Comercio de Bogotá, el director de la Sociedad de Mejoras y Ornato de Bogotá, un representante de la Federación Comunal de Bogotá, un representante del Consejo lntergremial, un representante de la Confederación Colombiana de Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y dos concejales que designe la Mesa Directiva de la Corporación.

ARTÍCULO QUINTO.- Los gastos ocasionados por el presente Acuerdo serán sufragados por el Fondo Rotatorio o por la entidad que opere como ordenadora del gasto del Concejo de Santa Fe de Bogotá D.C.

ARTÍCULO SEXTO.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Santa Fe de Bogotá, D.C, a los diez (10) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve (1999).

SEVERO CORREA VALENCIA

Presidente

Concejo de Santa Fe de Bogotá

OSCAR DARÍO RODRÍGUEZ CEPEDA

Secretario General

Concejo de Santa Fe de Bogotá

ALCALDÍA MAYOR DE SANTA FE DE BOGOTÁ, D.C.

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

Alcalde Mayor

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE

Santa Fe de Bogotá Distrito Capital

Diciembre 29 de 1999

Nota: El presente Acuerdo fue publicado en el Registro Distrital No. 2054 del 29 de diciembre de 1999.