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Acuerdo 502 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/11/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/11/2012
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5006 de noviembre 16 de 2012.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 502 DE  2012

 

(Noviembre 14)

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE CREAN LOS PLANES INTEGRALES DE CONVIVENCIA Y SEGURIDAD ESCOLAR - PICSE Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES”

 

EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C.

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 1° del Decreto Ley 1421 de 1993 y en el artículo 313 de la Constitución Política

Ver Proyecto de Acuerdo 174 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C. art. 7, Decreto Distrital 540 de 2013

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO. Los Planes Integrales de Convivencia y Seguridad Escolar - PICSE son las herramientas de planeación y gestión de las instituciones educativas distritales en materia de la seguridad escolar y convivencia estudiantil en Bogotá, D.C., los cuales tendrán como objetivo principal prevenir los problemas de seguridad y de convivencia de los estudiantes al interior y en los entornos de los centros educativos.

 

ARTÍCULO SEGUNDO. Cada institución educativa distrital formulará su PICSE coordinado por los comités de convivencia que se constituyeron en el Acuerdo Distrital 04 de 2000, mediante un proceso de participación en el que se vincula a toda la comunidad educativa de cada institución, con el acompañamiento de la Secretaría Distrital de Gobierno, Secretaría Distrital de Educación y las entidades distritales y locales que se consideren pertinentes, según el contexto situacional de cada institución educativa.

 

ARTÍCULO TERCERO. Los PICSE establecidos por cada institución educativa tendrán en cuenta todos los aspectos problemáticos del interior y de los entornos de los centros educativos, que influyan en la seguridad y convivencia escolar según el contexto de cada localidad y de cada colegio, articulándose al Plan Integral de Seguridad Escolar del Distrito Capital, establecido en el Acuerdo 173 de 2005 y del Programa de Caminos Seguros al Colegio, consagrado como política pública en el Acuerdo 449 de 2010.

 

ARTÍCULO CUARTO. Los PICSE de cada institución educativa distrital promoverán para toda la comunidad educativa las prácticas de convivencia y las condiciones de seguridad, entre múltiples estrategias las siguientes:

 

·        Protección escolar para la convivencia y seguridad escolar.

·        Formación ciudadana.

·        Procesos de información y comunicación.

·        Ejercicios de investigación social para temas de seguridad y convivencia escolar.

·        Acciones culturales, deportivas y lúdicas.

·        Sistemas de seguridad.

·        Procesos de participación y solidaridad.

·        Atención conjunta y articulada con entidades pertinentes.

·        Orientación escolar.

·        Entornos bajo un modelo integral de seguridad.

 

ARTÍCULO QUINTO. Los PICSE serán como un insumo en la formulación de los planes integrales de seguridad locales.

 

ARTÍCULO SEXTO. Los resultados de los PICSE de cada institución educativa serán instrumento vinculante para el Sistema Distrital de Seguridad Escolar y el Observatorio de Convivencia Escolar, de tal manera que las políticas distritales en la materia, cuenten con mayor efectividad y pertinencia.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.  

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA

Presidente

ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO

Secretaria General de Organismo de Control

                                           

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5006 de noviembre 16 de 2012.