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ACUERDO 510 DE 2012 (Diciembre 05) Por medio del cual se toman medidas para racionalizar el consumo de
energía en Bogotá durante la época navideña EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D. C., En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 67 inciso 1, 79 y
80 de la Constitución Política de Colombia y en especial las conferidas en el
numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, Ver Proyecto de Acuerdo 166 de 2012 Concejo de Bogotá, D.C. ACUERDA: ARTÍCULO 1.- El alumbrado navideño instalado en espacio
público y promovido por el Distrito Capital será encendido entre el 1° de
diciembre y el 6 de enero del año siguiente, en horario comprendido entre las
18 horas y las 03 horas del día siguiente. ARTÍCULO 2.- El alumbrado público navideño del Distrito
Capital será instalado con fuentes de iluminación de eficiencia lumínica
disponible en el mercado. PARÁGRAFO. La Administración Distrital promoverá
campañas ambientales con el fin de que los alumbrados navideños instalados por
particulares se adapten voluntariamente a lo ordenado en el presente Acuerdo. ARTÍCULO 3.- El Distrito Capital por intermedio de la
Secretaría Distrital de Ambiente definirá el impacto ambiental generado por la
iluminación navideña instalada en el espacio público y promoverá estrategias de
mitigación mediante acciones de conservación ambiental. ARTÍCULO 4.- El presente Acuerdo rige a partir de la
fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. DARÍO FERNANDO CEPEDA PEÑA PRESIDENTE ELBA LIGIA ACOSTA CASTILLO SECRETARIA GENERAL DE ORGANISMO DE CONTROL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE. Dado en Bogotá D.C. a los 5 días del mes de diciembre del año 2012. |