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Concepto 39528 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/08/2012
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

2214200

 

Bogotá, D.C., 23 de agosto de 2012.

 

Doctor

CÉSAR AUGUSTO MANRIQUE SOACHA

Director

Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

Ciudad.

 

Radicado: 2-2012-39528.

 

Asunto:

Concepto en materia salarial y prestacional. Trabajador oficial vinculado como empleado público. Radicación No. 1-2012-38252, 1-2012-32509, y 2-2012-32563.

 

Respetado doctor Manrique:

 

Esta Dirección recibió la comunicación del asunto, mediante la cual la Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Distrital de Recreación y Deporte preguntaba:

 

“1. Al pasar de ser trabajador oficial a empleado público de la misma entidad, podría señalarse que hay solución de continuidad en los términos del inciso 4 del artículo 49 del Decreto 1042 de 1978?, teniendo en cuenta que el nombramiento se efectuaría inmediatamente se dé por aceptada terminación del contrato de trabajo.

2. Cuando la persona cambie de régimen laboral es decir, se posesione en un cargo de empleado público de libre nombramiento y remoción cómo se deben liquidar las cesantías a partir de ese momento? Conservan su carácter retroactivo? O deben consignarse en un Fondo de Cesantías?

3. Una vez se dé por terminado el contrato de trabajo deben liquidarse en su totalidad los salarios y prestaciones sociales causados hasta la fecha de finalización de la relación laboral?

4. En la hipótesis anterior, qué ocurre con el préstamo de vivienda otorgado por el IDRD?

5. Desde el momento en que la persona asuma el cargo de empleado público, cómo deben reconocerse sus prestaciones sociales?”

 

Al respecto, la citada consulta se trasladó por competencia al Departamento Administrativo de la Función Pública, en cumplimiento del artículo 12 del Decreto Nacional 840 de 2012.

 

Frente al citado traslado, la Directora Jurídica del Departamento Administrativo de la Función Pública remitió la adición al Convenio Administrativo de Delegación No. 18 de 2005,e informó que remitió a su Despacho la referida consulta sobre los elementos salariales y prestacionales de un trabajador oficial vinculado como empleado público, presentada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

 

Es de señalar que, mediante el Convenio Administrativo de Delegación No. 18 de 2005 el Departamento Administrativo de la Función Pública delegó algunas de sus funciones relacionadas con el Distrito Capital en el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

En este orden de ideas, esta Dirección considera que la consulta elevada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte referente a los elementos salariales y prestacionales de un trabajador oficial vinculad como empleador público, ya fue atendida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante el concepto DIR 513 del 22 de junio de 2012, de conformidad con el literal a) del artículo 2° del Decreto Distrital 76 de 2007, y el referido Convenio Administrativo de Delegación.

 

Por lo anterior, se solicita de manera atenta que el Departamento a su digno cargo, oriente al Instituto Distrital de Recreación y Deporte sobre la aplicación del citado pronunciamiento sobre el tema.

 

En consecuencia, esta Dirección carece de competencia para unificar con carácter prevalente la doctrina jurídica distrital en temas salariales y prestacionales, de conformidad con el artículo 12 del Decreto Nacional 840 de 2012 y el Convenio Administrativo de Delegación No. 18 de 2005.

 

Cordialmente,

 

JORGE ENRIQUE RAMÍREZ HERNÁNDEZ

Director Jurídico Distrital

 

Anexo:

Cuatro (4) folios. Radicado 1-2012-38452

 

C.C.

Doctora Martha Castaño Triana. Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Instituto Distrital de Recreación y Deporte. Calle 63 No. 47-06.

 

 

Doctor Luis Eduardo Sandoval Isdith. Subdirector Distrital de Estudios e Informática Jurídica. Anexo: cuatro (4) folios. Radicado 1-2012-38452.

 

Proyectó:

Elvira Liliana Hernández Libreros

Revisó y Aprobó:

Jorge Enrique Ramírez Hernández