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Circular 36 de 2011 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd

Fecha de Expedición:
10/10/2011
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/10/2011
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 036 DE 2011


PARA:

SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, GERENTES Y DIRECTORES DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, DIRECTORES DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, GERENTES DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, CONTRALOR DISTRITAL, VEEDORA DISTRITAL, PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, PERSONERO DISTRITAL - JEFES DE PERSONAL.

DE:

DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL DISTRITAL – DASCD -

ASUNTO:

ORIENTACIONES EN MATERIA DE CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS.

FECHA: 10 DE OCTUBRE DE 2011.

Un cordial saludo.

Teniendo en cuenta la función del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital establecida mediante el Decreto 67 de 2007, de "adelantar las políticas y programas de bienestar social y mejoramiento del clima laboral que sean comunes a las diferentes entidades del distrito", y con el fin de orientar el desarrollo integral del bienestar social laboral en las entidades públicas del Distrito Capital, y propender por la optimización de recursos destinados al bienestar, se dispone lo siguiente:

I. Bienestar Social Laboral

Conforme a los estudios realizados por los Departamentos Administrativos de la Función Pública y el Servicio Civil Distrital, y con el fin de mejorar la gestión del bienestar social laboral en el Distrito Capital, se reitera la necesidad de aplicar la metodología y lineamientos establecidos mediante los Decretos No. 1567 de 1998 y No. 1227 de 2005 que regulan esta materia.

Dado lo anterior, esta Entidad recomienda tener en cuenta los siguientes lineamientos al momento de elaborar los diagnósticos de necesidades, definir las áreas de intervención, y programar las actividades y el presupuesto a ejecutar durante cada vigencia:

1. La metodología desde la planeación debe estar enfocada a identificar los aspectos que afectan a los trabajadores de manera integral con la institución, es decir, que mejorar las condiciones a los trabajadores, redundará no solo en su bienestar, sino en la productividad y calidad del servicio.

2. Desarrollar políticas y programas para los servidores públicos que contribuyan al desarrollo integral del prepensionado, que fomente la independencia y la adaptación a nuevos escenarios sociales, familiares y personales. De esta forma, atender las necesidades de los servidores públicos próximos a acceder a su derecho a la pensión, exaltar el sentido de pertenencia, la dedicación y el tiempo de trabajo de los servidores de las entidades distritales.

Por lo anterior, desde este Departamento se busca que las demás entidades promuevan:

* La creación e impulso de estrategias que permitan la desvinculación laboral formal, sin que sufra menoscabo la calidad de vida ni se produzca discriminación alguna (directa o indirecta) hacia quien está próximo al retiro, para lo cual el Departamento presta el acompañamiento y asesoría jurídica en los temas de reconocimientos pensionales.

* La formulación de programas que proporcionen herramientas encaminadas a exaltar las cualidades personales y el planteamiento de un proyecto de vida después del retiro, para lo cual el Departamento presentó mediante Circular No. 18 del 11 Julio de 2011 el programa 'Proyectando Vida", dirigido a todos los funcionarios y funcionarias que se encuentren próximos a su pensión.

3. La determinación del presupuesto de bienestar social debe corresponder al resultado de la planeación, análisis y costeo de las actividades de bienestar a desarrollar durante la vigencia. Por lo tanto, el DASCD publicará dentro del primer trimestre de cada vigencia, las actividades de bienestar en las que puedan participar las Entidades Públicas del Distrito Capital que lo consideren Pertinente, con el fin de contribuir con la optimización de los recursos y austeridad en el gasto.

Además, con los informes que pretende publicar al DASCD en materia de bienestar, se podrá identificar que actividades pueden desarrollar las Entidades de manera conjunta, facilitando la gestión y contribuyendo con la optimización de recursos.

4. Reconocer el 8 de, Marzo como el "Día de los. Derechos de las Mujeres". En este sentido se espera que al interior de las Entidades se impulsen mensajes y conmemoraciones que reconozcan los derechos de las mujeres, el camino avanzado para su reconocimiento y los retos para seguir 'avanzando hacia la igualdad.

Así mismo, se pretende promover el acceso de mujeres a espacios laborales que tradicionalmente les han sido vedados (profesiones y oficios masculinizados). También, a deportes que históricamente "han sido practicados mayoritariamente por los hombres.

II. Seguridad Social Integral

El DASCD hace un llamado a las Entidades Públicas del Distrito Capital a fomentar la afiliación del talento humano a las Administradoras de Riesgos Profesionales (ARP), sin importar su tipo de vinculación, con el fin de mejorar las condiciones de trabajo y salud de los trabajadores independientes mediante la promoción y prevención de los riesgos profesionales, como lo prevé el Decreto 2800 del 3 de octubre reglamentado del Decreto Ley 1294 de 1994 que establece el Sistema de Seguridad Social Integral.

En consecuencia se determina lo siguiente:

1. Velando por la seguridad y el bienestar laboral del talento humano, se recomienda que en las actividades deportivas que programen tanto esta Entidad como las demás Entidades Públicas del Distrito capital, solamente participen los colaboradores de dichas Entidades que estén debidamente afiliados a la Administradora de Riesgos Profesionales (ARP).

2. De acuerdo con la Resolución 2346 de 2007, del Ministerio de la Protección Social, se reitera la obligatoriedad de realizar como mínimo las siguientes evaluaciones médicas a sus empleados: 1. Evaluación médica preocupacional o de preingreso 2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas (programadas o por cambios ocupación) 3. Evaluación médica posocupacional o de egreso.

3. Conforme al compromiso establecido en el numeral 2.4 del Acta de Acuerdo Laboral del 18 de mayo de 2011, el DASCD requiere que cada entidad proceda, con la asesoría de su respectiva ARP, a hacer una evaluación de las condiciones laborales de sus trabajadores y los riesgos a los que están expuestos dentro de su entorno laboral, estudiando la necesidad de reclasificar o no el riesgo, y remitir dicha información a esta Entidad el 14 de octubre a mas tardar para ser consolidada.

III. Matriz de Información sobre Bienestar Social en el Distrito Capital

Dentro de las políticas del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, está el desarrollar mecanismos que permitan orientar la planeación, desarrollo y evaluación de los programas de Bienestar Social de las entidades, en concordancia, tanto con los planes institucionales, como con las necesidades de los trabajadores y trabajadoras.

Por tal razón, el Departamento con el fin de promover a mediano plazo la creación de una Red Distrital de Bienestar, y de orientar sus políticas de manera priorizada para mejorar la gestión del bienestar social en el Distrito, ha desarrollado una matriz de información pretende identificar las necesidades comunes para la (Sic) optimizar los recursos, y tener un diagnóstico permanente del Distrito en esta materia, para lo cual requiere crear un banco de datos.

Como quiera que esta matriz hace parte del desarrollo del proceso mediante el cual se pretende contar con información oportuna y confiable, que permita orientar las políticas que formula el DASCD sobre la elaboración y ejecución de los Planes de Bienestar Social, deberá ser diligenciada de manera completa por primera vez antes del 14 de octubre de 2011, y actualizada mensualmente por cada entidad en el formato que se encuentra en la página del DASCD (). Allí igualmente, se encontrará un instructivo para orientar este ejercicio. Se tiene previsto que a mediano plazo esta información hará parte del SIGIA.

Una vez diligenciada la información en la matriz, deberá ser re Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD, en medio físico adjuntando el Plan Bienestar e Incentivos, y al correo electrónico, a más tardar el día 14 de octubre del año en curso.

Cordialmente,

SANDRA LILIANA BAUTISTA LÓPEZ

INSTRUCTIVO FORMATO DE BIENESTAR SOCIAL

El Departamento Administrativo del Servicio Civil dentro del desarrollo dé sus políticas de bienestar social, requiere contar con la información que refleje la situación actual en materia de bienestar del talento humano que labora en el Distrito Capital, con el fin de orientar la elaboración de los Planes de Bienestar e Incentivos acordes a las necesidades identificadas, permitiendo mejorar las condiciones laborales de las y !Os trabajadores de las Entidades Públicas del Distrito Capital.

Diligenciamiento de la Información

* Necesidades de Bienestar: corresponde a las necesidades de las y los trabajadores identificadas en cada entidad, en el proceso de identificación de las áreas de intervención.

* Clasificación según el origen de la necesidad, o resultado del diagnóstico: se deben seleccionar los temas a los que corresponden las necesidades de bienestar sobre la cual se programaran las actividades para satisfacerlas.

* Total presupuesto asignado: Se debe agregar el presupuesto asignado por el rubro se funcionamiento para desarrollar las actividades de Bienestar Social e Incentivos y Salud Ocupacional según la vigencia. Adicionalmente identificar el presupuesto que se destine por rubros de inversión al desarrollo de actividades ligadas al bienestar de las y los trabajadores.

* Relacione los instrumentos de medición de impacto de la gestión de Bienestar en la Entidad: Se deben relacionar los indicadores utilizados para medir el impacto de la gestión del bienestar, así como los formatos creados para tal fin.

* Actividades de Bienestar Programadas: relacionar las actividades de bienestar social programadas durante la vigencia, que satisfacen las necesidades de las y los trabajadores identificadas en la etapa de planeación.

* Clasificación de la Actividad: Se deben señalar a que tema corresponden las actividades programadas.

* Mes Programado: Señalar el mes en el que se desarrollará la actividad programada.

* Quien desarrolla la actividad: Se debe señalar quién desarrolla la actividad dentro de las opciones previstas.

* Sitio de desarrollo de la actividad: Se debe señalar dentro de las opciones el sitio en general para desarrollar las actividades de bienestar previstas.

* No. de Personas Beneficiarias: Colocar el número de personas que participan de las actividades de bienestar.

* Nivel Jerárquico: Colocar el número de personas por nivel al que pertenecen (Directivo-Dir, Asesor-Ase, Profesional-Prof, Técnico-Tec, Asistencial-Asis).

* Vinculación: Colocar el número de personas de acuerdo al tipo de vinculación al que pertenecen (Libre Nombramiento-LN, Periodo Fijo-PF, Carrera Administrativa-CA, Provisionales-PV, Periodo de Prueba-PP, Supernumerarios-SN, Trabajadores Oficiales-TO, Contrato-OC).

* Sexo: Colocar el número de personas según su sexo (Hombre-H, Mujer-M, Transgénero-Trans).

* Valor total de la actividad: Colocar el valor total de la actividad programada.

* Rubro: Identificar el rubro mediante el cual se desarrolla la actividad.

Vigencia de la Información. La información requerida hace referencia al Plan de Bienestar e Incentivos elaborado para la vigencia 2010 y 2911. Una planilla para cada vigencia.

Una vez diligenciados los formatos de bienestar, estos deberán ser remitidos al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital DASCD, en medio físico adjuntando el Plan de Bienestar e Incentivos vigente y al correo electrónico.

Cuando debe remitirse la información solicitada: A más tardar el 14 de octubre de 2011.