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Proyecto de Acuerdo 31 de 2014 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Anales del Concejo
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

PARA:

Mauricio Acosta González, Secretario General.

DE:

Honorable Concejal Marco Fidel Ramírez Antonio.

ASUNTO:

Radicación de Proyecto de Acuerdo.

Con el fin de que surta el trámite correspondiente me permito radicar ante este despacho el proyecto de acuerdo "POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE LA ASISTENCIA A CLASES POR PARTE DE LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL EN EDAD ESCOLAR DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ" de mi autoría.

El proyecto ha sido presentado en cuatro oportunidades anteriores la primera de ellas con ponencia negativa, por parte de la H. C. Soledad Tamayo Tamayo. En esta oportunidad al proyecto se le asignó el numero 216 de 2012. La segunda de ellas se atendió con ponencia negativa de parte del H. C. Celio Nieves Herrera y con ponencia positiva del H. C. Edward Arias Rubio en esta oportunidad al proyecto se le asignó el número 113 de 2013. La tercera de ellas se atendió con ponencia negativa del H. C. Boris de Jesús Montes de Occa, y negativa por parte del H. C. Jorge Salamanca Cortés. En esta oportunidad al proyecto se le dio el número 155 de 2013. La Cuarta de ellas se atendió con ponencia positiva del H.C. Jorge Duran Silva, y con ponencia negativa de parte del H.C. Boris de Jesús Montes de Occa, en esta oportunidad el proyecto tenía el número 264 de 2013.

Agradezco su amable colaboración.

Cordialmente,

MARCO FIDEL RAMÍREZ ANTONIO

H. Concejal de Bogotá

Partido Opción Ciudadana

Proyectó: Dr. Alfredo Arrazola

PROYECTO DE ACUERDO No. 031 DE 2014

"POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE LA ASISTENCIA A CLASES POR PARTE DE LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL EN EDAD ESCOLAR, DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ".

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

I. CONSIDERACIONES GENERALES

La educación se define como el suministro de información científica y de comportamiento para que el educando pueda desempeñarse cabalmente en la sociedad, esto es conforme a sus relaciones interpersonales y familiares basadas en la moral y en las buenas costumbres, con un bagaje de conocimientos que le permitan auxiliar a los demás conforme a los parámetros de comportamiento que impone la alteridad social y familiar. Las instituciones privadas y públicas deben implementar mecanismos adecuados para que la educación llegue por lo menos de manera eficaz a la población infantil y juvenil.

La educación escolar en sus niveles básicos está siendo reemplazada, por el ánimo de lucro que existe en algunos padres de familia o en cabeza de personas inescrupulosas, que insisten en usar a los menores de edad con el fin de conmover a los transeúntes, para que estos movidos a misericordia provean a título de limosnas y demás recursos lo necesario para satisfacer sus necesidades básicas. La obtención de la dádiva se logra no sólo por la donación, sino, que también puede existir una transacción comercial en la que se ofrece algún producto de primera necesidad al transeúnte interceptado, pero el motivo o causa eficiente de esta transacción es altruista o basado en la misericordia que logra despertar el menor que ofrece el bien o servicio en la calle.

Los estudios estadísticos que dan cuenta del uso de menores en actividades productivas, en perjuicio de su derecho a educarse, es de resaltar que según las estadísticas del DANE en Colombia la ocupación infantil no sólo se circunscribe a la explotación a que nos hemos referido arriba sino que también son usados en la factoría o empresas que a pesar de remunerar con base en los lineamientos de las leyes colombianas, suponen una separación patológica de las aulas en donde se deben capacitar.

Las estadísticas del año 2011 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística de Colombia (1) señalan las siguientes cifras:

1. Los niños que se emplean en actividades productivas no recreativas tienen edades que oscilan entre los 5 y los 17 años de edad.

2. En Colombia se estima que la población infantil trabajadora se eleva al número de un millón cincuenta mil (1.050.000.00) niños.

3. La cifra mencionada se incrementa en un treinta y cuatro por ciento cada año según el estudio del comportamiento del problema planteado.

4. Las zonas urbanas son las que presentan las cifras más altas de niños vinculados al mercado laboral.

5. El estudio del DANE que se menciona dice que: "Registrar un aumento de 34% de niños y niñas trabajando significa que en Colombia, de un total de 15,1 millones de personas menores de 18 años, el 12,2% está apartado, por culpa del trabajo infantil, de lo que constitucionalmente le pertenece como es: El juego, la recreación, la protección, la salud y la educación."

6. Según el DANE, el 36% de los niños y niñas argumentan que trabajan porque deben aportar a la actividad económica de la familia.

7. Los sectores en los que más trabajan los niños, son:

Agricultura

37,3%

Comercio

30.5%

Servicios

07.8%

Industria

13.6%

Transporte

06.9%

8. La legislación colombiana permite en algunos casos que menores de edad trabajen, pero deben hacerlo con un permiso especial y su jornada no puede exceder las 14 horas semanales.

Estas estadísticas fueron extraídas de la publicación de la página WEB del espectador publicada el día 30 de abril de 2011, cuya fuente es el trabajo estadístico que se menciona del DANE.

(1)http://www.dane.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=126&Itemid=67

El 10 de enero de 2012, el Diario El Espectador publicó una estadística cuya fuente es el Departamento nacional de Estadísticas, en la que dice:

"La tasa de ocupación fue 43,8% para el total de personas entre 14 y 26 años. Para los hombres en este rango de edad la tasa de ocupación alcanzó 54,8 y para las mujeres alcanzó 32,7%, en el primer trimestre de este año.

Destaca el informe que para el total nacional, la rama de actividad que concentró el mayor número de ocupados jóvenes fue comercio, hoteles y restaurantes con 28,1%, seguido de agricultura, pesca, ganadería, caza y silvicultura con 19,1%."

En la página WEB de la Organización Internacional del Trabajo OIT(3), se expone con el fin de promocionar el día mundial contra el trabajo infantil lo siguiente que vale la pena traer a colación:

"http://www.eltiempo.com/vida-de-hoy/educacion/ARTICULO-WEB-NEW_NOTA_INTERIOR-12345957.html

Más de 15 millones de colombianos, sin bachillerato completo

Por: REDACCIÓN VIDA DE HOY 6:27 p.m. 30 de Octubre del 2012

EL TIEMPO

"Tan solo en 2011, 353.149 jóvenes en edad de cursar educación media (décimo y once) no estudiaban.

Hoy, 15,5 millones de colombianos mayores de 20 años no tienen el bachillerato completo y de estos, 2,7 están entre los 20 y los 30 años.

Estos datos hacen parte de una investigación llevada a cabo por el senador John Sudarsky, quien durante un debate de control político sobre el tema afirmó que a pesar de que ha aumentado la cobertura en secundaria, la cifra de colombianos con bachillerato incompleto permanece casi idéntica desde hace 12 años.

Mientras que en 1999, 15'639.918 personas mayores de 20 años no tenían la secundaria completa, en el 2011 esta cifra era de 15'572.235.

"Es urgente lograr la universalidad de la cobertura en la educación media de manera que no se siga alimentando la marginalidad... Para el siglo XXI, el bachillerato completo es indispensable pues, al no tenerlo, las posibilidades laborales se reducen dramáticamente", dijo el congresista.

En el sector rural la situación es más crítica, dijo, pues allí la cobertura bruta es de solo el 48 por ciento, mientras que en el área urbana es del 91 por ciento.

De acuerdo con datos del Ministerio de Educación, el año pasado la educación media tuvo una cobertura bruta (si se suman todos los alumnos de grados 10 y 11, sin importar su edad) del 65 por ciento (1'147.543 estudiantes) y una cobertura neta (quienes tienen entre 15 y 16 años) del 41 por ciento (727.189 estudiantes). Las tasas más altas de deserción escolar se presentan, precisamente, en este nivel educativo.

Incluso, el sistema perdió cerca de 163 mil estudiantes que en el 2009 estaban matriculados en grado noveno y que no llegaron al grado 11 el año pasado. "Entre las razones se cuentan las dificultades académicas, la forma de enseñar de los docentes y los conflictos de violencia escolar", dice el Ministerio.

Según Sudarsky, lograr el 100 por ciento de la cobertura en educación media costaría 586.000 millones de pesos; de hecho, para alcanzar la universalidad en el 2014 es necesario invertir 235.000 millones de pesos adicionales.

REDACCIÓN VIDA DE HOY En Twitter: @VidadeHoyET"

De estudio reciente del DANE correspondiente al último trimestre del año 2012, y publicado recientemente en su página WEB se pueden sacar las siguientes estadísticas:

De los niños y jóvenes entre 5 y 17 años de edad que pertenecen a las cabeceras no asisten a clases un total de setecientos sesenta y un mil (761.000.oo) niños en todo el territorio, este número de infantes realizan actividades que van desde la quedada en la casa sin oficio a otras actividades remuneradas o no como son:

Lavar, Planchar, Cocinar, Cuidar niños pequeños o personas enfermas, o con discapacidad en el hogar, atender huerta casera, atender cría y cuidado de animales, hacer mandados y/o mercados, limpieza y mantenimiento del hogar y otras actividades como, de esta cantidad existen ciento noventa y seis mil (196.000.oo) asalariados, y de aquellos que reciben hasta un cuarto ¼ del salario mínimo legal mensual vigente un total de ciento setenta mil (170.000.oo) niños y jóvenes, estos asalariados se mueven en actividades como agricultura, pesca, ganadería, caza, silvicultura, industria manufacturera, comercio, hoteles y restaurantes, transporte, almacenamiento, y comunicaciones, servicios comunales, sociales y personales, a este sector corresponde aproximadamente doscientos ochenta mil niños (280.000.oo) niños y de estos jóvenes y niños que trabajan el 36.6% trabaja 30 horas a la semana o más. Los motivos que aducen los menores para justificar su trabajo son principalmente los siguientes:

1. Ayudar con los gastos de la casa.

2. Porque el trabajo lo forma como persona.

3. El trabajo lo aleja de vicios.

4. Debe participar en trabajo familiar.

5. Le gusta trabajar para tener su propio dinero.

6. Otras razones.

Hablando específicamente de Bogotá, encontramos en el estudio que en el territorio del distrito, había a finales del año 2012, un número un millón quinientos ochenta mil niños de los cuales ciento diecinueve mil (119.000) niños entre 5 y 17 años trabaja, además se detectaron cincuenta mil (50.000.oo) niños que trabajan y realizan oficios del hogar al tiempo.

(http://www.dane.gov.co/index.php?option=com_content&id=126&Itemid=67)

En publicación de la página WEB del Espectador del 30 de abril de 2011 http://www.elespectador.com/economia/articulo-266397-cifra-de-trabajo-infantil-colombia-crecio-34 se dijo según datos del Departamento Nacional de Estadísticas que el trabajo infantil en Colombia creció en un 34% lo que significa que 263.847 menores de edad se incorporaron en condiciones irregulares al mundo laboral.

II. JUSTIFICACION

Buena parte de la población colombiana parece satisfacerse con escasos recursos intelectuales, debido a que se puede lograr empresa sin muchos conocimientos científicos o culturales, pero la verdad es que si se estudia y se obtiene una educación tal como se plantea actualmente por las políticas de educación nacional el resultado aún sería mejor, y la dinámica empresarial y comercial no se limitaría al simple intercambio de bienes y servicios sino que estaría orientado por los recursos que proponen el marketing y las demás políticas empresariales de la época que se basan en el conocimiento del entorno social y político y en la introducción de los términos comerciales que propone la globalización, y esta época de tratados internacionales de intercambio comercial. Por ende la educación hace que los empresarios dependan cada vez menos de expertos profesionales sino que sean ellos autosuficientes.

Los menores en su etapa más temprana son dependientes para poder ajustar mecanismos que le permitan atender sus necesidades y para resolver los problemas que empiezan a presentarse, la niñez y la juventud no puede seguir expuesta a los vejámenes de sus instintos, sino que deben ser equipados de elementos excepcionales que le permitan tener aspiraciones y sueños de tal manera, que el reconocimiento internacional de los derechos que les pertenecen no quede como un saludo a la bandera sino más bien como la concreción de las aspiraciones que contienen los documentos internacionales y las disposiciones de las normas nacionales que pretenden la protección de la niñez y de la juventud, y no la eliminación temprana de esta población en la que los colombianos mayores tenemos puestas nuestra confianza y esperanza.

No puede dejarse el destino de la niñez y de la juventud en manos de los niños, la Ley de la Infancia y la Adolescencia no precisa el alcance de los derechos que se le confieren a los menores y jóvenes de Colombia, estos derechos no impiden que los miembros de esta población puedan ser orientados hacia la realización de sus propósitos personales, bajo el entendido del respeto a los demás. El leseferismo que se insinúa en el código mencionado no es prudente debido a que es apropiado que el niño y el joven reciban unas instrucciones mínimas, de convivencia y de cultura para que su desarrollo sea adecuado garantizándoseles la conservación de sus cuerpos, de su vida, de sus convicciones morales para que a su vez sean estos cada vez más independientes, no se puede dejar el destino de los niños a ellos mismos, sino que al principio es preciso que los mismos se sometan a unas reglas que fortalecen su carácter.

La inversión del Distrito Capital, en cuanto a lo que tiene que ver con equipamientos escolares, puede atender y albergar a toda la población infantil y juvenil del Distrito Capital. Por esto y por la importancia que representa contar con una población de cero analfabetismo, lo cual ayuda de manera importante al mejoramiento de la calidad de vida. Ello justifica la implementación de un plan de contingencia que garantice la presencia de la población juvenil e infantil dentro de las escuelas o instituciones educativas distritales mientras obtienen el título de bachiller y comiencen su carrera profesional así sea dentro de las Universidades distritales según el listado siguiente:

Públicas:

Escuela Superior de Administración Pública (ESAP).

Universidad Nacional de Colombia (UNAL).

Universidad Distrital Francisco José de Caldas.

Universidad Militar Nueva Granada (UMNG).

Universidad Nacional Abierta y a Distancia (UNAD).

Universidad Pedagógica Nacional.

Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca.

La Población de docentes en las Instituciones educativas Distritales, según debates anteriores recientes que se han realizado en este recinto, han demostrado las faltas de profesores y demás que atiendan los requerimientos educacionales y asistenciales a la población infantil y juvenil.

III. OBJETIVOS

1. Disminuir las tasas de ausentismo escolar en la capital de la República para con ello disminuir las tasas de analfabetismo y mejorar con ello la calidad de vida de los capitalinos.

2. Fomentar mecanismos de control con los recursos y personal disponible desde ya en las secretarías de educación del Distrito y en las Instituciones educativas Distritales, con el apoyo importante del ICBF y de la Policía Metropolitana.

3. Reconocer y exaltar la importancia que tiene la satisfacción del derecho a la ecuación según los postulados constitucionales y legales de acuerdo a los fines del estado social de derecho que propone la constitución política de Colombia.

4. Promover, divulgar y difundir el conocimiento científico y cultural por medio de las instituciones educativas distritales para que ese conocimiento ayude a erradicar el analfabetismo y ayude a propiciar la profesionalización del trabajo.

5. Promover la prohibición de trabajo infantil en los términos en los que se ha detectado por medio de las autoridades de estadística y las entidades distritales en general.

6. Reconocer las finalidades de las políticas de educación Distrital las cuales propenden por llevar al cien por ciento de la población los programas de estudio según la educación primaria y media.

7. Sensibilizar y motivar mediante la difusión de estadísticas casos concretos de desarraigo de los niños y jóvenes de las escuelas en donde deben estar.

8. Detectar la verdadera dimensión del problema que constituye el desarraigo del niño o del joven de su núcleo familiar, desfigurando el esquema que debe tener cualquier personas que aspira en edad adulta a integrar un núcleo familiar ya como cabeza, y que la familia compuesta pueda preparar a sus hijos conforme a las normas de convivencia basadas en la moral y en las buenas costumbres, articulando de esta manera la convivencia pacífica de la sociedad capitalina.

9. Detectar las poblaciones de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de habitabilidad en calle, estableciendo su nivel de escolaridad, a fin de tomar los correctivos que suplan las deficiencias en el nivel de escolaridad y detectar anomalías en la convivencia familiar, para que a través de escuelas de padres se restaure la convivencia familiar.

IV. MARCO CONSTITUCIONAL Y LEGAL

Sentencia T-355/12 Establece la drogadicción como una enfermedad que debe ser atendida.

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA

Artículo 1. Establece como principio fundamental que Colombia es un Estado de Social de Derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Artículo 5. El Estado reconoce sin discriminación alguna, la primacía de los derechos inalienables de la persona y ampara a la familia como institución básica de la sociedad.

Artículo 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores.

Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.

Ley de la infancia y la adolescencia. Ley 1098 de 2010

Artículo 41, le corresponde al Estado.

17. Garantizar las condiciones para que los niños, las niñas desde su nacimiento, tengan acceso a una educación idónea y de calidad, bien sea en instituciones educativas cercanas a su vivienda, o mediante la utilización de tecnologías que garanticen dicho acceso, tanto en los entornos rurales como urbanos.

18. Asegurar los medios y condiciones que les garanticen la permanencia en el sistema educativo y el cumplimiento de su ciclo completo de formación.

19. Garantizar un ambiente escolar respetuoso de la dignidad y los derechos humanos de los niños, las niñas y los adolescentes y desarrollar programas de formación de maestros para la promoción del buen trato.

20. Erradicar del sistema educativo las prácticas pedagógicas discriminatorias o excluyentes y las sanciones que conlleven maltrato, o menoscabo de la dignidad o integridad física, psicológica o moral de los niños, las niñas y los adolescentes.

21. Atender las necesidades educativas específicas de los niños, las niñas y los adolescentes con discapacidad, con capacidades excepcionales y en situaciones de emergencia.

22. Garantizar la etno educación para los niños, las niñas y los adolescentes indígenas y de otros grupos étnicos, de conformidad con la Constitución Política y la ley que regule la materia.

23. Diseñar y aplicar estrategias para la prevención y el control de la deserción escolar y para evitar la expulsión de los niños, las niñas y los adolescentes del sistema educativo.

24. Fomentar el deporte, la recreación y las actividades de supervivencia, y facilitar los materiales y útiles necesarios para su práctica regular y continuada.

25. Fomentar la participación en la vida cultural y en las artes, la creatividad y producción artística, científica y tecnológica de niños, niñas y adolescentes y consagrar recursos especiales para esto.

En el desarrollo de la elaboración de este proyecto de acuerdo, se hicieron algunas diligencias de indagación de la situación actual de la juventud y de la niñez de Bogotá, relacionada con la asistencia en establecimientos educativos a fin de verificar la aplicación del derecho, entre las diligencias está que presentamos una petición respetuosa a la dirección de IDIPRON, esto es el Instituto Distrital para la protección de la niñez y de la juventud. En la carta de respuesta enviada por el Doctor Jesús Hernán Salazar Pérez como director General Encargado, responde las siguientes preguntas que se formularon por el despacho de este concejal:

1. ¿Existe en Bogotá la figura de Inspectores escolares, esto es, funcionarios encargados de garantizar la asistencia de los niños y jóvenes en los colegios o Instituciones Educativas Distritales?

2. De no existir tales funcionarios, ¿Existe algún mecanismo que garantice el ejercicio del derecho de los menores y de la juventud a educarse, y que evite que los menores sean empleados en trabajos callejeros para asegurar un ingreso económico de personas inescrupulosas o de sus mismos padres?

3. La razón de ser de IDIPRON ¿sigue siendo la población infantil de la calle? O ¿también se incluyen los menores y jóvenes que tienen donde vivir pero que no asisten a las escuelas o Instituciones Educativas Distritales, teniendo edad para hacerlo, y que al contrario se encuentran desarrollando una actividad de las que conforman la economía informal de Bogotá?

La respuesta se recibió firmada por el Director General encargado que ya he mencionado y revisada por la Doctora Luz Patricia Quintanilla Parra como jefe de la Oficina Jurídica, y proyectada por Ligia Stella Rozo Profesional Oficina Asesora de Planeación, quienes nos manifestaron los siguientes aspectos importantes:

1. El tema de inspectores escolares es potestativo de la secretaría de educación Distrital.

2. Se muestra como un deber de la familia el fomentar la estabilidad y prevenir la deserción escolar.

3. Se señala a la educación como un derecho fundamental de los niños y de los adolescentes.

4. Se dijo que con la educaciones busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica y a los demás bienes y valores de la cultura, se dice así mismo que la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz, y a la democracia, así mismo lo formará en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

5. Se nos dice que IDIPRON atiende a niños, niñas, adolescentes y jóvenes en situación de vida en calle, uno de sus objetivos es la prevención del fenómeno callejero y trazan su trabajo en corresponsabilidad con la familia, con base en eso diagnostican y determinan la situación real de cada niño, niña, adolescente, joven o jovencita.

6. La universidad del Rosario en el año de 2003, realizó un estudio médico (http://www.google.com.co/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&sqi=2&ved=0CFUQFjAA&url=http%3A%2F%2Frevistas.urosario.edu.co%2Findex.php%2Frevsalud%2Farticle%2Fdownload%2F599%2F517&ei=ttcFUNqFGsek6wGoq826CA&usg=AFQjCNHkXljp0WtiOQLQCISr7y1Zrmp1CQ), respecto del trabajo infantil en las calles de Bogotá se entrevistaron 162 niños según el siguiente cuadro:

Cantidad de niños encuestados

162

Porcentaje de niños

52.5%

Porcentaje de niñas

47.5%

Menores de 5 años

38.5%

Mayores de 5 años

64.2%

Se encontraban solos

61.1%

Acompañados por algún adulto

39.9%

Deserción escolar

33.3

No afiliados a seguridad social

38.9% Sobretodo familias desplazadas.

A principios del primer semestre del año 2012 en virtud del estudio de aprobación del plan de desarrollo la encargada del sector de integración social manifestó en este recinto entre otras cosas las siguientes:

"Por medio del Instituto para la protección de la niñez y la juventud, IDIPRON, se protegerán y atenderán integralmente a 8.864 niños y adolescentes en situación de habitabilidad en calle como acción preventiva", indicó la Secretaría de Integración Social.

Para combatir el trabajo infantil, la Administración le apunta a la atención de 27.623 niños Y NIÑAS en riesgo de explotación, la línea base es de 13.638."

En vista de ese pronunciamiento y de que a la fecha los resultados aún no son los esperados, se hace necesaria la implementación de un plan de contingencia que atienda de manera inaplazable esa población de niños y de adolescentes de habitabilidad en calle, por ello se justifica este proyecto que busca implementar un mecanismo adecuado de detección de la población infantil y juvenil en calle y su resocialización, de lo que se expuso se concluye que existen 8.864 niños y adolescentes en situación de habitabilidad en calle que requieren un espacio dentro del ámbito escolar con el que cuenta la administración distrital actualmente.

En el informe de la alcaldía Distrital de Bogotá del año de 2011 se muestra una tasa de deserción de 3,7% del sector público comparado con una tasa de 1,4% de deserción en los colegios privados de la capital. Este porcentaje de deserción es similar en todos los niveles educativos, esto es educación primaria media y superior. Así mismo en el informe se exponen las tasas de cobertura de la población requerida de este derecho fundamental, así:

Cobertura Bruta

Preescolar

Primaria

Secundaria

Media

74.7%

105.7%

105.7%

88.7%

Cobertura Neta

Preescolar

Primaria

Secundaria

Media

84.9%

101.2%

95.0%

55.6%

Este informe no se compadece con la realidad que mostró la secretaria de integración social, debido a que según lo dicho en el recinto del concejo en el primer semestre de 2012, había casi 9.000 niños en situación de habitabilidad en calle, dentro de este grupo a lo mejor se incluyen los desplazados que se atienden como víctimas, y los que han superado los once años que se enlistan en las pandillas, clanes, parches o bandas criminales. El IDIPRON en el año 2010 había logrado atender un total de 712 niños entre 8 y 13 años y 1949 jóvenes entre 14 y 17 años para un total de 2.661 total atendidos esto es el 29.66% de la población necesitada. Quedando en entre dicho la atención del 70,05% cifra esta que justifica aún más la implementación de un plan de contingencia o de emergencia que cuente con los elementos disponibles en la logística actual de implementación de las políticas de la administración actual.

El estudio de la Universidad del Rosario de Bogotá señala los riesgos a los que se exponen los niños habitantes de la calle:

1. Ruido.

2. Temperaturas extremas y radiaciones.

3. Químicos.

4. Humos.

5. Material Particulado.

6. Ergonómicos.

7. Sobre esfuerzos, movimientos forzados.

8. Trabajo prolongado de pie.

9. Voceo.

10. Sico –sociales Que atentan contra el desarrollo mental adecuado del menor trabajador.

11. Jornada laboral extensa.

12. Ansiedad.

13. Estrés.

14. Acoso sexual.

15. Fatiga.

16. Menoscabo de desarrollo mental.

Consecuencias

1. Piquiña en ojos.

2. Congestión respiratoria.

3. Molestias en la piel.

4. Bajas concentraciones de hemoglobina.

5. Mala condición física.

6. Mal humor.

7. Llanto.

8. Ideas suicidas.

9. Agresividad.

10. Accidentalidad.

11. Infecciones cutáneas.

12. Diarrea.

13. Infecciones respiratorias altas.

En el oficio No. CÓD: A-GDO-FT-013 VR:04 400 enviado al correo electrónico de este concejal en atención a un cuestionario que se había presentado desde el 25 de septiembre de 2012, a la entidad IDIPRÓN, este instituto nos menciona algunos aspectos entre otros, que tienen que ver con el panorama epidemiológico de los habitantes de la calle, que ha resultado de la atención de los niños, jóvenes y adolescentes cuando ingresan al Instituto desde la calle, el diagnóstico se basa en datos que aportan según los convenios que se tienen con los hospitales del Sur, Hospital Centro oriente, y Clínica Santo Tomás, y el resultado de la tipología de afecciones es el siguiente:

1. Caries de la dentina.

2. Hipermetropía.

3. Parasitosis Intestinal.

4. Caries dental no especificada.

5. Trastornos mentales y del comportamiento debido al uso de múltiples drogas y al uso de sustancias psicoactivas, con síndrome de drogodependencia.

6. Rinofaringitis aguda.

7. Raíz dental detenida.

8. Consumo de spa.

Los componentes que integran la estrategia del IDIPRÓN que facilita e ingreso de niños, adolescentes y jóvenes de la calle contiene varios componentes, para viabilizar la misión del Instituto, estos componentes son:

1. Componente Lúdico, Recreativo y Deportivo: Promover la ocupación del tiempo libre, en deportes, capacitaciones competencias y campamentos.

2. Componente Alimentación, Salud y Nutrición: Gestión de la atención en salud, y alimentación a los menores habitantes de la calle al momento de ingreso.

3. Componente Intervención familiar: Reconstrucción de vínculos afectivos y el fortalecimiento de la red de apoyo familiar.

4. Componente sociolegal: Garantizar la condición de ciudadanía de los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes, priorizando el interés superior de los niños de acuerdo a la constitución política.

5. Componente Terapéutico: Reconstrucción de procesos vitales: a. Vínculos, b. Duelos, c. Desarrollo personal, d. Estabilidad afectiva y emocional.

6. Componente educativo y pedagógico: Hacer el efectivo el derecho a la educación, a la formación en valores y al desarrollo de componentes para la vida.

7. Componente cultural, convivencia y participación: Proceso de fortalecimiento de cultura democrática y convivencia pacífica.

8. Componente de emprendimiento de empleabilidad: Corresponsabilidad de las entidades públicas y privadas para el fortalecimiento de la red social y la vinculación de los Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes en la vida productiva de la ciudad.

En el Plan de desarrollo actual aprobado para la vigencia de 2012 – 2015 en el artículo 7 del mismo se expone la intención de acciones y ejecuciones en las que no se descarta la atención de los niños y niñas y adolescentes y se establecen estas acción es como prioridad de la administración, veamos:

"Artículo 7. Garantía del desarrollo integral de la primera infancia.

Los niños y las niñas son la prioridad de Bogotá Humana. Por ello se vinculará al conjunto de la administración distrital de manera coordinada en la atención de la primera infancia, mediante acciones que les garanticen el cuidado calificado, el potenciamiento del desarrollo, las experiencias pedagógicas significativas, el acceso a la cultura, el deporte y la recreación, la promoción de vida saludable, la alimentación saludable, la generación de ambientes seguros y protectores, y la construcción de espacios sensibles y acogedores en el marco de la política pública por la calidad de vida de niños, niñas y adolescentes y la política pública para las familias de Bogotá. ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. 12 En estos propósitos las familias, maestros, maestras, cuidadores y cuidadoras, madres comunitarias, sustitutas y FAMI de ICBF, serán corresponsables en la generación de condiciones para el desarrollo de las capacidades de los niños y las niñas desde la primera infancia. Este programa se realizará en complementariedad con el gobierno nacional de acuerdo con el artículo 137 de la Ley 1450 de 2011, Plan Nacional de Desarrollo 2010- 2014.

Se propenderá por la coordinación con el ICBF a fin de que los niños atendidos por el programa de madres comunitarias accedan a los componentes del programa.

Los proyectos prioritarios de este programa son:

1. Creciendo saludables. Fortalecimiento de la promoción de la salud y garantía del acceso, igualdad y disponibilidad de una alimentación sana y equilibrada para todos los niños y niñas desde la gestación, mediante la identificación de los riesgos en materia de seguridad alimentaria que pueden incidir en forma negativa en el desarrollo y la supervivencia; la valoración nutricional; el control a crecimiento y desarrollo de la primera infancia, la detección y la prevención de la enfermedad favoreciendo la información y educación familiar y comunitaria en los territorios, e incorporando enfoques diferenciales para familias, mujeres, grupos étnicos; afrodescendientes, palenqueros, raizales, indígenas y Rrom, las víctimas y personas con discapacidad y en general de los grupos poblacionales discriminados y segregados. Se una atención integral en salud mental para los niños, las niñas.

2. Corresponsabilidad de las familias, maestros, maestras, cuidadores y cuidadoras, madres comunitarias, sustitutas y FAMI de ICBF y otros agentes educativos y culturales en la generación de condiciones para el desarrollo integral de los niños y las niñas. Acciones encaminadas en la cualificación y formación del talento humano educativo, y el fortalecimiento del papel educativo de la familia y de sus ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.13 vínculos afectivos, de manera que se potencie el desarrollo de los niños y las niñas en los diferentes escenarios de su vida cotidiana; así como la movilización social de la ciudadanía, para garantizar ambientes adecuados para niños y niñas de primera infancia, y la promoción de una cultura de cuidado y del buen trato para la prevención de accidentes, mediante la implementación de proyectos desde lo afectivo, social y emocional.

3. Ambientes adecuados para el desarrollo de la primera infancia. Construir condiciones de seguridad para los niños y las niñas en primera infancia. Incluye la construcción y adecuación de equipamientos, de manera segura, acogedora, accesible, tanto para los infantes como para las madres lactantes, así como el enriquecimiento de otros escenarios como parques y ludotecas.

4. Educación inicial diferencial, inclusiva y de calidad para disfrutar y aprender desde la primera infancia. Acciones pedagógicas, seguimiento al desarrollo y estructuración de orientaciones que privilegien oportunidades para el desarrollo de las capacidades de los niños y las niñas, de acuerdo con sus condiciones y características particulares; a través de su vinculación en las diferentes modalidades de atención integral que contempla como pilares de la educación inicial el arte, la literatura, la exploración del medio y el juego y la formación de públicos activos y críticos en arte cultura y patrimonio. Los niños y las niñas accederán con equidad a servicios de calidad, que se enmarquen en lineamientos y estándares que promuevan igualdad de oportunidades para el desarrollo infantil. Se implementará la educación inicial (pre escolar) pública de tres grados.

Parágrafo primero. La prioridad de la intervención social propuesta serán los niños y niñas que no se encuentren atendidas por ningún programa para la primera infancia tanto nacional como distrital. Se implementarán acciones para evitar la duplicidad de población atendida por los diferentes programas existentes."

Tal como se ve en los diferentes componentes del Plan, la Familia es uno de los actores importantes para el logro de la formación adecuada de la niñez y de la juventud capitalina.

El Plan también trata los aspectos educativos en general no sólo para niños y niñas sino también para adolescentes y jóvenes, es así como en el artículo 9 se expone lo siguiente:

"Artículo 9. Construcción de saberes. Educación incluyente, diversa y de calidad para disfrutar y aprender.

Reducir las brechas de calidad de la educación a partir de la ampliación de una oferta de educación pública incluyente y de calidad, que garantice el acceso y la permanencia en el sistema educativo de niños, niñas, adolescentes y jóvenes y potencie sus capacidades para la apropiación de saberes. …

Los proyectos prioritarios del programa son:

1. Garantía del derecho con calidad, gratuidad y permanencia. Mantener el esfuerzo de garantía del derecho a la educación de calidad para toda la población en edad escolar, con acceso gratuito y aumento de la participación de la matrícula oficial en la cobertura total de la ciudad, con enfoque diferencial para una escuela libre de discriminación. …

Se fortalecerá y ampliará la oferta de programas alternativos flexibles para niños, niñas, adolescentes y jóvenes en situación de vulneración de derechos como trabajo infantil, en conflicto con la ley y/o vinculados al Sistema de Responsabilidad Penal Adolescente, desvinculados del conflicto armado y en explotación sexual comercial. (Destacado nuestro).

2. Jornada educativa única para la excelencia académica y la formación integral. Ampliar en forma progresiva la jornada educativa en los colegios distritales mediante una estrategia que combine la implementación de jornadas únicas y la ampliación de la jornada a 40 horas semanales en colegios con doble jornada.

3. Educación media fortalecida y mayor acceso a la educación superior. Aprovechar los grados 10 y 11, y avanzar en la implementación del grado 12 voluntario de modo que la educación media constituya un ciclo inicial de la educación superior para jóvenes, mediante la creación de énfasis en ciencias, humanidades y formación técnica (para llegar a un título de técnico profesional o tecnólogo, o a semestres universitarios validados desde el colegio).

4. Fortalecimiento de las instituciones educativas con empoderamiento ciudadano, docente, y mejoramiento de la gestión sectorial. Promover la dignificación laboral y el reconocimiento social de la profesión docente y la formación de excelencia para los maestros y maestras reconociendo su propio saber. Incrementar los incentivos para el reconocimiento de la labor docente; apoyar el bienestar y la salud ocupacional de los maestros y las maestras y valorar sus diferencias de género. Fortalecer en lo institucional a las organizaciones vinculadas al aprendizaje de los niños, las niñas, los adolescentes y los jóvenes, incluyendo los niveles institucional, local y distrital en los sectores educativo; de inclusión social; cultura, recreación y deporte; ambiental; salud; y de participación ciudadana."

Entre las entidades privadas que se dedican al tratamiento de niños y niñas y adolescentes en condición de habitabilidad en calle y de drogadicción a las que elevamos solicitudes la única que nos dio contestación al cuestionario fue la fundación TALITA CUMI, mediante su representante legal la señora Gethsy Álvarez Quintero quien ha sido galardonada con el premio de Mujer CAFAM en dos oportunidades, entre los datos que menciona dice que las patologías con las que llegan las niñas a la Fundación son entre otras:

1. Enfermedades de transmisión sexual.

2. Desnutrición.

3. Patologías a causa de consumo de sustancias psicoactivas.

Este centro también cuenta con colegio en los que las niñas pueden terminar su bachillerato y reporta un 60% de niñas egresadas y rehabilitadas que hoy son profesionales entre: Abogadas, Psicólogas, Trabajadoras sociales, Terapeutas, Médicas, Odontólogas, Administradoras de empresas, Ingenieras, Diseñadoras gráficas, Diseñadoras industriales y algunas de ellas trabajan como profesionales en la Fundación.

Por lo visto el problema de niños y niñas es un asunto que requiere la atención inmediata por parte del Gobierno, debido a que existen muchos niños y niñas expuestos a la calle por la falta de atención familiar o por integrar hogares disfuncionales, lo que genera una familia conformada no de acuerdo a parámetros éticos y morales sino instintivos sin algún tipo de amor o solidaridad educacional, económica, afectiva y demás entre padres e hijos e hijas. En este esquema se aceptan ejemplos de madre solterismo y padre solterismo incluso hogares en los que los padres son reemplazados por los abuelos o se dejan a cargo del hijo o hija mayor para el cuidado o simplemente abandonados porque se ve a los hijos como cargas, pero con lo que se pretende en este acuerdo se puede aliviar la gravedad actual por lo menos para que los niños, niñas y adolescentes y jóvenes que sufren estos fenómenos puedan en el futuro tener otra idea de familia desligada de sus propias experiencias traumáticas.

V. COMPETENCIA DEL CONCEJO.

Decreto-Ley 1421 de 1993

En el Articulo 12 contempla: Atribuciones: Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito.

VI. IMPACTO FISCAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 7º de la ley 819 de 2003, es de precisar que la implementación de lo propuesto en el presente Proyecto de Acuerdo no implica que la Administración Distrital incurra en gastos adicionales, esto en virtud a que esta propuesta no requiere la destinación de recursos específicos, por lo que no genera erogaciones presupuestales. Las exigencias del acuerdo se cumplen con la planta de personal y las funciones actuales de os organismos del Distritos implicados. En el oficio No. CÓD: A-GDO-FT-013 VR: 04 400 que se mencionó arriba el director de IDIPRON menciona que se cuenta actualmente con 110 personas contratadas para atender el hallazgo e incorporación de los niños jóvenes y adolescentes habitantes en calle para mediante tácticas respetuosas puedan ser ingresados a los programas, estos son profesionales del equipo que se denomina "Búsqueda afectiva", y se indica la forma cómo esos menores son recuperados de la calle.

Cordialmente,

MARCO FIDEL RAMIREZ ANTONIO

H. Concejal de Bogotá

PROYECTO DE ACUERDO __________ DE 2014

"POR MEDIO DEL CUAL SE PROMUEVE LA ASISTENCIA A CLASES POR PARTE DE LA POBLACIÓN INFANTIL Y JUVENIL EN EDAD ESCOLAR, DE LA CIUDAD DE BOGOTÁ".

EL CONCEJO DE BOGOTA, D.C.

En uso de sus facultades Constitucionales y Legales, en especial las conferidas por el Decreto-Ley 1421 de 1993 en su artículo 12, numerales 1 y 10

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO. Componente educativo y Pedagógico. La Secretaría de Educación Distrital y la secretaría Integración Social promoverán el componente educativo y pedagógico que se diseñó como labor del Instituto Distrital para la protección de niños, niñas, jóvenes y adolescentes IDIPRON, con el fin de reducir la permanencia injustificada en calle por parte de la población que se menciona, para lo cual la secretaría de educación de Bogotá verificará el proceso y ofrecerá los espacios de las Instituciones Educativas Distritales disponibles, así como los procedimientos educativos de atención pedagógica y personal para llevar a cabo la estrategia.

ARTÍCULO SEGUNDO. En virtud de la labor que se dispone, La Secretaría de Integración Social, tendrá actualizadas de manera semanal el censo de la población infantil y juvenil habitante de la calle, que no acuda a alguna Institución educativa Distrital o algún colegio privado de la capital, para reinsertarlos con estrategias adecuadas que garanticen sus derechos constitucionales fundamentales, a la vida escolar a fin de que logren capacitarse para desarrollar destrezas y habilidades que les permita adquirir calidades de convivencia para el desempeño de su vida productiva adulta en términos de convivencia pacífica.

ARTÍCULO TERCERO. Para el logro de la finalidad propuesta el IDIPRON, la secretaría de salud y la secretaría de educación con el personal a su cargo se encargarán de trabajo en campo según las localidades de la Capital de la República. En esta labor se elaborará el mapa de afecciones de salud que padece la población en calle y el nivel de escolaridad de la misma.

ARTÍCULO CUARTO. Con base en el anterior trabajo se implementará la segunda etapa o subproceso según la misma cartilla de IDIPRON, esto es, el ingreso al sistema educativo a través de los colegios e instituciones educativas distritales así como en las instalaciones de IDIPRON en las que se garantice a los menores mencionados la educación, la formación en valores y en el desarrollo de competencias para la vida según los objetivos del Instituto Distrital.

ARTÍCULO QUINTO. En el proceso que propone este acuerdo se garantizarán los derechos de los menores, sobre todo el de la vida, la educación y la capacitación, ampliándose al menor, su expectativa de desarrollo y la especialización de sus relaciones interpersonales que le permitan construir una nueva esperanza de conformación de núcleos familiares futuros como padres o madres sin considerar su pasado traumático.

ARTÍCULO SEXTO. Con las estrategias que resulten de la implementación de este acuerdo se garantizará por lo menos dos cosas: a. Que la población infantil en la calle debe reducirse a cero, y b. Que el analfabetismo de la ciudad de Bogotá, por lo menos en las poblaciones que afectan este acuerdo sea igual a cero, ambas metas medibles y sostenibles a lo largo del tiempo.

ARTÍCULO (SIC) OCTAVO. Se incluye la población de clanes y pandillas conformados por menores de edad presentando un atractivo panorama de resocialización por parte del personal ya disponible de la Secretaría de Integración Social y del IDIPRON.

ARTÍCULO NOVENO. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

MARÍA CLARA NAME RAMÍREZ

MAURICIO ACOSTA GONZÁLEZ

Presidente

Secretario General

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.