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ACUERDO 33 DE 1961 Junio 12) Por el cual se crean fondos rotatorios en algunas dependencias de la Secretaría de Educación. EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.E. ACUERDA: Artículo 1º. Créanse sendos fondos rotatorios, en las dependencias dependientes de la Secretaria de Educación que más abajo se enumeran, para manejo de los productos y dineros que tengan origen en las actividades jurídicas, Industriales, manufactureras, agropecuarias, etc.a) Colegio Distrital de Varones. b) Instituto Técnico de Varones. c) Instituto Distritales del Comercio. d) colegio para hijos de los educadores, sección femenina. e) Colegio para hijos de los educadores, sección masculina f) Escuela Normal Vocacional Femenina. g) Centro Artesanal y Agrícola. h) Sección de Educación Artística. Ver art. 1 Acuerdo Distrital 10 de 1979Parágrafo. Los fondos rotatorios antes enumerados tiene por finalidad que los bienes actualmente afectos al servicio de los planteles ¿ y sus productos y rentas se destinen exclusivamente al mejoramiento y estímulo del alumnado de tales centros docentes, sin que puede dárseles destinación diferente. Artículo 2º. Los gastos de administración de los fondos rotatorios que lo crean en el presente Acuerdo, serán con cargo al presupuesto ordinario de la Secretaria de Educación Distrital. Artículo 3º. La Alcaldía Mayor por medio de decreto reglamentará que administrativamente el presente Acuerdo y la Contraloría dictará la reglamentación fiscal correspondiente. Artículo 4º. Este Acuerdo rige desde su sanción. Dado en Bogotá, D.E. a los seis (6) días del mes de junio de mil novecientos sesenta y uno (1961). CARMEN ROCHA CASTILLA La presidencia ALVARO ALMADA GARAY El secretario, Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá. Junio 12 de 1961 Publíquese y ejecútese JUAN PABLO LLINAS
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