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Acuerdo 27 de 1955 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
31/05/1955
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/06/1955
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00271955

ACUERDO 27 DE 1955

(Mayo 31)

Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre construcciones obreras.

EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL D.E. DE BOGOTÁ,

ACUERDA:

Artículo 1º. A partir de la fecha, la Secretaría de Obras Públicas del Distrito no elaborará planos para casas obreras cuyo presupuesto de construcción sea mayor de ocho mil pesos ($8.000.00) M/cte.

Artículo 2º. Para efecto de la aprobación de los planos de construcción se exigirá el pago de las cuotas de delineación. Las correspondientes a pavimentación, alcantarillado, andenes y sardineles serán pagadas a medida que las obras se vayan realizando.

Parágrafo. En el caso de que las obras a que se refiere el artículo anterior hayan sido realizadas con anterioridad por el Distrito o por cualquiera de sus empresas descentralizadas y las cuotas correspondientes no hubieren sido canceladas por el propietario del lote en el cual se vaya a construir, será requisito indispensable para la aprobación de los planos la previa cancelación de dichas cuotas, las que podrán ser pagadas de conformidad con lo dispuesto por el Acuerdo número 18 de 1955.

Artículo 3º. Este acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a 31 de mayo de 1955.

Publíquese y ejecútese.

ROBERTO SALAZAR GOMES

Alcalde Mayor

HENRI VEJARAN CALVO

El Secretario de Obras Públicas