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ACUERDO 106 DE 1955 (Diciembre 12) "Por el cual se faculta al Alcalde para constituir Junta Redactoras de códigos y otras normas". EL CONSEJO ADMINISTRATIVO DEL D.E. DE BOGOTÁ ,ACUERDA: Artículo 1º. Facultase al Alcalde Mayor de Distrito para constituir una o varias comisiones, compuestas por expertos juristas, quienes se encargarán de redactar los Proyectos de Códigos de Régimen Político y Distrital, Fiscal y demás normas que fueren pertinentes en desarrollo del Decreto Legislativo número 3640 de 1954, orgánico del Distrito Especial de Bogotá. Artículo 2º. El Alcalde Mayor queda autorizado para convenir con los diferentes miembros de las comisiones redactoras de los códigos o compilaciones de normas Distritales, los honorarios por sus servicios, celebrar los contratos que fueren del caso, determinar el número de miembros de dichas comisiones y fijarles a éstas, término dentro del cual deban presentar los respectivos proyectos. Artículo 3º. Los proyectos presentados por las comisiones, junto con su exposición de motivos, se someterán por la Alcaldía Mayor al Estudio y aprobación del Consejo Administrativo del Distrito. Artículo 4º9. La Alcaldía Mayor incluirá en el presupuesto para la vigencia de 1956 las partidas necesarias para el cumplimiento del presenta Acuerdo. Artículo 4º. La Alcaldía Mayor incluirá en el presupuesto para la vigencia de 1956 las partidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo 5º. Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción. Dado en Bogotá D.E., a 6 de diciembre de 1955. El presidente ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ El Secretario HERNÁN PEDRAZA Alcaldía Mayor de D.E. de Bogotá Diciembre 12 de 1955 Publíquese y ejecútese ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ El Secretario de Gobierno BUENAVENTURA GERMAN Secretario de Hacienda JAIME CASABLANCA |