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ACUERDO 564 DE 2014 (Septiembre 18) “Por el cual se institucionaliza la celebración del mes del Envejecimiento y Vejez en Bogotá D.C.” EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C. En uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las conferidas por los artículos 313 y 322 de la Constitución Política y el Artículo 12 numeral 1 del Decreto Ley 1421 de 1993. ACUERDA: ARTÍCULO 1. Institucionalícese el mes de agosto de cada año, como el mes del Envejecimiento y la Vejez en Bogotá. PARÁGRAFO. En desarrollo de lo anterior, se realizarán celebraciones a nivel local y Distrital, con el propósito de hacer un reconocimiento a las personas mayores y promover la toma de conciencia frente al proceso de envejecimiento de todos los habitantes de la ciudad. ARTÍCULO 2. La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de Integración Social o quien haga sus veces, coordinará la celebración del Mes de Envejecimiento y la Vejez. ARTÍCULO 3. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. MIGUEL URIBE TURBAY Presidente LUIS ALFREDO CERCHIARO DAZA Secretario General de Organismo de Control ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE. Septiembre 18 de 2014. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5436 de septiembre 22 de 2014. |