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Acuerdo 588 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/05/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/05/2015
Medio de Publicación:
Registro Distrital 5603 de mayo 29 de 2015.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 588 DE 2015

ACUERDO 588 DE 2015

 

(Mayo 27)

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE RECOMIENDA A LOS RESTAURANTES Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS DEDICADOS A LA VENTA DE COMIDAS RÁPIDAS QUE FUNCIONAN EN BOGOTÁ, INDIQUEN EN LA CARTA Y/O MENÚ, INFORMACIÓN NUTRICIONAL, NÚMERO DE CALORÍAS Y SUSTANCIAS DE ORIGEN ANIMAL”

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.,

 

En ejercicio de sus atribuciones Constitucionales y Legales, especialmente las que confiere el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993,


Ver Proyectos de Acuerdo 244 de 2013, 052, 290, 189, 122 de 2014 y 020 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C. 

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Se recomienda a los restaurantes y  establecimientos abiertos al público, dedicados a la venta de comidas rápidas que funcionan en Bogotá, indicar en la carta y/o menú, el número de calorías, información nutricional y sustancias de origen animal.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: La Secretaría Distrital de Salud adelantará las acciones pertinentes, con el fin de promover el cumplimiento de lo señalado en el artículo anterior.

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA

 

Presidenta

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ,

 

DISTRITO CAPITAL

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚSETE

 

GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

 

Mayo 27 de 2015

 

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5603 de mayo 29 de 2015