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ACUERDO 601 DE 2015 (Agosto 24) "Por el cual se promueve la instalación de medidores de energía prepago en los hogares de la ciudad de Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones" EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C., En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las conferidas por el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, ACUERDA: ARTÍCULO 1. Los comercializadores de energía promoverán la instalación de medidores de energía prepago en los hogares. ARTÍCULO 2. La instalación de los medidores de energía prepago estará a cargo de las comercializadoras de energía conforme lo señalado en la legislación y normatividad vigente en la materia. ARTÍCULO 3. Los comercializadores de energía serán los encargados de desarrollar campañas de información y promoción para la instalación de los medidores prepagados de energía eléctrica en los hogares y la racionalización del servicio público. ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA Presidenta DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO Secretario General de Organismo de Control GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE. Dado en Bogotá D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2015. NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5659 de Agosto 26 de 2015 |