ACUERDO 609 DE 2015
(Septiembre 09)
"POR EL CUAL SE CREA LA RED DISTRITAL DE CULTURA CIUDADANA Y DEMOCRÁTICA EN BOGOTÁ, D.C."
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente las previstas en el Decreto Ley 1421 de 1993, en su artículo 12, numerales 10° y 25° y el Decreto 539 de 2006, artículo 2° literal a
Ver Decreto Distrital 599 de 2015. Proyectos de Acuerdo 101 y 205 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°. Créase la Red Distrital de Cultura Ciudadana y Democrática en Bogotá.
ARTÍCULO 2°. OBJETO. Esta Red promoverá de manera permanente, las políticas, planes, programas, proyectos orientados a fortalecer la cultura ciudadana y democrática en la ciudad, a través de las siguientes acciones:
1. Definir los criterios conceptuales, políticos, metodológicos, operativos y técnicos para la creación e implementación de políticas, planes, programas y proyectos de cultura ciudadana y democrática en la ciudad y sus localidades.
2. Desarrollar estrategias pedagógicas y de fomento de la cultura ciudadana y democrática en las instituciones integrantes de la red con el fin de dirigir y orientar sus acciones hacía la ciudadanía.
3. Realizar los diagnósticos e investigaciones necesarias para actualizar los conceptos de cultura ciudadana y democrática, y los contextos de ciudad que permanentemente van cambiando. Igualmente realizar estudios que permitan conocer las transformaciones culturales que se han dado en la ciudad y de esta forma ajustar las estrategias a las nuevas realidades.
4. Orientar la definición de prioridades para la intervención en programas y proyectos de ciudad que requieran acciones conducentes a la promoción y fortalecimiento de la cultura ciudadana y democrática. Estos programas se enmarcarán en conceptos como la convivencia, la confianza pública, la apropiación ética y responsable de lo público, el bien común, la construcción democrática de acuerdos y la cultura de paz.
PARÁGRAFO. La Red Distrital de Cultura Ciudadana y Democrática debe tener un carácter transectorial (sociedad civil y administración pública); transversal (concurrencia de distintas disciplinas, sectores o instituciones) e interinstitucional (articulación y complementariedad entre las instituciones públicas) y permanente (que trascienda las administraciones distritales).
ARTÍCULO 3°. La Secretaría de Cultura Recreación y Deporte (SCRD) en coordinación con La Secretaría de Gobierno presidirán la Red, a su vez la SCRD será la encargada de la coordinación técnica de la red, definiendo los lineamientos genera les, de orden conceptual y metodológico.
ARTÍCULO 4°. La Red deberá establecer de manera permanente y dinámica estrategias que permitan orientar los planes de acción, que deben contener como mínimo lo siguiente:
- Descripción problemática
- Información diagnóstica que respalda la descripción problemática
- Entidades participantes
- Programas, proyectos o acciones existentes
- Programas, proyectos o acciones necesarias
- Plazos
- Indicadores de medición (cumplimiento, gestión, impacto)
- Recursos.
ARTÍCULO 5°. Sistema de Información permanente de Cultura Ciudadana y Democrática:
El centro de estudios y análisis en convivencia y seguridad ciudadana - CEACSC - y el observatorio de culturas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, articularán acciones en aras de producir información permanente que contribuya a la toma de decisiones sobre acciones que se deban emprender en materia de cultura ciudadana y democrática.
ARTÍCULO 6°. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA
Presidenta
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
Dado en Bogotá D.C., a los 09 días del mes de septiembre del año 2015
NOTA: Publicado en el Registro Distrital 5671 de septiembre 11 de 2015