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ACUERDO 002 DE 2015 (Diciembre 22) Por el cual se aprueba el Plan Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático para Bogotá D.C., 2015-2050 y se dictan otras disposiciones EL CONSEJO DISTRITAL PARA GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO En uso de sus atribuciones legales, en especial las que le confiere la ley 1523 de 2012, el Acuerdo 546 de 2013 y el Decreto 172 de 2014, ACUERDA: TÍTULO I. DEL PLAN DE GESTION DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMATICO ARTÍCULO 1. Aprobación. Por medio del presente Acuerdo se aprueba el Plan Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático para Bogotá D.C 2015-2050, en adelante PDGR-CC, contenido en los artículos siguientes. PARÁGRAFO. Hace parte integral del presente Acuerdo el Documento Técnico de Soporte del Plan Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático para Bogotá D.C 2015-2050. ARTÍCULO 2. Alcance. El PDGR-CC es el instrumento de planificación del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, que orienta su actividad y genera sinergia con los demás procesos del ordenamiento ambiental, territorial y de desarrollo en el Distrito Capital. El PDGR- CC orienta la formulación de los componentes y los programas de gestión de riesgos y de cambio climático en cada plan de desarrollo, así como la priorización de las inversiones del Fondo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (FONDIGER) y de las instituciones que conforman el SDGR- CC. Además, constituye el instrumento para el seguimiento y la evaluación de las estrategias y programas de gestión de riesgos, de mitigación y de adaptación al cambio climático que se implementarán en el territorio urbano y rural de Bogotá, D.C. PARÁGRAFO. El PDGR-CC recoge las disposiciones establecidas para el Plan Distrital de Gestión de Riesgos, el Plan Distrital de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático y la Estrategia Distrital de Respuesta, establecidas en la Ley 1523 de 2012, el Acuerdo 391 de 2009, el Acuerdo 546 de 2013 y en especial las definidas en el artículo 7 del Decreto 172 de 2014. ARTÍCULO 3. Principios. Para garantizar y fortalecer la gestión de riesgos y el cambio climático se establecen los siguientes principios: 1. Respeto y dignificación: Se parte del reconocimiento de las libertades y creencias de cada uno, reivindicando el valor de la vida, la dignidad humana, la diversidad cultural, de género, étnica y los saberes ancestrales. 2. Universalidad: Está dirigido a todas las personas que habitan en Bogotá, D. C., garantizando el acceso a las acciones individuales y colectivas que se implementen con oportunidad, calidad, eficiencia, efectividad y equidad. 3. Equidad y justicia social: Se orienta a la búsqueda de la justicia social, a partir del reconocimiento y valoración de las diferencias de las personas para el ejercicio pleno de sus derechos, y la identificación y superación de situaciones injustas y evitables entre diferentes poblaciones. 4. Justicia Climática: Se entiende que los impactos del Cambio Climático son responsabilidad principalmente de los países desarrollados y que es su deber apoyar a los países en vía de desarrollo en la adaptación al cambio climático compartiendo una visión equitativa. A su vez, los países en vía de desarrollo deben participar en los procesos de planificación y la toma de decisiones respecto a la adaptación. 5. Bienestar y calidad de vida: Se busca preparar al Distrito Capital para que no se vea comprometido el bienestar y la calidad de vida de sus habitantes frente a los riesgos existentes y a los escenarios futuros asociados al cambio climático y ofrecer una Bogotá más amigable, saludable, habitable y segura. 6. Integralidad: Se tienen en cuenta las dinámicas tanto urbanas como rurales de Bogotá D.C., y su estrecha relación con la región. 7. Precaución: Se dará aplicación al principio de precaución conforme al cual, cuando exista peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces. 8. Transparencia: Las entidades que conforman el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático garantizarán y vigilarán que en el cumplimiento del Plan, así como en la adecuada distribución y aplicación de los recursos públicos destinados y asignados para su implementación, se ejecuten con probidad y las decisiones sean claras. 9. Rigor subsidiario: Las acciones, programas y proyectos que adelante la Administración Distrital para enfrentar los riesgos y los efectos del cambio climático serán consecuentes, y en dado caso más rigurosos, pero nunca más flexibles, a aquellos definidos por los gobiernos nacional, regional y departamental. 10. Multiescalaridad: Los asuntos de la gestión de riesgos y cambio climático se deben abordar en varias escalas territoriales (Urbana, rural, distrital, metropolitana, Sabana de Bogotá, región hídrica, Bogotá – Cundinamarca, Región Central, y escalas internacionales). 11. Desconcentración. La gestión de riesgos, la adaptación y mitigación al cambio climático con enfoque integral debe contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales para la reducción de los riesgos inherentes a sus funciones, competencias y responsabilidades bajo los principios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad. 12. Descentralización. La gestión de riesgos, la adaptación y mitigación al cambio climático que se desarrolla en el ámbito local debe contribuir al fortalecimiento de las capacidades institucionales locales, bajo los principios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad con el nivel distrital. 13. Participación social y comunitaria. La gestión de riesgos adaptación y mitigación al cambio climático requiere desarrollar procesos de sensibilización e información pública, promover el fortalecimiento de organizaciones sociales y comunitarias y fomentar procesos sociales de movilización. PARÁGRAFO 1°. La gestión de riesgos y cambio climático se regirá además por los principios y lineamientos señalados por la ley 1523 de 2012, el Documento CONPES 3700 de 2011 y demás disposiciones técnicas y normativas sobre la materia. PARÁGRAFO 2°. Las estrategias establecidas en el Acuerdo Distrital 391 de 2009 relacionadas con el Plan Distrital de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, se desarrollan a través de la estructura programática definida en este plan. ARTÍCULO 4. Enfoques. Para asegurar el cumplimiento de los principios, se entiende que en las medidas de gestión de riesgos y adaptación aquí definidas, se aplican los siguientes enfoques: 1. Enfoque transformador: Este Plan adopta un enfoque transformador porque cuestiona el modelo de desarrollo actual que ha llevado a una economía dependiente de los combustibles fósiles y a un consumo progresivo y depredador de la naturaleza. Plantea retornar a los ciclos naturales principalmente del agua, busca la transformación de los patrones económicos, sociales, de consumo, de comportamiento y de relación con el entorno para lograr la resiliencia frente a los riesgos y al cambio climático. 2. Enfoque simbiótico: Este Plan adopta un enfoque simbiótico que busca la planificación sinérgica entre los ecosistemas y los medios construidos que integre las variables de gestión de riesgo y cambio climático y a su vez su articulación con los instrumentos de ordenamiento ambiental, territorial; y de desarrollo económico y social. 3. Enfoque diferencial y de género. El plan de gestión de riesgos y cambio climático da aplicación a un enfoque diferencial que reconoce los derechos de acuerdo a las particularidades de las personas en relación a: genero, orientación sexual e identidad de género, grupo etario, grupo étnico, situación de discapacidad y condición de víctima de conflicto armado, entre otros. Además, este plan reconoce que las mujeres son más vulnerables frente a los riesgos y el cambio climático, y en cada una de sus actuaciones, aplica un carácter diferencial para no generar impactos adicionales sobre las mujeres. Así mismo, se reconoce el poder de liderazgo, organización y emprendimiento de las mujeres, por lo que son llamadas a ser un actor movilizador hacia la resiliencia. 4. Enfoque regional: Este plan reconoce que Bogotá tiene fuertes lazos de interdependencia socio-económica, funcional y ambiental con la región; así mismo, las principales vulnerabilidades de la ciudad se encuentran asociadas a amenazas y efectos del cambio climático sobre los ecosistemas ubicados fuera de su territorio geográfico, que pueden poner en riesgo la provisión futura de agua, energía y alimentos para la ciudad. 5. Enfoque de Participación: Este Plan promoverá la generación de capacidades institucionales, sociales y comunitarias orientadas a consolidar acciones de precaución, solidaridad y autoprotección tanto en lo personal como en lo colectivo, así como en la participación directa o indirecta en las diferentes acciones de gestión de riesgos y de adaptación al Cambio Climático además fomentara procesos sociales de transformación cultural y de movilización masiva por la justicia climática. 6. Enfoque de atención integral y efectiva. Este Plan incluye la Estrategia Distrital de Respuesta a emergencias, calamidades y/o desastres como parte integral de la gestión de riesgos en la que la población debe recibir una atención integral y efectiva que involucra la aplicación de un enfoque basado en derechos, bajo el cual todos los integrantes del SDGR-CC se obligan a formular e implementar acciones que den prioridad a la protección, garantía y respeto de los derechos fundamentales, los derechos sociales, económicos y culturales, los derechos colectivos y del ambiente, y el restablecimiento efectivo de estos derechos en los procesos de recuperación post-evento. 7. Enfoque del Derecho al Agua para enfrentar al Cambio Climático: Este plan reconoce la defensa del derecho al agua, ya que sin agua para el consumo humano y para los ecosistemas no puede haber territorios sostenibles. El derecho al agua es esencial para garantizar la vida, y las medidas de adaptación al cambio climático a nivel global y local deben priorizar el agua y su manejo integral como derecho común para la sostenibilidad de los asentamientos humanos, de las ciudades y los ecosistemas. 8. Enfoque de inclusión social: Este plan contribuye a superar la segregación y la discriminación, en donde reconoce al ser humano como el centro de las preocupaciones del desarrollo para garantizar los derechos universales de Tierra, que permita avanzar en asentamientos humanos incluyentes, seguros, resilientes y sostenibles; promoviendo modelos socio-económicos sustentables, justos, solidarios, creativos, bio-regionales, para cuidar el bien común y fortalecer la gobernanza. 9. Revolución Educativa de la razón y el sentimiento para un Nuevo Tiempo. Participación activa de los sistemas educativos, los niños, las niñas y los jóvenes en la consolidación de la revolución cultural y de valores necesaria para que emerja un nuevo sistema social y económico que trascienda la crisis socio-ecológica, generado por el modelo de desarrollo y el cambio climático. ARTÍCULO 5. Visión: En el 2038, Bogotá D.C. es una ciudad que enfrenta y controla sus principales riesgos, está ordenada alrededor del agua y adaptada ambiental y culturalmente a los efectos del cambio climático, manteniendo bajos niveles de emisión de gases de efecto invernadero. ARTÍCULO 6. Objetivos. El PDGR- CC está orientado por los siguientes objetivos: 6.1. Objetivo General: Aumentar la capacidad del territorio distrital para enfrentar los riesgos y los efectos del cambio climático a partir del fomento e implementación de estrategias de conocimiento, reducción, manejo, mitigación y adaptación, que apoyadas en un cambio cultural transformador permita lograr un desarrollo sostenible, con bienestar y calidad de vida para sus habitantes. 6.2. Objetivos específicos: 1. Impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono. 2. Reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá frente a riesgos y efectos del cambio climático. 3. Manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente a los riesgos y los efectos del cambio climático. 4. Aumentar la resiliencia sectorial y reducir los riegos de gran impacto. 5. Implementar procesos efectivos de preparativos para la respuesta y recuperación post evento. 6. Garantizar la atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad o desastre a través de la Estrategia Distrital de Respuesta. 7. Consolidar un sistema de gobernanza ambiental para afrontar colectivamente los riesgos y los efectos del cambio climático. 8. Promover la transformación cultural, para enfrentar los riesgos y los nuevos retos climáticos que se imponen. 9. Generar conocimiento y actualizar los análisis de los riesgos y de los efectos del cambio climático. TÍTULO II. METAS Y PROGRAMAS PARA LA MITIGACIÓN YADAPTACIÓN AL CAMBIO CLIMÁTICO CAPÍTULO I. IMPULSAR A BOGOTÁ D.C., COMO CIUDAD SOSTENIBLE Y EFICIENTE, BAJA EN CARBONO. ARTÍCULO 7. Impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono. A partir de los procesos que se vienen desarrollando, así como de los resultados de evaluaciones energéticas, y de potenciales de aprovechamiento de residuos, se define un portafolio de medidas de mitigación aplicables en Bogotá, que abordan los sectores de energía, residuos y proyectos específicos para las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono. . ARTÍCULO 8. Meta de impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de Impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono, es reducir las emisiones de CO2eq en un 31% al año 2030, 40% al 2038 y 53% al año 2050, respecto a las emisiones del escenario tendencial Business As Usual, y así poder avanzar hacia una ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:
*Respecto a las emisiones proyectadas para el escenario Business As Usual ** Corresponde al total de emisiones de CO2eq reducidas en el año proyectado (no son valores acumulados). ARTÍCULO 9. Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto se establecen los siguientes programas: 1. Movilidad sostenible. 2. Bogotá Basura Cero. 3. Eficiencia energética. 4. Construcción sostenible. ARTÍCULO 10. Programa de Movilidad Sostenible. Este programa busca establecer para la ciudad una movilidad sostenible, fundamentada en la reconversión tecnológica de vehículos, el uso de fuentes alternativas en el transporte para romper la dependencia de los combustibles fósiles (especialmente energía eléctrica), la integralidad y uso masivo del sistema de transporte público, el uso auto-motivado de modos no motorizados de transporte, programas de auto-regulación y fiscalización, el control sobre los contaminantes de vida corta (black carbon) y la consolidación de redes compartidas público–privadas que facilite el uso de la bicicleta, entre otros ARTÍCULO 11. Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de movilidad sostenible. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 12. Líneas estratégicas de acción del programa de movilidad sostenible. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Transformación de la flota de taxis convencionales de la ciudad a taxis eléctricos. 2. Implementación de tecnologías de cero o bajas emisiones en rutas zonales del Sistema Integrado de Transporte Público en el marco del Plan de Ascenso Tecnológico. 3. Implementación de tecnologías de cero o bajas emisiones en ruta para el componente troncal del Sistema Integrado de Transporte Público en el marco del Plan de Ascenso Tecnológico. 4. Implementación de cuatro (4) líneas de Metro Ligero que se trazan dentro de Bogotá. 5. Implementación del Metro Pesado para la ciudad de Bogotá. 6. Construcción e implementación de la línea de cable aéreo en Bogotá para la localidad de Ciudad Bolívar. 7. Construcción e implementación de la línea de cable aéreo en Bogotá para la localidad de San Cristóbal. 8. Movilidad eléctrica en vehículos particulares. 9. Desincentivo al uso de vehículos particulares aplicando instrumentos como los cobros por congestión para determinados cuadrantes de la ciudad. 10. Cambio del vehículo particular al uso de transporte no motorizado – bicicleta. 11. Implementación de Filtros de Partículas en la flota del Sistema Integrado de Transporte Público y el sistema Transmilenio. 12. Programa Integral de Autorregulación Ambiental para el transporte de Carga. 13. Programa Integral de Autorregulación Ambiental para el transporte de Servicio Especial. ARTÍCULO 13. Programa Bogotá Basura Cero. Este programa busca avanzar en el desarrollo de un modelo de gestión integral de los residuos sólidos urbanos con bajas emisiones. ARTÍCULO 14. Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa basura cero. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 15. Líneas estratégicas de acción del programa Bogotá Basura Cero. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Transformación de la tecnología de procesamiento de residuos de relleno sanitario a procesos industrializados bajos en emisiones de carbono. 2. Transferencia de conocimiento y tecnología para el aprovechamiento de residuos en procesos industrializados. 3. Apropiación y cultura ciudadana para una nueva conceptualización de los residuos y su valorización y aprovechamiento. 4. Avance en el esquema de entrega y recolección actual de los residuos, hacia modelos más eficientes. 5. Gestión para asegurar la inclusión de las personas asociadas a la recolección y reciclaje de los residuos en nuevos esquemas y tecnologías de aprovechamiento de residuos. 6. Continuidad y optimización de sistemas de captura y aprovechamiento energético del metano en los rellenos sanitarios de la ciudad, mientras se realiza la transición hacia sistemas de procesamiento industrial bajo en carbono. 7. Investigación e incursión en proyectos térmicos para la ciudad. 8. Fomento de la reutilización de residuos de construcción y demolición – RCD propiciando la innovación. ARTÍCULO 16. Programa de Eficiencia Energética. Este programa busca avanzar en el desarrollo de la eficiencia energética y el desarrollo de categorías como el uso de la energía eléctrica, comercial/institucional, residencial y en diferentes industrias. ARTÍCULO 17. Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de eficiencia energética. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 18. Líneas estratégicas de acción del programa eficiencia energética. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Reducción de consumos de energía en todos los sectores por cambios a sistemas y equipos más eficientes y cambios en hábitos y comportamientos. 2. Gestión de la eficiencia energética en el sistema de alumbrado público de la ciudad. 3. Disminución de pérdidas energéticas por ineficiencias y pérdidas en el sistema de suministro y distribución de agua potable. 4. Incursión de la energía solar fotovoltaica en diferentes sectores. 5. Estudio y avance en el desarrollo de proyectos de energías renovables en asocio con la región y la Nación, para transformar a una matriz energética de menores emisiones. 6. Sustitución de combustible en industrias que utilizan actualmente carbón y medidas complementarias de eficiencia energética. 7. Sustitución del uso de gas domiciliario por energía eléctrica o fotovoltaica. 8. Sustitución de sustancias agotadoras de la capa de ozono. 9. Impulso a la reconversión tecnológica en procesos productivos. ARTÍCULO 19. Programa de construcción sostenible. Este programa busca avanzar en propuestas de innovación en el diseño que integren el uso de fuentes alternativas de energía, inclusión de variables bioclimáticas en los diseños, tanto en la construcción como en el urbanismo, integralidad de la edificación con su entorno físico y natural, densificación eficiente y confortable, remodelación del stock de edificaciones actuales para incluir criterios de sostenibilidad, de ahorro y eficiencia energética y del uso del agua. ARTÍCULO 20. Metas de construcción sostenible de corto, mediano y largo plazo. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 21. Líneas estratégicas de acción del programa de construcción sostenible. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Impulso a la construcción que incorpore integralmente criterios de construcción sostenible. 2. Renovación del stock de construcciones para implementar criterios de sostenibilidad. 3. Estudio de la bioclimática en la ciudad. 4. Promoción de articulación y sincronía de la reglamentación y los incentivos que faciliten la construcción sostenible. ARTÍCULO 22. Proyectos prioritarios para impulsar a Bogotá como ciudad sostenible y eficiente, baja en carbono: Sin perjuicio de la creación de otros Proyectos de Interés Distrital frente al Cambio Climático y la gestión del riesgo se consideran prioritarios los proyectos asociados con: 1. Construcción y puesta en funcionamiento de los sistemas de metro pesado (en el año 2021) y metro ligero (2018) para la ciudad, que fortalezca la oferta de transporte público masivo y desincentive el uso del vehículo particular. 2. Implementación de instrumentos que desincentiven el uso masivo del vehículo particular, como los cobros por congestión, y el fortalecimiento de infraestructura y cultura para la movilización a pie y en bicicleta. 3. Proyecto pionero de taxis eléctricos, como estrategia para la masificación del transporte particular hacia 2030. 4. Aprovechamiento de los residuos sólidos orgánicos producidos en la ciudad, para la generación de energía eléctrica a través de termólisis u otras tecnologías bajas en emisiones hasta alcanzar el tratamiento de al menos el 60% de los residuos en el año 2030. Se fomentará la minimización en la generación de residuos, el reciclaje, reutilización y aprovechamiento de todo tipo de residuos, de tal forma que se desincentive la creación de nuevos rellenos sanitarios para la ciudad de Bogotá. CAPÍTULO II. REDUCCIÓN DE LA VULNERABILIDAD TERRITORIAL DE BOGOTÁ D.C., FRENTE A RIESGOS Y EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO. ARTÍCULO 23. Reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá ante los riesgos y cambio climático. A partir del ordenamiento de los espacios naturales y construidos en los territorios de mayor vulnerabilidad se deben implementar programas y proyectos que permitan la reducción de los riesgos y el aumento de la capacidad adaptativa frente al cambio climático. ARTÍCULO 24. Meta de impacto Reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá ante los riesgos y cambio climático. La meta de impacto es aumentar la capacidad adaptativa frente a los riesgos y al cambio climático. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:
ARTÍCULO 25. Programas para el cumplimiento de la meta de impacto 1. Ordenamiento territorial y Ecourbanismo para la adaptación. 2. Recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá. 3. Recuperación de la Estructura Ecológica Regional. 4. Coberturas vegetales urbanas y rurales. 5. Transformación de las zonas de riesgos en suelos de protección. 6. Reasentamiento de familias en riesgo. 7. Tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación. ARTÍCULO 26. Programa de Ordenamiento territorial y Ecourbanismo para la adaptación. Este programa busca que los riesgos y los efectos del cambio climático sean determinantes principales para el modelo de ordenamiento territorial, que garanticen una ciudad ordenada alrededor del agua y adaptada al cambio climático. Así como también, reorientar las actuaciones de urbanismo y construcción de Bogotá D.C., hacia un enfoque de desarrollo sostenible, contribuyendo con la transformación de un territorio resiliente. Por tanto el presente Programa se articula con la consecución de los objetivos y las metas de impacto y resultado, de la Política de Ecourbanismo y Construcción Sostenible adoptada mediante Decreto 566 de 2014, y su respectivo plan de acción expedido mediante la Resolución N° 1319 del 11 de noviembre de 2015 de la SDP. ARTÍCULO 27. Metas de corto, mediano y largo plazo del programa Ecourbanismo para la adaptación. Para el desarrollo del programa se deben cumplir las trece (13) metas de la Res. 1319 de 2015 de la SDP y las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 28. Líneas estratégicas de acción para el programa de reordenamiento territorial y Ecourbanismo para la adaptación. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Zonificación de áreas expuestas a riesgos y cambio climático. 2. Regulación del uso y de la densificación del suelo en las áreas expuestas a riesgos y cambio climático. 3. Reglamentación de zonas de amenaza no ocupadas para su transformación en zonas de reserva con usos de recreación pasiva. 4. Establecer y fortalecer el modelo de gestión de la Estructura Ecológica Principal, que incluya su administración, mantenimiento, fortalecimiento institucional y de capacidad operativa y financiación en el largo plazo. 5. Desarrollar el ajuste al Código de Construcción en perspectiva de Sostenibilidad. 6. Diseñar una estrategia integral y participativa de ordenamiento territorial regional. 7. Planificación, equipamiento y dotación de la ciudad para favorecer la implementación de las medidas de mitigación y adaptación al cambio climático. 8. Capacitación especializada de planificadores del territorio, arquitectos, ecólogos y urbanistas para incluir adecuadamente las variables de cambio climático en las decisiones de Ecourbanismo. 9. Articulación de saberes, conocimiento y experiencias exitosas entre la academia, el sector institucional y el privado, para favorecer el Ecourbanismo con innovación, eficiencia y bajo costo. ARTÍCULO 29. Programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá. Este programa busca avanzar en propuestas para el manejo de ecosistemas prioritarios para los procesos de adaptación, basados en la conservación y la restauración y dirigidos a mantener o asegurar los servicios ecosistémicos vitales de la ciudad. ARTÍCULO 30. Metas de corto, mediano y largo plazo del Programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 31. Líneas estratégicas de acción del programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Definición de medidas cautelares o de protección ambiental para las áreas definidas en la Estructura Ecológica Principal que no tienen figura de manejo. 2. Declaratoria de las áreas que conforman la Estructura Ecológica Principal como patrimonio público y como áreas de conservación. 3. Formulación de los planes de manejo de las áreas protegidas declaradas. 4. Intervención directa en procesos de restauración, recuperación y manejo de las áreas del sistema y la conformación de un fideicomiso de manejo de la Estructura Ecológica Principal que garantice la financiación del manejo, conservación y uso de la estructura. ARTÍCULO 32. Programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Regional. Este programa busca avanzar en recomendaciones y propuestas para la integración de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá con las estructuras ecológicas municipales de la región. ARTÍCULO 33. Metas de corto, mediano y largo plazo del programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Regional. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 34. Líneas estratégicas de acción del programa para la recuperación de la Estructura Ecológica Regional. Para el desarrollo de este programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Fortalecimiento de la gobernabilidad del sistema local y regional de áreas protegidas en la Estructura Ecológica Regional. 2. Articulación para la creación, declaración, planificación y manejo de áreas de conservación regionales, locales y otros mecanismos para los cambios en los usos del suelo. 3. Desarrollo de investigación científica respecto a la fragmentación ecosistémica, a los impactos del cambio climático en la biodiversidad y los servicios ecosistémicos. 4. Promoción de modelos de uso, ocupación y conservación de la región concordantes con la Estructura Ecológica Regional. 5. Reordenamiento y reconversión de las actividades productivas en las áreas de los páramos de Sumapaz, Guerrero, Chingaza y Guacheneque. ARTÍCULO 35. Programa de coberturas vegetales urbanas y rurales. Este programa busca desarrollar estrategias que permitan mejorar y garantizar la persistencia del recurso vegetal, de manera que la cobertura boscosa se mantenga en el mejor estado físico y sanitario posible, ayudando a la consolidación de nuevas zonas verdes en el territorio Distrital, recuperación de la Estructura Ecológica Principal con sus funciones de conectividad ecológica, captura de carbono y adaptación de la ciudad al cambio climático. ARTÍCULO 36. Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de coberturas vegetales urbanas y rurales. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 37. Líneas estratégicas de acción del programa de coberturas vegetales urbanas y rurales. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Restauración ecológica orientada a la regeneración y recuperación de las coberturas vegetales dentro del sistema de cerros, espacios del agua, áreas rurales y páramos del Distrito Capital. 2. Arborización urbana. 3. Jardinería urbana. 4. Re naturalización y revitalización de las coberturas vegetales. 5. Intervención social y territorial para el mejoramiento de las coberturas vegetales. ARTÍCULO 38. Programa de transformación de las zonas de riesgos en suelos de protección. Este programa busca reducir los riesgos territoriales para la adaptación a través de la transformación progresiva de las zonas de riesgos en suelos de protección mediante la recuperación ambiental de los predios objetos de reasentamiento y/o áreas declaradas como suelo de protección por riesgo, aumentando el espacio público verde. ARTÍCULO 39. Metas de resultado para el programa de transformación de las zonas de riesgos en suelos de protección. Para el desarrollo del programa se establece como meta de resultado:
ARTÍCULO 40. Líneas estratégicas de acción del programa de transformación de las zonas de riesgo en suelos de protección. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Desarrollo de instrumentos de planificación para la recuperación de zonas expuestas a riesgos. 2. Medidas integrales para la recuperación territorial de zonas expuestas a riesgos. 3. Desarrollo de los arreglos institucionales para la recuperación. 4. Aprovechamiento de suelos de recuperación para el establecimiento de parques de protección por riesgo y su apropiación ciudadana como espacio público verde. 5. Reforestación y renaturalización de suelos de protección por riesgo. ARTÍCULO 41. Programa de reasentamiento de las familias en riesgo: Este programa es un mecanismo de gestión de riesgos y adaptación al cambio climático, que implementa medidas para trasladar a las familias expuesta a riesgos y que permite a su vez el reordenamiento del territorio. ARTÍCULO 42. Metas de resultado para el programa de reasentamiento de familias en riesgo. Para el desarrollo del programa se establecen como metas de resultado:
ARTÍCULO 43. Líneas estratégicas de acción del programa de reasentamientos de familias en riesgo. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Inventario y caracterización de familias en riesgo. 2. Reubicación de familias con reposición de vivienda. 3. Relocalización transitoria de familias expuestas a riesgos o a efectos de eventos climáticos extremos. 4. Reparación y reconstrucción de viviendas afectadas por riesgo. 5. Adquisición de predios expuestos a riesgo. 6. Gestión social integral para la población objeto de reasentamiento. 7. Restablecimiento de medios de vida para la población objeto de reasentamiento. 8. Retorno de familias victimas expuestas a riesgos. ARTÍCULO 44. Programa de reducción de riesgos mediante tecnologías innovadoras y sostenibles. Este programa busca que a través de medidas estructurales combinadas con la aplicación de técnicas de bioingeniería y manejo integral del agua se reduzcan los riesgos existentes y se garantice la sostenibilidad del territorio en función de la adaptación al cambio climático. ARTÍCULO 45. Metas de resultado para el programa de tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación. Para el desarrollo del programa se establecen como metas:
* APIS-GR= Áreas prioritarias de Intervención en Gestión de Riesgos ARTÍCULO 46. Líneas estratégicas de acción del programa de tecnologías innovadoras y sostenibles para la reducción de riesgos y adaptación. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Diseño de tecnologías innovadoras y sostenibles. 2. Medidas integrales de reducción de riesgos. 3. Apropiación social de las áreas intervenidas. 4. Articulación de las medidas con las condiciones del entorno. 5. Transformación de medidas estructurales por medidas de renaturalización y/o bioingeniería. 6. Mantenimiento y conservación de las intervenciones mediante iniciativas comunitarias. ARTÍCULO 47. Proyectos prioritarios para reducir la vulnerabilidad territorial de Bogotá ante los riesgos y cambio climático. Se consideran prioritarios los proyectos asociados a: 1. Definición y adopción de un nuevo modelo de gestión de la Estructura Ecológica Principal, que incluya su administración, mantenimiento y, fortalecimiento institucional, operativo y financiero en el largo plazo. 2. Consolidación y conservación de 1.395 hectáreas de la reserva Forestal Thomas van der Hammen por su valor ecosistémico como medida de adaptación. 3. Recuperación y mantenimiento de los espacios del agua en el Distrito Capital, en articulación con las entidades distritales para fortalecer la resiliencia de los ecosistemas estratégicos como cerros, quebradas y humedales, vitales para la producción y almacenamiento del recurso hídrico. 4. Implementación de proyectos de restauración, conservación y uso sostenible del bosque altoandino y de ecosistemas de páramo de la región, en articulación con la Región Administrativa de Planeación Especial – RAPE. 5. Consolidación de un sistema de información regional orientado a la toma de decisiones en riesgos y cambio climático, que se desarrolle en el marco del Plan Regional Integral de Cambio Climático Bogotá- Cundinamarca y la Región Administrativa de Planeación Especial – RAPE. 6. Continuación del manejo de los nodos de biodiversidad con el fin de incrementar la conectividad ecológica. 7. Formulación y adopción del Código de Construcción Sostenible para la ciudad, que reglamente criterios de sostenibilidad en la construcción de nuevas viviendas y edificaciones y fomente la renovación de las construcciones existentes. 8. Fortalecimiento de la protección y conservación de los ecosistemas de páramo generando estrategias sociales sostenibles para la población campesina de Bogotá D.C, que permitan el mantenimiento de las áreas abastecedoras de agua. 9. Fortalecimiento del reordenamiento y reconversión de las actividades productivas en las áreas de los páramos de Sumpaz, Guerrero, Chingaza y Guacheneque. CAPÍTULO III MANEJO INTEGRAL DEL AGUA COMO ELEMENTO VITAL PARA LA RESILIENCIA FRENTE A RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO ARTÍCULO 48. Manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente riesgos y cambio climático. Este objetivo apunta a identificar elementos de adaptación basados en el agua, la cuenca y la región hídrica como territorio de planificación, los límites territoriales con sus competencias, actores e instituciones, y la relación del agua con los ecosistemas y sus servicios, especialmente la regulación. ARTÍCULO 49. Meta de impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente a riesgos y cambio climático, es reducir la huella hídrica de la ciudad en un 30% para 2038 y hasta un 40% en el año 2050. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:
ARTÍCULO 50. Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas: 1. Infraestructura adaptativa para el manejo y aprovechamiento del agua lluvia. 2. Reducción de las pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá. 3. Reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia. 4. Protección del acuífero de la ciudad. 5. Recuperación de la cuenca del Río Bogotá. 6. Recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano. 7. Recolección y aprovechamiento de agua lluvia en espacio público. ARTÍCULO 51. Programa de Infraestructura adaptativa para el manejo y aprovechamiento del agua lluvia. Se requiere el alivio de los caudales que actualmente llegan al sistema y el de los que llegarán por el aumento de las precipitaciones debidas al cambio climático. Estos alivios se lograran mediante elementos participantes en el drenaje de la ciudad que, además de reducir el caudal circulante por la superficie de la misma, consiguen también disminuir de forma notable la cantidad de contaminantes que arrastra el agua de escorrentía. ARTÍCULO 52. Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de infraestructura adaptativa para el manejo y aprovechamiento del agua. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 53. Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Fomento a proyectos de infraestructura adaptativa apropiados por las comunidades, que reduzcan el riesgo a través del manejo colectivo del agua. 2. Integración y aprovechamiento del sistema de drenaje, a partir de la renaturalización, la conectividad ecológica, y el mejoramiento de la calidad del agua en el sistema hídrico. 3. Reconocimiento del Sistema de Drenaje Pluvial Sostenible como elemento del espacio público y su uso por parte de la sociedad. 4. Manejo de aguas lluvias (sistemas de drenajes sostenibles y separación de las aguas residuales). ARTÍCULO 54. Programa para la reducción de las pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá. Este programa busca avanzar en acciones institucionales que incidan en la reducción del volumen de agua perdida en la Empresa de Acueducto, como factor que incide en la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático. ARTÍCULO 55. Metas de corto, mediano y largo plazo del programa para la reducción de las pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 56. Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Detección y control de pérdidas técnicas y no técnicas de agua y presión en el sistema de acueducto. 2. Revisión y corrección de conexiones erradas. 3. Instalación de válvulas, controles y sensores de presión. 4. Renovación de infraestructura del sistema de acueducto. ARTÍCULO 57. Programa para la Reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia. Este programa busca avanzar en acciones institucionales que incidan en el ahorro y uso eficiente del agua lluvia como factor que incide en la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático. ARTÍCULO 58. Metas de corto, mediano y largo plazo para la reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 59. Líneas estratégicas de acción del programa para la reducción del consumo de agua potable por el uso de agua lluvia. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Promoción del ahorro y uso eficiente del agua como medida de adaptación. 2. Desarrollo de sistemas de uso y aprovechamiento del agua lluvia y reúso del agua gris en viviendas, comercio, instituciones e industrias. 3. Implementación de sanitarios ecológicos como estrategia de ahorro de agua en residencias y comercios y promoción de la disminución de la demanda de agua en la ciudad a partir de campañas educativas, informativas e incentivos económicos. 4. Generación de incentivos económicos que promuevan el uso de aguas lluvias en las viviendas. ARTÍCULO 60. Programa de protección del acuífero de la ciudad. Este programa busca avanzar en acciones institucionales que incidan en la protección del acuífero de Bogotá, con énfasis en las zonas de mayor recarga potencial (balance hídrico) que se presentan hacia los cerros orientales de Bogotá, como factor que incide en la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático. ARTÍCULO 61. Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de protección del acuífero de la ciudad. Las metas en el corto, mediano y largo plazo para este programa son:
ARTÍCULO 62. Líneas estratégicas de acción del programa de protección del acuífero de la ciudad. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Compra de predios en zonas de recarga de acuíferos de abastecimiento de la Empresa de Acueducto de Bogotá EAB y de acueductos comunitarios conforme a lo dispuesto por el artículo 111 de la Ley 99 de 1993. 2. Control del acuífero de la ciudad de Bogotá como fuente alternativa de agua en momentos de crisis, su declaratoria como de interés estratégico del Distrito, utilidad pública y de interés social. ARTÍCULO 63. Programa de recuperación de la cuenca del río Bogotá. Este programa se implementa mediante el desarrollo del Plan de Ordenamiento y Manejo de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá (POMCA) y los planes ambientales de los tributarios y quebradas de la ciudad para la planificación principal y no solo para el agua, el desarrollo de la infraestructura para el saneamiento ambiental del río y sus tributarios, quebradas y humedales y la inversión para el monitoreo de variables ambientales de la calidad del agua. ARTÍCULO 64. Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de recuperación de la cuenca del Río Bogotá. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 65. Líneas estratégicas de acción del programa de recuperación de la cuenca del río Bogotá. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Ordenación del territorio y armonización de los instrumentos de planificación con el Plan de Ordenamiento y Manejo de Cuenca. 2. Construcción de obras de saneamiento para la recolección y tratamiento de aguas residuales generadas en el territorio (alcantarillado, interceptores y plantas de tratamiento). 3. Sostenibilidad de la Oferta del Recurso Hídrico a todos los habitantes sobre toda la cuenca baja. 4. Implementación de medidas para el adecuado manejo de las microcuencas y regulación hídrica. 5. Participación ciudadana en términos de apropiación de una transformación cultural y cambio de hábitos de los uso de recurso y el consumo (aplicación de conceptos de reciclaje, ahorro y uso eficiente de agua, manejo de residuos sólidos, protección de área protegidas). 6. Aplicación de conceptos de producción más limpia, mejores tecnologías, edificaciones ecoeficientes y reducción de residuos, emisiones y vertimientos, en sectores productivos. 7. Fortalecimiento del sector productivo agropecuario para reconversión a sistemas más sostenibles. ARTÍCULO 66. Programa de recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano. Este programa busca la interconectividad de los diferentes cuerpos de agua del sistema del drenaje y el sistema construido, para mejorar la dinámica hídrica que permita reconstruir las funciones ecológicas del drenaje natural y así mantener el abastecimiento y la seguridad hídrica de los humedales y su caudal ecológico. ARTÍCULO 67. Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano. Para el desarrollo del programa se establecen como metas:
ARTÍCULO 68. Líneas estratégicas de acción para el Programa de Recuperación de los espacios del agua como parte de la Estructura Ecológica Principal y reguladora del drenaje urbano. 1. Conectividad y capacidad hidráulica de los humedales, quebradas y canales. 2. Restablecimiento de la biodiversidad. 3. Mejoramiento de la calidad del agua. 4. Naturalización de cuerpos de agua canalizados o entubados. 5. Mantenimiento preventivo y correctivo del sistema natural. 6. Implementación de SUDS compatibles con el sistema natural. ARTÍCULO 69. Programa de recolección y aprovechamiento del agua lluvia en espacios públicos. Con este programa se apunta a reutilizar el recurso pluvial, para evitar inundaciones y proporcionar aumento en las reservas de este líquido vital. ARTÍCULO 70. Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de recolección y aprovechamiento del agua lluvia en espacios públicos. Para el desarrollo del programa se establecen como metas:
ARTÍCULO 74. (sic) Proyectos priorizados para Manejar integralmente el agua como elemento vital para la resiliencia frente a los riesgos asociados al clima y los efectos del cambio climático. Sin perjuicio de la creación de otros Proyectos de Interés Distrital frente al Cambio Climático, se consideran prioritarios los proyectos asociados a: 1. Puesta en marcha del Plan Estratégico de Transformación del Sistema Urbano de Drenaje Pluvial, que desarrolle una infraestructura adaptativa flexible en la ciudad que permita retener agua en los momentos de exceso y liberar agua en los momentos de sequía. 2. Implementación de los programas de reducción de pérdidas de agua en el sistema de acueducto de Bogotá, reducción del consumo de agua potable, protección del acuífero de la ciudad y recuperación de la cuenca del río Bogotá, para hacer sostenible el balance de demanda y oferta hídrica en la ciudad, de forma tal que no se requiera la implementación de nuevos proyectos de infraestructura para aumentar la oferta hídrica. 3. Construcción y puesta en funcionamiento de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales Canoas. TÍTULO III. METAS Y PROGRAMAS ASOCIADOS AL AUMENTO DE LA RESILIENCIA SECTORIAL Y REDUCCIÓN DE RIESGOS DE GRAN IMPACTO CAPÍTULO I AUMENTO DE LA RESILIENCIA SECTORIAL Y REDUCCIÓN DE RIEGOS DE GRAN IMPACTO ARTÍCULO 75. (sic) Aumentar la resiliencia sectorial y reducción de riegos de gran impacto. Este objetivo busca fortalecer las capacidades institucionales para aumentar la resiliencia sectorial frente a los riesgos que puedan afectar la prestación de servicios públicos y privados, de movilidad, abastecimiento salud y servicios sociales, a través de recursos y procesos efectivos. Así como preparar la ciudad frente a los riesgos de gran impacto como sismos, eventos tecnológicos, biológicos y sociales. ARTÍCULO 76. (sic) Meta de impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de Aumentar la resiliencia sectorial y reducción de riegos de gran impacto, es garantizar la continuidad del servicio para el 100% de empresas y entidades públicas y privadas que presten servicios a la ciudad mediante la adopción e implementación de programas y proyectos de reducción de riesgos. ARTÍCULO 77. (sic) Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas: 1. Abastecimiento y resiliencia alimentaria. 2. Resiliencia en salud por riesgos y cambio climático. 3. Redundancia y reducción de vulnerabilidad funcional de los servicios públicos y de movilidad. 4. Resiliencia asociada al sector productivo. 5. Resiliencia en los servicios sociales de la ciudad. 6. Reducción de riesgo sísmico en infraestructura y vivienda. 7. Reducción de riesgos tecnológicos. ARTÍCULO 78. (sic) Programa de abastecimiento y resiliencia alimentaria. Este programa busca fomentar la producción limpia de alimentos y consolidar la red de abastecimiento y distribución de alimentos para Bogotá D.C que garantice la resiliencia alimentaria, avanzando en recomendaciones sobre regularización de la oferta de alimentos en la región o la sustitución de cultivos por especies que se adapten mejor a las nuevas condiciones generadas por el cambio climático. ARTÍCULO 79. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de abastecimiento y resiliencia alimentaria. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 80. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de abastecimiento y resiliencia alimentaria. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Promoción de compras públicas de alimentos orgánicos. 2. Apoyo a la transformación de mercados, ayuda a la reconversión y en cooperación técnica, en alianza con la Región Administrativa de Planificación Especial –RAPE, Región Central-. 3. Promoción y mejoramiento de los procesos de transformación de alimentos en la ciudad, que ayude a la competitividad en los mercados internacionales y a la generación de valor agregado alimentario y sustitución de importaciones. 4. Fomento a la agricultura sostenible y/o adaptada a la variabilidad y al cambio climático con la generación de zonas de desarrollo agroalimentario y social – ZDAS, el desarrollo institucional agropecuario a nivel de la Región Administrativa de Planificación Especial –RAPE, Región Central-, la infraestructura para el desarrollo agroalimentario y la investigación científica y tecnológica. ARTÍCULO 81. (sic) Programa de Resiliencia en salud por riesgos y efectos del cambio climático. Este programa busca avanzar en la medición periódica anual de la vulnerabilidad en salud pública generadas por riesgos y efectos del cambio climático. ARTÍCULO 82. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo del programa Resiliencia en salud por efectos del cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 83. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de resiliencia en salud por efectos del cambio climático. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Mejoramiento del conocimiento del riesgo en salud asociados al cambio climático y riesgos biológicos y epidemiológicos. 2. Territorialización de las acciones establecidas en el sistema de vigilancia epidemiológico y ambiental, enfocadas a la adaptación en salud frente al cambio climático. 3. Análisis de vulnerabilidad de la población bogotana frente a los efectos en salud relacionados al cambio climático. 4. Investigación de los efectos en salud relacionados al cambio climático. 5. Desarrollo de mecanismos de alerta temprana en salud por fenómenos asociados al cambio climático y por fenómenos biológicos y epidemiológicos. 6. Fomento de mecanismos de expansión hospitalaria. 7. Fortalecimiento de los sistemas de atención pre hospitalaria y emergencia médica ARTÍCULO 84. (sic) Programa de redundancia y reducción de vulnerabilidad funcional de los servicios públicos y de movilidad. Este programa busca aumentar la resiliencia sectorial de los servicios públicos y de la movilidad en el Distrito Capital mediante la adopción y consolidación de sistemas de redundancia y adelantar las acciones para garantizar la funcionalidad de la red vial vital. Los riesgos asociados a la vulnerabilidad funcional de los servicios públicos domiciliarios y del sistema vial y de transporte se manifiestan en la interrupción de la prestación de servicios debido a fallas propias de los sistemas o por efecto de eventos externos que los afecten. Por lo tanto es fundamental que estos servicios cuenten con sistemas redundantes que garanticen su funcionalidad. ARTÍCULO 85. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de redundancia y reducción de vulnerabilidad funcional de los servicios públicos y de movilidad. Para el desarrollo del programa se establece como meta de resultado:
ARTÍCULO 86. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de redundancia y reducción de la vulnerabilidad funcional de los servicios públicos y de movilidad. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Elaboración y actualización de los escenarios de riesgos en los diversos servicios públicos. 2. Establecer las relaciones del riesgo sectorial en los territorios urbanos y rurales. 3. Desarrollo de la investigación para construcción de iniciativas técnicas y tecnológicas para la reducción de riesgos sectoriales de acuerdo a las prioridades. 4. Promoción de normatividad, instrumentos y prácticas culturales en torno a la gestión de riesgos en los diferentes sectores. 5. Desarrollo de estrategias para ampliar y fortalecer la institucionalización de la gestión de riesgos en los sectores. 6. Generar arreglos institucionales para la articulación de la gestión de riesgos sectoriales. 7. Formulación e implementación del componente de gestión de riesgos en los planes maestros de servicios públicos y movilidad. 8. Formulación e implementación de proyectos de inversión para la gestión de riesgos sectorial. ARTÍCULO 87. (sic) Programa resiliencia asociada al sector productivo. Este programa busca que las empresas garanticen la continuidad de los negocios en las actividades productivas expuestas a situaciones de riesgo, mediante la adopción y ejecución de planes de gestión de riesgos en las unidades productivas. ARTÍCULO 88. (sic) Metas de Resultado del Programa de Resiliencia asociada al sector productivo. Para el desarrollo del programa se establece como meta de resultado:
ARTÍCULO 89. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de Resiliencia asociada al sector productivo. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Elaboración y actualización de los escenarios de riesgos asociados al sector productivo. 2. Definición de normas, instrumentos y prácticas de gestión de riesgos correspondientes a los diferentes sectores de la producción. 3. Desarrollo de estrategias para ampliar y fortalecer la institucionalización de la gestión de riesgos en el sector productivo. 4. Generar arreglos institucionales para la articulación de la gestión de riesgos sectoriales. 5. Articulación del sector productivo con el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático. ARTÍCULO 90. (sic) Programa de resiliencia en los servicios sociales de la ciudad. Este programa busca aumentar la resiliencia de servicios sociales como educación, salud, recreación, cultura y deporte mediante la formulación, adopción y ejecución de planes de acción para la reducción de riesgos. ARTÍCULO 91. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de resiliencia en los servicios sociales de la ciudad. Para el desarrollo del programa se establece como meta:
ARTÍCULO 92. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de resiliencia de los servicios sociales de la ciudad. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Elaboración y actualización de los escenarios de riesgos asociados a los servicios sociales de la ciudad. 2. Definición de normas, instrumentos y prácticas de gestión de riesgos correspondientes a los servicios sociales de la ciudad. 3. Desarrollo de estrategias para ampliar y fortalecer la institucionalización de la gestión de riesgos relacionada con los servicios sociales de la ciudad. 4. Generación de arreglos institucionales para la articulación de la gestión de riesgos relacionada con los servicios sociales de la ciudad. 5. Articulación de los servicios sociales con el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático. ARTÍCULO 93. (sic) Programa de reducción de riesgo sísmico en infraestructura y vivienda. Este programa busca aumentar la resiliencia de la infraestructura y la vivienda mediante la promoción, diseño y construcción de acciones de reforzamiento estructural de la vivienda, principalmente de las viviendas de los hogares de bajos ingresos, y de las edificaciones públicas esenciales, para que disminuyan la vulnerabilidad en el escenario de riesgo poco recurrente pero de alto impacto como el sismo. ARTÍCULO 94. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de reducción de riesgo sísmico en infraestructura y vivienda. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas:
ARTÍCULO 95. (sic) Líneas estratégicas del programa de reducción del riesgo sísmico en infraestructura y vivienda. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Identificación de necesidades de reforzamiento estructural en edificaciones públicas esenciales. 2. Identificación de necesidades y posibilidades de reforzamiento estructural hogares de bajos ingresos. 3. Definición de normas, instrumentos y prácticas de gestión de riesgos correspondientes. 4. Desarrollo de diseños tipos, utilizando tecnologías alternativas de ser posible, para el reforzamiento estructural. 5. Promoción y desarrollo de acciones de reforzamiento. ARTÍCULO 96. (sic) Programa de reducción de riesgos tecnológicos. El fin de este programa es generar conocimiento de riesgo tecnológico para la emisión de conceptos y otros pronunciamientos relacionados con el uso el suelo, generación de guías técnicas, términos de referencia, o proyectos de infraestructura estratégica de la ciudad entre otros. Se debe incluir en el sistema de inspección vigilancia y control del Distrito. ARTÍCULO 97. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Reducción de riesgos tecnológicos. Para el desarrollo del programa se establece la siguiente meta de resultado:
ARTÍCULO 98. (sic) Líneas estratégicas del programa de reducción del riesgo tecnológico. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Actualización de la información sobre procesos de almacenamiento, transporte, manejo y disposición de residuos y sobre sistemas productivos industriales o actividades económicas que puedan generar explosiones, incendios, derrames, fugas o contaminación. Actualización de mapas de riesgos al respecto. 2. Emisión de conceptos técnicos relacionados con el uso del suelo. 3. Generación de guías técnicas, términos de referencia u otros documentos que permitan el desarrollo de análisis de riesgos específicos. 4. Formulación y desarrollo, conjuntamente con el sector privado, de un sistema de inspección, vigilancia y control de los riesgos tecnológicos y asociados. ARTÍCULO 99. (sic) Proyectos prioritarios para el programa de Aumento de la resiliencia sectorial y reducción de riegos de gran impacto. Se consideran prioritarios los proyectos asociados a: 1. Constitución de la Red Vial Vital para reducir la vulnerabilidad funcional de la ciudad. 2. Ajuste de los planes maestro de servicios público que incluyen sistemas de resiliencia sectorial. 3. Desarrollo de la Agricultura urbana como parte de los programas de seguridad alimentaria. 4. Establecimiento de Salud ambiental como estrategia de reducción de la vulnerabilidad de la población frente a los efectos de cambio climático. 5. Reforzamiento de edificaciones esenciales frente a la vulnerabilidad sísmica. 6. Mejoramiento de viviendas de interés social – VIS dirigidas a reducir la vulnerabilidad Sísmica. 7. Estrategia de aseguramiento como parte de la financiación de la gestión de riesgos y adaptación al cambio climático. CAPÍTULO II IMPLEMENTACIÓN DE PROCESOS EFECTIVOS DE PREPARATIVOS, RESPUESTA Y RECUPERACIÓN POST EVENTO ARTÍCULO 100. (sic) Implementar procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post evento: Este objetivo apunta a planificar el manejo de los desastres, implementando procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post-evento, que permitan reducir los daños y/o pérdidas ocasionadas sobre la población y sus bienes, la infraestructura y equipamientos, la sostenibilidad de los ecosistemas y la funcionalidad del Distrito de Capital. ARTÍCULO 101. (sic) Meta de impacto: La meta de impacto asociada al objetivo de implementar procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post evento, es Reducir el número de personas afectadas y la mortalidad causada por desastres por cada 100.000 habitantes en el decenio 2020-2030 respecto del periodo 2005-2015.* (En cumplimiento al Marco de Acción de Sendai para la Reducción de Riesgos de Desastres, 2015-2030, Asamblea General de las Naciones Unidas) ARTÍCULO 102. (sic) Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas: 1. Preparativos institucionales (Sistema Operativo Distrital de Emergencias - SODE). 2. Preparativos sociales y comunitarios para respuesta a emergencias, calamidades y/o desastres. 3. Respuesta a emergencias, calamidades y/o desastres. 4. Rehabilitación y recuperación post-desastre. ARTÍCULO 103. (sic) Programa de preparativos institucionales. Este programa busca fortalecer las capacidades de planeación y organización en el SDGR-CC de los preparativos que garanticen una intervención oportuna en la atención integral de las situaciones de emergencia, calamidad o desastre y mejore la capacidad social de autoaprendizaje y recuperación post-evento. ARTÍCULO 104. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de preparativos institucionales. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de resultado:
ARTÍCULO 105. (sic) Líneas estratégicas del programa de preparativos institucionales. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción 1. Diseño y construcción de la infraestructura indispensable para el manejo y atención de emergencias. 2. Construcción y funcionamiento del Sistema Distrital de Alertas. 3. Desarrollo del Sistema Operativo Distrital de Emergencias para el manejo y atención de las emergencias, calamidades y/o desastres. 4. Construcción y funcionamiento del Sistema Logístico para el manejo y atención de las emergencias y los planes de recuperación temprana. 5. Construcción y funcionamiento de la red distrital de comunicaciones. 6. Desarrollo y/o actualización de los protocolos distritales y de las herramientas de coordinación de la Estrategia Distrital de Respuesta (manuales de actuación, estrategias institucionales de respuesta, planes de emergencia y contingencias, entre otros) y de los planes de recuperación temprana. 7. Construcción y aplicación de mecanismos de tipificación e inventario de recursos para la respuesta. 8. Construcción e implementación del plan de capacitación a grupos especializados de respuesta. 9. Dotación, mantenimiento y renovación de equipos especializados para la emergencia. ARTÍCULO 106. (sic) Programa de preparativos sociales y comunitarios. Fortalecer las capacidades de la sociedad y las comunidades para intervenir activamente en la planeación y organización de los preparativos de respuesta y la atención integral de las emergencias. ARTÍCULO 107. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de preparativos sociales y comunitarios. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de resultado:
ARTÍCULO 108. (sic) Líneas estratégicas del programa de preparativos sociales y comunitarios. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción 1. Generar capacidades institucionales, sociales y comunitarias para la ampliación y consolidación de personal operativo y voluntariado. 2. Elaboración e implementación de planes de emergencia a nivel distrital, local y sectorial. 3. Formación de redes de voluntarios para el manejo y atención de emergencias. ARTÍCULO 109. (sic) Programa de Respuesta. Garantizar el tiempo de respuesta en la atención de todos los servicios de emergencia prestados, la atención oportuna a las llamadas de emergencia y la existencia de voluntarios capacitados y certificados para la respuesta ARTÍCULO 110. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Respuesta.
ARTÍCULO 111. (sic) Líneas estratégicas del programa de respuesta. Para el desarrollo de este programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción. 1. Disminución del tiempo de arribo en la atención de emergencias, calamidad y desastre. 2. Atención oportuna y diferencial en las situaciones de emergencia, calamidad y desastre. 3. Restablecimiento de los derechos humanos en los territorios afectados por situaciones de emergencia, calamidad y desastres. 4. Manejo de cadáveres en eventos de emergencia, calamidad y/o desastre ARTÍCULO 112. (sic) Programa de rehabilitación y recuperación post-desastre. Fortalecer las capacidades de planeación y organización en el SDGR-CC que garanticen un proceso oportuno y eficaz de rehabilitación temprana y una planificación adecuada de la recuperación post-evento. ARTÍCULO 113. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de Programa de rehabilitación y recuperación post-desastre. Las metas de corto, mediano y largo plazo para este programa son:
ARTÍCULO 114. (sic) Líneas estratégicas del programa de rehabilitación y reconstrucción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Diseño de lineamientos para la planeación de la atención y recuperación temprana en las entidades públicas y privadas. 2. Manejo de residuos para la recuperación post-terremoto y/o evento de gran impacto. 3. Aseguramiento de infraestructura, equipamientos, viviendas y bienes por terremotos y/o eventos de gran impacto. 4. Reducción de la vulnerabilidad fiscal del Distrito post-terremoto y/o eventos de gran impacto. 5. Red Vial Vital y Red de Servicios Sociales para la recuperación temprana post-terremoto y/o eventos de gran impacto. ARTÍCULO 115. (sic) Proyectos prioritarios para el programa de implementación de procesos efectivos de preparativos, respuesta y recuperación post evento. Se consideran prioritarios los proyectos asociados a: 1. Operación del Sistema Distrital de Centros de Reserva. 2. Funcionalidad del Sistema Distrital de Alertas Tempranas. 3. Formulación y adopción de Estrategias Institucionales de Respuesta. 4. Simulacros masivos distritales. 5. Fortalecimiento de Organizaciones de Voluntarios de Primera Respuesta. 6. Fortalecimiento de la Unidad Administrativa Especial Cuerpo Oficial de Bomberos. 7. Consolidación del Centro Operativo de Emergencias - COE. TÍTULO IV. ESTRATEGIA DISTRITAL DE RESPUESTA ARTÍCULO 116. (sic) Objetivo de la Estrategia Distrital de Respuesta. Orientar la atención integral, oportuna, eficiente y eficaz de las situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre, integrando procesos, procedimientos, protocolos, responsabilidades y recursos del SDGR-CC. ARTÍCULO 117. (sic) Modelo de planificación de la respuesta. La planificación de la respuesta a situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre se basa en un modelo de articulación sistémica de procesos de coordinación, comando y control, manejo de información y cooperación. PARÁGRAFO 1°. Proceso de coordinación. Corresponde al conjunto de actividades de responsabilidad de la organización administrativa del Distrito Capital encaminado a la toma de decisiones para garantizar la gobernabilidad y la articulación con los protocolos de la Estrategia Distrital de Respuesta -EDR. PARÁGRAFO 2°. Proceso de comando y control. Corresponde al conjunto de actividades de responsabilidad de los organismos de respuesta orientados al comando y control de las operaciones que garanticen el manejo de las situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre. PARÁGRAFO 3°. Proceso de manejo de información. Corresponde al conjunto de actividades de responsabilidad de la entidad coordinadora del SDGR-CC necesarias para instaurar un entendimiento del contexto de la situación (conciencia situacional), proyectar su potencial evolución, y las consideraciones de divulgación de información pertinentes, para los diferentes actores inmersos en el manejo de la situación y es transversal para todas las instancias de actuación. PARÁGRAFO 4°. Proceso de cooperación. Corresponde al conjunto de actividades de responsabilidad de la entidad coordinadora del SDGR-CC necesarias para integrar acuerdos de cooperación con actores externos y otros niveles administrativos. ARTÍCULO 118. (sic) Niveles de responsabilidad frente a la EDR. Para garantizar el objetivo de la EDR se establecen responsabilidades en los siguientes niveles: 1. La ciudadanía en general. 2. Las brigadas o grupos organizados de iniciativa pública o privada. 3. Instituciones con competencia en el manejo de emergencias. ARTÍCULO 119. (sic) Responsabilidades de la ciudadanía en general frente a la EDR. La responsabilidad de la población en el Distrito Capital corresponde a actuar con precaución, solidaridad y autoprotección, realizando las siguientes actividades mínimas: (1) conocer y desarrollar las acciones requeridas en caso de una emergencia en sus ámbitos individual, familiar, comunitario y laboral; (2) adoptar comportamientos seguros en las actividades cotidianas; (3) notificar oportunamente a las entidades competentes las manifestaciones de riesgo inminente o situaciones de emergencia; (4) cooperar con las solicitudes de las entidades del SDGR-CC y acatar las disposiciones de las autoridades; y (5) ejercer veeduría ciudadana. ARTÍCULO 120. (sic) Responsabilidades de las brigadas o grupos organizados de iniciativa pública o privada frente a la EDR. Estos grupos corresponden a las organizaciones de orden público o privado en función de la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) de que trata el Decreto 1072 de 2015, los servicios logísticos para espectáculos y aglomeraciones de que trata el Decreto 599 de 2013, y los grupos comunitarios conformados para este fin; los cuales tienen entre sus responsabilidades: 1. Dirigir las iniciativas de capacitación y realización de simulaciones y simulacros orientados a mejorar el desempeño de la respuesta de la ciudad. 2. Ser facilitadores de las labores de las entidades del SDGR-CC. 3. Brindar la primera respuesta en sus espacios de actuación y en correspondencia con sus capacidades. 4. Apoyar las labores de ayuda humanitaria, atención social en el marco de los protocolos respectivos y restablecimiento de medios de vida. 5. Participar en el funcionamiento de los Sistemas de Alerta Temprana. ARTÍCULO 121. (sic) Responsabilidades de las instituciones con competencia en el manejo de emergencias frente a la Estrategia Distrital de Respuesta. Corresponde a entidades integrantes del SDGR-CC de acuerdo con sus competencias responder al Marco de Actuación definido en esta EDR. ARTÍCULO 122. (sic) Marco de Actuación. Conjunto de mecanismos acordados para estandarizar la actuación de las entidades del SDGR-CC para la respuesta a situaciones de emergencia, calamidad y/o desastre. Los componentes del marco de actuación son principalmente (1) los niveles de emergencias, (2) instancias de actuación para la respuesta, (3) las funciones de respuesta y (4) los protocolos distritales. ARTÍCULO 123. (sic) Niveles de emergencias. Se establecen para Bogotá D.C cinco niveles de emergencias que implican a las diferentes instancias del modelo de planificación de la respuesta. Los cinco niveles se clasifican de acuerdo a los siguientes criterios: 1. La afectación de la emergencia (geográfica, funcional, poblacional, ambiental, tiempo de afectación, y expansión del riesgo). 2. La capacidad de respuesta (capacidad operativa y técnica, soporte logístico, y periodo operacional). 3. El potencial impacto sobre la imagen pública y la gobernabilidad. ARTÍCULO 124. (sic) Instancias de actuación para la respuesta. En correspondencia con el modelo de planificación de la respuesta se definen las instancias operativas del SDGR-CC para la toma de decisiones estratégicas y tácticas, de la siguiente manera: 1. Instancia de manejo de crisis distrital: Esta instancia tiene por objetivo responder al proceso de coordinación distrital definido en el modelo de planificación de respuesta donde se definen estrategias y prioridades que velen por mantener y/o recuperar las condiciones de gobernabilidad y funcionalidad del Distrito Capital, así como gestionar y coordinar los recursos del proceso de cooperación requeridos. En esta instancia estarán los integrantes del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y se establece desde la sala de crisis distrital. 2. Instancia de manejo de crisis sectorial: Esta instancia tiene por objetivo responder al proceso de coordinación sectorial desde donde se supervisa de manera centralizada el desempeño de las instancias de tarea. En esta instancia estará personal responsable del proceso al interior de las instituciones del sector con contacto directo con la sala de crisis distrital, en caso que esté activa. Esta instancia se establece en salas de crisis sectoriales predefinidas. 3. Instancia de tarea. Esta instancia tiene por objetivo responder al proceso de comando y control que se desarrolla en terreno con base en los procedimientos y los protocolos distritales de respuesta. En esta instancia estarán funcionarios designados con la competencia y capacidad técnica requerida para cumplir con la función de respuesta asignada. Esta instancia se establece en puestos de comando próximos a las áreas operativas. PARÁGRAFO. Es responsabilidad del IDIGER, como coordinador del SDGR-CC, activar las diferentes instancias de actuación y brindar asistencia técnica a la instancia de manejo de crisis sectorial. ARTÍCULO 125. (sic) Funciones de respuesta. Las funciones de respuesta agrupan los responsables encargados de la respuesta en función de los objetivos específicos y las actividades de respuesta, organizadas en (1) funciones de tarea correspondientes a seguridad y convivencia, evaluación de daños y análisis de necesidades (EDAN), respuesta, atención médica inicial, operaciones aéreas, atención social prioritaria, salud pública, manejo ambiental, rehabilitación funcional, restablecimiento de medios de vida; y (2) funciones de soporte correspondientes a seguridad operacional, información pública, enlace, planificación, logística, y administración y finanzas. ARTÍCULO 126. (sic) Protocolos distritales. Corresponde a la asignación ordenada de actividades y responsables en virtud de alcanzar el objetivo de la función de respuesta, los cuales se dividen en protocolos de respuesta, protocolos de soporte, y protocolos de alerta temprana. PARÁGRAFO: El IDIGER consolidará mediante acto administrativo los protocolos acordados por la Comisión Intersectorial de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, en un plazo de 9 meses. ARTÍCULO 127. (sic) Activación institucional del Marco de Actuación. La activación del Marco de Actuación se hará a nivel preventivo ante un riesgo inminente, y reactivo frente a una situación de emergencia, calamidad y/o desastre, que implicará el despliegue institucional en función de los niveles de emergencia. ARTÍCULO 128. (sic) Sistema Operativo Distrital de Emergencias – SODE. El SODE es el soporte fundamental para el cumplimiento del objetivo y los lineamientos de la EDR, y está compuesto por la Red Distrital de Centros de Reserva, la Red Distrital de Comunicaciones de Emergencia, las Instalaciones de Servicios Básicos Indispensables, el Inventario de Recursos para la Respuesta a Emergencias del SDGR-CC, y el Sistema de Registro de Afectados. ARTÍCULO 129. (sic) Registro Oficial de Eventos de Emergencias y Afectados. El IDIGER deberá conciliar y consolidar con las entidades responsables de la respuesta, y publicar mensualmente el registro de eventos de emergencias oficial en el Sistema de Información para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático (SIRE). ARTÍCULO 130. (sic) Articulación de la EDR con los Planes de Emergencia y Contingencias (PEC) y PIGRE. El componente de manejo de emergencias contenido en los Planes Institucionales de Gestión de Riesgos –PIGRE-, así como los Planes de Emergencia y Contingencias –PEC- que se desarrollen en cumplimiento de los requisitos establecidos para los planes de prevención, preparación y respuesta ante emergencias contemplados en el decreto 1072 de 2015, y demás disposiciones normativas, procurarán articularse con el Marco de Actuación definido en la EDR. ARTÍCULO 131. (sic) Medidas extraordinarias. Para las situaciones de emergencias, calamidades y/o desastres declaradas, la EDR adoptará medidas extraordinarias en cumplimiento de las disposiciones legales. TÍTULO V. OBJETIVOS, METAS Y PROGRAMAS TRANSVERSALES A LA GESTIÓN DEL RIESGOS Y EL CAMBIO CLIMÁTICO CAPÍTULO I. CONSOLIDACIÓN DEL SISTEMA DE GOBERNANZA AMBIENTAL PARA AFRONTAR COLECTIVAMENTE LOS RIESGOS Y LOS EFECTOS DEL CAMBIO CLIMÁTICO ARTÍCULO 132. (sic) Consolidar un sistema de gobernanza ambiental para afrontar colectivamente los riesgos y los efectos del cambio climático La gobernanza ambiental tiene como fin garantizar la integración de las políticas ambientales, de gestión de riesgos y de cambio climático en el D.C, para lo cual se requiere la funcionalidad del SDGR-CC, la participación efectiva de la ciudadanía y las alianzas estratégicas. ARTÍCULO 133. (sic) Meta de Impacto. Lograr la participación incidente social, comunitario, sectorial e institucional fortaleciendo las instancias del SDGR – CC a nivel distrital, local y la consolidación de redes sociales y alianzas estratégicas para la gestión de riesgos y cambio climático. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:
ARTÍCULO 134. (sic) Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas: 1. Participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. 2. Fortalecimiento del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y desarrollo de la estructura para la gobernanza. 3. Fortalecimiento y generación de nuevas alianzas y plataformas de cooperación. ARTÍCULO 135. (sic) Participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. Este programa busca fortalecer las estrategias de organización para la participación efectiva, apropiación social de los procesos de gestión de riesgos y cambio climático, y la movilización ciudadanía, masiva, global, pacífica y articulada por la justicia climática. ARTÍCULO 136. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo del programa para la participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 137. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de Participación social y comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Promoción de espacios y mecanismos efectivos de participación en las instancias del SDGR-CC a escala distrital, local (UPZ y barrios). 2. Promoción y fortalecimiento de la red social de gestión de riesgos y cambio climático. 3. Desarrollo de Iniciativas con Participación Comunitaria para la gestión de riesgos y cambio climático. 4. Articulación de actores del orden local con la región y la nación con integralidad temática. 5. Optimización de mecanismos de coordinación institucional. 6. Participación en la formulación, implementación y revisión periódica de los planes locales de gestión del riesgo y cambio climático en las 20 localidades. 7. Promoción de la movilización ciudadana, masiva, global, pacífica y articulada. ARTÍCULO 138. (sic) Programa para el fortalecimiento del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y desarrollo de la estructura para la gobernanza: Este programa busca avanzar en la capacidad de coordinar y articular los actores institucionales, sectoriales y sociales que hacen parte del SDGRCC y la formulación continua y sistemática de lineamientos de política, estrategias, protocolos y procedimientos para la gestión de riesgos y cambio climático. ARTÍCULO 139. (sic) Metas del programa fortalecimiento del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático y desarrollo de la estructura para la gobernanza. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 140. (sic) Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Consolidación del Sistema Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático, buscando la integralidad y sinergia entre las políticas, las entidades, y los procesos. 2. Estrategia financiera del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático. 3. Observatorio Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático que permita hacer seguimiento a las condiciones de riesgo de la ciudad y a la implementación del plan y a sus impactos. 4. Proceso de descentralización, desconcentración y complementariedad de la gestión de riesgos y cambio climático en la estructura político administrativa del Distrito Capital. 5. Fortalecimiento de los Consejos Locales de gestión de riesgos y cambio climático. 6. Apoyo y soporte al Consejo Consultivo de gestión de riesgos y cambio climático. ARTÍCULO 141. (sic) Programa para el fortalecimiento y generación de nuevas alianzas y plataformas de cooperación. Este programa busca establecer alianzas estratégicas con actores y procesos claves para la gestión de riesgos y cambio climático que incluye la identificación de oportunidades de medios de vida y de integración de actores privados y de organizaciones. ARTÍCULO 142. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo sobre el programa de alianzas y plataformas de cooperación. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 143. (sic) Líneas estratégicas de acción. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Promoción de alianzas y redes estratégicas entre Bogotá, la región y la nación para favorecer la implementación de proyectos conjuntos de gestión de riesgos y cambio climático. 2. Fortalecimiento y consolidación del liderazgo internacional de la ciudad en temas de gestión de riesgos y cambio climático. 3. Promoción y empoderamiento de mecanismos inter-administraciones distritales para asegurar que la agenda de cambio climático continúe y se fortalezca en el tiempo. CAPÍTULO II. PROMOCIÓN DE LA TRANSFORMACIÓN CULTURAL PARA ENFRENTAR LOS RIESGOS Y LOS NUEVOS RETOS DEL CAMBIO CLIMÁTICOS ARTÍCULO 144. (sic) Promover la transformación cultural, para enfrentar los riesgos y los nuevos retos climáticos. Promover la transformación cultural para mejorar la percepción y comprensión de los riesgos y efectos del cambio climático, generando cambios positivos en las formas de relación entre la sociedad y la naturaleza, formas de producción y consumo en el marco del modelo de desarrollo, con el fin de reducir la vulnerabilidad y aumentar la resiliencia. ARTÍCULO 145. (sic) Metas de Impacto. La meta de impacto asociada al objetivo de promover la transformación cultural, para enfrentar los riesgos y los nuevos retos climáticos, es lograr e internalizar el cambio cultural individual y colectivo necesario para la transformación visionaria de ciudad y de comportamientos que reduzcan la vulnerabilidad y aumenten la resiliencia frente a los riesgos y a los efectos del cambio climático. Para ello, esta meta se distribuye temporalmente así:
ARTÍCULO 146. (sic) Programas para el cumplimiento de la meta de impacto. Para lograr esta meta de impacto en el tiempo, se establecen los siguientes programas: 1. esgo (sic) y la adaptación al cambio climático. 2. Empoderamiento y movilización incidente. 3. Ampliación en el uso de instrumentos y herramientas para la comunicación y la pedagogía. 4. Educación y comunicación para apropiación y transformación cultural en gestión de riegos y cambio climático. ARTÍCULO 147. (sic) Programa de apropiación social y cultural para la reducción del riesgo y la adaptación al cambio climático. Este programa se enfoca en construir las bases de una cultura transformadora de ciudad que actúe de manera sostenible, especialmente en términos del consumo y preparación para afrontar los riesgos, aportando elementos estructurales y herramientas que faciliten su desarrollo. ARTÍCULO 148. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de apropiación social y cultural para la reducción del riesgo y la adaptación al cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 149. (sic) Líneas estratégicas de acción del Programa de apropiación social y cultural para la reducción del riesgo y la adaptación al cambio climático. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Diseño e implementación de un plan de promoción y monitoreo de cambios de comportamiento en cuanto al uso del agua, la energía, los residuos, la comida y el transporte. 2. Articulación de la dinámica cultural, festiva y recreativa de la ciudad con el Plan Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático. 3. Desarrollo e implementación de Campañas de Consumo Sostenible con alto compromiso de las entidades distritales como ejemplo a la sociedad. 4. Análisis e implementación de incentivos (convencionales y no convencionales) para promover el cambio de comportamiento hacia prácticas sostenibles. 5. Gestión sostenible de la cadena de suministro para mejorar la calidad de productos verdes 6. Promoción de mercados responsables. 7. Fortalecimiento de los programas de ecoetiquetado y certificaciones que impulsen el consumo consciente e informado. 8. Desarrollo de encuestas periódicas que midan cambios en percepción y comportamiento. ARTÍCULO 150. (sic) Programa de empoderamiento y movilización incidente. Este programa busca empoderar a organizaciones, personas y grupos vinculados a procesos colectivos asociados con gestión del riesgo y cambio climático. ARTÍCULO 151. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo del Programa de empoderamiento y movilización incidente. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 152. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de empoderamiento y movilización incidente. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Fomento de una red mundial de jóvenes por el cambio climático y la gestión de riesgos, que sea incidente en las decisiones políticas para lograr la sostenibilidad global. 2. Fomento e impulso en el ámbito nacional a proceso de movilización asociado con Justicia Climática. 3. Fortalecimiento y empoderamiento de organizaciones de mujeres como líderes de cambio cultural hacia la sostenibilidad local. 4. Incorporación del interés ambiental en las dinámicas de grupos privados y colectivos (clubes temáticos, colectivos de trabajo, grupos de voluntariados, entre otros) que permitan vincular actores a las metas de mitigación y adaptación al cambio climático. 5. Visibilizar a nivel global las iniciativas y experiencias exitosas locales por el cambio climático y la gestión de riesgos. 6. Fortalecimiento de organizaciones de los derechos de los consumidores, que apoyen la producción y el consumo responsable. 7. Incorporación de al menos 500 habitantes de calle en los procesos de recuperación del drenaje natural. 8. Desarrollo de al menos 12 iniciativas comunitarias al año para el mantenimiento y/o conservación del sistema de drenaje. ARTÍCULO 153. (sic) Programa de ampliación en el uso de instrumentos y herramientas para la comunicación y la pedagogía. Este programa apunta a reducir la desigualdad en el acceso y uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, como parte de la transformación cultural de la ciudad que se requiere para la gestión del riesgo, mitigación y la adaptación al cambio climático ARTÍCULO 154. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo del programa de ampliación en el uso de instrumentos y herramientas para la comunicación y la pedagogía. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
ARTÍCULO 155. (sic) Líneas estratégicas de acción del programa de ampliación en el uso de instrumentos y herramientas para la comunicación y la pedagogía. Para el desarrollo de éste programa se definen las siguientes líneas estratégicas de acción: 1. Emprendimiento e innovación para la creación de herramientas y sitios web que centralicen y dinamicen información determinante para el cambio positivo de comportamientos para la mitigación y adaptación al cambio climático. 2. Fomento a las iniciativas ciudadanas virtuales respecto a cambio climático. 3. Fortalecimiento y sinergia con los observatorios Distritales: OAB, Observatorio Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, Observatorio Distrital Cultural, Observatorio Distrital de Desarrollo Económico, Observatorio Distrital de la Mujer. 4. Fortalecimiento del sistema de información y las telecomunicaciones como soportes fundamentales para lograr una gestión de riesgos acorde con los lineamientos del SDGR-CC. ARTÍCULO 156. (sic) Programa de educación y comunicación para la gestión de riegos y cambio climático. A través de este programa se diseñan e implementan procesos de formación y capacitación en gestión de riesgos y cambio climático dirigidos al sector público, privado y comunitario que contribuyan a los fines de la educación: la participación en toma de decisiones que afectan el país, la adquisición de una conciencia para la conservación, protección y mejoramiento del medio ambiente, de la calidad de vida, del uso racional de los recursos naturales y la gestión de riesgos, la promoción de la capacidad para crear, investigar y adoptar las nuevas tecnologías que se requieren en los procesos de desarrollo del país. ARTÍCULO 157. (sic) Metas de corto, mediano y largo plazo para el programa de educación y comunicación para la gestión de riesgos y cambio climático. Para el desarrollo del programa se establecen las siguientes metas de corto, mediano y largo plazo:
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