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Circular 022 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
16/03/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
N.P.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 022 DE 2016

 

(Marzo 16)

 

Para:

SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, JEFES Y DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS INCLUIDAS LAS OFICILAES Y MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ALCALDES (AS) LOCALES, VEEDORA Y PERSONERO DISTRITAL

 

De:

SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

 

Asunto:

PERSONAL PARA LA ATENCIÓN EN PUNTOS DE LA RED CADE

 

En el marco de la Política Pública de Servicio a la Ciudadanía adoptada mediante el Decreto 197 de 2014, se busca fortalecer la gestión administrativa del Distrito Capital, logrando recuperar la confianza ciudadana en las instituciones, optimizando los recursos, impactando de acuerdo a la necesidad del servicio de manera positiva en cobertura, acceso digno, con estándares de calidad, efectividad y oportunidad en la atención a los habitantes del Distrito Capital en sus trámites y servicios.

 

Por ello, en aras de dar cumplimiento a lo señalado, y liderar la implementación de nuevas perspectivas, estrategias de servicios, protocolos de atención a trámites con estándares de calidad, que permitan gestionar de manera transversal con todas las instituciones de orden Nacional, Distrital y del sector Privado, un modelo de atención eficaz y eficiente a través de nuestros canales de servicios e interacción ciudadana en la Red CADE, siendo necesaria una estructura de organización del servicio unificada, con tendencias de innovación y mejoramiento continuo, brindando un acceso ágil, digno y oportuno, teniendo en cuenta todos los escenarios que pueden presentarse durante la prestación del servicio, como en las épocas de alta afluencia de público en las entidades distritales y participantes en la RED CADE.

 

En ese contexto, con el objeto de poder actuar de manera asertiva, conforme a las instrucciones formuladas mediante las circulares expedidas por esta Secretaría la N°007 de 2006, que señala las directrices para evitar congestiones en época de alta afluencia de público en las citadas entidades y los Planes de Contingencia de Servicio al Ciudadano, y la N°120 de 2015, que emite instrucciones sobre la Sostenibilidad y Financiación de la Política Pública Distrital de Servicio a la Ciudadanía, en la cual se solicita a las entidades y organismos distritales que dispongan en sus presupuestos anuales de los recursos necesarios para cubrir entre otros requerimientos la Planta de Personal, con el fin de contar de manera permanente con personal idóneo que brinde atención tanto en la Red CADE un servicio de cara a la ciudadanía, como al interior de las entidades, y de ese modo garantizar la prestación de servicios ágiles, oportunos, eficientes y efectivos; por ende se solicita que todas las entidades que hacen parte de la Red CADE, prevean la contratación del personal suficiente e idóneo en concordancia con lo previsto en el numeral 3 del artículo 8° y el artículo 13° del Decreto 197 de 20141, para lograr una excelente prestación del servicio y la satisfacción de la ciudadanía.

 

Agradezco el cumplimiento de estos objetivos señalados anteriormente, sin duda contribuiremos de manera positiva en los resultados esperados, para hacer de nuestra ciudad una "Bogotá mejor para todos".

 

Cordialmente,

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaria General

 

NOTA DE PIE DE PÁGINA

 

1 DECRETO 197 DE 2014

 

(…)

 

ARTÍCULO 8°. De las líneas estratégicas. Para cumplir con el objetivo de la Política Publica Distrital de Servicio a la Ciudadanía PPDSC se contemplan las siguientes líneas estratégicas, que fueron adoptadas en el marco de la Carta Iberoamericana de Calidad en la Gestión Pública:

 

(…)

 

3. Cualificación de los equipos de trabajo: en este sentido, la administración distrital debe caracterizar y homogeneizar el perfil por competencias de los servidores públicos que atienden a la ciudadanía, fortalecer los modelos de gestión de Calidad y Control Interno de todas las entidades en aras de brindar respuestas más oportunas, integrales y de calidad a las solicitudes; desarrollar e implementar estrategias de comunicación y cualificación permanentes en clave de servicios y especialmente, en clave de derechos, así como formación e investigación constante para el servicio a servidoras y servidores públicos, constituyéndose en una Escuela de Servicio que garantice la formación, la estandarización de buenas prácticas y el buen servicio como principio.

 

(…)

 

ARTÍCULO 13. De la selección y la cualificación de los actores del servicio. Las entidades públicas que prestan servicios en el Distrito Capital y las organizaciones privadas que ejercen funciones públicas o vinculadas al Sistema Distrital de Servicio al Ciudadano deberán preseleccionar los candidatos a un cargo para los puntos de atención a la ciudadanía teniendo en cuenta el perfil y competencias mínimas señaladas por la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano y por los estándares vigentes.

 

La Política Pública de Servicio a la Ciudadanía en el marco del articulo 8 numeral 3 del presente Decreto, orientará la conformación de una planta de servidores públicos, con perfiles adecuados y con procesos de formación constante, que permitan una aplicación coherente de los estándares de servicio, capacidad instalada y capacidad de cambio organizacional para los retos del servicio.

 

PARÁGRAFO PRIMERO. El perfil y las competencias mínimas referidas en este artículo serán revisados periódicamente por la entidad competente y se ajustarán de acuerdo a las necesidades del servicio.

 

PARÁGRAFO SEGUNDO. Como propósito estratégico, las entidades que forman parte del Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía harán las previsiones y el esfuerzo necesario para realizar la implementación de lo previsto en el artículo 8 numeral 3 y este artículo.

 

Proyectó: Stefany Guerrero Roldán.

 

Revisó: Nubia Rodríguez Rubio.

 

Aprobó: Walter Acosta Barreto.