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Proyecto de Acuerdo 195 de 2001 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2001
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC01952001

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL PROYECTO DE ACUERDO 195 DE 2001

"Por el cual se modifica el Acuerdo 08 de 1998 y se dictan otras disposiciones".

Honorables Concejales:

El Secretario de Hacienda Distrital somete a consideración del Honorable Concejo de Bogotá D.C. el presente Proyecto de Acuerdo, el cual tiene como objetivo modificar la destinación del cupo de endeudamiento autorizado mediante el Acuerdo Nº 08 de 1998.

El Concejo Distrital autorizó mediante el Acuerdo Nº 08 de 1998 el cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos, por la suma de US$778.000.000, destinado a la financiación del Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos", desarrollando de esta manera la facultad expresa consagrada tanto en el Decreto Ley 1421 de 1993, numeral 17 del artículo 12 y el artículo 72 de del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital.

A septiembre 28 de 2001 el Cupo de Endeudamiento autorizado mediante el Acuerdo Nº 08 de 1998 presenta el estado que se muestra en el Cuadro No. 1.

Cuadro No. 1

Estado Cupo del Endeudamiento a septiembre 28 de 2001

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

El Cuadro No. 1 muestra que se han utilizado US$345 millones y que queda un remanente por utilizar de US$432 millones. El cuadro también muestra que los Créditos de Presupuesto de la Nación de los años 1999 y 2000, que constituyen la forma en que el Gobierno Nacional ha transferido parte de los recursos del situado fiscal, han representado cerca de US$101 millones de cupo utilizado. Estos Créditos de Presupuesto por tratarse de operaciones de crédito público, afectan el cupo de endeudamiento. Sin embargo, son condonables en un 100%, de conformidad con lo establecido en los Artículos 13 y 17 de la Ley 508 de 1999 (se condonaron debido a que se cumplió a cabalidad con el "Convenio de Desempeño" suscrito entre la Nación y el Distrito Capital - Secretaria de Educación de Bogotá D.C.). Adicionalmente, el Decreto 2278 del 17 de noviembre de 1999 establece que estos créditos: "(.) no se tendrán en cuenta para determinar la capacidad de pago", por lo que no afectan los indicadores de la Ley 358 de 1997.

Mediante Decreto Nº 440 de 2001 se adoptó el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2001-2004 - BOGOTA para VIVIR Todos del Mismo Lado. Con el propósito de seguir utilizando el saldo disponible del cupo de endeudamiento autorizado mediante Acuerdo Nº 08 de 1998 es necesario contar con una disposición que autorice a la Administración para acceder no sólo a los recursos necesarios para culminar programas del Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos", sino también para atender (parcialmente) la financiación del nuevo Plan de Desarrollo.

La autorización del presente Proyecto permitirá a la Administración contar con un cupo de endeudamiento global, que le ayude a la planificación y ejecución de su estrategia financiera y de endeudamiento, coincidente con las perspectivas y posibilidades de inversión; igualmente, le permitirá la celebración de operaciones de crédito público en los términos establecidos en el Artículo 2º de la Ley 358 de 1997 y demás normas que la adicionen, modifiquen, complementen o sustituyan.

Así mismo, permitirá que el Distrito Capital pueda atender sus necesidades de financiamiento inmediatas y trabajar en la consecución del objetivo general del "Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá, D.C. 2001-2004 - BOGOTÁ para VIVIR Todos del Mismo Lado", el cual pretende avanzar hacia una ciudad construida colectivamente, incluyente y justa, amable con los niños y los viejos, en donde aprendamos a vivir en paz con nuestra conciencia y con la ley; una ciudad culta, económicamente competitiva en conocimientos y servicios, justa socialmente y en donde lo público es sagrado.

La presente exposición de motivos contiene los antecedentes que justifican y hacen viable la presente solicitud, así como una visión general del estado actual del endeudamiento, y la estrategia de endeudamiento del Distrito para el período 2001-2004. Igualmente, contiene el Articulado del Proyecto de Acuerdo "Por el cual se modifica el Acuerdo Nº 08 de 1998 y se dictan otras disposiciones", junto con comentarios sobre el texto del articulado propuesto.

I. ANTECEDENTES

  • El Concejo Distrital autorizó mediante Acuerdo Nº 08 de 1998 el cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos, por la suma de US$778.000.000, destinado a la financiación del Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos", desarrollando de esta manera la facultad expresa consagrada tanto en el numeral 17 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, como en el artículo 72 del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital -Decreto 714 de 1996-.
  • El Estatuto Orgánico de Presupuesto del Distrito dispone en su artículo 72 que: ". cuando se agote el cupo autorizado el Alcalde Mayor, mediante la presentación del respectivo Proyecto de Acuerdo, solicitará la fijación de uno nuevo para el Distrito o las diferentes Entidades Descentralizadas, según el caso".
  • Es decir, el artículo 72 del Decreto 714 de 1996 señala como condición necesaria para poder solicitar un nuevo cupo de endeudamiento el agotamiento del cupo autorizado. En consecuencia, deben ejecutarse la totalidad de los recursos autorizados mediante Acuerdo N° 8 de 1988 y una vez agotados sí procede solicitar un nuevo cupo.
  • La regulación para la autorización del Cupo de Endeudamiento es clara en determinar que el monto del cupo de endeudamiento autorizado debe ser global, es decir, sin la posibilidad de determinar su destinación para un plan de desarrollo específico. Es así como el referido artículo 72 determina el alcance o el objeto de la autorización, como es el de la posibilidad de celebrar los respectivos contratos de empréstito o emitir bonos de deuda pública a que hubiere lugar, constituyéndose correlativamente la suma autorizada como la capacidad máxima de endeudamiento de las entidades del Distrito Capital, aspecto que se refleja en el artículo primero del Acuerdo N° 08 de 1998 al especificar que

"(.) Este cupo puede ser utilizado mediante operaciones de crédito público interno y/o externo u operaciones asimiladas, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia."

  • Las normas regulatorias para la autorización del cupo de endeudamiento no señalan la posibilidad de dar una destinación específica a los recursos que se obtengan del crédito. Por el contrario las operaciones que se puedan realizar en atención al cupo autorizado están sujetas únicamente a la evaluación económica y de conveniencia y no a evaluaciones respecto a su destinación.
  • Como se mostró en el Cuadro No. 1, a septiembre 28 de 2001 el Cupo de Endeudamiento autorizado mediante Acuerdo Nº 08 de 1998 se ha utilizado en US$346 millones, restando por utilizarse US$432 millones.
  • El 1 de junio de 2001 el Alcalde Mayor de Bogotá D.C. expidió el Decreto 440 "Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2001-2004 - BOGOTA para VIVIR Todos del Mismo Lado".
  • La Administración se encuentra limitada para realizar operaciones de crédito público con cargo al cupo de endeudamiento aprobado mediante el Acuerdo Nº 08 de 1988, toda vez que en su texto se incluyó una restricción que obliga a que los recursos de las diversas fuentes de financiamiento sean aplicados exclusivamente al Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos" y no para el actual Plan de Desarrollo "Bogotá para Vivir, Todos del mismo Lado".
  • En respuesta a la solicitud formulada por la Secretaria de Hacienda, mediante concepto de la Jefe del Grupo de Asuntos Legales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público -, dicha entidad observa que se requiere de un nuevo Acuerdo del Concejo, que autorice la financiación del nuevo Plan de Desarrollo.
  • Dada la destinación especial que se le otorgó al cupo de endeudamiento autorizado mediante el Acuerdo No. 8 de 1998, el remanente existente será utilizado por la Administración para culminar programas contemplados en el Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos" que ascienden a la suma de $607.684 millones, (Cuadro No. 2). Cabe señalar que este monto es menor al cupo disponible (como se señaló antes, el cupo disponible es de US$432,1 millones, que equivalen a $1.015.501 millones), por lo que no se utilizarían $407.817 millones del cupo disponible.

Cuadro No. 2

Recursos del crédito autorizado y no contratado (COP millones)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público.

  • Tomando en consideración que durante el período 2001-2004 se amortiza deuda por un total de $1.053,1 miles de millones y los recursos del endeudamiento de este periodo ascienden a $944,7 miles de millones (esta es la totalidad de los recursos del crédito estimados para financiar el periodo 2001-2004), el endeudamiento neto será de -$108,4 miles de millones (Anexo No. 2). Esto significa que al final del periodo el saldo de la deuda será inferior al saldo al comienzo del periodo y lo mismo ocurrirá con los indicadores de endeudamiento.
  • Por los motivos mencionados, se somete a consideración del Honorable Concejo de Bogotá el presente Proyecto, el cual tiene como objetivo solicitar la modificación de la destinación del remanente del cupo de endeudamiento autorizado mediante Acuerdo Nº 08 de 1998. De todas maneras, para completar la financiación del Plan de Desarrollo "Bogotá para Vivir Todos del mismo Lado" se requerirá de un nuevo cupo de endeudamiento, una vez se agote la totalidad del cupo otorgado mediante Acuerdo Nº 08 de 1998.

II. ESTRUCTURA Y EVOLUCIÓN DE LA DEUDA DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DISTRITAL

1. Saldo de la Deuda

En los últimos 12 años el endeudamiento de la Administración Central del Distrito Capital ha crecido en forma lenta (aunque desde 1997 aumenta su tasa de crecimiento), razón por la cual los niveles de deuda siguen siendo actualmente muy sostenibles. El saldo de la deuda en 1990 ascendía a $627,32 miles de millones (a pesos constantes de 2001) y, a agosto 31 de 2001 el saldo es de $1.583 miles de millones, lo que representa un crecimiento promedio anual de 12,68%. En el Gráfico No. 1 se aprecia la evolución del saldo de la deuda desde el año 1990.

Gráfico No. 1

Evolución del Saldo de la Deuda de la Administración Central Distrital

(millones de pesos constantes de 2001)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público.

NOTA: El año 2001 corresponde al saldo de la deuda a agosto 31 de 2001.

La relación saldo de la deuda sobre PIB distrital refleja niveles muy bajos de endeudamiento, especialmente si este indicador se compara con las naciones latinoamericanas. De conformidad con el informe "A Latin American Snapshot", la proyección del saldo de la deuda externa sobre el PIB para el año 2001, de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Méjico, Perú y Venezuela, será en promedio de 39,2%.

El Distrito Capital alcanza el mayor nivel del indicador de saldo de la deuda sobre PIB distrital en el año 2001, con un 3,91% (ver Gráfico No. 2), un nivel muy bajo comparado con el de los países mencionados. El promedio del indicador de saldo de la deuda sobre PIB distrital para la Administración Central del Distrito Capital es de 2,5% entre los años 1990-2001.

Gráfico No. 2

Saldo de la Deuda sobre PIB Distrital

Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público.

NOTA: El año 2001 corresponde a los datos proyectados a diciembre 31 de 2001.

2. Composición de la Deuda

Durante los años 1990-2001 la Administración Central se ha financiado mediante una combinación de fuentes internas y externas, combinación marcada por los siguientes periodos (ver Gráfico No. 3): i) entre los años 1990-1992 hubo mayor uso de deuda externa, predominando los créditos con la banca multilateral; ii) entre 1992 y 1997 se hizo una mayor utilización de deuda interna; iii) el periodo 1997-2000 se vio influenciado por la contratación del Crédito Sindicado Externo liderado por Société Générale, por US$275 millones, a finales de 1997, y el consecuente incremento de la deuda externa; y, iv) a partir del año 2000 se ha realizado un esfuerzo por utilizar fuentes de financiamiento internas. A agosto 31 de 2001 la participación de la deuda interna es de 55% y de la externa es de 45%.

Gráfico No. 3

Distribución de la Deuda entre Interna y Externa (%)

2.1 Deuda Interna

Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público.

NOTA: El año 2001 corresponde a los datos a agosto 31 de 2001.

En el periodo 1990-2001 el Distrito Capital ha utilizado diversas fuentes de financiamiento interno, como los créditos con la banca comercial, los créditos de la línea de redescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. - FINDETER- y las emisiones de bonos de deuda pública interna (ver Gráfico No. 4). Aunque a principios de la década de los 90.s era mayor el nivel de endeudamiento con la banca comercial, a partir de 1992, con el desarrollo del mercado de capitales interno, el Distrito Capital aumentó el fondeo a través de emisiones de bonos y desde entonces esta fuente ha sido la más importante y recurrente a nivel interno. Actualmente se encuentran vigentes las Octava, Novena, Décima y Décima Primera Emisiones de Bonos de Deuda Pública Interna de Bogotá D.C, siendo reconocido el Distrito Capital como uno de los colocadores más activos en el mercado.

Gráfico No. 4

Participación de las Fuentes de Financiamiento Internas (%)

 

Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público.

NOTA: El año 2001 corresponde a los datos a junio 30 de 2001.

2.2 Deuda Externa

Hasta el año 1996 el Distrito Capital solamente había recurrido al mercado externo a través de los créditos con la banca multilateral. A partir de la contratación del Crédito Sindicado Externo Liderado con ING Bank (actualmente ING Barings) por US$195 millones, prepagado en 1997 para constituir el Crédito Sindicado Externo Liderado por Société Génerale, por US$275 millones, la banca comercial externa se constituyó en una de las principales fuentes de financiamiento de la Administración Central del Distrito Capital. A agosto 31 de 2001 los créditos con la banca comercial externa representaban el 33,25% del total de la deuda de la Administración Central del Distrito Capital.

3. Perfil de la Deuda

Como se muestra en Cuadro No. 3, el saldo de la deuda del Distrito Capital - Administración Central a 31 de agosto del 2001 ascendía a la suma de $1.582 miles de millones.

Cuadro No. 3

Perfil de la Deuda de la Administración Central del Distrito Capital a Agosto 31 de 2001

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

NOTA: No se incluyen los Créditos de Presupuesto suscritos por el Distrito con la Nación, por la suma de US$100,91 millones por cuanto son condonables en un 100%.

La deuda externa ascendió a agosto 31 de 2001 a $712,5 miles de millones, siendo el Crédito Sindicado con Société Genérale como Agente Administrativo el que mayor porcentaje representaba, como se había indicado anteriormente. La deuda interna asciende a la suma de $869,6 miles de millones, siendo los bonos de deuda pública los más representativos en participación, seguidos por el Crédito Sindicado de Deuda Interna suscrito y desembolsado en diciembre 28 de 2000 por $166,6 miles de millones (ver Gráficos No. 5 y 6).

Gráfico No. 5

Saldo de la Deuda Interna a Agosto 31 de 2001 por Fuentes

(como % del total de la deuda)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

Gráfico No. 6

Saldo de la Deuda Externa a Agosto 31 de 2001 por Fuentes

(como % del total de la deuda)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

NOTA: Los créditos de gobiernos se refieren a aquellos que los países más desarrollados dirigen hacia los menos desarrollados como cooperación económica. Estos pueden ser de ayuda de capital o de recursos de fomento a las exportaciones. El Distrito Capital recibió en desarrollo del Tratado con España del año 1992 un crédito para la Red Telemática de Educación, por US$9,5 millones.

El Cuadro No. 3 muestra también:

  • Una Vida Media de la Deuda de la Administración Central de 4,12 años (cuatro años y un mes) para el total del portafolio de la deuda.
  • Una duración de 0,46 años (seis meses), siendo mayor la duración de la deuda externa que de la deuda interna.
  • Una duración modificada de 0,44.

Igualmente, en el Cuadro No. 3 se aprecia que los Créditos Internos del Distrito se encuentran en su mayoría referenciados con una tasa DTF, adicionada a un spread. El spread ponderado sobre la tasa DTF del saldo de la deuda interna es de 4,45 puntos porcentuales.

Es importante considerar que el Distrito Capital ha realizado un esfuerzo importante por diversificar las fuentes de financiamiento, a efectos de tener una presencia activa en los mercados y contar con un abanico de posibilidades a la hora de tomar una decisión de endeudamiento. En el Cuadro No. 4 se aprecia la distribución porcentual de las fuentes de endeudamiento a agosto 31 de 2001.

Cuadro No. 4

Distribución porcentual de la Deuda del Distrito Capital por Fuentes

a agosto 31 de 2001

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

4. Evolución Histórica de los Indicadores de Endeudamiento Ley 358 de 1997

De conformidad con lo establecido en la Ley 358 de 1997, la Capacidad de Pago para los entes territoriales está determinada por la relación entre los intereses pagados y proyectados durante la respectiva vigencia fiscal y el ahorro operacional, definido este último como la diferencia entre ingresos corrientes y el total de gastos de funcionamiento, incluyendo las transferencias a otras entidades. Según la Ley, existe capacidad de pago cuando dicha relación es igual o inferior al 40%.

La relación intereses/ahorro operacional para el Distrito Capital muestra una tendencia declinante desde 1991, alcanzando el 14,2% en el 2000 (ver Gráfico No. 7).

Gráfico No. 7

Intereses / Ahorro Operacional

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

Adicionalmente, la Ley 358 de 1997 define al indicador de Sostenibilidad de la Deuda como la relación entre el saldo de la deuda y los ingresos corrientes. Se establece en la Ley que existe capacidad de endeudamiento cuando dicha relación es menor o igual al 80%.

El indicador de saldo de la deuda/ingresos corrientes para el Distrito muestra una tendencia decreciente hasta 1996, volviendo a aumentar en los años siguientes, alcanzando el 60,7% en el 2000 (ver Gráfico No. 8).

Gráfico No. 8

Saldo deuda / Ingresos corrientes

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

De otra parte, de conformidad con la certificación expedida por la Subdirección de Financiamiento de la Secretaría de Hacienda Distrital, a Agosto 31 de 2001 el indicador de intereses sobre Ahorro Operacional es de 17,93% y el de Saldo de la Deuda Sobre Ingresos Corrientes de 61,24%, muy por debajo de los límites establecidos por la Ley 358 de 1997.

Contrasta la buena situación de endeudamiento del Distrito Capital con la de la Nación y las demás entidades territoriales. Según el documento "Situación de la Deuda Pública año 1999", de la Contraloría General de la República:

"(...) la situación fiscal de la mayoría de las entidades territoriales es dramática. Las soluciones dadas a la crisis fiscal y al excesivo endeudamiento, fueron tardías, y no procuraron solucionar el problema estructural que tenían las finanzas territoriales".

Al finalizar el año 1999 sólo cinco (5) departamentos, de los treinta y dos (32) existentes, tenían capacidad de pago.

Aunque el Gobierno Nacional no debe dar cumplimiento a los indicadores de la ley 358 de 1997, se tiene que a marzo 31 de 2001 el indicador de Saldo de la Deuda / Ingresos Corrientes tiene un valor aproximado de 319,68%.

5. Calificaciones de Riesgo del Distrito Capital

Los indicadores de endeudamiento del Distrito se han mantenido por debajo de los límites permitidos por la Ley. Gracias a ello y al buen desempeño de las finanzas. la calificación de riesgo de las emisiones de deuda pública interna vigentes ha ido en ascenso. En 1994 se asignó una calificación de A. la cual ascendió a A+ en 1995. para luego ubicarse en AA en 1996 y finalmente alcanzar AA+ en 1999. En el año 2000 se ratificó la calificación de AA+.

Por otro lado la calificación otorgada por las agencias internacionales ha ido de la mano de la calificación de la Nación (Cuadro No. 5).

Cuadro Nº 5

Calificación de Riesgo del Distrito otorgada por Agencias Internacionales

Agencia Calificadora

Moneda Extranjera

Moneda Local

Fitch

BB+

BBB-

Standard & Poor.s

BB

BBB-

Fuente: SHD. Dirección Distrital de Crédito Público

III. ESTRATEGIA DE ENDEUDAMIENTO 2001-2004

1. Análisis de las Fuentes de Endeudamiento

La política de endeudamiento del Distrito Capital está orientada a obtener recursos de crédito mediante una mezcla de instrumentos de deuda que por un lado garanticen el financiamiento de los Planes de Desarrollo, y por el otro preserven la capacidad de pago de la Ciudad. En este contexto, la estrategia de endeudamiento diversifica las alternativas de financiación internas y externas, manteniendo un equilibrio entre los parámetros de costo, plazo y riesgo, que garanticen la sostenibilidad de la deuda en el largo plazo.

1.1. Fuentes de Endeudamiento Interno

1. Bonos

La Administración Central del Distrito Capital ha mantenido una presencia representativa en el Mercado de Capitales Interno a través de la Emisión de Bonos de Deuda Pública Interna, especialmente a partir de la década de los noventa. Actualmente y como se señaló atrás, se encuentran en el mercado las octava, novena, décima y décima primera emisiones de bonos, con un saldo a agosto 31 de 2001 de $433,21 miles de millones, representando el 27,4% del total de la deuda de la Administración Central del Distrito Capital.

El nicho de inversionistas estratégicos para las emisiones de bonos han sido las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías, quienes concentran sus inversiones en títulos de largo plazo. De la revisión del mercado secundario se estableció que los Fondos cuentan con un portafolio de Bonos del Distrito Capital por un total de $211,18 miles de millones aproximadamente, equivalentes al 55% del total de Bonos en circulación de la Administración Central del Distrito Capital a diciembre 31 de 2000.

Para el caso de la Administración Central las mejores condiciones de financiación son las de largo plazo, debido al retorno de largo plazo de las inversiones que se realizan y a la concentración del servicio de la deuda entre los años 2001-2004 (ver Cuadro No. 6).

Cuadro No. 6

Servicio de la Deuda Proyectado 2001-2004 (Millones de COP)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

Sin embargo, no todos los agentes del mercado otorgan deuda a estos plazos. Es claro que la concentración de endeudamiento en estos años genera un riesgo de refinanciación; sin embargo, se pueden estar subutilizando fuentes importantes de recursos de mediano plazo que podrían convertirse en fuentes de largo plazo en la medida que se realice un "roll-over" de las operaciones. Entre los potenciales inversionistas de bonos a corto y mediano plazo estarían las Sociedades Fiduciarias, las entidades Aseguradoras, los Comisionistas de Bolsa y las tesorerías de las entidades bancarias. Por lo tanto, la colocación de títulos con esta característica de plazo está contemplada en la estrategia de endeudamiento de los próximos años.

Uno de los factores positivos que aumenta las posibilidades de colocación de bonos internos, es que los cupos de inversión de inversionistas de largo plazo como las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías se aumentó mediante la Circular Externa No. 010 del 20 de marzo de 2001 de la Superintendencia Bancaria, incrementándose a 10% el nivel de concentración de inversiones de estas entidades por cada Emisor (anteriormente era de 2,5%). En el Cuadro No. 7 se observa el aumento en la capacidad de inversión de los Fondos de Pensiones Obligatorias en títulos del Distrito Capital con los nuevos límites, para los años 2001-2003.

Cuadro No. 7

Proyección del saldo de los Fondos de Pensiones Obligatorias y del Monto Máximo de Inversión en el Distrito (Millones de COP)

Saldo a Dic/2000

Saldo a Dic/2001

Saldo a Dic/2002

Saldo a Dic/2003

PROYECCIÓN SALDO FONDOS DE PENSIONES

7,923,412

11,271,054

15,435,797

20,403,776

MONTO MÁXIMO DE INVERSIÓN EN EL DISTRITO

198,085

1,336,889

1,784,856

2,317,830

Cálculos: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

NOTA: A diciembre de 2000 el monto máximo de inversión de los Fondos en el Distrito era del 2,5%. Mediante circular externa No. 010 del 20 de marzo de 2001 de la Superintendencia Bancaria este cupo aumento al 10%.

Tal como se aprecia en el Cuadro, con los nuevos límites de inversión que rigen para los Fondos de Pensiones Obligatorias, las posibilidades de financiamiento del Distrito Capital en el mercado interno a través de la emisión de títulos de largo plazo se incrementó en forma importante. Como se aprecia en el Cuadro No. 7, el monto máximo de inversión de los Fondos de Pensiones en el Distrito Capital se incrementa durante los próximos años, hasta alcanzar $2.317, 83 miles de millones en el 2004.

La Administración Central del Distrito Capital colocará bonos en el mercado interno en la medida en que se abran ventanas de colocación. La estrategia con respecto a las emisiones de bonos internos buscará la diversificación de la base de inversionistas. Adicionalmente a la colocación de títulos a largo plazo, se buscará la colocación a mediano plazo (entre 2 y 5 años), para atender la demanda de otros agentes como son las Sociedades Fiduciarias, los Bancos, las Personas Naturales y los Fondos de las Sociedades Comisionistas de Bolsa.

De otra parte, se buscará incrementar la liquidez de los bonos del Distrito Capital colocando títulos con una tasa facial homogénea, cuya rentabilidad esté dada por el pago realizado por el inversionista al momento de la suscripción. En las nuevas emisiones sólo se establecerá una fecha de emisión y una tasa de rendimiento, por lo que la rentabilidad de los títulos en cada momento de colocación se determinará por el precio de venta (precio de suscripción).

La emisiones de bonos de deuda pública interna se utilizarán tanto para nuevo endeudamiento como para realizar operaciones de manejo de deuda.

1. Créditos Internos

Durante el año 2000 se contrató un crédito sindicado interno por un monto de $166,6 miles de millones y en agosto 28 de 2001 se desembolsaron $135 mil millones de otro crédito sindicado interno. Los préstamos bancarios que los establecimientos de crédito nacionales han extendido al Distrito Capital representan una proporción sustancial del patrimonio técnico de estas entidades y limitan por ende su capacidad y voluntad de proveer recursos adicionales al Distrito Capital en el futuro. Para las entidades más importantes -los proveedores naturales de crédito directo al Distrito- la exposición crediticia de este último representa en promedio el 7.5% de su patrimonio total (Cuadro No. 8). Ello sin considerar la exposición adicional que hubieran podido adquirir al comprar títulos del Distrito en el mercado secundario.

Adicionalmente, aunque la fortaleza de las finanzas del Distrito es evidente y aceptada por la banca comercial, al hacer parte de un sector territorial en crisis, los banqueros arguyen que el mercado -analistas, inversionistas y supervisores-penalizaría crecimientos en su exposición con entidades territoriales. Estas consideraciones llevan a que la banca nacional sea en general reacia a extender créditos adicionales al Distrito Capital y a que las condiciones de negociación prometan ser exageradamente onerosas -en costos, garantías y otros aspectos- en el futuro. En la estructuración del Crédito Sindicado Interno del 2001 se hizo evidente la renuencia de algunas entidades líderes en esta actividad a participar con montos importantes.

Cuadro No. 8

Exposición Crediticia al Distrito respecto al Patrimonio Técnico, a Agosto 31 de 2001

Fuente: Dirección Distrital de Crédito Público

1/ Grupo Aval mide el riesgo globalmente; incluye bancos de Bogotá, Occidente, AV-Villas y Popular, y Corficolombiana .

1.1.3 Créditos Línea de Redescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. -FINDETER-

Los créditos de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. -FINDETER- han sido una fuente constante de financiamiento del Distrito Capital. La restricción de acceso a esta fuente es la consecución del intermediario financiero que realiza el redescuento. Sin embargo, por razones de liquidez o restricciones legales, muchas entidades financieras estarían dispuestas a prestar recursos al Distrito a través de la línea de redescuento de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A. -FINDETER- y no recursos de cartera ordinaria, por lo que esta fuente es tenida en cuenta dentro de la actual estrategia de endeudamiento.

1.2. Fuentes de Endeudamiento Externo

1.2.1. Créditos con la Banca Multilateral

La Banca Multilateral ha tenido gran presencia como prestamista del Distrito Capital y actualmente representa la principal fuente objetivo de consecución de recursos para los próximos años. El Distrito Capital - Secretaría de Hacienda ha venido gestionando con la Banca Multilateral la obtención de recursos del crédito hasta por US$218 millones para financiar proyectos de educación, transporte, infraestructura vial, espacio público, vivienda y modernización institucional, para ser desembolsados en los años 2001 - 2004.

Mediante documento N° 3112 del tres (3) de mayo del 2001, el CONPES aprobó el otorgamiento de la garantía de la Nación a las operaciones de crédito público externo con la banca multilateral a ser contratadas por Bogotá D.C. Así mismo, en reunión efectuada el catorce (14) de mayo del 2001, la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público emitió por unanimidad concepto favorable para el otorgamiento de la garantía de la Nación al Distrito Capital para la contratación de las operaciones de crédito externo.

Las fuentes de financiamiento con la Banca Multilateral previstas son las siguientes (Cuadro No. 9):

Cuadro No. 9

Fuentes de Financiamiento Banca Multilateral

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

a. Corporación Andina de Fomento -CAF-

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Resolución N° 1028 del veinticinco (25) de mayo del 2001 autorizó a Bogotá D.C. a iniciar gestiones para la contratación de un empréstito externo con la Banca Multilateral hasta por la suma de US$100 millones o su equivalente en otras monedas con garantía de la Nación.

El 18 de julio de 2001 el Directorio de la CAF aprobó el otorgamiento de un crédito en los siguientes términos y condiciones financieras generales:

Monto:

US$100 millones

Plazo:

Diez (10) años

Período de gracia:

Tres (3) años

Plazo para solicitar el primer desembolso:

Hasta seis (6) meses

Tasa de interés:

Libor + 3.10

Amortizaciones:

Catorce (14) cuotas de capital semestrales

Comisión de financiamiento:

1% del valor total del crédito.

Gastos de evaluación de la operación:

US$ 30.000.

Comisión de compromiso:

0.75% anual aplicado sobre los saldos no desembolsados

Garantía:

En desarrollo de la garantía otorgada por la Nación a la mencionada operación de crédito público, el Distrito Capital deberá entregar una contragarantía, de conformidad con el Artículo 23 del Decreto 2681 de 1993. El Distrito Capital otorgará como contragarantía la pignoración de la Renta de Consumo de Cerveza, o la que apruebe la Nación.

Los recursos de este préstamo serán destinados a financiar parcialmente el programa Sistema Integrado de Transporte Urbano Masivo, el cual incluye proyectos de transporte urbano, infraestructura vial y espacio público, y algunos proyectos de la Red Distrital de Bibliotecas y Centros Educativos, la cual conforma el Proyecto Educativo. Estos programas son ejecutados por el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU- y la Secretaría de Educación, respectivamente.

Durante el presente año se estima un desembolso de US$50 millones de este crédito, que hacen parte de los recursos del endeudamiento del año 2001. En el Cuadro No. 10 se puede apreciar el destino de los recursos de la CAF.

Cuadro No. 10

Destino de los Recurso de la CAF (COP)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

b. Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-

Se tiene prevista la consecución de US$100 millones para la Fase II del Proyecto de Transporte Urbano para Bogotá D.C, con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BIRF-. En Misión de supervisión realizada por el BIRF el pasado mes de febrero de 2001 se presentó un avance del estado de las obras de la primera fase del proyecto, tanto física como financieramente y se presentó un documento preliminar con los aspectos generales de la segunda fase.

Entre el 24 y el 27 de septiembre se llevó a cabo una misión de supervisión del BIRF, en la cual se evaluaron las dos fases del proyecto. Este proyecto será ejecutado por el Instituto de Desarrollo Urbano -IDU-, la Secretaría de Tránsito y Transporte, el Departamento Administrativo del Medio Ambiente -DAMA- y la Secretaría de Hacienda de Bogotá. Los principales proyectos que se desarrollarán son los corredores preferenciales de transporte, andenes, acceso a barrios, rehabilitación y mantenimiento vial, ciclorutas, mejoramiento de la seguridad vial, optimización del sistema de semaforización y fortalecimiento institucional de la Secretaría de Tránsito y Transporte. En el Cuadro No. 11 se observa el destino de los recursos de éste crédito.

Cuadro No. 11

Destino de los Recursos del BIRF (USD)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

*NOTA: Acciones de Fortalecimiento: Adecuación de la semaforización a las nuevas vías de circulación y optimización de la prestación del servicio del personal activo de la Secretaría de Tránsito y Transporte en las vías.

c. Banco Interamericano de Desarrollo -BID-

Durante la vigencia del 2000 y en la presente vigencia se han realizado dos Misiones de Evaluación que han permitido avanzar en el proyecto de Modernización Institucional del Distrito- Perfil I. Así mismo, se encuentra en desarrollo el Perfil II, documento que registra las recomendaciones efectuadas por la Misión en relación con los aspectos generales del proyecto de Modernización Institucional del Distrito Capital, el cual fue presentado ante la Misión a finales de junio del presente año.

El objetivo general del proyecto de Modernización Institucional es el de contribuir al fortalecimiento institucional del Distrito Capital a través del incremento en la capacidad técnica de las entidades, el mejoramiento de los procesos de planeación, priorización y presupuestación, con el apoyo integral de la tecnología informática y el fortalecimiento tanto de las alcaldías locales como de los mecanismos de participación ciudadana. Pretende la formación de una gestión pública más orientada a resultados. Así mismo, se implementarán las reformas concertadas, se elaborará la agenda legislativa necesaria para dar sustento a dichas transformaciones y se sentarán las bases para las transformaciones de más largo plazo. En el Cuadro No. 12 se relaciona el destino tentativo de los recursos del BID.

Cuadro No. 12

Destino Tentativo de los Recursos del BID (millones de USD)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

En relación con las solicitudes de crédito al BIRF y al BID, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público se encuentra estudiando la autorización que otorga por medio de Resolución para iniciar gestiones. Una vez se cuente con esta Resolución, se presentarán formalmente las solicitudes de crédito ante estas entidades.

1.2.2. Emisiones de Bonos en el Mercado Externo

Durante lo corrido del año 2001 se ha realizado un sondeo de mercado tendiente a determinar la viabilidad de colocación de bonos en el mercado de capitales externo. Los banqueros de inversión ven con optimismo la colocación de bonos en los mercados externos por parte del Distrito Capital. La demanda actual por títulos del Distrito Capital en los mercados externos estaría entre los US$100 y US$200 millones. Sin embargo, debido a las condiciones cambiantes de los mercados, en el momento que se abra una ventana de colocación deberá realizarse un estudio puntual de la demanda y los términos y condiciones generales en los que podría emitirse.

3. Consideraciones adicionales en relación con la estrategia de endeudamiento 2001-2004

  • Las operaciones de manejo de deuda tienen gran relevancia dentro de la estrategia de endeudamiento del periodo 2001-2004. Por un lado, se busca el mejoramiento del perfil de la deuda actual y de otra parte, las operaciones que se contraten tendrán en cuenta los lineamientos que establezca el Programa de Gestión de Activos y Pasivos que se encuentra implementando la Secretaría de Hacienda Distrital. Se realizarán las operaciones de cobertura que permitan controlar el riesgo financiero inherente a la deuda de la Administración Central del Distrito Capital. Actualmente se encuentra en proceso la suscripción de tres (3) contratos marco para la celebración de operaciones de derivados con entidades financieras externas y dos (2) con entidades financieras internas. Una vez se cuente con estos contratos el Distrito Capital podrá realizar operaciones de cubrimiento de riesgos financieros.
  • Se ha programado un contacto permanente, a través de presentaciones con las entidades financieras nacionales e internacionales, para actualizarlos con respecto a las finanzas del Distrito Capital y obtener la información sobre los cupos de crédito asignados al Distrito, las tasas, los plazos y todo lo referente a los cambios que se presenten en la política de créditos hacia el Distrito Capital.
  • Igualmente, se mantendrá el buen manejo que se ha dado a la relación con las Calificadoras Internacionales de Valores (Fitch y Standard & Poor´s), y la Calificadora Nacional Duff & Phelps de Colombia S.A. La calificación internacional del Distrito Capital se ha visto afectada por la calificación otorgada al Gobierno Nacional. Sin embargo, el "Outlook" del Distrito se ha mantenido positivo. Con respecto a la calificación interna, las octava, novena, décima y décima primera emisiones de bonos de deuda pública interna se encuentran calificadas con doble A más (AA+), solamente un "Notch" por debajo de la máxima calificación (Triple A). El desempeño de las finanzas distritales y la gestión en el endeudamiento y manejo de la deuda permitirán buscar un "upgrade" en la calificación de las emisiones de bonos de deuda pública interna, lo cual deberá ir de la mano de las políticas de: i) Reducción de la evasión de impuestos; ii) Reducción de gastos de funcionamiento y; iii) Desarrollo del Programa de Gestión de Activos y Pasivos.

1. Necesidades de recursos de endeudamiento

El Plan Financiero de los años 2001-2004 incluye endeudamiento por $1,27 billones de 2001, equivalentes a US$540,43 millones. Sin embargo, el endeudamiento en un escenario pasivo sería de $1.141,7 miles de millones de 2001, equivalentes a US$485,6 millones. Es importante considerar que este es el endeudamiento presupuestal, pero las proyecciones del flujo de caja llevan a que el endeudamiento de los años 2001-2004 sea de $860,9 miles de millones de 2001 (Cuadro No. 13 y Anexo No. 1). Aunque se tenga una proyección anualizada de las necesidades de caja entre los años 2001-2004, año a año esta puede variar y esto lleva a que dependiendo de la evolución del flujo de caja se realice prefinanciamiento o se contrate deuda que se tenía estimado contratar en una vigencia anterior.

Cuadro No. 13

Necesidades de endeudamiento determinadas por el flujo de caja 2001-2004

 

(miles de millones de COP de 2001)

Fuente: SHD, Direcciones Distritales de Presupuesto y Crédito Público

En el Anexo No. 1 se relaciona el cuadro de financiamiento 2001-2004. El endeudamiento neto es negativo (-$65,8 miles de millones de 2001), debido a que la amortización de deuda entre el 2001-2004 es de $926,7 miles de millones de 2001, frente al nuevo endeudamiento de $860,9 miles de millones de 2001.

Tomando en consideración que modificando el Acuerdo No. 8 de 1998 se liberarían $407.8 miles de millones, no se cubre la totalidad de los recursos del endeudamiento estimados para el periodo 2001-2004, lo que indica que la Secretaría de Hacienda Distrital deberá acudir al Honorable Concejo de Bogotá D.C. para solicitar un nuevo cupo de endeudamiento antes de que se termine la vigencia del Plan de Desarrollo "Bogotá para Vivir Todos del Mismo Lado" y después de agotar el cupo existente.

Tal como puede apreciarse en el punto de análisis de las fuentes de endeudamiento, la política de endeudamiento del Distrito Capital estará orientada a una diversificación de fuentes. Se buscará contratar créditos con la banca multilateral y simultáneamente se aprovecharán las oportunidades que brinde el mercado nacional e internacional para mantener una presencia activa en la colocación de créditos con la banca comercial y de bonos en los mercados de capitales. En el Gráfico No. 9 se discrimina la distribución porcentual estimada de las fuentes de financiamiento proyectadas en los próximos años.

Gráfico No. 9

Distribución Tentativa Fuentes de Financiamiento 2001-2004 (%)

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

2. Comportamiento de los Indicadores con el Nuevo Endeudamiento

Con el nuevo endeudamiento en el escenario pasivo, el indicador de saldo de deuda / PIB (Gráfico No. 10) y los indicadores de la Ley 358 de 1997 (Gráficos No. 11 y No. 12) se mantendrán en niveles sostenibles. El indicador de saldo de deuda / PIB cae a partir del año 2001, situándose muy cerca de los niveles presentados en el año 1997 (Gráfico No. 10). La relación intereses de la deuda sobre ahorro operacional aumenta ligeramente en el 2001 con respecto a la obtenida en 2000, situándose en 21,11%. Sin embargo, a partir de este año comienza a decrecer, hasta situarse en el 2004 en 20,31%. Asimismo, el indicador de saldo de la deuda sobre ingresos corrientes se mantendrá en un nivel inferior al 80%, tal como lo exige la Ley, pasando de 66,62% en el 2001 a 57,01% en el año 2004 (Gráfico No. 12). Es importante aclarar que la proyección de los indicadores se realiza con los desembolsos efectivos en cada uno de los años, es decir $860,9 miles de millones de 2001, como resultado de las necesidades del flujo de caja (ver Cuadro No. 13).

Gráfico No. 10

Indicador de Saldo de la Deuda / PIB

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

Gráfico No. 11

Indicador de Intereses / Ahorro Operacional

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

Gráfico No. 12

Indicador de Saldo de la Deuda / Ingresos Corrientes

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Crédito Público

IV. DESTINO DE LOS RECURSOS

En los Anexos No. 3 y 4 se relacionan las inversiones que se ejecutarán con cargo a los recursos del endeudamiento. Es necesario considerar que esa distribución es en parte tentativa, pues no todos los créditos tienen destinación específica; tan solo los créditos con la banca multilateral se sujetan a los proyectos que se determinen conjuntamente con los prestamistas.

En el Anexo 3 se relacionan las inversiones que corresponden al Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos" tanto por reconocimientos, como las inversiones de la vigencia 2001. En el Anexo 4 las inversiones que se indican corresponden al Plan de Desarrollo "Bogotá para Vivir Todos del Mismo Lado" (los proyectos que se financiarían con los $407.817 millones que se liberarían con la modificación del Acuerdo No. 08 de 1998).

V. EL ARTICULADO

Proyecto de Acuerdo "Por el cual se modifica el Acuerdo Nº 08 de 1998 y se dictan otras disposiciones".

EL CONCEJO DE BOGOTA DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el numeral 17 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 72 del Decreto 714 de 1996

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO: El título del Acuerdo Nº 08 de 1998 quedará así:

"Por el cual se autoriza el cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones".

ARTICULO SEGUNDO: Modifíquese el artículo primero del Acuerdo Nº 08 de 1998, el cual quedará así:

"ARTÍCULO PRIMERO.- Autorícese un cupo de endeudamiento a la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital en la suma de SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES de dólares (US$778.000.000) o su equivalente en pesos u otras monedas. Este cupo puede ser utilizado mediante operaciones de crédito público interno y/o externo u operaciones asimiladas, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia."

ARTICULO TERCERO: Modifíquese el artículo tercero del Acuerdo Nº 08 de 1998, el que quedará como sigue:

"ARTÍCULO TERCERO.- El Distrito Capital - Secretaría de Hacienda afectará las autorizaciones conferidas en el artículo segundo del presente Acuerdo, en la fecha en que la Dirección Jurídica de la Secretaría de Hacienda apruebe la respectiva minuta del contrato. Sin embargo, cuando se trate de emisión y colocación de títulos de deuda pública, las autorizaciones conferidas se afectarán en la fecha de colocación de los mismos.

PARÁGRAFO.- Las autorizaciones de endeudamiento conferidas al Distrito Capital se entenderán agotadas una vez utilizadas. Sin embargo los montos que se afecten y no se contraten o los que se contraten y se cancelen por no utilización, así como los reembolsos por concepto de condonaciones de los créditos de presupuesto otorgados por la Nación con destino al Sector Educación, incrementarán en igual cuantía la disponibilidad del cupo legal afectado."

ARTICULO CUARTO: Modifíquese el artículo quinto del Acuerdo Nº 08 de 1998, el que quedará como sigue:

"ARTÍCULO QUINTO.- Las operaciones de crédito público del Distrito Capital deberán ser destinadas conforme a lo dispuesto en el Artículo 2º de la Ley 358 de 1997 y demás normas que la adicionen, modifiquen, complementen o sustituyan."

ARTICULO QUINTO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las normas que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C., a los días del mes de de dos mil uno (2001)

Presidente

Concejo Bogotá D.C.

Secretario

Concejo Bogotá D.C.

Alcalde Mayor

Bogotá Distrito Capital

VI. COMENTARIOS SOBRE EL TEXTO DEL ARTICULADO PROPUESTO

  • Marco Constitucional y Legal

El financiamiento del Distrito Capital se encuentra actualmente enmarcado principalmente en lo dispuesto en el numeral 17 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, y el artículo 72 del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital.

ARTÍCULO PRIMERO.- Teniendo en cuenta que se está modificando la destinación del cupo de endeudamiento autorizado mediante Acuerdo Nº 08 de 1998, el título del Acuerdo debe modificarse con el fin de ser concordante con el articulado del mismo. El título del Acuerdo No. 08 de 1998 que se modificará es: "Por el cual se autoriza el cupo de endeudamiento para la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital para financiar el Plan de Desarrollo -Por la Bogotá que Queremos- y se dictan otras disposiciones"

ARTÍCULO SEGUNDO.- Este Artículo modifica la destinación del cupo de endeudamiento autorizado mediante Acuerdo Nº 08 de 1998 mediante la supresión de la frase "para financiar el plan de desarrollo - Por la Bogotá que Queremos-". El Artículo 1 del Acuerdo No. 08 de 1998 establece: "Autorícese un cupo de endeudamiento a la Administración Central y los Establecimientos Públicos del Distrito Capital en la suma de SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES de dólares (US$778.000.000) o su equivalente en pesos u otras monedas, para financiar el Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos". Este cupo puede ser utilizado mediante operaciones de crédito público interno y/o externo u operaciones asimiladas, de acuerdo con la evaluación económica y de conveniencia que realice la Administración Distrital y sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes sobre la materia". Con la aprobación de esta modificación se permitirá a la Administración contar con un cupo de endeudamiento global que le ayude a la planificación y ejecución de su estrategia financiera y de endeudamiento de largo plazo y le permita la atención de las necesidades de financiamiento del Distrito Capital conforme con lo dispuesto por la Ley 358 de 1997 y las demás normas que la adicionen, modifiquen, complementen o sustituyan.

Igualmente, permitirá al Distrito Capital financiar parcialmente el "Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para Bogotá, D.C. 2001-2004 - Bogotá para Vivir Todos del Mismo Lado".

ARTÍCULO TERCERO.- Este Artículo pretende, de una parte, determinar en qué momento se deben afectar los cupos autorizados por el Honorable Concejo Distrital y establecer cuándo se agota el mismo, así como unificar las normas sobre afectación de cupos de endeudamiento.

Adicionalmente tiene como propósito dar al Distrito Capital la capacidad de desafectar el cupo en las circunstancias citadas en este artículo, teniendo en cuenta que desde la fecha de aprobación de la minuta del contrato hasta antes de la contratación del crédito, pueden ocurrir cambios en los mercados que tornan desfavorables las condiciones financieras inicialmente previstas y puede el Distrito decidir no contratar dicho crédito, en este evento habiéndose afectado el cupo el mismo no se ha utilizado; lo mismo ocurre cuando contratado el crédito se decide no utilizar la totalidad del mismo; por último, en el caso de efectuarse la condonación de los créditos de presupuesto con destino al sector educación, el monto igualmente será liberado del cupo afectado.

ARTICULO CUARTO.- Con este Artículo se armoniza la destinación contemplada en el Artículo Primero, a fin de otorgar a la Administración un cupo de endeudamiento global.

VII. CONSIDERACIONES FINALES

Honorables Concejales

El proyecto de Acuerdo "Por el cual se modifica el Acuerdo Nº 08 de 1998 y se dictan otras disposiciones" es fundamental para la consecución de los recursos del crédito indispensables para culminar la ejecución de los Programas del Plan de Desarrollo "Por la Bogotá que Queremos", así como para atender parcialmente las necesidades de financiamiento durante el período 2001 - 2004.

Estaremos atentos a suministrar al Honorable Concejo la información que solicite con el objeto de que cuente con todos los elementos de juicio necesarios para el análisis del Proyecto y de los demás aspectos de la política fiscal del Distrito.

De los Honorables Concejales,

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda Distrital

ANEXO Nº 1

CUADRO RESUMEN DE FINANCIAMIENTO 2001 - 2004

ESCENARIO PASIVO

millones de pesos constantes de 2001

C O N C E P T O

2001

2002

2003

2004

TOTAL

I. INGRESOS TOTALES

3.089.187

2.865.717

2.679.361

2.705.430

11.339.695

A. INGRESOS CORRIENTES

1.460.584

1.523.665

1.580.741

1.646.910

6.211.900

B. TRANSFERENCIAS

895.612

871.132

896.636

914.780

3.578.160

C. INGRESOS DE CAPITAL

732.991

470.920

201.984

143.740

1.549.635

II. TOTAL GASTOS CORRIENTES

1.138.043

957.464

907.925

898.516

3.901.948

D Gastos de Funcionamiento Ordinario

627.432

622.140

610.781

611.410

2.471.762

E Transferencias de Funcionamiento Contraloría y Concejo

67.903

66.558

65.509

63.223

263.194

F Otros gastos de funcionamiento

94.798

94.798

G. Otros gastos corrientes incluye bonos pensionales

135.624

62.788

29.013

27.681

255.106

H. Intereses

212.286

205.978

202.622

196.202

817.088

III PAGOS DE INVERSION

2.113.292

1.852.392

1.739.078

1.667.166

7.371.929

IV. DEFICIT O SUPERAVIT TOTAL

-162.148

55.861

32.357

139.748

65.817

V. FINANCIAMIENTO (Endeudamiento Neto)

162.148

-55.862

-32.357

-139.748

-65.819

I. Desembolsos

356.052

138.889

171.340

194.660

860.940

J. Amortizaciones

193.904

194.751

203.697

334.408

926.759

Fuente: DDP -DDCP

1/Las transferencias a los establecimientos públicos para el servicio de la deuda, las transferencias para el Fondo Nacional de Pensiones Territoriales, al igual que los bonos pensionales se presentan como otros gastos corrientes, aunque hacen parte del servicio de la deuda.

ANEXO Nº 2

CUADRO RESUMEN DE FINANCIAMIENTO 2001 - 2004

ESCENARIO PASIVO

millones de pesos

C O N C E P T O

2001

2002

2003

2004

TOTAL

I. INGRESOS TOTALES

3.089.187

3.094.976

3.096.270

3.345.243

12.625.676

A. INGRESOS CORRIENTES

1.460.584

1.645.559

1.826.705

2.036.391

6.969.239

B. TRANSFERENCIAS

895.612

940.823

1.036.152

1.131.118

4.003.706

C. INGRESOS DE CAPITAL

732.991

508.594

233.413

177.733

1.652.731

II. TOTAL GASTOS CORRIENTES

1.138.043

1.034.061

1.049.199

1.111.007

4.332.310

D Gastos de Funcionamiento Ordinario

627.432

671.911

705.819

756.003

2.761.164

E Transferencias de Funcionamiento Contraloría y Concejo

67.903

71.883

75.703

78.175

293.663

F Otros gastos de funcionamiento

94.798

94.798

G. Otros gastos corrientes incluye bonos pensionales

135.624

67.811

33.527

34.227

271.189

H. Intereses

212.286

222.456

234.150

242.602

911.495

III. PAGOS DE INVERSION

2.113.292

2.000.584

2.009.679

2.061.438

8.184.993

  1. DÉFICIT O SUPERÁVIT TOTAL (I-II-III)

-162.148

60.331

37.392

172.798

108.372

V. FINANCIAMIENTO (Endeudamiento Neto)

162.148

-60.331

-37.392

-172.797

-108.372

I. Desembolsos

356.052

150.000

198.000

240.695

944.747

J. Amortizaciones

193.904

210.331

235.392

413.492

1.053.119

Fuente: DDP -DDCP

1/ Las transferencias a los establecimientos públicos para el servicio de la deuda, las transferencias para el Fondo Nacional de Pensiones Territoriales al igual que los bonos pensionales se presentan como Otros gastos corrientes, aunque hacen parte del servicio de la deuda.

ANEXO No. 3

SECTORES Y PROYECTOS CON CARGO A LOS RECURSOS DEL CRÉDITO POR CONTRATAR (RECONOCIMIENTOS Y ENDEUDAMIENTO VIGENCIA 2001)

I. RECONOCIMIENTOS

  1. Sectores:
  2. Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

  3. Proyectos:

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

*NOTA: Modernización de la Secretaría de Educación: Implementar procesos administrativos, adecuar las sedes,

implementar sistemas de atención al usuario y adecuar la estructura organizacional.

II. ENDEUDAMIENTO VIGENCIA 2001

1. Sectores:

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

2. Proyectos:

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

Fuente: SHD, Dirección Distrial de Presupuesto

Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

ANEXO No. 4

SECTORES Y PROYECTOS FINANCIADOS CON CARGO A LOS RECURSOS DEL CRÉDITO EN CASO DE APROBARSE LA MODIFICACIÓN AL ACUERDO No. 8 DE 1998 ($407,817 MILLONES)

  1. Sectores:
  2. Fuente: SHD, Dirección Distrital de Presupuesto

  3. Proyectos:

Fuente: Dirección Distrital de Presupuesto