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Proyecto de Acuerdo 52 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/01/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2002
Medio de Publicación:
No fue publicado
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

PAC00522002

PROYECTO DE ACUERDO 052 DE 2002

Ver Acuerdo Distrital 058 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.

"POR EL CUAL SE PROHIBE EL MALTRATO, LA AGRESIÓN Y EL SACRIFICIO CRUEL PARA LOS ANIMALES SILVESTRES, BRAVÍOS O SALVAJES, DOMÉSTICOS O DOMESTICADOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

"El hombre perdió su voluntad y el respeto por los similares, cuando comenzó a irrespetar y violar los límites de la naturaleza; ultrajando a los animales y abusando de ellos por su posición pensante". (A.B.B.)

Actualmente se discute en todos los ámbitos filosóficos, morales, científicos e incluso políticos, la convivencia humana con la Naturaleza o el medio ambiente y los otros seres vivos en general y con los animales en particular, bajo severos estándares éticos y de buen trato y de no agresión, de respeto a todo ser viviente y se ha procedido a examinar los modos en que se tratan y se usan los animales para nuestro propio beneficio.

1. ¿El Hombre, un animal superior?

La noción de superioridad de los seres humanos ha planteado varias cuestiones fundamentales en la historia: ¿En que sentido somos mejores? ¿Se trata de una superioridad absoluta o gradual? ¿Esta superioridad conlleva alguna obligación moral? ¿Tienen los animales derechos?

O dicho de otro modo más crudo: ¿Cuántas mujeres saben que los polvos usados por ellas en sus caras han sido antes probados en animales a quienes se les ha obligado a ingerirlos, a menudo por medio de tubos insertados en el estómago, para que una compañía de productos de belleza pueda asegurar a sus compradores que no corren peligro al usarlos? ¿Qué persona que usa líquidos para brillar sus ojos sabe de los miles de ojos de conejos que han sido inflamados y ulcerados para que los ojos humanos luzcan brillantes y más jóvenes? ¿El deseo de vestirse con la piel de un animal es motivo suficiente para que se le mate? ¿El deseo de divertirse es motivo suficiente para hacer que los animales riñan hasta su muerte o de que el Hombre los rete hasta matarlos? ¿Sabe la opinión pública que, en los laboratorios comerciales y en los experimentos científicos, a los animales que son usados para hacer experimentos, se les suele extirpar las cuerdas vocales con que aúllan, gritan o ladran? ¿Y qué de las costumbres de hacer cortar las garras y con ellos la primera junta en las patas de los gatos domésticos, para que no dañen muebles o alfombras?, ¿Y los duelos hasta la muerte de perros amaestrados para satisfacer los deseos lúdicos de algunos seres humanos y de los apostadores, qué tienen de civilizados o de ajenos a las orgías de las grandes fiestas de circo romanas? Salvo las grandes matanzas nada más. Bajo Calígula en un solo día fueron matados 400 osos, 300 en otra ocasión con Claudio, 400 tigres lucharon contra toros y elefantes bajo Nerón, en otro día también cuando Nerón fueron muertos 400 osos y 300 leones y con motivo de la consagración del Coliseo, reinando Tito, se hizo una carnicería de 5.000 animales.

2. Las obligaciones fundamentales.

Vayamos por partes. Por un lado ni la Naturaleza ni los animales tienen derechos, pero eso no significa que sean legítimos los hechos crueles, que he mencionado, porque no podemos olvidar que si bien el animal más evolucionado sobre la Tierra es el único sujeto de derechos fundamentales o naturales, no por ello debemos olvidar que también es sujeto de obligaciones fundamentales o naturales. La Naturaleza ni el Medio Ambiente ni los Animales diferentes al Homo Sapiens tampoco tienen obligaciones. Todos ellos solo cumplen con las leyes de la evolución sin entrar a cuestionarlas ni a modificarlas o impedirlas: sobreviven como individuos o especie para poder reproducirse y perpetuar sus genes. Sólo el Hombre ha sido el único ser viviente en la Tierra que ha puesto en peligro la existencia de la vida terrestre y el que impide y modifica las leyes evolutivas, el mismo que ha modificado artificialmente el medio ambiente, que ha creado Civilizaciones y ha establecido derechos y obligaciones, así mismo el único ser viviente capaz de destruir la vida misma en la Tierra.

Por razones económicas del mundo industrializado que durante la evolución del capitalismo destruyó su medio ambiente y ahora, que tecnológicamente puede más o menos conservarlo sin perjudicar económicamente a sus grandes empresas industriales, y que socialmente tiene una población con promedios altos de ingreso, con escasos márgenes de pobreza y de desempleo, con casi cero miseria y con una clase media políticamente poderosa; este mundo desarrollado socialmente impone estándares de mayor calidad de vida y de mejor dignidad humana y todos a una, capital y población de este primer mundo, intervienen en el otro mundo subdesarrollado, que no ha podido acabar con su propio medio ambiente, para que asuma acciones más humanizadas, acojan sus estándares y su nueva ética civilizada y civilizadora.

Es así como aparecen en la escena intelectual los éticos, los filósofos, los políticos, las Ongs, los Estados, con exigencias civilizadoras de protección del medio ambiente mundial, de protección a toda clase de vida y de buen trato a los animales vertebrados, tanto salvajes como domésticos. De ahí la variopinta legislación internacional y un sinnúmero de protocolos internacionales proclamando y exigiendo esa protección y ese buen trato con el medio ambiente en general y con los animales vertebrados en particular, como un deber, una obligación, una responsabilidad ineludible para garantizar su existencia sobre la tierra, la de coexistir en armonía con el planeta y con todos sus habitantes.

Siendo el Hombre el único animal de la tierra capaz de destruirla, de acabar con la humanidad y con todos los seres vivos, está obligado a preservarla y a preservarlos conviviendo en armonía con ella y con todos ellos.

El deber de tratar bien a los animales es una necesidad vital de la existencia del Hombre y de sus Civilizaciones.

3. Los activistas defensores de los animales.

En el presente, y desde los años 70, se ha dado a conocer un sin número de informes que determinaban que el gasto irracional de los recursos por parte del hombre, conllevaría a un amargo futuro del planeta, si se continuaba con la degradación y utilización de los recursos a niveles superiores a los de su regeneración natural.

A partir de estos informes, la Comunidad internacional en su afán de remediar el daño causado y principalmente los países industrializados, intentaron buscar mecanismos que redujeran las consecuencias al futuro de las acciones ya efectuadas y de las planeadas. Así fue como se ha dictaminado un gran bagaje de legislación que busca un sólo objetivo: mantener al ser humano activo sobre el planeta en un conjunto armónico con la naturaleza.

Dentro de ese gran grupo de políticas se encuentra la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Humano (1972, Declaración de Estocolmo), Declaración de Río (1992), el protocolo de Kioto (1997), Convención de RAMSAR (Humedales), Convenio Sobre Diversidad Biológica (1992, Ley 165/94), Convenio Internacional de Maderas Tropicales (ITTO), Protocolo de Montreal, Tratado de Cooperación Amazónica, etc., y su desglose dentro y entre las naciones - regiones. Aunque algunos de los protocolos, declaraciones y convenios mencionados no cumplen hoy en día a cabalidad con sus objetivos, es claro que el principio se ha dado para el manejo del globo.

Para este proyecto, es de gran importancia, lo establecido dentro de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre - CITES (1973, Ley 17/81), cuya base es la protección de las especies que se encuentran en peligro o en vía de extinción y que da a conocer los múltiples rompimientos de la cadena natural a causa de los efectos de la erosión antrópica, entendida como la degradación de la naturaleza por la acción del hombre.

Así mismo, la "Declaración Universal de los Derechos del Animal", texto definitivo adoptado por la Liga Internacional de los Derechos del Animal y las Ligas Nacionales en 1977 y luego aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación la Ciencia y la Cultura (UNESCO), y posteriormente por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), dio a conocer la propiedad de derechos que poseen los animales.

El fundamentalismo altruista de los activistas defensores de los animales ha llegado al extremo ilógico e irracional, sin fundamentos jurídicos, pero llenos de voluntad protectora, de impulsar un mal llamado "derecho de los animales" y ha tenido eco en escuelas éticas del primer mundo y en organismos multilaterales internacionales, como el caso de la mal llamada "declaración universal de los derechos del animal" de la Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1.977 y acogida por la Unesco, la Organización de la Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura.

Tal declaración es del siguiente tenor:

Artículo 1º: Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo 2º:

a) Todo animal tiene derecho al respeto.

b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a otros animales o de explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales.

c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo 3º:

a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.

b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo 4º:

a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.

b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho.

Artículo 5º:

a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.

b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles, es contraria a dicho derecho.

Artículo 6º:

a) Todo animal que el hombre ha escogido como compañero, tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.

b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo 7º: Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo 8º:

a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como toda otra forma de experimentación.

b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo 9º: Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo 10º:

a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.

b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo 11º: Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo 12º:

a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie

b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo 13º:

a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.

b) Las escenas de violencia en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin el dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo 14º:

a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales, deben ser representados a nivel gubernamental.

b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la Ley, como lo son los derechos del hombre."

En Colombia, a nivel legislativo no ha hecho carrera ese nuevo seudo-derecho animal, y con no poco sentido común y con mucha sabiduría, mediante la ley 84 del 27 de Diciembre de 1.989 adoptó el "ESTATUTO NACIONAL DE PROTECCIÓN DE LOS ANIMALES" (sic) y en su capítulo II estipuló los "DEBERES PARA CON LOS ANIMALES" (sic) y más precisamente, en el capítulo........ los "DEBERES DE LOS PROPIETARIOS, POSEEDORES O TENEDORES DE UN ANIMAL" (sic).

El artículo 14 de esta ley establece que a los alcaldes menores, hoy alcaldes locales, del distrito especial (hoy Distrito Capital) de Bogotá, les corresponde RECIBIR a los animales y darles alojamiento AMPLIO y VENTILADO, abrevaderos, alimentos y los cuidados necesarios para su protección y conservación; como a los animales de los establecimientos, empresas o instituciones cuyos responsables no pueden por si, o por intermedio de otro, proporcionarles los medios indispensables para su subsistencia.

4. Breve recorrido por la filosofía.

En las primeras épocas, algunos de los más antiguos textos se refieren a tratamiento de los animales. En el viejo testamento, en el Pentateuco, abundan las referencias y se contiene una serie de prohibiciones concernientes a animales, que son interpretados como favorables a su buen trato: la prohibición de hervir un cabrito en la leche de su madre, la de sacar un pájaro de su nido o a sus pichones o sus huevos, la de la matanza simultánea de una hembra y su cría no destetada. El mandamiento de no trabajar en el séptimo día es obligatorio tanto para los seres humanos como para los animales. Y mucho más. Vale resaltar que el reconocimiento bíblico de que incluso los animales salvajes necesitan de sustento es poco usual por parte de un pueblo como el hebreo avocado a la agricultura.

El libro de los Proverbios contiene la declaración de que el hombre justo se preocupa de sus bestias. Isaías proporciona una lista de ritos repelentes, que incluyen el sacrificio de un buey y el degollamiento de un cordero.

Aunque estos deberes parecen esfumarse en el Nuevo Testamento y la actitud benigna del Antiguo para con los animales no reaparece, tenemos a Pablo de Tarso refiriéndose a la prohibición de trillar grano con bueyes embozalados porque supone grandes sufrimientos para los animales.

En el mundo antiguo occidental, pese al esclavismo, no sólo los hebreos expresaron sentimientos de benevolencia para con los animales: En Grecia, Empédocles como Pitágoras protestaron contra el mal trato de animales; y en Roma, Porfirio y Séneca se manifestaron decididamente a favor de la abstinencia de carne.

A pesar de la espantosa crueldad del imperio romano por esas mismas épocas, escritores como Virgilio, Lucrecio, Plutarco, Ovidio, Juvenal, Apolonio de Tiana y Arriano manifestaron sus simpatías para con los animales. Plutarco, en particular, se distinguió por su condenación de la crueldad exhibida en el circo y por su afirmación de que tenemos deberes para con los animales lo mismo que los tenemos para con nuestros semejantes.

Agustín de Hipona, aunque se refirió a los animales ocasionalmente, cuando lo hizo fue para compararlos con el hombre y mostrar la superioridad de éste y de que tenemos cosas comunes con ellos ("...Buscar el placer corporal y evitar el dolor constituye la empresa única de la vida animal"). Incluso llegó a afirmar que en ciertos aspectos algunos animales son superiores a los hombres por cuanto disponen de sentidos más aguzados. Incluso afirma que algunos son conscientes.

Tomás de Aquino se interesó por el problema de si los animales poseen libre albedrío y si pueden razonar u obrar voluntariamente y afirmó que los animales pueden ejercer un poder voluntario "imperfecto". Sugiere que deben prohibirse ciertos actos contra los animales porque su comisión disminuye nuestra propia humanidad.

En el reciente pasado, durante los siglos XVII y XVIII en la civilización occidental abundaron las obras sobre el problema de las diferencias entre el hombre y los animales. Estas discusiones académicas se dieron en el contexto filosófico y económico del capitalismo que irrumpía con vigor en la escena política en concurso con la reforma religiosa, la libertad de conciencia y de investigación y los Estados Nacionales modernos. Y todos proclamaban el individualismo humano como la suprema realización del hombre. Pueden recordarse las discusiones sobre "el alma de los brutos" de los reformistas y los contrarreformistas religiosos, o el dualismo cartesiano "cuerpo-alma" y su consecuencia, el "automatismo de los brutos". Según esta última concepción, examinada, reafirmada o criticada por muchos filósofos (Malebranche, Régis, De la Forge, Condemoy, Fontenelle, Leibniz, Locke, Cudworth, More, Shftesbury, Bayle, etc) los animales son simplemente "autómatas". Una de las consecuencias prácticas fue la de justificar la disección de animales vivos porque no había que preocuparse por si sentían o no dolor.

¡El capitalismo salvaje en acción!

Para Kant nuestros deberes para con los animales no sólo son indirectos, ellos merecen ser tratados sin crueldad por ser naturaleza viva.

5. El sentido de benevolencia.

Podemos afirmar que, desde el punto de vista histórico, no se ha desarrollado ninguna actitud de benevolencia en una forma continua o de etapas evolutivas; lo que ha existido son periodos de mayor o menor sensibilidad ante el maltrato y sufrimiento de los animales y otros en los cuales dicha sensibilidad ha sido mínima o nula; pero en todo caso, históricamente, estos temas no son cosas nuevas o modernas. Lo nuevo es la creciente preocupación de la sociedad civil, de los consumidores, de los filósofos éticos, de los ecologistas e incluso de los ideólogos y políticos del entorno, y del mundo desarrollado, por el trato que se da y debe darse a los animales en laboratorios de experimentación, en granjas industrializadas, en mataderos, en industrias asociadas al consumo de productos animales o a la producción de insumos de origen animal, en prácticas deportivas o de caza, o de ocio con la intervención de animales, en unidades de zoonosis o de salubridad pública, en circos o zoológicos, en duelos o combates entre animales o entre estos y el hombre.

Autores contemporáneos como Joel Feiberg han indicado que si se estima que los animales no deben ser maltratados y que si nuestra opinión al respecto implica la noción de que un animal merece ser tratado con benevolencia por su propio bien y además, que la no benevolencia nos parece injusta, entonces los animales tendrían derechos ("Can animals have rights?" - "¿Pueden tener derechos los animales?"), en Animal Rights and Human Obligation (Ed. Tom Regan y Peter Singer, Englewood Cliffs. N.J., 1976, págs. 190-196).

Pero olvidan o subestiman que independientemente de estos parámetros éticos o cuestionamientos, es nuestra civilización la que ha impuesto su inteligencia y su fuerza sobre la Naturaleza en tal grado de poder que el Hombre es el único capaz de destruirse ex professo como especie y de acabar con toda la vida existente en nuestro planeta, y el único en la evolución animal que se hizo y se hace cuestionamientos éticos de su actuación y de su futuro no inmediato, así como el único ser vivo capaz de crear reglas o normas de convivencia y mecanismos sociales para su ejercicio, control y castigo. Es ahí donde nacen los derechos y donde también emanan las obligaciones o deberes.

A pesar del fundamentalismo altruista de los ecologistas en general y de los vegetarianos en particular, no existe entre sus promotores o ideólogos alguien que sostenga que los animales diferentes al Hombre también tienen deberes; porque simplemente todavía no han podido manipular la evolución ni crear sociedades tecnológicas ya que su grado evolutivo anatómico cerebral no se lo permite.

Tampoco se debe olvidar que si bien, justo o injusto, evitable o no, el maltrato dado por el Hombre y sus civilizaciones o sus culturas, actuales o pasadas, a la Naturaleza en general y a los animales en particular e incluso a otros hombres (el esclavismo, la servidumbres, etc..) se explica por razones de conveniencia de algunos grupos humanos, bien para suplir su deficiente desarrollo tecnológico al procurar satisfacer sus necesidades vitales de alimentación o sus necesidades de perpetuación individual o social e incluso de los de conservación de privilegios sociales (de tribu, de clase, de casta), económicos o religiosos. Y todas estas necesidades crean cultura e ideologías para justificar o rechazar tales prácticas.

En varias culturas asiáticas es muy común la alimentación vegetariana y la armónica convivencia con la naturaleza con apoyo filosófico y religioso, que ha llegado incluso a la adoración de animales y al respeto religioso de ellos; la transmutación y transmigración, las varias vidas pasadas que pudo tener un hombre y las futuras que le esperan antes de reunirse permanentemente con sus dioses, son ideas culturales y religiosas que invitan al buen trato animal y a las prácticas vegetarianas o al yoga por ejemplo. En la cultura greco-romana, base de nuestra civilización occidental, era común en los filósofos y escritores griegos y romanos que defendían estas creencias, también defender el buen trato animal como un deber moral (Empédocles - Pitágoras).

6. ¿Acaso no sufren los animales?

¿Quién osaría sostener en serio, que los animales no son capaces de sufrir o de experimentar dolor o tensión?

El sistema nervioso de los animales superiores es similar al nuestro y su comportamiento al sufrir es similar al nuestro. Varios experimentos han mostrado que la vivencia humana del dolor está estrechamente relacionada con lo que se espera que ocurra: la misma dosis de presión sobre el organismo que se considera como casi indolora cuando se supone que va a durar sólo unos segundos, es juzgada como dolorosa cuando se presume que la duración va a ser mucho mayor.

Los seres humanos racionalizan el dolor con esta manipulación mental, pero este proceso no existe en el resto de la vida animal. Es evidente que muchos animales, a pesar del dolor intenso que puedan estar padeciendo, no hacen manifestaciones ruidosas no porque no estén sufriendo sino simplemente porque de manifestarlo pueden estar avisando de su situación a sus depredadores naturales.

Pratt ha afirmado que puede haber inclusive una base fisiológica que explique por qué los animales experimentan un dolor mayor del que solemos experimentar los seres humanos. Hasta hace poco se suponía que los animales inferiores como los invertebrados no experimentaban dolor; sin embargo, se ha descubierto que los gusanos de tierra segregan endorfinas beta y encefalinas, es decir, las mismas sustancias que intervienen en el cerebro humano a modo de "opio natural" para bloquear las sensaciones de dolor.

Merece mención la relación existente entre el estado fisiológico de tensión y el dolor. El estado de tensión en los humanos, ya se sabe, desempeña un papel fundamental en la aparición de varias enfermedades como las úlceras, la jaqueca, la pérdida o disminución de las defensas, el mal metabolismo de las comidas ingeridas, incluso asociadas con el cáncer o con el funcionamiento del corazón. Aquellas áreas dedicadas a la industria pecuaria o en las granjas industriales, en parques zoológicos o en circos, en rodeos, en fin, en sitios donde quedan frustrados los instintos naturales y donde hay que vivir en apiñamiento se generan grandes estados de tensión y de sufrimiento.

Los animales así tratados se comportan a veces de modos extraordinariamente parecidos a los que caracterizan a los seres humanos en estado neurótico y no es infrecuente observar modos de comportamiento extraño, y hasta autodestrucción, en animales encerrados. Las industrias relacionadas con la explotación animal o con la producción de insumos de origen animal sí que saben de esto: el apiñamiento es causa de menores promedios de vida o de baja producción y en la literatura especializada se habla de "síndrome de tensión avícola" y de "síndrome de tensión porcina". Características de estas tensiones y síndromes son algunas enfermedades cutáneas, los jadeos excesivos y las muertes súbitas, al punto que la inesperada o sorpresiva aparición de un ruido o luz fuerte pueden producir la muerte de gallinas y puercos confinados.

7. El hombre, una amenaza para los animales.

Al tratar de problemas morales con respecto al trato humano - mejor sería, el maltrato - dado a los animales por parte de los hombres, nociones como las de "autodefensa" e "inocencia" son relevantes. Ni el más fundamentalista de los defensores de los animales aceptaría la idea de que no es válido matar a un animal si éste amenaza nuestra propia vida o la de un semejante; pero, ¿cuántas veces, en el curso de nuestra vida, peligra nuestra existencia a causa de un animal? Son muy pocas y por lo general asociadas a la ignorancia humana o al irrespeto humano de los territorios animales o de sus necesidades vitales. La mayor parte de los animales, salvo los domésticos o domesticados, tratan de evitar el encuentro con seres humanos y muy pocos, incluyendo los de presa, comen carne humana si hay otra clase alimento disponible; y no hay que olvidar que incluso los seres humanos han consumido carne humana cuando no tenían otros medios de nutrición a su alcance o por razones religiosas rituales.

Pero no se puede decir que los animales realmente nos amenazan; a lo mucho, compiten con nosotros para obtener los mismos alimentos, pero a pesar de esta competencia, el Hombre se las ha arreglado para aumentar la población humana con gran rapidez y para proveerse de carne animal en grandes cantidades con gran economía de recursos y de riesgos. Más bien debe afirmarse que somos nosotros una amenaza grave para los animales y somos los que hemos causado la extinción de muchas especies animales simplemente por necesidades lúdicas supérfluas porque nos gustan los trofeos de caza o su carne o sus plumas o sus pieles o sus dientes o cuernos.

Son los animales, en definitiva, blancos inocentes de nuestra persecución y maltrato; y son inocentes por partida doble: porque no tienen noción del mal o del bien y simplemente siguen sus instintos naturales, y por tanto no son censurables porque no pueden cometer hechos injustos. A despecho de ello, recompensamos su inocencia con matanzas en masa, con maltrato, con espectáculos y muertes crueles. Los malos, los injustos, los censurables, los "no inocentes" somos nosotros.

8. El Espíritu del proyecto de acuerdo.

El espíritu de este proyecto es el de respetar la vida, y respetarla respetando la vida de todo aquel que hace parte del mundo, un respeto que se ha de mostrar por el hombre en cualquier evento, sea este público o sea privado.

El Consejo de la Capital de la República debe dar ejemplo al país con la expresión de la normatividad necesaria que se impone hoy -- con mayor razón -- para erradicar la violencia en todas sus formas, siendo una de ellas el maltrato a los animales.

La civilización nuestra, nuestra cultura, no ha sabido respetar la vida. Debemos comenzar por tanto, por erradicar la violencia, no solo con medidas coyunturales, sino rompiendo la estructura que la genera y la permite: poniendo en vigencia normas jurídicas que propongan y generen una nueva cultura de respeto por la vida.

Este Proyecto pretende dar ese paso adelante sobre el ya dado con la prohibición de la utilización de los animales en los circos.

De los ilustres Colegas, atentamente,

REYNALDO MARTINEZ VILLAMIZAR

Concejal

PROYECTO DE ACUERDO __DE 2002

"Por el cual se prohíbe el maltrato, la agresión y el sacrificio cruel de los animales silvestres, bravíos o salvajes, domésticos o domesticados y se dictan otras disposiciones"

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas por el numeral 1°, artículo 12 del Decreto 1421 de 1993,

ACUERDA:

Artículo 1. En todo el territorio de Bogotá, Distrito Capital, queda prohibido toda clase de maltrato, agresión y sacrificio cruel de animales silvestres, bravíos o salvajes, domésticos o domesticados, cualquiera sea el medio físico en que se encuentren o vivan, en libertad o en cautividad, en todo evento, acto o espectáculo de naturaleza pública o privada.

Artículo 2. Quedan prohibidas por las mismas razones anteriores, las riñas o duelos entre animales, el maltrato, la agresión con la pica o suerte de varas en el toreo y en todos los espectáculos similares en los que se exponga la integridad física o la vida de los animales o se cause su muerte.

Artículo 3. Se configuran como hechos dañinos y actos de crueldad para con los animales los establecidos en el Artículo 6° de la Ley 84 de 1989 y como hechos de maltrato los establecidos en el parágrafo del Artículo 3° del Decreto 497 de 1973.

Artículo 4. Las sanciones para las distintas conductas o hechos violatorios al presente Acuerdo y las medidas preventivas para evitar tales conductas o hechos serán impuestas por el Departamento del Medio Ambiente -DAMA-, o la autoridad ambiental que asuma sus funciones y serán ejecutadas o vigiladas por las autoridades de policía con competencia en el Distrito Capital.

Las sanciones se impondrán con base en la Ley 84 de 1989, debidamente indexadas a la fecha de su imposición

Artículo 5. El Departamento del Medio Ambiente -DAMA-, o quien asuma sus funciones, y previo concepto de la Junta Distrital Defensora de Animales, deberá intervenir para suspender los permisos otorgados a los titulares o promotores de toda clase de eventos, actos o espectáculos con los animales mencionados cuando violen o hayan violado el Estatuto Nacional de Protección de los Animales (Ley 84 de 1989) o cuando existan hechos graves, o se tenga el temor serio y grave de la violación del presente Acuerdo, hasta que se garantice que tales hechos no ocurran.

Artículo 6. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Dado en Bogotá, D.C., a los __ días del mes de _del año dos mil dos (2002).

SAMUEL ARRIETA

Presidente

ILDEVARDO CÚELLAR CHACON

Secretario General

Concejo de Bogotá D.C.

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá