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2-2017-2151 4211000 Bogotá
D.C Doctor JUAN ALVARADO SOLANO Director
de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad Secretaria
Distrital de Salud Carrera
32 No. 12-81 Bogotá D.C. Asunto: Concepto sobre normatividad Comité Anticorrupción. Respetado
Doctor: Esta Dirección recibió la solicitud del asunto, a través de la cual requiere concepto sobre la existencia de alguna norma distrital o nacional que obligue a la Secretaria Distrital de Salud a crear un comité anticorrupción conformado por los directivos de la entidad, y frente a la misma es pertinente realizar las siguientes aclaraciones: 1.
La Ley 1474 de 2011, Estatuto Anticorrupción, nace con el objeto de fortalecer
los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y
la efectividad del control de la gestión pública. De manera específica el
artículo 73 establece que cada entidad del orden nacional departamental
y municipal deberá elaborar anualmente un plan anticorrupción y
de atención al ciudadano, entendido éste como un instrumento de tipo preventivo
para el control de la corrupción que establece la estrategia de lucha
contra la corrupción que debe implementar la entidad. 2.
La Secretaría de la Transparencia de la Presidencia de la República establece la
responsabilidad de la Alta Dirección respecto al Plan Anticorrupción y de
Atención al ciudadano así. "Es
importante la responsabilidad que debe asumir la Alta Dirección de la entidad
frente al Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. En este sentido es la
responsable de que sea un instrumento de gestión le corresponde darle contenido estratégico
y articularlo con la gestión y los objetivos de la entidad; ejecutarlo y
generar los lineamientos para su promoción y divulgación al interior y a/
exterior de la entidad, así como el seguimiento a las
acciones planteadas.”1 3.
Así mismo, el Artículo 2.1.4.5. del Decreto Nacional 124 de 2016 establece la Verificación del cumplimiento del Plan
Anticorrupción y de Atención al Ciudadano así: "La máxima autoridad de la entidad u organismo velará de forma directa porque se implementen debidamente las disposiciones contenidas en los documentos de "Estrategias para la Construcción de/ Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano -Versión 2" y "Guía para la Gestión del Riesgo de Corrupción: La consolidación de/ Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano y del Mapa de Riesgos de Corrupción estará a cargo de la Oficina de Planeación de las entidades o quien haga sus veces, quienes además servirán de facilitadores para todo el proceso de elaboración del mismo.”2
1.
El proceso de construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano,
debe ser liderado y validado por el más alto nivel de la entidad teniendo
en cuenta su responsabilidad frente a la asignación de recursos, el establecimiento
de metas, acciones, responsabilidades, fechas, e indicadores, que a su vez
deben articularse con los objetivos, planes e instrumentos institucionales con
el fin de darle carácter estratégico. 2. Los resultados del seguimiento y control a la implementación y al avance de las actividades consignadas en el Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano realizados por la Oficina de Control Interno deben ser conocidos de manera oportuna por la Alta Dirección, con el fin de tomar decisiones y acciones pertinentes frente a retrasos o posibles incumplimientos, teniendo en cuenta que esta situación no sólo constituye falta disciplinaria grave, sino impacto en la gestión propia de la entidad. 3.
El Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano, además de ser un instrumento
de tipo preventivo para el control de la corrupción, constituye la estrategia a través de la cual se busca blindar a las
entidades y a los organismos de la administración distrital frente a posibles
actos de corrupción. Así pues, es responsabilidad de la Alta Dirección
definir el conjunto de acciones y controles asociados a cada uno de los seis
componentes de este plan, que además inciden en aspectos relacionados con la
gestión institucional, así como la relación cotidiana con la ciudadanía. Esperamos
con lo anterior orientar las decisiones que tome la entidad frente al tema, y
les recordamos que desde la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional
estamos atentos a acompañar el proceso. Atentamente, CESAR
OCAMPO CARO Director
Distrital de Desarrollo Institucional NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1.
Secretaria de la Transparencia. Estrategias para la Construcción del Plan
Anticorrupción y de Atención. versión 2. Página 10. 2.
Decreto Nacional 124 de 2016. artículo 2.1.4.6 Proyectó:
Nancy Milena Pineda Jaimes Revisó:
Carlos Andrés Guzmán Rodriguez |