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RESOLUCIÓN 62285 DE 2017 (Abril 20) Por medio
de la cual se solicita a los prestadores de servicios públicos domiciliarios el
registro de una dirección de correo electrónico en el Sistema Único de
información (SUI) LA SUPERINTENDENTE DE
SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS En ejercicio de sus
facultades y en especial las que confieren las Leyes 142 de 1994 y 689 de 2001
y el Decretos 990 de 2002, y CONSIDERANDO: Que según lo dispuesto
en el artículo 53 de la Ley 142 de 1994 y 14 de la Ley 689 de 2001, corresponde
a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios establecer,
administrar, mantener y operar el Sistema Único de Información (SUI); Que conforme al mismo
artículo 14 de la Ley 689 de 2001, es un propósito del Sistema Único de
Información (SUI) de la Superintendencia mantener un registro actualizado de
las personas que prestan los servicios públicos domiciliarios sujetos a
inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Servicios Públicos
Domiciliarios; Que es igualmente un
propósito del Sistema Único de Información (SUI), servir de base a la
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para el cumplimiento de
las funciones de inspección, vigilancia y control que ejerce sobre los
prestadores de servicios públicos domiciliarios; Que el artículo 54 de
la Ley 1437 de 2011, precisa que es derecho de toda persona actuar ante las
autoridades utilizando medios electrónicos, para lo cual deberá registrar su
dirección de correo electrónico en la base de datos dispuesta para tal fin; Que en virtud de lo
anterior la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios ha dispuesto
un formulario, en el Sistema Único de Información (SUI), con el fin de que los
prestadores de servicios públicos domiciliarios registren su dirección de
correo electrónico, lo cual permitirá inferir que el vigilado acepta que las
notificaciones o comunicaciones pertinentes se realicen por medio electrónico,
sin perjuicio que en cualquier momento de la actuación administrativa el
interesado solicite recibirlas por un medio diferente; Que lo anterior es una
forma para materializar la política de cero papel,
impulsada por el Gobierno nacional, la cual tiene como objetivo fundamental
implementar en la función administrativa y pública que toda actuación se
realice con celeridad, economía y eficacia, utilizando la menor cantidad de
papel posible y demás gastos administrativos involucrados en la notificación de
los actos administrativos; Que de conformidad con
la potestad señalada en los artículos 56 y 67 de la Ley 1437 de 2011, la
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios implementará los
mecanismos necesarios para notificar o comunicar a los prestadores de servicios
públicos domiciliarios los actos administrativos que expida en razón a las
funciones que desarrolla; Que en mérito de lo
expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Solicitar a los prestadores de servicios
públicos domiciliarios el registro de un correo electrónico destinado para
recibir las notificaciones o comunicaciones a través de medios electrónicos.
Dicho registro se podrá realizar a partir del 25 de abril de 2017, y para ello
el prestador ingresará al Sistema Único de Información (SUI), link RUPS -
Formulario Correo Electrónico para Notificaciones. Artículo 3°.(sic) La presente resolución rige a partir de la fecha de su
publicación. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá D.C.,
a los veinte 20 días del mes de abril del año 2017 La Superintendente de
Servicios Públicos Domiciliarios MARÍA ORDÓÑEZ PUENTES |