Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 33 de 1919 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/06/1919
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/06/1919
Medio de Publicación:
Registro Municipal 1400 del 21 de junio de 1919
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00331919

ACUERDO 33 DE 1919

(Junio 20)

"Por el cual se celebra el primer Centenario de la batalla de Boyacá".

El Concejo Municipal de Bogotá,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

1. Que el 7 de agosto del presente año, se celebra el primer Centenario de la Batalla de Boyacá, que dio libertad a cinco Repúblicas;

(SIC)Que es deber de los pueblos conmemorar los hechos gloriosos de los fundadores de su nacionalidad, y rendir público testimonio de gratitud a los que con su espada ganaron el laurel del triunfo en épicas jornadas;

3. que corresponde a la ciudad de Bogotá, como capital de la Nación que crearon los libertadores, ofrecer un homenaje de respeto a los héroes de la campaña de 1819.

ACUERDA:

ARTICULO 1. Destínase la suma de cinco mil pesos ($5.000) para atender a los gastos que ocasione al Municipio la celebración de la Batalla de Boyacá.

ARTICULO 2. La Municipalidad de Bogotá enviará por medio de la comisión de su seno, ya designada, una placa conmemorativa a la Municipalidad de Tunja.

ARTICULO 3. Comisionase a la Dirección de Higiene y Salubridad para que haga editar un volumen de todas las disposiciones y Acuerdos sobre higiene pública, el cual será presentado al cuarto Congreso Médico Nacional.

ARTICULO 4. Publíquese en folleto, en edición de lujos el trabajo Los emigrados de 1819, para repartirlo a todas las Municipalidades del país.

ARTICULO 5. En los sucesivo, la plaza conocida hoy con el nombre de Bavaria, se denominará Plaza de los Libertadores.

ARTICULO 6. Modificado por el Acuerdo Distrital 24 de 1941De la suma apropiada por el artículo 1. Destínense $ 2.000 para construir un puente sobre el río San Agustín, al sur de la plaza Egipto, que una el Paseo Bolívar con la Avenida que ha sido cedida recientemente al Municipio, o para una obra útil de a la ciudad (1 Modificado, Véase el Acuerdo número 56 de este año).

ARTICULO 7. Como homenaje a Venezuela, cuyos soldados coadyuvaron en grado eminente al triunfo de Boyacá, se darán los nombre de Anzóategui, Soublette y Manuel Manrique, a tres de las calles de los nuevos barrios de Chapinero.

ARTICULO 8. Las autoridades Municipales proveerán a la manera de dar a esta clásica fecha toda la solemnidad que ella demanda.

ARTICULO 9. La partida de $ 5.000, votada por el presente Acuerdo, se tomará del Capítulo IV, Departamento de Hacienda, Artículo 34 del Presupuesto de la vigencia en curso.

Dado en Bogotá, a veinte de junio de mil novecientos diez y nueve.

El Presidente

ZOILO E. CUELLAR B.

El Secretario,

Antonio M. Londoño

Alcaldía Municipal. ¿ Bogotá, Junio 21 de 1919.

Publíquese y ejecútese.

SANTIAGO DE CASTRO

Leonidas Ojeda a. Secretario

Gobernación de Cundinamarca ¿ Bogotá, Junio 28 de 1919.

Es exequible.

EDUARDO RESTREPO SAENZ

El Secretario de Gobierno,

F. Restrepo Briceño.

NOTA: Publicado en el Registro Municipal No. 1400 de Junio 21 de 1919.